{"uri": "https://www.contrataciones.gov.py/datos/api/v3/doc/ocds/releases/id/1f14a413-8e3f-6506-8cf3-79b3285ee192-1789751555", "publishedDate": "2026-09-20T12:55:43Z", "publisher": {"name": "Direcci\u00f3n Nacional de Contrataciones P\u00fablicas, Paraguay"}, "license": "https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/", "publicationPolicy": "https://www.contrataciones.gov.py/datos/legal", "version": "1.1", "extensions": ["https://raw.githubusercontent.com/open-contracting-extensions/ocds_budget_breakdown_extension/master/extension.json", "https://raw.githubusercontent.com/open-contracting-extensions/ocds_budget_and_spend_extension/master/extension.json", "https://raw.githubusercontent.com/open-contracting-extensions/ocds_lots_extension/master/extension.json", "https://raw.githubusercontent.com/open-contracting-extensions/ocds_enquiry_extension/master/extension.json", "https://raw.githubusercontent.com/sdd1982/enquiriesAddress/master/extension.json", 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Los oferentes domiciliados y no domiciliados en la Rep\u00fablica del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contrataci\u00f3n, no deber\u00e1n estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en el Art\u00edculo N\u00b0 21 de la Ley N\u00b0 7021/22 \"De Suministro y Contrataciones P\u00fablicas\".", "statusDetails": "Suspendida", "enquiriesAddress": {"streetAddress": "A trav\u00e9s del Sistema de Informaci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas de la DNCP"}, "clarificationMeetings": [{"address": {"streetAddress": "No Aplica"}, "id": "1"}], "mainProcurementCategoryDetails": "Bienes - Maquinaria y Accesorios para Generacion y Distribucion de Energia", "hasEnquiries": false, "value": {"amount": 6449655, "currency": "USD"}, "datePublished": "2026-05-27T15:05:34-04:00", "tenderPeriod": {"startDate": "2026-05-27T15:05:34-04:00", "endDate": "2026-09-25T09:00:00-04:00", "durationInDays": 120}, "awardPeriod": {"startDate": "2026-09-25T09:15:00-04:00"}, "enquiryPeriod": {"endDate": "2026-09-21T12:00:00-04:00", "startDate": "2026-05-27T15:05:34-04:00", "durationInDays": 116}, "mainProcurementCategory": "services", "additionalProcurementCategories": ["services"], "procurementMethod": "open", "procurementMethodDetails": "Licitaci\u00f3n p\u00fablica internacional", "procuringEntity": {"id": "DNCP-SICP-CODE-167", "name": "Administraci\u00f3n Nacional de Electricidad (ANDE)"}, "criteria": [{"id": "1", "title": "Garant\u00eda de Mantenimiento de Ofertas", "description": "Los oferentes, proveedores o contratistas deber\u00e1n garantizar la seriedad de sus ofertas, mediante la garant\u00eda de mantenimiento de la oferta", "source": "tenderer", "requirementGroups": [{"id": "1-1", "description": "La garant\u00eda debe ser de un cierto porcentaje, periodo y tipo", "requirements": [{"id": "1-1-1", "title": "Porcentaje de la garantia", "expectedValue": "5"}, {"id": "1-1-2", "title": "Validez de la garantia en d\u00edas", "expectedValue": "150"}]}]}], "enquiries": [{"id": "5dffcdc3f9fc60aa381d979a7ccb9e94-1", "date": "2026-09-04T15:40:06-04:00", "title": "Certificados del Haya", "description": "Atendiendo a que la Resoluci\u00f3n DNCP N.\u00ba 2.255/2026, de fecha 20/08/2026, resolvi\u00f3 hacer lugar parcialmente a la protesta promovida en el marco de la presente Licitaci\u00f3n P\u00fablica Internacional ANDE N.\u00ba 1998/2026 \u2013 ID 483407 y, espec\u00edficamente, orden\u00f3 a la Convocante modificar el PBC a efectos de incorporar expresamente la posibilidad de presentar documentaci\u00f3n equivalente al Apostillado de La Haya para aquellas autorizaciones del fabricante provenientes de pa\u00edses que no sean parte de dicha Convenci\u00f3n, solicitamos respetuosamente aclarar y dar efectivo cumplimiento a lo ordenado por la DNCP, considerando que la propia resoluci\u00f3n se\u00f1al\u00f3 que el PBC deb\u00eda incorporar dicha flexibilidad. Sin embargo, se observa que el PBC contin\u00faa estableciendo de manera categ\u00f3rica que \u201ctodas estas documentaciones deber\u00e1n contar con el correspondiente apostillado de La Haya\u201d, sin reflejar expresamente la alternativa ordenada por la DNCP. En consecuencia, solicitamos a la Convocante emitir la correspondiente adenda modificatoria, incorporando de forma clara e inequ\u00edvoca el mecanismo de legalizaci\u00f3n o documentaci\u00f3n equivalente aplicable a pa\u00edses no adheridos al Convenio de La Haya, conforme a lo dispuesto en la Resoluci\u00f3n DNCP N.\u00ba 2.255/2026, a fin de evitar contradicciones entre el PBC vigente y una resoluci\u00f3n administrativa firme dictada espec\u00edficamente respecto de este procedimiento de contrataci\u00f3n."}, {"id": "0ed02314aeef50f1b4e3b0403bdbe426-1", "date": "2026-06-16T11:54:41-04:00", "title": "Dise\u00f1o preliminar y dise\u00f1o definitivo", "description": "La EETT exige planos y memoria de c\u00e1lculo definitivos con la oferta, pero establece que el dise\u00f1o final podr\u00e1 solicitarse hasta doce meses despu\u00e9s de la recepci\u00f3n. Solicitamos aclarar que con la oferta ser\u00e1 suficiente presentar un dise\u00f1o preliminar y que los documentos definitivos ser\u00e1n exigidos al adjudicatario.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 50.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:25:22-04:00"}, {"id": "02237287022fbf38c96f70e7ba235de6-1", "date": "2026-06-03T17:05:38-04:00", "title": "Potencia m\u00e1xima aceptable por encima de 700 Wp", "description": "La EETT GT/GER/01/2026 indica que se permite suministrar m\u00f3dulos con clases de potencia \"razonablemente m\u00e1s altas\" siempre que pertenezcan al mismo fabricante, familia, tipo, tecnolog\u00eda, modelo y serie. Se solicita a la Convocante precisar: \u00bfcu\u00e1l es el rango de potencia m\u00e1xima aceptable por encima de los 700 Wp indicados en la planilla de precios? \u00bfExiste un l\u00edmite porcentual o absoluto en Wp que delimite lo \"razonablemente m\u00e1s alto\"?\nDado que la evaluaci\u00f3n econ\u00f3mica se realiza sobre el precio total del lote \u2014 siendo la unidad de medida el m\u00f3dulo y no el kWp \u2014 se consulta: \u00bfcontempla la Convocante alg\u00fan mecanismo de valoraci\u00f3n, ajuste o ponderaci\u00f3n en funci\u00f3n de la potencia efectiva del m\u00f3dulo ofertado? En caso de que la evaluaci\u00f3n sea estrictamente por precio total de las 22.000 unidades sin considerar la potencia de cada m\u00f3dulo, \u00bfconfirma la Convocante que cualquier m\u00f3dulo que cumpla los requisitos m\u00ednimos de las EETT \u2014independientemente de si su potencia es de 700 Wp, 720 Wp u otra dentro del rango aceptable\u2014 ser\u00e1 evaluado en igualdad de condiciones?", "answer": "Al respecto, se aclara a los potenciales oferentes, que de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y las EETT GT/GER/01/2026, los m\u00f3dulos fotovoltaicos que cumplan con los requisitos m\u00ednimos solicitados, independientemente que sus potencias sean iguales o superiores  a 700 Wp, ser\u00e1n evaluados en igualdad de condiciones. La cantidad de m\u00f3dulos a ofertar deber\u00e1n ser de 22.000 unidades.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:09:24-04:00"}, {"id": "04462344fabca0962ad1e9412d7d451d-1", "date": "2026-06-03T17:25:48-04:00", "title": "Documentos legales del oferente extranjero \u2014 requisito de apostilla", "description": "El PBC no establece expl\u00edcitamente qu\u00e9 documentos legales del oferente no domiciliado en Paraguay deben presentarse con Apostilla de La Haya. La nota de observaci\u00f3n de la DNCP (1er reparo) hace referencia a la exigencia de apostilla en la documentaci\u00f3n de fabricantes extranjeros. Se consulta: \u00bfcu\u00e1les son espec\u00edficamente los documentos legales del oferente no domiciliado (escritura de constituci\u00f3n, poder del firmante, balances) que la Convocante exige con Apostilla de La Haya para esta licitaci\u00f3n?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones respecto a los documentos legales requeridos para oferentes no domiciliados en la Rep\u00fablica del Paraguay. La exigencia de apostillado de La Haya resulta aplicable a los documentos expresamente indicados en el Pliego de Bases y Condiciones y en las Especificaciones T\u00e9cnicas.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:15:08-04:00"}, {"id": "394f5b1fa0e9f13ada64ce3cc4292f51-1", "date": "2026-06-04T14:00:46-04:00", "title": "Autorizacion del Fabricante", "description": "Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si la referida autorizaci\u00f3n y/o la cadena de autorizaciones podr\u00e1 ser emitida por una filial, subsidiaria, oficina regional, representante regional o distribuidor autorizado del fabricante ubicada en Am\u00e9rica Latina u otro pa\u00eds adherido al Convenio de La Haya, siempre que dicha entidad cuente con facultades suficientes para representar comercialmente al fabricante respecto de los bienes ofertados y se acredite documentalmente la vinculaci\u00f3n o autorizaci\u00f3n correspondiente hasta el fabricante.\n\nAsimismo, solicitamos confirmar que, en dicho caso, el apostillado de La Haya podr\u00e1 ser realizado en el pa\u00eds donde se emita cada documento de la cadena de autorizaci\u00f3n, sin necesidad de que todos los documentos sean emitidos y apostillados en el pa\u00eds de origen de fabricaci\u00f3n del producto, siempre que se mantenga la trazabilidad documental desde el fabricante hasta el oferente y que cada autorizaci\u00f3n identifique expresamente el \u00edtem al cual corresponde", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se exige la presentaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n del Fabricante, Representante o Distribuidor, as\u00ed como los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente. Cada documento deber\u00e1 cumplir con las formalidades exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones incluyendo vigencia, identificaci\u00f3n del \u00edtem correspondiente, idioma castellano o traducci\u00f3n oficial, y apostillado de la Haya cuando corresponda. \n\nVer adem\u00e1s la respuesta dada a la consulta N\u00b0 5.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:27:43-04:00"}, {"id": "6178bd064731a980fe570d17add0ea8b-1", "date": "2026-09-09T11:26:55-04:00", "title": "PIO", "description": "Se solicita a la Convocante proporcionar, como parte de la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica del llamado, la arquitectura de conexi\u00f3n prevista para el proyecto, los diagramas unifilares, diagramas esquem\u00e1ticos y/o planos de referencia disponibles, correspondientes a los sistemas e instalaciones con los cuales deber\u00e1 integrarse el suministro objeto del Lote N.\u00ba 3.\nLa presente solicitud tiene por finalidad permitir a los potenciales oferentes determinar con precisi\u00f3n el alcance t\u00e9cnico y las cantidades de equipamiento necesarias para la correcta conformaci\u00f3n de sus ofertas, evitando que cada oferente deba realizar estimaciones o asumir condiciones de dise\u00f1o que no se encuentran expresamente definidas en la documentaci\u00f3n actualmente disponible.\nEn particular, resulta necesario contar con informaci\u00f3n suficiente respecto de la arquitectura proyectada para determinar adecuadamente, entre otros aspectos, la cantidad y naturaleza de las entradas y salidas digitales y anal\u00f3gicas (DI/DO/AI/AO), se\u00f1ales de medici\u00f3n, transformadores de corriente (CT), transformadores de tensi\u00f3n (VT), interfaces de comunicaci\u00f3n, puntos de conexi\u00f3n, equipos de protecci\u00f3n, medici\u00f3n y dem\u00e1s se\u00f1ales e interfaces requeridas para la integraci\u00f3n del PPC con los distintos sistemas de la Central Fotovoltaica.\nEsta informaci\u00f3n resulta especialmente relevante considerando que la propia Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica establece que el PPC deber\u00e1 adquirir y procesar se\u00f1ales provenientes de inversores, medidores, protecciones y equipos auxiliares, adem\u00e1s de integrarse con el equipamiento de comunicaci\u00f3n correspondiente y con el sistema SCADA institucional de ANDE.\nAsimismo, la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica establece requisitos espec\u00edficos de comunicaci\u00f3n e integraci\u00f3n, incluyendo Modbus TCP/IP para los inversores, IEC 60870-5-104 para la integraci\u00f3n con el SCADA institucional y la provisi\u00f3n de documentaci\u00f3n de mapeo de tags/registros, escalamiento y unidades. Por ello, la definici\u00f3n previa de la arquitectura de conexi\u00f3n y de las interfaces involucradas resulta necesaria para que los oferentes puedan dimensionar correctamente el hardware, m\u00f3dulos de entradas/salidas, interfaces y dem\u00e1s componentes que deber\u00e1n formar parte de la soluci\u00f3n.\nDe igual manera, la propia documentaci\u00f3n del llamado contempla que el suministro incluya el dise\u00f1o y entrega del layout b\u00e1sico de la arquitectura de comunicaci\u00f3n del sistema PPC, considerando su integraci\u00f3n con los inversores fotovoltaicos, sistemas de protecci\u00f3n, medici\u00f3n, SCADA local y remoto y el Punto de Interconexi\u00f3n (POI).\nEn este contexto, contar previamente con los diagramas y esquemas de referencia del proyecto permitir\u00eda a los oferentes diferenciar adecuadamente entre las interfaces que forman parte del suministro del Lote N.\u00ba 3 y aquellas que ser\u00e1n provistas por otros sistemas o lotes, evitando la incorporaci\u00f3n de cantidades o componentes estimados que posteriormente puedan resultar insuficientes o excedentes.\nLa ausencia de esta informaci\u00f3n puede generar diferencias sustanciales entre las ofertas, dado que cada oferente podr\u00eda interpretar de manera distinta la cantidad de se\u00f1ales, puntos de medici\u00f3n, interfaces, CT, VT, m\u00f3dulos de I/O, equipos de comunicaci\u00f3n y dem\u00e1s elementos necesarios para lograr la integraci\u00f3n requerida. Esto podr\u00eda afectar tanto la correcta comparaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica de las propuestas como la adecuada determinaci\u00f3n del precio ofertado.\nPor lo expuesto, se solicita a la Convocante proporcionar, en caso de encontrarse disponibles, los siguientes documentos e informaciones de referencia:\n1.\tDiagrama unifilar general de la Central Fotovoltaica, incluyendo el Punto de Interconexi\u00f3n (POI).\n2.\tArquitectura general de conexi\u00f3n e integraci\u00f3n del PPC con inversores, sistemas de medici\u00f3n, protecci\u00f3n, comunicaciones y SCADA.\n3.\tDiagramas esquem\u00e1ticos y/o planos de conexi\u00f3n de los sistemas que deber\u00e1n interactuar con el PPC.\n4.\tDefinici\u00f3n o listado preliminar de las se\u00f1ales de entrada y salida requeridas (DI/DO/AI/AO).\n5.\tIdentificaci\u00f3n de las se\u00f1ales y puntos de medici\u00f3n asociados a CT y VT, indicando, cuando corresponda, relaciones, tipos de se\u00f1ales y puntos de conexi\u00f3n previstos.\n6.\tIdentificaci\u00f3n de las interfaces y protocolos de comunicaci\u00f3n previstos entre el PPC, inversores, sistemas de medici\u00f3n, protecci\u00f3n y SCADA.\n7.\tEn caso de existir, lista preliminar de se\u00f1ales, puntos de datos o tags que deber\u00e1n ser integrados al SCADA institucional de ANDE.\n8.\tIdentificaci\u00f3n de las interfaces que ser\u00e1n suministradas por el Lote N.\u00ba 3 y aquellas que ser\u00e1n responsabilidad de otros lotes o sistemas del proyecto.\nLa provisi\u00f3n de esta informaci\u00f3n permitir\u00e1 a los oferentes elaborar sus propuestas sobre una base t\u00e9cnica com\u00fan y objetiva, reduciendo la necesidad de efectuar supuestos de ingenier\u00eda no contemplados expresamente en el llamado y permitiendo una adecuada determinaci\u00f3n de cantidades, costos y alcance del suministro.\nPor tanto, se solicita respetuosamente a la Convocante poner a disposici\u00f3n de los potenciales oferentes la arquitectura de conexi\u00f3n, diagramas unifilares, diagramas esquem\u00e1ticos y dem\u00e1s documentaci\u00f3n t\u00e9cnica de referencia disponible del proyecto, a fin de que las ofertas puedan ser elaboradas con el grado de precisi\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica requerido para el correcto cumplimiento del objeto del llamado."}, {"id": "922c5395bbec72291d44563138e30b7b-1", "date": "2026-06-16T11:59:10-04:00", "title": "Tensi\u00f3n nominal del cable fotovoltaico", "description": "El PBC identifica el cable como 1,8 kV, mientras que la EETT exige aptitud para 1,5 kV DC. Solicitamos confirmar la tensi\u00f3n nominal exacta que deber\u00e1 cumplir el cable ofertado.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N\u00b0 1 publicado en el SICP en el apartado \"Documentos\".\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:27:16-04:00"}, {"id": "f81f78d9a25a22efe39511769cc3e817-1", "date": "2026-06-10T10:44:53-04:00", "title": "Garant\u00eda apostillada", "description": "En el punto 4.7 de la EETT GT/GER/01/2026 del apartado \u201cAlcance General del Suministro\u201d se requiere la Carta de Garant\u00eda del fabricante con Apostilla de La Haya. Al respecto, se consulta amablemente a la Convocante si dicho documento podr\u00e1 ser entregado con posterioridad a la adjudicaci\u00f3n.\n\nFundamentamos la consulta en tres aspectos: (i) el punto 4.7 se encuentra dentro del apartado \u201cAlcance General del Suministro\u201d, lo que por su propia naturaleza corresponde a una obligaci\u00f3n de la etapa de ejecuci\u00f3n contractual y no de la oferta; (ii) la obtenci\u00f3n de la Apostilla sobre documentos emitidos en el extranjero implica tr\u00e1mites que dif\u00edcilmente pueden completarse dentro del plazo de preparaci\u00f3n de la oferta; y (iii) siendo la Carta de Garant\u00eda apostillada un documento oficial de car\u00e1cter definitivo, su emisi\u00f3n resulta prematura antes de la adjudicaci\u00f3n, dado que el fabricante deber\u00eda emitirla a nombre de un contrato que a\u00fan no ha sido confeccionado.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que la Carta de Garant\u00eda del Fabricante con Apostilla de la Haya, requerida en el numeral 4.7 de la EETT GT/GER/01/2026, forma parte del Alcance General del Suministro. En consecuencia, dicho documento podr\u00e1 ser presentado con posterioridad a la adjudicaci\u00f3n, antes de la firma del contrato, conforme a los plazos y condiciones establecidos por la Contratante.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:32:31-04:00"}, {"id": "4ecaf9356fe3282832f164f7360e1248-1", "date": "2026-05-28T10:42:02-04:00", "title": "Diagrama unifilar", "description": "Se solicita respetuosamente a la Convocante que, a fin de permitir una correcta interpretaci\u00f3n t\u00e9cnica del alcance del suministro y asegurar la preparaci\u00f3n de ofertas comparables, completas y t\u00e9cnicamente consistentes para la Licitaci\u00f3n P\u00fablica Internacional ANDE N\u00b0 1998/2026, ID N\u00b0 483407, \u201cAdquisici\u00f3n de Equipos de Generaci\u00f3n de Energ\u00eda Solar Fotovoltaica\u201d, tenga a bien publicar en el SICP/DNCP el diagrama unifilar general del proyecto, incluyendo la configuraci\u00f3n prevista de los m\u00f3dulos fotovoltaicos, strings, inversores, tableros de protecci\u00f3n en corriente continua y corriente alterna, estaciones transformadoras, protecciones el\u00e9ctricas, puesta a tierra, puntos de interconexi\u00f3n y niveles de tensi\u00f3n correspondientes, ya que dicho documento resulta esencial para dimensionar adecuadamente los equipos, verificar la compatibilidad entre los distintos lotes, definir cantidades y caracter\u00edsticas de accesorios, conductores y protecciones, y evitar interpretaciones divergentes que puedan afectar la igualdad de condiciones entre los potenciales oferentes.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que los oferentes deber\u00e1n remitirse al Pliego de Bases y Condiciones y sus Especificaciones T\u00e9cnicas, donde se establece el alcance del suministro y la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica a cargo del Proveedor.", "dateAnswered": "2026-06-26T06:53:02-04:00"}, {"id": "063682706724d911525b5b7ece53121f-1", "date": "2026-09-15T09:15:09-04:00", "title": "Conocimiento de Embarque o B/L", "description": "Dado que la obtenci\u00f3n de documentos originales (como el Conocimiento de Embarque o B/L) y su remisi\u00f3n f\u00edsica v\u00eda courier desde el pa\u00eds de origen hasta las oficinas de la ANDE en Paraguay puede demorar entre 7 y 10 d\u00edas, \u00bfpodr\u00eda la ANDE confirmar si la 'Autorizaci\u00f3n de Embarque' puede ser emitida bas\u00e1ndose en copias digitales de alta resoluci\u00f3n enviadas por correo electr\u00f3nico, supeditando la nacionalizaci\u00f3n final a la entrega de los originales?"}, {"id": "7c164732f4498c3edee8080ae79611c3-1", "date": "2026-09-18T17:12:35-04:00", "title": "ACLARACION TENSION DE OPERACION DC / CUBIERTA", "description": "Estimados,\n\nReferente a la PDG del cable fotovoltaico H1Z2Z2-K. Favor realizar la correcci\u00f3n en la PDG. La tensi\u00f3n de operaci\u00f3n en DC no puede ser nunca igual a la tensi\u00f3n m\u00e1xima admisible en DC.\n\nPara estos cables se tiene normalmente una tensi\u00f3n de operaci\u00f3n en DC de 1,5 kV y una tensi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n en DC de 1,8 kV de acuerdo a las especificaciones t\u00e9cnicas de todas las normas citadas en la EETT de ANDE.\n\nPor otro lado, para la cubierta y aislamiento, la correcta denominaci\u00f3n para el compuesto especificado es XLPO.\n\nSaludos"}, {"id": "91e19b4952a2c8947419993c9f792d34-1", "date": "2026-06-15T16:45:27-04:00", "title": "Requrimiento EN 50708-1", "description": "Se solicita la exclusi\u00f3n de la normativa europea EN 50708-1 de las especificaciones t\u00e9cnicas del proyecto. Dicha norma responde a un marco regulatorio obligatorio y exclusivo de la Uni\u00f3n Europea (Directiva de Ecodise\u00f1o Tier 2), careciendo de aplicabilidad legal o estandarizaci\u00f3n en el mercado latinoamericano y, espec\u00edficamente, en la Rep\u00fablica del Paraguay. El sistema el\u00e9ctrico local y las especificaciones de ANDE est\u00e1n alineados principalmente con los est\u00e1ndares globales IEC 60076 (o IEEE). Exigir el cumplimiento estricto de la normativa europea restringe dr\u00e1sticamente la cadena de suministro, limitando las opciones a proveedores europeos e impactando negativamente en los plazos de entrega y el CAPEX del proyecto, sin que exista una exigencia regulatoria local que lo justifique."}, {"id": "b59081f56a5f1b7a15ea56bd803f9aa4-1", "date": "2026-06-03T17:17:52-04:00", "title": "Aplicabilidad del margen de preferencia nacional \u2014 Lote 1", "description": "Los bienes requeridos en el Lote 1 (m\u00f3dulos fotovoltaicos, estructuras, cable y conectores) no se fabrican en la Rep\u00fablica del Paraguay. Se consulta: dado que ninguno de los bienes del Lote 1 es producido localmente, \u00bfconfirm\u00f3 la Convocante que el margen de preferencia nacional del 10% previsto en el PBC no resultar\u00e1 aplicable a ning\u00fan \u00edtem de este lote? En caso contrario, \u00bfcu\u00e1l es el mecanismo por el que un oferente podr\u00eda acreditar contenido nacional en estos bienes espec\u00edficos?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se regula la aplicaci\u00f3n del margen de preferencia nacional y el mecanismo de acreditaci\u00f3n mediante el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN) o el documento que disponga el MIC, conforme a la normativa vigente.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:13:11-04:00"}, {"id": "be6b571e88608ede2878f6b8b2e13e3c-1", "date": "2026-06-23T10:56:25-04:00", "title": "NORMAS REGULATORIAS", "description": "NORMA INAPLICABLE: La Convocante ha establecido como norma regulatoria AWS D1.1: Structural Welding Code \u2013 Steel: La norma AWS D1.1: Structural Welding Code \u2013 Steel no se aplica a la presente soluci\u00f3n, ya que el proyecto no contempla procesos de soldadura estructural en su ejecuci\u00f3n, fabricaci\u00f3n o montaje. Se solicita excluir el requisito, cuando la soluci\u00f3n ofertada no requiera soldadura y sea 100% atornillada, sin la utilizaci\u00f3n de soldadura en el montaje ni en la fabricaci\u00f3n", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que la norma AWS D1.1/D1.1M resulta mandatoria para asegurar la integridad de cualquier perfil, uni\u00f3n, placa base o pieza met\u00e1lica que incorpore procesos de soldadura en f\u00e1brica; no obstante, dicha norma no ser\u00e1 exigible si el oferente propone una soluci\u00f3n de soporte cien por ciento (100%) atornillada y que no haya incorporado soldaduras en f\u00e1brica de ninguna de las piezas met\u00e1lica que forman parte de la estructura, condici\u00f3n que ser\u00e1 validada en la etapa de evaluaci\u00f3n bas\u00e1ndose estrictamente en la declaraci\u00f3n expresa del oferente en su oferta y en la verificaci\u00f3n de los planos de detalle de los perfiles, las uniones y las memorias de c\u00e1lculo estructural solicitados en las Especificaciones T\u00e9cnicas.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:34:24-04:00"}, {"id": "b7934154c49ddd2b8455fe82596a2ba9-1", "date": "2026-09-15T09:15:37-04:00", "title": "EETT", "description": "Para la norma libre de hal\u00f3genos, se pide EN 50267/ IEC 60754-1, significa que se debe cumplir con ambas a la vez?"}, {"id": "2e83b7437f60c64245b88436e1275f64-1", "date": "2026-06-10T10:23:11-04:00", "title": "Conector MC4", "description": "En el lote 1 - Item 4 - Conector MC4 45 A, solicitamos muy amablemente a la convocante aclarar, si la cantidad a ofertar ser\u00e1 de 1.000 conectores mayos y 1.000 conectores hembra. O en su defecto 2.000 pares de conectores.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que la cantidad requerida para el \u00cdtem 4 del Lote N\u00ba 1 corresponde a dos mil (2.000) conjuntos de conectores MC4 de 45 A, entendi\u00e9ndose cada conjunto como compuesto por un conector macho y un conector hembra, conforme a la EETT GT/GER/01/2026.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:30:30-04:00"}, {"id": "89289fcf24b1fb97e10ff0fa89b0e12c-1", "date": "2026-06-25T19:38:09-04:00", "title": "Experiencia del Fabricante", "description": "Dada la vertiginosa evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica en la industria fotovoltaica en los \u00faltimos a\u00f1os, resulta pr\u00e1cticamente imposible encontrar fabricantes que ya est\u00e9n produciendo hace 10 a\u00f1os equipos de caracter\u00edsticas el\u00e9ctricas equivalentes a las solicitadas en el lote 2. Para garantizar la igualdad de condiciones y los principios de libre competencia, solicitamos amablemente a la convocante reducir el umbral de experiencia del fabricante de 10 a 5 a\u00f1os."}, {"id": "81706daa588f1dea697e4bdfd0f06eae-1", "date": "2026-06-25T16:54:43-04:00", "title": "Personal Requerido", "description": "En las especificaciones tecnicas se establece la olbigacion de contar con ingenieros especialistas para determinadas disciplinas, indicando adem\u00e1s que deber\u00e1n presentarse certificados, facturaciones u otros documentos que acrediten la experiencia requerida.\n\nSin embargo, no resulta expresamente claro si dicha documentaci\u00f3n constituye un requisito de calificaci\u00f3n de la Oferta T\u00e9cnica o si podr\u00e1 ser presentada por el oferente adjudicado durante la etapa de ejecuci\u00f3n contractual.\n\n\u00bfLos curr\u00edculums, certificados, constancias de experiencia, facturaciones y dem\u00e1s documentos que acreditan la experiencia del personal t\u00e9cnico especializado requerido para los Lotes requeridos deber\u00e1n ser presentados obligatoriamente como parte integrante de la Oferta T\u00e9cnica, al momento de la presentaci\u00f3n de ofertas?"}, {"id": "60677e5387f45e495a5c6f771579b316-1", "date": "2026-06-16T11:56:57-04:00", "title": "Ensayos de contra-verificaci\u00f3n", "description": "Solicitamos precisar el momento y pa\u00eds de realizaci\u00f3n de los ensayos, el laboratorio que ser\u00e1 seleccionado, el plazo m\u00e1ximo para emitir resultados, los l\u00edmites de gastos a cargo del proveedor y el procedimiento de contramuestra o repetici\u00f3n en caso de resultados no conformes."}, {"id": "3de2be8a65bb936010370fd399da535a-1", "date": "2026-06-02T20:39:18-04:00", "title": "Autorizacion del fabricante", "description": "Se solicita respetuosamente a la Convocante aclarar si el requisito de presentaci\u00f3n de autorizaciones, documentos comerciales o respaldos emitidos en el exterior con consularizaci\u00f3n podr\u00e1 ser revisado, sustituido o interpretado conforme al r\u00e9gimen documental actualmente vigente, considerando que la exigencia de consularizaci\u00f3n de documentos comerciales vinculados a operaciones de importaci\u00f3n ha quedado desactualizada y, en muchos casos, resulta materialmente imposible de cumplir. Actualmente, documentos usuales del comercio internacional, tales como facturas comerciales, conocimientos de embarque, autorizaciones comerciales, respaldos de fabricante u otros documentos emitidos en el exterior, ya no se tramitan bajo los mismos mecanismos consulares exigidos en procesos antiguos, por lo que mantener dicho requisito podr\u00eda generar una restricci\u00f3n innecesaria a la participaci\u00f3n de oferentes, fabricantes y representantes internacionales.\nSe solicita tener presente que la Ley N.\u00ba 7196/2023 derog\u00f3 expresamente las disposiciones de la Ley N.\u00ba 4033/2010 \u201cDel Arancel Consular\u201d vinculadas a las operaciones de importaci\u00f3n dentro del cap\u00edtulo de Comercio, incluyendo la secci\u00f3n correspondiente de la tabla arancelaria y art\u00edculos relacionados al r\u00e9gimen consular anterior. En consecuencia, la exigencia de documentos comerciales o autorizaciones extranjeras consularizadas no se ajustar\u00eda al marco normativo vigente ni a la pr\u00e1ctica actual del comercio internacional, toda vez que el propio r\u00e9gimen legal que sustentaba dichas actuaciones consulares fue dejado sin efecto. Por ello, se solicita a la Convocante admitir medios documentales equivalentes, verificables y actualmente disponibles, tales como carta de fabricante, autorizaci\u00f3n comercial directa, certificaci\u00f3n notarial, apostilla cuando corresponda, firma digital verificable o declaraci\u00f3n jurada, evitando que una formalidad actualmente inaplicable restrinja injustificadamente la participaci\u00f3n de oferentes en un proceso cuyo objeto principal es obtener el beneficio t\u00e9cnico y econ\u00f3mico de una planta solar para la ANDE.\nAsimismo, se solicita considerar que en otros procesos licitatorios convocados por la propia ANDE se ha admitido como requisito suficiente la presentaci\u00f3n de una autorizaci\u00f3n del fabricante suscripta por el representante legal, autoridad competente de la f\u00e1brica o mediante la correspondiente cadena de autorizaciones comerciales, sin exigir la consularizaci\u00f3n del documento. Este criterio resulta m\u00e1s razonable, proporcional y compatible con la pr\u00e1ctica vigente del comercio internacional, considerando que el procedimiento de consularizaci\u00f3n de documentos comerciales vinculados a operaciones de importaci\u00f3n ha quedado derogado y actualmente resulta materialmente imposible de cumplir. En consecuencia, mantener en el presente llamado una exigencia documental que la propia Convocante ha omitido en otros procesos similares podr\u00eda generar una diferencia de trato no justificada, restringiendo innecesariamente la participaci\u00f3n de oferentes y alejando el procedimiento de su finalidad principal, que es asegurar la provisi\u00f3n eficiente, competitiva y t\u00e9cnicamente adecuada de la planta solar requerida por la ANDE.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que los documentos de los equipos ofertados, provenientes de los pa\u00edses que forman parte del Convenio de la Haya (el tratado que regula la \"Apostilla\"), ser\u00e1 suficiente con el tramite sencillo de apostillado de la Haya, conforme al Pliego de Bases y Condiciones.\n\nPara los documentos de los equipos provenientes de pa\u00edses que no forman parte del Convenio de la Haya, deber\u00e1n cumplir con los tr\u00e1mites equivalentes al apostillado de la Haya.\n\nEste requerimiento es de vital importancia para certificar la veracidad y validez de los documentos provenientes del extranjero y que se presentan como parte de los documentos de la oferta. La medida es proporcional y garantiza calidad de origen y soporte bajo principios de igualdad y comparabilidad. El objetivo es la verificabilidad jur\u00eddica del v\u00ednculo con el fabricante y la protecci\u00f3n del inter\u00e9s p\u00fablico; la regla aplica por igual a todos los oferentes.\n", "dateAnswered": "2026-07-07T12:07:49-04:00"}, {"id": "558eca5a919a4bc0ab0843a310c854b6-1", "date": "2026-05-29T16:22:28-04:00", "title": "Experiencia Requerida", "description": "En la Secci\u00f3n \"Experiencia Requerida\", inciso referente a la validez de la Oferta T\u00e9cnica para los Lotes N.\u00ba 1 y N.\u00ba 2, se establece que:\n\n\"Para calificar como v\u00e1lida la Oferta T\u00e9cnica, para todos los \u00edtems ofrecidos como parte de los lotes 1 y 2, la validez de la Oferta T\u00e9cnica estar\u00e1 sujeta a que los bienes propuestos (Marca y Fabricante) sean de la misma naturaleza t\u00e9cnica que los declarados para acreditar las cantidades de la columna (c) del cuadro correspondiente al \u00edtem b).\"\n\nAl respecto, solicitamos a la Convocante aclarar qu\u00e9 debe entenderse por la expresi\u00f3n \"misma naturaleza t\u00e9cnica\", indicando espec\u00edficamente si dicho requisito se considerar\u00e1 cumplido cuando la experiencia presentada corresponda a bienes del mismo fabricante y de la misma tecnolog\u00eda general exigida en el llamado, aun cuando el modelo espec\u00edfico ofertado corresponda a una evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica, nueva generaci\u00f3n o familia comercial distinta del mismo fabricante.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, entendi\u00e9ndose por \"misma naturaleza t\u00e9cnica\" aquellos bienes que correspondan al mismo tipo de suministro requerido y que guarden correspondencia con las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas, el\u00e9ctricas y mec\u00e1nicas exigidas para los Lotes N\u00b0 1 y N\u00b0 2.\n\nPor otra parte, se aclara al potencial oferente que por la expresi\u00f3n \"misma naturaleza t\u00e9cnica\" se entender\u00e1 que los bienes presentados para acreditar la experiencia deben corresponder al mismo fabricante y pertenecer a la misma tecnolog\u00eda general obligatoria exigida en este llamado (M\u00f3dulos Fotovoltaicos de Silicio Monocristalino Bifacial para el Lote N\u00b0 1 e Inversores Tipo String para el Lote N\u00b0 2).\n\nEn consecuencia, se considerar\u00e1 cumplido el requisito cuando los modelos acreditados en la experiencia correspondan a una evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica, nueva generaci\u00f3n o familia comercial del mismo fabricante, siempre que cumplan o superen los est\u00e1ndares, normativas y certificaciones t\u00e9cnicas vigentes exigidas en las Especificaciones T\u00e9cnicas del Pliego de Bases y Condiciones.", "dateAnswered": "2026-06-26T07:04:12-04:00"}, {"id": "bbe39ef2656d9c2aa7c6fe9888f68f91-1", "date": "2026-06-08T10:38:06-04:00", "title": "Solicitud de pr\u00f3rroga de 60 d\u00edas para la presentaci\u00f3n de ofertas \u2013 Convocatoria N.\u00ba 483407 \u2013 LP1998-26", "description": "Solicitamos respetuosamente una pr\u00f3rroga de 60 d\u00edas corridos para la presentaci\u00f3n de ofertas en la Convocatoria N.\u00ba 483407 \u2013 LP1998-26 \u201cAdquisici\u00f3n de Equipos de Generaci\u00f3n de Energ\u00eda Solar Fotovoltaica\u201d.\nEl pedido se fundamenta en que se trata de una primera adquisici\u00f3n de este tipo de equipos y soluciones en ANDE, lo que requiere un an\u00e1lisis t\u00e9cnico y comercial m\u00e1s profundo para preparar ofertas serias, competitivas y ajustadas al pliego.\nLos equipos de generaci\u00f3n solar fotovoltaica requieren verificar adecuadamente la compatibilidad entre m\u00f3dulos, inversores, estructuras, protecciones, sistemas de monitoreo, certificaciones t\u00e9cnicas, garant\u00edas del fabricante, soporte posventa, disponibilidad de repuestos, plazos de fabricaci\u00f3n, log\u00edstica internacional y cumplimiento de normas aplicables.\n\nAsimismo, los oferentes deben coordinar con fabricantes y proveedores especializados, muchos de ellos del exterior, para confirmar condiciones t\u00e9cnicas, precios, plazos de entrega y documentaci\u00f3n respaldatoria.\nPor tanto, una pr\u00f3rroga de 60 d\u00edas corridos permitir\u00e1 una mayor participaci\u00f3n de oferentes, mejores propuestas t\u00e9cnicas y econ\u00f3micas, y reducir\u00e1 el riesgo de ofertas incompletas o t\u00e9cnicamente inconsistentes.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el SICP.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:29:23-04:00"}, {"id": "c72a1cd0b4bf6cf10d9323ab681585a6-1", "date": "2026-06-17T11:51:45-04:00", "title": "Responsabilidad por los gastos de participaci\u00f3n de inspectores de ANDE en la prueba FAT", "description": "La EETT, en su numeral \u00a75.11, establece que \u201cel Proveedor es responsable de cubrir la totalidad de los costos operativos, log\u00edsticos y t\u00e9cnicos asociados a la realizaci\u00f3n de la prueba FAT\u201d y que \u201cdos (2) inspectores de la ANDE presenciar\u00e1n y acompa\u00f1ar\u00e1n las pruebas ejecutadas en f\u00e1brica\u201d.\nConsiderando que la f\u00e1brica del proveedor podr\u00eda estar ubicada fuera del Paraguay, incluso en Europa o Asia, se consulta: \u00bflos gastos de pasajes internacionales, alojamiento, alimentaci\u00f3n, traslados y vi\u00e1ticos de los dos (2) inspectores de ANDE que participar\u00e1n en la prueba FAT deber\u00e1n ser cubiertos por el Proveedor, o ser\u00e1n asumidos directamente por ANDE?"}, {"id": "4c228b71dfabd5e48bf734a1594e4e77-1", "date": "2026-06-11T15:44:07-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n2. Solicitamos aclarar si ser\u00e1n aceptados inversores fotovoltaicos y subestaciones transformadoras de fabricantes distintos, siempre que exista plena compatibilidad t\u00e9cnica y operativa entre los equipos, as\u00ed como el cumplimiento integral de las especificaciones del proyecto.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la Respuesta dada a la Consulta N\u00b0 11.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:35:37-04:00"}, {"id": "ba9fe407e5c6bd454e9a115be417020b-1", "date": "2026-06-11T16:06:04-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 4:\n\n2. Solicitamos confirmar la cantidad de sitios/unidades donde ser\u00e1n instalados los equipos objeto de la propuesta, a fin de permitir una adecuada comprensi\u00f3n de la complejidad t\u00e9cnica, log\u00edstica y operativa involucrada en la ejecuci\u00f3n de los servicios.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que el presente llamado corresponde a la provisi\u00f3n y entrega de bienes, conforme al Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. El lugar de entrega es el Dep\u00f3sito de la ANDE en Asunci\u00f3n o alrededores, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La instalaci\u00f3n en sitio no forma parte del alcance del suministro.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:41:22-04:00"}, {"id": "8dd2323353a51e885336ea9afa795099-1", "date": "2026-06-09T12:05:05-04:00", "title": "Aclaraci\u00f3n sobre Potencia Nominal de M\u00f3dulos Fotovoltaicos y Criterio de Evaluaci\u00f3n (Lote 1 - \u00cdtem 1)", "description": "La Lista de Precios del Lote 1 identifica el \u00cdtem 1 como \"M\u00f3dulo Fotovoltaico 700 Wp\", por una cantidad de 22.000 unidades. Por su parte, la EETT GT/GER/01/2026, punto 3.1.1, establece las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas obligatorias de los m\u00f3dulos (silicio monocristalino, bifacial, clase de protecci\u00f3n II, tolerancia 0~+5 W, garant\u00eda lineal 30 a\u00f1os, certificaciones IEC aplicables), admitiendo expresamente el suministro de \"clases de potencia razonablemente m\u00e1s altas\" siempre que se mantenga un \u00fanico valor de potencia para todo el suministro, pero no fija una potencia nominal m\u00ednima como requisito t\u00e9cnico de cumplimiento.\nSolicitamos a ANDE aclarar lo siguiente:\n\n\u00bfLa indicaci\u00f3n \"700 Wp\" del \u00cdtem 1 constituye un requisito t\u00e9cnico de cumplimiento obligatorio (potencia nominal m\u00ednima excluyente), o se trata de una referencia nominal a efectos de c\u00f3mputo y presupuesto, siendo el criterio de aceptaci\u00f3n t\u00e9cnica el establecido en el punto 3.1.1 de la EETT?\nEn caso de que la potencia indicada no sea excluyente, \u00bfse admitir\u00e1 el suministro de m\u00f3dulos fotovoltaicos de potencia nominal distinta a 700 Wp \u2014por ejemplo, en el orden de 650 Wp o superior\u2014 en tanto cumplan o superen todas las exigencias t\u00e9cnicas, de eficiencia, certificaciones y garant\u00edas de la EETT, y se mantenga un \u00fanico valor de potencia para la totalidad del suministro conforme al punto 3.1.1?\nDe aceptarse m\u00f3dulos de potencia distinta a la indicada, solicitamos precisar el criterio de evaluaci\u00f3n aplicable: si la cantidad de 22.000 unidades del \u00cdtem 1 se mantiene fija (en cuyo caso variar\u00eda la potencia total instalada del campo fotovoltaico), o si la oferta debe garantizar una potencia total m\u00ednima equivalente, ajustando la cantidad de m\u00f3dulos en consecuencia. Esta precisi\u00f3n resulta determinante para asegurar la comparabilidad de las ofertas y la compatibilidad con la configuraci\u00f3n de strings (23 a 32 m\u00f3dulos por string) y con la definici\u00f3n de \"1 unidad de estructura = 1 MWp instalado\" del punto de Empaque y Entrega.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la Respuesta dada a la Consulta N\u00b0 8.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:31:13-04:00"}, {"id": "152e8a05dcb69ce8b2c8a25e15589e57-1", "date": "2026-09-09T09:42:06-04:00", "title": "Normativa de Materiales", "description": "Se solicita amablemente a la convocante que acepte aceros con normativa distinta a ASTM para las estructuras soporte. Espec\u00edficamente, con el objeto de garantizar la disponibilidad de materiales en el mercado y optimizar los plazos de provisi\u00f3n, se ha efectuado el an\u00e1lisis comparativo de propiedades mec\u00e1nicas, estableci\u00e9ndose las siguientes equivalencias con sus propiedades intr\u00ednsecas: \nAcero Q235B (S250GD) \u2013 Con las siguientes propiedades mec\u00e1nicas principales: Densidad: 78.5 kN/m\u00b3; M\u00f3dulo E: 2.06e5 N/mm\u00b2; L\u00edmite el\u00e1stico Fy: 235 MPa; Resistencia Fu: 390 MPa. Equivalente al ASTM A36.\nAcero Q355B (S350GD) \u2013 Con las siguientes propiedades mec\u00e1nicas principales: Densidad: 78.5 kN/m\u00b3; M\u00f3dulo E: 2.06e5 N/mm\u00b2; L\u00edmite el\u00e1stico Fy: 350 MPa; Resistencia Fu: 470 MPa. Equivalente al ASTM A572 Gr. 50.\nAcero Q420 (S420GD) \u2013 Con las siguientes propiedades mec\u00e1nicas principales: Densidad: 78.5 kN/m\u00b3; M\u00f3dulo E: 2.06e5 N/mm\u00b2; L\u00edmite el\u00e1stico Fy: 420 MPa; Resistencia Fu: 520 MPa. Equivalente al ASTM A572 Gr. 60.\nComo se puede observar, los aceros propuestos presentan el mismo m\u00f3dulo de elasticidad y densidad que los exigidos, con l\u00edmites el\u00e1sticos y resistencias a la tracci\u00f3n que cumplen o superan holgadamente los valores m\u00ednimos requeridos por las normas ASTM de referencia, garantizando plenamente la seguridad estructural y la vida \u00fatil del proyecto.\nEn virtud de lo expuesto y considerando que las propiedades mec\u00e1nicas demuestran la plena equivalencia t\u00e9cnica, solicitamos formalmente a la convocante acepte los aceros Q235B (S250GD), Q355B (S350GD) y Q420 (S420GD) como sustitutos v\u00e1lidos y equivalentes a los aceros ASTM A36, ASTM A572 Grade 50 y ASTM A572 Grade 60, respectivamente."}, {"id": "215df85a02606f95a6775db35774e9af-1", "date": "2026-06-17T11:51:38-04:00", "title": "Implementaci\u00f3n de los protocolos de comunicaci\u00f3n IEC 61850 e IEC 104", "description": "La EETT, en su numeral \u00a73.1.6, requiere que el sistema de monitorizaci\u00f3n y control soporte los protocolos IEC 61850, Modbus TCP/IP e IEC 104.\nSe consulta: \u00bfestos protocolos deben estar incorporados de forma nativa en el datalogger suministrado como parte de la estaci\u00f3n transformadora, o se acepta la integraci\u00f3n de los protocolos IEC 61850 e IEC 104 mediante una pasarela o gateway de comunicaciones homologado, siempre que la comunicaci\u00f3n e integraci\u00f3n con el SCADA de ANDE quede plenamente operativa y funcional?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que se acepta la integraci\u00f3n de los protocolos IEC 61850 e IEC 104 mediante una pasarela o gateway de comunicaciones homologado.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:31:03-04:00"}, {"id": "07dba98f9fd44f41623b25cfe7a53132-1", "date": "2026-09-03T14:54:25-04:00", "title": "Responsabilidad del Adjudicado", "description": "En caso de confirmarse que el adjudicatario no ejecutar\u00e1 directamente obras civiles, hincado ni montaje f\u00edsico de los equipos, se solicita aclarar c\u00f3mo debe interpretarse dicha delimitaci\u00f3n frente a los requisitos de experiencia previstos en los incisos d), e) y f), los cuales exigen respectivamente haber ejecutado \u201cprovisi\u00f3n, montaje y puesta en marcha\u201d de plantas fotovoltaicas para los Lotes 1 y 2, y \u201cprovisi\u00f3n e implementaci\u00f3n\u201d de sistemas SCADA/PPC para el Lote 3. La consulta no pretende reabrir el planteamiento ya resuelto respecto de qui\u00e9n puede acreditar dicha experiencia, sino determinar si las actividades utilizadas como par\u00e1metro de calificaci\u00f3n coinciden efectivamente con las prestaciones que, conforme a la delimitaci\u00f3n contractual vigente despu\u00e9s de la Adenda N.\u00ba 2, ser\u00e1n ejecutadas directamente por el adjudicatario. En caso de que el adjudicatario no deba ejecutar materialmente montaje, hincado u otras actividades comprendidas en dichos antecedentes, se solicita aclarar la relaci\u00f3n objetiva entre la experiencia exigida y las obligaciones contractuales efectivas."}, {"id": "71254b1de69ed600f27cedcaca1f1697-1", "date": "2026-09-03T14:30:09-04:00", "title": "Tiempo de Funcionamiento de los Bienes", "description": "En relaci\u00f3n directa con la Adenda N.\u00ba 2, mediante la cual fue sustituido expresamente el apartado \u201cTiempo de Funcionamiento de los Bienes\u201d, se solicita aclarar cu\u00e1l es el concepto que pretende regular la Convocante mediante dicho apartado, considerando que la redacci\u00f3n vigente establece que \u201cel periodo de tiempo estimado de funcionamiento de los bienes, para los efectos de repuestos\u201d deber\u00e1 ser conforme a las Especificaciones T\u00e9cnicas relacionadas con las garant\u00edas del fabricante. Se solicita indicar expresamente si dicho apartado se refiere: a) a la vida \u00fatil o tiempo estimado de funcionamiento del bien; b) al periodo de garant\u00eda del fabricante; o c) al periodo de disponibilidad de repuestos. En caso de que comprenda m\u00e1s de uno de estos conceptos, se solicita individualizar el plazo aplicable a cada uno, considerando que vida \u00fatil, garant\u00eda y disponibilidad de repuestos constituyen obligaciones t\u00e9cnica y contractualmente diferentes."}, {"id": "934c22f840fbe833abfc5923af98b136-1", "date": "2026-06-03T17:32:27-04:00", "title": "Solicitud de Pr\u00f3rroga", "description": "Solicitamos una pr\u00f3rroga para la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n requerida, con el fin de contar con el tiempo necesario para recopilar y preparar la informaci\u00f3n solicitada por parte de los fabricantes extranjeros.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el SICP.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:15:51-04:00"}, {"id": "40fa100e8a3439f530048aac6407572c-1", "date": "2026-09-03T14:48:52-04:00", "title": "alcance de la responsabilidad del fabricante en la carta apostillada.", "description": "Considerando que la garant\u00eda escrita deber\u00e1 ser emitida directamente por el fabricante, dirigida a ANDE y sometida al correspondiente apostillado o tr\u00e1mite equivalente, se solicita confirmar si el fabricante deber\u00e1 asumir mediante dicho documento \u00fanicamente responsabilidades inherentes a la fabricaci\u00f3n, calidad, defectos, garant\u00eda y disponibilidad de los productos fabricados, o si ANDE pretende que asuma tambi\u00e9n obligaciones de ingenier\u00eda, integraci\u00f3n, parametrizaci\u00f3n, montaje, puesta en servicio, capacitaci\u00f3n, soporte de campo u otras actividades contractualmente asignadas al proveedor. En este \u00faltimo supuesto, se solicita individualizar expresamente cada obligaci\u00f3n que deber\u00e1 ser incorporada a la carta del fabricante."}, {"id": "44efd4119ce1cf364e45ca3478c79986-1", "date": "2026-06-16T11:52:33-04:00", "title": "Dise\u00f1o preliminar y dise\u00f1o definitivo", "description": "La EETT exige planos y memoria de c\u00e1lculo definitivos con la oferta, pero establece que el dise\u00f1o final podr\u00e1 solicitarse hasta doce meses despu\u00e9s de la recepci\u00f3n. Solicitamos aclarar que con la oferta ser\u00e1 suficiente presentar un dise\u00f1o preliminar y que los documentos definitivos ser\u00e1n exigidos al adjudicatario.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que, para la presentaci\u00f3n de las ofertas, ser\u00e1 suficiente la inclusi\u00f3n de los planos y memorias de c\u00e1lculo de car\u00e1cter preliminar, los cuales deber\u00e1n demostrar claramente la viabilidad t\u00e9cnica, el cumplimiento de los est\u00e1ndares exigidos y las dimensiones propuestas para los componentes del proyecto.\n\nLos planos y memorias de c\u00e1lculo en su versi\u00f3n definitiva (dise\u00f1o final ejecutivo) ser\u00e1n exigidos \u00fanica y exclusivamente al adjudicatario para su revisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n por parte de la Fiscalizaci\u00f3n de la ANDE, dentro de los plazos establecidos en las Especificaciones T\u00e9cnicas posteriores a la firma del contrato.\n\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:23:02-04:00"}, {"id": "f88d281c6e72fb04db01333a560878fb-1", "date": "2026-06-23T11:23:15-04:00", "title": "Solicitud de Pr\u00f3rroga del Plazo para la Entrega de Ofertas para la Licitaci\u00f3n 483407 - Lp1998-26 Adquisici\u00f3n de Equipos de Generaci\u00f3n de Energ\u00eda Solar Fotovoltaica", "description": "Me dirijo a ustedes para solicitar formalmente una pr\u00f3rroga de 45 d\u00edas calendario para la fecha l\u00edmite de presentaci\u00f3n de ofertas de la licitaci\u00f3n de referencia.\nNuestro inter\u00e9s es presentar una oferta competitiva y que cumpla estrictamente con los requerimientos del pliego. Sin embargo, los tr\u00e1mites internacionales desde el exterior (Cartas de Autorizaci\u00f3n, Garant\u00edas, Apostillado de La Haya y traducciones oficiales) requieren un tiempo de gesti\u00f3n adicional al previsto inicialmente.\nAgradecemos de antemano su buena predisposici\u00f3n para evaluar esta solicitud.\nSaludos cordiales.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el Sistema de Informaci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:35:29-04:00"}, {"id": "ed4b297dd4f8f2850f40e560a21d4ee5-1", "date": "2026-06-11T16:18:52-04:00", "title": "Experiencia Requerida - Cantidad Total M\u00ednima para acreditar", "description": "Con respecto a las exigencias para el Lote N\u00b0 1 - \u00cdtem 2: Estructuras de Soporte para Campo Fotovoltaico, el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) requiere acreditar en la columna (c) una cantidad m\u00ednima de 100 MWp de bienes de iguales caracter\u00edsticas.\nAl respecto, se\u00f1alamos que el MWp (Megavatio pico) es una unidad de potencia el\u00e9ctrica vinculada a los m\u00f3dulos fotovoltaicos y no a la manufactura metal\u00fargica. Una estructura de soporte de acero se dise\u00f1a y fabrica bajo criterios de ingenier\u00eda civil y mec\u00e1nica (cargas de viento, peso estructural, torsi\u00f3n, etc.), por lo que medir la experiencia de un fabricante en potencia el\u00e9ctrica (MWp) introduce una variable ajena al proceso industrial de fabricaci\u00f3n del bien solicitado, limitando de forma injustificada la participaci\u00f3n de industrias metal\u00fargicas de gran envergadura especializadas en estructuras de acero pesadas y de alta complejidad (torres, p\u00f3rticos, soportes industriales).\nA fin de salvaguardar los principios de Igualdad, Libre Competencia, Proporcionalidad y Participaci\u00f3n contemplados en la legislaci\u00f3n vigente de contrataciones p\u00fablicas, y buscando evitar exigencias que configuren barreras de acceso innecesarias para la producci\u00f3n industrial.\nSe solicita respetuosamente a la Convocante realizar la adecuaci\u00f3n del criterio de cuantificaci\u00f3n de la experiencia para el \u00cdtem 2, permitiendo acreditar de forma alternativa e indistinta un volumen equivalente de producci\u00f3n de estructuras de acero procesado, con un m\u00ednimo de 20.000 toneladas en los \u00faltimos 10 a\u00f1os, considerando que dicha unidad de medida se condice de manera directa y objetiva con la naturaleza y el proceso de fabricaci\u00f3n del bien licitado.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N\u00b0 1.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:42:38-04:00"}, {"id": "f0de0eafc8160b3999e44cbb7695ff48-1", "date": "2026-09-09T11:43:05-04:00", "title": "PPC", "description": "Se solicita a la Convocante considerar y aceptar, para el cumplimiento del \u00edtem PPC-17 \u2013 Alimentaci\u00f3n / conversi\u00f3n de la Planilla de Datos Garantizados (PDG) del Lote N.\u00ba 3, equipos que dispongan de alimentaci\u00f3n directa en un rango de 100\u2013300 Vcc o de 34\u201350 Vcc, adem\u00e1s de la alternativa actualmente establecida de 48/110 Vcc desde servicios auxiliares o mediante conversi\u00f3n incluida.\n\nLa solicitud tiene por objeto ampliar las alternativas t\u00e9cnicas disponibles, permitiendo la presentaci\u00f3n de equipos que, aun utilizando rangos de tensi\u00f3n de alimentaci\u00f3n diferentes, puedan ser adecuadamente integrados al sistema de servicios auxiliares de la planta mediante la soluci\u00f3n de conversi\u00f3n correspondiente, cuando esta resulte necesaria.\n\nEn particular, se considera t\u00e9cnicamente conveniente que la exigencia no quede limitada exclusivamente a una determinada tensi\u00f3n nominal de entrada, siempre que la soluci\u00f3n ofertada contemple todos los elementos de conversi\u00f3n, protecci\u00f3n y acondicionamiento necesarios para garantizar una alimentaci\u00f3n adecuada, segura y confiable del PPC, sin trasladar requerimientos adicionales a la instalaci\u00f3n de la planta."}, {"id": "f8850d4a7d29b06d998d003b8ea3fc2e-1", "date": "2026-06-02T14:50:17-04:00", "title": "Experiencia del Fabricante", "description": "Solicitamos aclarar si los requisitos de experiencia establecidos en los incisos a), b), c), d) , e)  y f) del apartado \"Experiencia Requerida\" podr\u00e1n ser acreditados mediante antecedentes del fabricante de los bienes ofertados, considerando que el llamado exige experiencia en fabricaci\u00f3n, suministro y ejecuci\u00f3n de proyectos asociados a los equipos ofertados, o si parte de dichos requisitos deber\u00e1n ser acreditados necesariamente por el oferente, representante, distribuidor autorizado o integrante del eventual consorcio.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, apartado \"Experiencia Requerida\", donde se indican los requisitos aplicables y la forma de acreditaci\u00f3n correspondiente para el oferente, fabricante y/o consorcio, seg\u00fan corresponda. \n\nSi no es fabricante debe demostrar la cadena de suministro hasta el fabricante.", "dateAnswered": "2026-06-26T07:06:45-04:00"}, {"id": "e115dbbf96f207192caefc540960c8d8-1", "date": "2026-06-16T11:38:07-04:00", "title": "Solicitud de aclaraci\u00f3n sobre el momento de presentaci\u00f3n de la carta de garant\u00eda del fabricante", "description": "Respecto al numeral 4.7 de la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica GT/GER/01/2026, solicitamos aclarar expresamente en qu\u00e9 etapa del procedimiento deber\u00e1 presentarse la carta de garant\u00eda del fabricante de los equipos.\nEntendemos que dicha garant\u00eda corresponde a una obligaci\u00f3n vinculada al suministro de los equipos y, por tanto, deber\u00eda ser presentada \u00fanicamente por el oferente adjudicado, con posterioridad a la adjudicaci\u00f3n y antes de la entrega o recepci\u00f3n de los bienes, y no como parte de la oferta.\nA fin de evitar interpretaciones diferentes que puedan afectar la evaluaci\u00f3n de las ofertas, solicitamos confirmar expresamente si la carta de garant\u00eda debe ser incluida en la oferta o si ser\u00e1 requerida solamente al adjudicatario, indicando en este \u00faltimo caso el momento exacto de su presentaci\u00f3n.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 30.\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:21:23-04:00"}, {"id": "6ebbffb883312bf315d7a89749d225ee-1", "date": "2026-09-14T13:15:15-04:00", "title": "Temperatura de operaci\u00f3n nominal de las celdas (NMOT)", "description": "Solicitamos amablemente a la convocante aceptar valores distintos al originalmente solicitado para la Temperatura de operaci\u00f3n nominal de las celdas (NMOT) de los paneles fotovoltaicos, siempre y cuando en condiciones reales de operaci\u00f3n, la potencia absoluta entregada por el m\u00f3dulo ofertado sea superior a la de un m\u00f3dulo que cumpliera exactamente con el NMOT requerido. Por ejemplo\n\u2022\tUn m\u00f3dulo que cumple estrictamente lo solicitado en la PDG tendr\u00eda: 700 Wp, NMOT 41 \u00b0C, coeficiente Pmax -0,30 %/\u00b0C \u2192 potencia estimada a NMOT \u2248 666 W.\n\u2022\tEn cambio, se podr\u00eda ofertar un modulo con las siguientes caracter\u00edsticas: \n720 Wp, NMOT 45 \u00b0C, coeficiente Pmax -0,28 %/\u00b0C \u2192 potencia estimada a NMOT \u2248 680 W.\nPor lo expuesto, el m\u00f3dulo ofertado garantizar\u00eda un mejor desempe\u00f1o energ\u00e9tico global. Asimismo, el NMOT es un par\u00e1metro de referencia de rendimiento y no de seguridad, y la diferencia de 4 \u00b0C se encuentra dentro de las tolerancias habituales de medici\u00f3n y de las variaciones propias de las condiciones de montaje.\nEste cambio permitir\u00e1 la participaci\u00f3n de potenciales oferentes y marcas de reconocido prestigio adem\u00e1s de presentar a\u00fan una soluci\u00f3n t\u00e9cnicamente favorable para la convocante."}, {"id": "28ee935fcc16e8cbf404b3bb0a039825-1", "date": "2026-07-02T10:14:57-04:00", "title": "Carta de Autorizacion del Fabricante", "description": "En la pagina 12 y 13 del Pliego de Bases y Condiciones, apartado Autorizacion del Fabricante y carta de garantia del fabricante.\nSobre el apostillado de la haya,al respecto, se consulta amablemente a la Convocante si dicho documento apostillado podr\u00e1 ser entregado con posterioridad a la entrega de ofertas, al momento de la firma de contrato. Fundamentamos la consulta en dos aspectos: (i) la obtenci\u00f3n de la Apostilla sobre documentos emitidos en el extranjero implica tr\u00e1mites que dif\u00edcilmente pueden completarse dentro del plazo de preparaci\u00f3n de la oferta; y (ii) siendo la Carta de Garant\u00eda apostillada un documento oficial de car\u00e1cter definitivo, su emisi\u00f3n resulta prematura antes de la firma de contrato, dado que el fabricante deber\u00eda emitirla a nombre de un contrato que a\u00fan no ha sido confeccionado."}, {"id": "b74b7cc193aec7c44bde58dc48810a42-1", "date": "2026-06-16T11:36:03-04:00", "title": "Solicitud de eliminaci\u00f3n de la Apostilla de La Haya", "description": "Respecto al numeral 4.7 de la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica GT/GER/01/2026, solicitamos eliminar la exigencia de Apostilla de La Haya para la carta de garant\u00eda del fabricante.\nLa Apostilla de La Haya es aplicable a documentos p\u00fablicos emitidos en un Estado parte del Convenio. En cambio, la carta de garant\u00eda del fabricante constituye un documento privado de car\u00e1cter comercial y t\u00e9cnico, por lo que no resulta susceptible de apostilla.\nAsimismo, la apostilla no certifica la calidad de los equipos, la vigencia, el alcance ni el cumplimiento de la garant\u00eda ofrecida, por lo que su exigencia no aporta una seguridad t\u00e9cnica o jur\u00eddica adicional para la Convocante. Por el contrario restringe la participaci\u00f3n y la libre concurrencia de oferentes.\nPor lo expuesto, solicitamos suprimir la exigencia de Apostilla de La Haya y aceptar la carta de garant\u00eda emitida en papel membretado del fabricante, debidamente firmada por su representante autorizado.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 30.\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:21:13-04:00"}, {"id": "93773fc2fb36b26dbf602ee97f975de9-1", "date": "2026-06-16T11:52:41-04:00", "title": "Informaci\u00f3n del sitio para el dise\u00f1o estructural", "description": "Considerando que se exige memoria de c\u00e1lculo y dise\u00f1o del sistema de hincado, solicitamos proporcionar la ubicaci\u00f3n definitiva, planos, topograf\u00eda, par\u00e1metros ambientales y estudio de suelo del sitio de instalaci\u00f3n.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que la memoria de c\u00e1lculo y dise\u00f1o del sistema de hincado deber\u00e1n ser realizados conforme a los datos t\u00e9cnicos proporcionado en el presente llamado, al respecto, en el apartado \"Documentos\" del SICP el oferente dispone del estudio geot\u00e9cnico de la se-vha. En caso de que el oferente requiera informaci\u00f3n adicional para realizar los c\u00e1lculos y dise\u00f1os, esta correr\u00e1 por su cuenta, debiendo considerar la ubicaci\u00f3n espec\u00edfica de la Subestaci\u00f3n Villa Hayes.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:24:23-04:00"}, {"id": "43eaa39284ecf2d65e98b43790b24420-1", "date": "2026-09-03T14:48:01-04:00", "title": "garant\u00eda comercial del fabricante versus garant\u00eda contractual del proveedor.", "description": "Se solicita distinguir expresamente entre: i) la garant\u00eda escrita del fabricante requerida con la oferta; ii) la garant\u00eda contractual de los bienes asumida por el proveedor; iii) la obligaci\u00f3n de reparaci\u00f3n o reposici\u00f3n; y iv) la Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento del Contrato. La aclaraci\u00f3n resulta necesaria considerando que el PBC exige una carta del fabricante, pero establece posteriormente que \u201cEl Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados est\u00e1n libres de defectos\u201d y atribuye obligaciones de reparaci\u00f3n o reemplazo al proveedor. Se solicita indicar el alcance temporal y material de cada una de estas garant\u00edas y confirmar que la existencia de una garant\u00eda comercial del fabricante de 10 o 25 a\u00f1os no implica autom\u00e1ticamente igual extensi\u00f3n de la responsabilidad contractual general ni de la Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento."}, {"id": "aa7ffd2a66f521611d708207790bed20-1", "date": "2026-09-03T14:38:27-04:00", "title": "Consulta sobre disponibilidad de repuestos versus garant\u00eda.", "description": "Considerando que el apartado modificado se denomina \u201cTiempo de Funcionamiento de los Bienes\u201d y expresamente indica que dicho periodo se establece \u201cpara los efectos de repuestos\u201d, se solicita aclarar si ANDE pretende que la disponibilidad de repuestos coincida necesariamente con el periodo de garant\u00eda del fabricante. En caso afirmativo, se solicita justificar t\u00e9cnicamente dicha equivalencia, considerando que las propias EETT regulan ambos conceptos de manera separada. Particularmente, en el Lote N.\u00ba 3 se establece una garant\u00eda m\u00ednima de dos (2) a\u00f1os y, separadamente, disponibilidad de repuestos, soporte t\u00e9cnico y componentes compatibles durante dos (2) a\u00f1os posteriores a la Recepci\u00f3n Definitiva."}, {"id": "2849d22b035a6a4f47b6280cceb26faa-1", "date": "2026-09-03T14:52:51-04:00", "title": "Ejecucion de obras", "description": "En relaci\u00f3n con la consulta precedente, se solicita confirmar si contin\u00faa plenamente vigente, despu\u00e9s de la Adenda N.\u00ba 2, la delimitaci\u00f3n contractual manifestada por la propia Convocante durante el procedimiento jur\u00eddico concluido mediante Resoluci\u00f3n DNCP N.\u00ba 2.255/26, donde ANDE expres\u00f3 que \u201cel Oferente no ejecutar\u00e1 directamente las obras civiles de hincado ni el montaje f\u00edsico de los equipos en el terreno\u201d, atribuy\u00e9ndole principalmente responsabilidades de ingenier\u00eda, integraci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica especializada y acompa\u00f1amiento durante la implementaci\u00f3n. En caso de que dicha delimitaci\u00f3n haya variado, se solicita identificar expresamente la disposici\u00f3n de la Adenda N.\u00ba 2 o de los documentos contractuales vigentes que introdujo tal modificaci\u00f3n."}, {"id": "1027e610c924f799115a94db930aa463-1", "date": "2026-06-02T21:02:34-04:00", "title": "Autorizacion del fabricante", "description": "No entendemos para que publicitan por todos los medios que estan licitando una planta solar si al final restringen la participacion, Sin desconocer que la exigencia se encuentra actualmente prevista en el Pliego de Bases y Condiciones, corresponde advertir que su aplicaci\u00f3n estricta como requisito de admisibilidad podr\u00eda generar una situaci\u00f3n altamente sensible desde el punto de vista de la igualdad competitiva y la libre concurrencia, especialmente al introducir una formalidad documental que no ha sido requerida de manera habitual en procedimientos internacionales anteriores de la ANDE. Por ello, se solicita a la Convocante aclarar si admitir\u00e1 autorizaciones comerciales v\u00e1lidamente emitidas por el fabricante, representante autorizado, distribuidor oficial o cadena comercial correspondiente, sin condicionar su validez a una apostilla o legalizaci\u00f3n consular previa, a fin de evitar que el proceso quede expuesto a impugnaciones o cuestionamientos formales que podr\u00edan afectar su normal desarrollo, lo logico seria inciar un proceso de impugnacion formal por esta exigencia que normalmente no es requisito dentro de ANDE.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la Respuesta dada a la Consulta N\u00b0 5 publicado en el SICP.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:08:51-04:00"}, {"id": "8cfda764391ac6354071631f78afb6e9-1", "date": "2026-06-23T10:56:12-04:00", "title": "NORMAS REGULATORIAS", "description": "Para el Lote 1: La convocante ha consignado diversas normas de cumplimiento. Las citadas normas son de referencia europea, con lo que se limita innecesariamente la participaci\u00f3n de potenciales oferentes que se basan en normas regionales, por lo cual: \n\nDonde dice:\n- UNE-EN 1991 (Euroc\u00f3digo 1) o ASCE/SEI 7 (Referencia internacional supletoria): Aplicables para determinar otras Cargas de Sobrecarga y acciones m\u00ednimas de dise\u00f1o en estructuras. \nSe debe incluir:\nNBR 6120 y NBR 6123, as\u00ed como JIS C8955 y AS/NZS 1170-2:2021 para cargas de viento.\n\nDonde dice: \n- ANSI/AISC 360: Specification for Structural Steel Buildings.\nSe debe incluir: \nAISC 360 y AISI S100-2024 para el dimensionamiento de la estructura, de acuerdo con el material empleado, ya sea acero laminado o perfiles doblados/conformados\n \nDonde dice:\n- ISO 1461: Recubrimientos de zinc por inmersi\u00f3n en caliente\nSe debe incluir:\nABNT NBR 6323 \u2014 galvanizaci\u00f3n por inmersi\u00f3n en caliente de productos de acero al carbono y hierro fundido mediante el proceso no continuo, cuando sea requerida por el producto.\n\nDonde dice:  \n- ASTM A123 / A123M: Especificaci\u00f3n estadounidense alternativa para el Galvanizado por Inmersi\u00f3n en Caliente.\nSe debe incluir:\nABNT NBR 6323 \u2014 galvanizaci\u00f3n por inmersi\u00f3n en caliente de productos de acero al carbono y hierro fundido mediante proceso discontinuo, cuando as\u00ed lo requiera el producto.\n \nDonde dice:\nISO 9223: Corrosi\u00f3n de metales y aleaciones.\nSe debe incluir:\nABNT NBR ISO 9223:2024, norma equivalente directa\n \nDonde dice:  \n- UNE-EN 1090-2: Ejecuci\u00f3n de estructuras de acero.\nSe debe incluir:\nNBR 8800 y AWS D1.1", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que las normativas internacionales citadas en el pliego constituyen una l\u00ednea de base metodol\u00f3gica de referencia, siendo v\u00e1lidas y aceptables todas aquellas normas regionales o nacionales alternativas siempre que demuestren un nivel de exigencia, rigor t\u00e9cnico, seguridad y durabilidad equivalente o superior al de las normas de referencia de las EETT; a tal efecto, el oferente deber\u00e1 declarar expresamente dicha equivalencia dentro de su propuesta t\u00e9cnica adjuntando las memorias de c\u00e1lculo comparativas, certificados de ensayo o tablas de correspondencia que lo acrediten, bajo la condici\u00f3n de respetar de forma irrestricta los par\u00e1metros locales cr\u00edticos fijados en el pliego como la resistencia al viento m\u00ednima de 180 km/h seg\u00fan la Norma Paraguaya NP 196, la altura m\u00ednima de 1 metro desde el suelo, la inclinaci\u00f3n de 25\u00b0 y el espesor m\u00ednimo de galvanizado de 80 \u00b5m.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:33:26-04:00"}, {"id": "8b0ad68840ef5ebb4ba39c83f807cba3-1", "date": "2026-09-15T09:15:26-04:00", "title": "EETT", "description": "Cable fotovoltaico flex 6mm\u00b2\n\u2022\tLa certificaci\u00f3n TUV certifica hasta 1.5kV, lo cual coincide con el punto 3.1.4 de las EETT, el cual solicita una tensi\u00f3n de 1.5kV, sin embargo, en el punto de cable fotovoltaica flex 6mm\u00b2 de la planilla de datos garantizados se solicitan 1,8kV. Podr\u00edan confirmarnos que ser\u00e1n aceptados cables con certificaci\u00f3n TUV de 1.5kV?"}, {"id": "325caf9d8412cb1cade062b737cccd46-1", "date": "2026-09-14T11:22:31-04:00", "title": "Admisibilidad de soluci\u00f3n estructural alternativa de menor inclinaci\u00f3n", "description": "En las Especificaciones T\u00e9cnicas del Lote 1 se establece para las estructuras fotovoltaicas una configuraci\u00f3n fija, 1V en posici\u00f3n vertical, con inclinaci\u00f3n de 25\u00b0.\n\nConsiderando que existen soluciones estructurales de tecnolog\u00eda probada para plantas utility-scale que trabajan con configuraciones fijas de menor inclinaci\u00f3n, solicitamos a la Convocante aclarar si ser\u00e1 admisible presentar, adem\u00e1s de la soluci\u00f3n base conforme a las EETT, una alternativa t\u00e9cnica estructural con inclinaci\u00f3n inferior a 25\u00b0, siempre que se demuestre documentalmente que dicha soluci\u00f3n:\n\ncumple con la NP 196 y con la resistencia m\u00ednima al viento exigida de 180 km/h;\nmantiene la seguridad estructural, durabilidad y vida \u00fatil requeridas;\nresulta compatible con los m\u00f3dulos fotovoltaicos ofertados;\ncumple con las exigencias de garant\u00eda estructural y anticorrosiva;\npermite su correcta instalaci\u00f3n en las condiciones geot\u00e9cnicas del sitio, sujeta a los ensayos y verificaciones definitivas posteriores a la adjudicaci\u00f3n;\ny demuestra mediante memoria t\u00e9cnica preliminar la viabilidad de la soluci\u00f3n propuesta.\n\nLa consulta se fundamenta en que este tipo de soluci\u00f3n puede representar una reducci\u00f3n significativa del costo por Wp instalado, as\u00ed como menores costos de transporte, menor volumen y peso de materiales, menor cantidad de componentes estructurales, menores tiempos de montaje y una reducci\u00f3n de los costos de ejecuci\u00f3n en obra, manteniendo al mismo tiempo los est\u00e1ndares de seguridad y calidad exigidos por la ANDE.\n\nEn particular, se solicita confirmar si una soluci\u00f3n fija de baja inclinaci\u00f3n, t\u00e9cnicamente justificada y con antecedentes en proyectos utility-scale, podr\u00e1 ser presentada como alternativa t\u00e9cnica/econ\u00f3mica, sin perjuicio de acompa\u00f1ar una propuesta base plenamente conforme a la geometr\u00eda indicada en las EETT.\n\nAsimismo, agradeceremos confirmar si, para la evaluaci\u00f3n de dicha alternativa, ser\u00e1 suficiente en etapa de oferta presentar planos y memoria de c\u00e1lculo de car\u00e1cter preliminar que demuestren la viabilidad t\u00e9cnica y el cumplimiento de los est\u00e1ndares exigidos, quedando el dise\u00f1o definitivo sujeto a aprobaci\u00f3n posterior en caso de adjudicaci\u00f3n."}, {"id": "e21c7aafaefdea4e465ff4670aaf6816-1", "date": "2026-09-15T09:15:43-04:00", "title": "Documentos apostillados", "description": "En caso de Empresa Internacional interesada a participar en el llamado; \nSolicitamos citar espec\u00edficamente las documentaciones que deban presentarse apostilladas, debido a que por regla transaccional, las documentaciones comerciales ya no son apostilladas.\nEjemplos: 1. Se apostilla la planilla de datos garantizados?\n2. Se apostillan  los balances y datos financieros?\n3. Se apostillan plantilla de ensayos de tipo, manual de instalacion ?\n4. Se asportillan los documentos sustanciales y formales indicados en el pbc?\n\nFavor citar y especificar cu\u00e1les ser\u00e1n los documentos a ser apostillados."}, {"id": "8139f546fb90ebd8e68fc684c5ea87e2-1", "date": "2026-06-03T17:28:32-04:00", "title": "Solicitud de Pr\u00f3rroga", "description": "Solicitamos una pr\u00f3rroga para la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n requerida, con el fin de contar con el tiempo necesario para recopilar y preparar la informaci\u00f3n solicitada por parte de los fabricantes extranjeros.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el SICP.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:15:46-04:00"}, {"id": "c3437de5df01ed2a29cf7b90efb38d4f-1", "date": "2026-06-26T14:21:43-04:00", "title": "Acreditaci\u00f3n integral de la experiencia mediante antecedentes del fabricante.-", "description": "Secci\u00f3n: Requisitos de Participaci\u00f3n y Criterios de Evaluaci\u00f3n\nSubt\u00edtulo: Experiencia Requerida\nLiterales: a), b), c), d), e), f) y g)\nP\u00e1ginas: 24 a 26\n\nEl Pliego establece, en los literales a), b) y c), requisitos vinculados a experiencia en fabricaci\u00f3n y suministros de bienes de caracter\u00edsticas equivalentes, previendo en el literal g) que, cuando el oferente no sea fabricante, podr\u00e1 acreditar documentalmente que el fabricante de los bienes ofertados cumple dichos requisitos.\n\nSin embargo, los literales d), e) y f) exigen antecedentes adicionales de provisi\u00f3n, montaje, puesta en marcha e implementaci\u00f3n de plantas fotovoltaicas, sistemas de almacenamiento, sistemas SCADA o Controladores de Potencia de Planta, sin prever expresamente que tales antecedentes puedan ser acreditados mediante la experiencia documentada del fabricante de los bienes ofertados.\n\nConsiderando que el objeto del llamado consiste principalmente en la adquisici\u00f3n y suministro de bienes, y que la capacidad t\u00e9cnica, dise\u00f1o, fabricaci\u00f3n, desempe\u00f1o, compatibilidad y respaldo de garant\u00eda de los equipos se encuentran directamente vinculados al fabricante, s\u00edrvase aclarar por qu\u00e9 la posibilidad de acreditar experiencia mediante antecedentes del fabricante se limita \u00fanicamente a los requisitos previstos en los literales a), b) y c).\n\nAsimismo, se solicita confirmar si, para oferentes que act\u00faen como importadores, distribuidores o representantes autorizados, ser\u00e1 admitida la acreditaci\u00f3n de la totalidad de los requisitos de experiencia previstos en los literales a), b), c), d), e) y f), mediante documentaci\u00f3n emitida por el fabricante de los bienes ofertados y/o referencias de proyectos ejecutados con dichos bienes por el fabricante, sus filiales, subsidiarias o integradores oficialmente autorizados.\n\nEn caso negativo, se solicita indicar el fundamento t\u00e9cnico y operativo por el cual se exige que los antecedentes previstos en los literales d), e) y f) sean necesariamente acreditados por el oferente, aun cuando este no sea fabricante y el fabricante cuente con experiencia comprobable en la provisi\u00f3n e implementaci\u00f3n de los equipos ofertados.\n\nFinalmente, se solicita considerar la modificaci\u00f3n del literal g), de modo que permita acreditar mediante la experiencia del fabricante todos los requisitos previstos en los literales a), b), c), d), e) y f), siempre que exista autorizaci\u00f3n vigente, trazabilidad documental de la relaci\u00f3n comercial y responsabilidad contractual del oferente respecto de los bienes suministrados."}, {"id": "8ebe9c9b62324114800b48b186797e02-1", "date": "2026-06-24T14:16:27-04:00", "title": "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad t\u00e9cnica", "description": "Con relaci\u00f3n al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), espec\u00edficamente en la Secci\u00f3n de \"Requisitos documentales para la evaluaci\u00f3n de la capacidad t\u00e9cnica\", \u00edtem a), se solicita la presentaci\u00f3n de la \"Planilla de Ensayos de Tipo\" debidamente llenada y completada. Al respecto, se observa que dentro de los archivos editables provistos por la Convocante no se adjunta ning\u00fan formato con dicha denominaci\u00f3n, encontr\u00e1ndose \u00fanicamente la \"Planilla de Datos Garantizados\". Se solicita a la Convocante:\nAclarar si se disponibilizar\u00e1 el formato editable de la \"Planilla de Ensayos de Tipo\" solicitado, o de lo contrario, precisar detalladamente a qu\u00e9 ensayos espec\u00edficos se refiere este punto y bajo qu\u00e9 formato o documentaci\u00f3n se dar\u00e1 por cumplido dicho requisito.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que se considerar\u00e1 cumplido este requisito mediante la presentaci\u00f3n de la Planilla de Ensayos de Tipo del fabricante, que avalen t\u00e9cnicamente lo declarado en la Planilla de Datos Garantizados. El llenado de la Planilla de Ensayos tipo es propio del fabricante y no corresponde al oferente llenar o completar.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:36:37-04:00"}, {"id": "eab744be1fd43ef64f972415a0e1f75b-1", "date": "2026-09-09T10:05:14-04:00", "title": "Delimitaci\u00f3n", "description": "Se solicita a la Convocante revisar y delimitar el alcance de la exigencia establecida respecto de la Cadena de Autorizaci\u00f3n del Fabricante con apostillado de La Haya, de manera que dicho requisito sea exigible \u00fanicamente respecto de los equipos principales o sustanciales objeto del suministro, y no respecto de la totalidad de los componentes auxiliares, accesorios o elementos menores que integran los sistemas solicitados.\nEn particular, se considera razonable que la acreditaci\u00f3n de autorizaci\u00f3n del fabricante, con el correspondiente apostillado de La Haya, sea exigida para los equipos que constituyen el n\u00facleo funcional del suministro, tales como el Controlador de Potencia de Planta (PPC) y el datalogger asociado a la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica, o aquellos otros que la Convocante determine expresamente como equipos principales.\nEsta solicitud se fundamenta en la propia estructura de la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica, en la cual se identifican equipos principales y, a su vez, diversos componentes necesarios para conformar su soluci\u00f3n integral. Por ejemplo, la Planilla de Datos Garantizados identifica al PPC como el equipo principal y contempla adicionalmente componentes tales como m\u00f3dulos de E/S, interfaces y equipos de red internos (switch), que forman parte de la arquitectura del sistema.\nDe igual manera, la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica establece expresamente la asistencia t\u00e9cnica del fabricante para la parametrizaci\u00f3n y/o verificaci\u00f3n de los equipos principales, diferenci\u00e1ndolos impl\u00edcitamente de otros elementos que integran el suministro.\nEn este contexto, exigir una cadena de autorizaci\u00f3n del fabricante, debidamente apostillada, para cada uno de los componentes que conforman el sistema, incluyendo elementos est\u00e1ndar o auxiliares tales como switches, fuentes de alimentaci\u00f3n, borneras, protecciones, accesorios de comunicaci\u00f3n u otros componentes de naturaleza similar, podr\u00eda introducir una exigencia documental desproporcionada respecto de la relevancia de dichos elementos dentro de la soluci\u00f3n ofertada.\nAsimismo, debe considerarse que muchos de estos componentes son elementos comerciales est\u00e1ndar que pueden ser seleccionados e integrados por el proveedor como parte de la soluci\u00f3n t\u00e9cnica propuesta, sin que ello implique que constituyan el objeto principal del suministro ni que su fabricante tenga necesariamente una relaci\u00f3n contractual directa con la Convocante.\nLa exigencia de apostillado individual para dichos componentes podr\u00eda, adem\u00e1s, generar una carga documental y administrativa innecesaria, incrementar los costos asociados a la preparaci\u00f3n de las ofertas y eventualmente limitar la participaci\u00f3n de oferentes que, aun contando con soluciones t\u00e9cnicamente adecuadas y con equipos principales debidamente respaldados por sus fabricantes, deban recurrir a m\u00faltiples fabricantes de componentes auxiliares.\nPor lo expuesto, y a efectos de mantener una adecuada correspondencia entre la exigencia documental y la relevancia t\u00e9cnica y contractual de los bienes objeto del suministro, se solicita a la Convocante:\n1.\tLimitar la exigencia de la Cadena de Autorizaci\u00f3n del Fabricante con apostillado de La Haya a los equipos principales o sustanciales del suministro, particularmente el PPC y el datalogger/estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica, seg\u00fan corresponda.\n2.\tExcluir de dicha exigencia a los componentes auxiliares, accesorios y elementos est\u00e1ndar que formen parte de la soluci\u00f3n, tales como switches, fuentes de alimentaci\u00f3n, borneras, protecciones, accesorios de comunicaci\u00f3n y otros elementos de similar naturaleza.\n3.\tEn caso de que la Convocante considere necesario mantener dicha exigencia para determinados componentes adicionales, identificarlos expresamente en la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica, estableciendo de manera taxativa cu\u00e1les ser\u00e1n considerados equipos principales y cu\u00e1les componentes auxiliares, evitando interpretaciones extensivas durante la evaluaci\u00f3n de las ofertas.\nDe esta manera, se mantiene plenamente garantizada la trazabilidad y el respaldo del fabricante respecto de los equipos que constituyen el n\u00facleo funcional del suministro, sin extender una exigencia documental de alta formalidad a componentes accesorios cuya funci\u00f3n es complementar e integrar la soluci\u00f3n ofertada."}, {"id": "de566d516aa0cac24443ec3caa60122e-1", "date": "2026-09-03T14:35:58-04:00", "title": "Lote 3: dos a\u00f1os versus cinco a\u00f1os.", "description": "En particular, para el Lote N.\u00ba 3, se solicita aclarar si la garant\u00eda contractual aplicable al Controlador de Potencia de Planta y a la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica ser\u00e1 de dos (2) a\u00f1os, conforme a las EETT GT/GER/03/2026 y a la remisi\u00f3n efectuada mediante la p\u00e1gina 13 \u2013 Revisi\u00f3n 1, o de mil ochocientos veinticinco (1.825) d\u00edas, equivalentes a cinco (5) a\u00f1os, conforme al apartado general \u201cPeriodo de Validez de la Garant\u00eda de los Bienes\u201d. En caso de prevalecer el periodo de cinco a\u00f1os, se solicita indicar el fundamento t\u00e9cnico y contractual por el cual se extiende la responsabilidad del adjudicatario por tres a\u00f1os adicionales respecto del periodo expresamente requerido en las EETT."}, {"id": "8601d5aa1fbabd27fea01ad26f1562f2-1", "date": "2026-06-10T10:42:39-04:00", "title": "Cable Fotovoltaico de 6 mm2.", "description": "En el lote 1 - Item 3 - Cable Fotovoltaico de 6 mm2. solicitamos muy amablemente a la convocante aclarar, si la cantidad a ofertar ser\u00e1 de 160.000 metros de cable rojo y 160.000 metros de cables negros.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que la cantidad requerida para el \u00cdtem 3 del Lote N\u00ba 1 corresponde a trescientos veinte mil (320.000) metros de cable fotovoltaico de 6 mm\u00b2 en total. Conforme a la EETT GT/GER/01/2026, dicha cantidad deber\u00e1 distribuirse en partes iguales entre conductores de color rojo y negro, correspondiendo ciento sesenta mil (160.000) metros de conductor rojo y ciento sesenta mil (160.000) metros de conductor negro.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:31:41-04:00"}, {"id": "be535e4e10b6fd2f444f31b7718d372e-1", "date": "2026-06-03T17:05:47-04:00", "title": "Cambio de modelo por discontinuaci\u00f3n entre oferta y entrega", "description": "La EETT GT/GER/01/2026 requiere que los bienes ofertados correspondan a la marca y fabricante declarados. Se consulta: en caso de que el modelo espec\u00edfico declarado en la oferta sea discontinuado por el fabricante entre la fecha de adjudicaci\u00f3n y la fecha de entrega, \u00bfqu\u00e9 procedimiento debe seguir el proveedor para proponer un modelo sucesor equivalente sin incurrir en incumplimiento contractual?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y en la EETT GT/GER/01/2026, debiendo los bienes suministrados corresponder a la marca, fabricante, familia de producto, tipo, tecnolog\u00eda, modelo, serie y clase de potencia ofertados, conforme a las condiciones t\u00e9cnicas establecidas. No obstante, ante situaciones de fuerza mayor o discontinuaci\u00f3n irreversible de la l\u00ednea de producci\u00f3n debidamente certificada por el fabricante, el contratista podr\u00e1 proponer el cambio por un modelo sucesor equivalente. Para el efecto, el nuevo equipo deber\u00e1 cumplir o superar todas y cada una de las especificaciones t\u00e9cnicas, dimensiones mec\u00e1nicas, caracter\u00edsticas el\u00e9ctricas, certificaciones y garant\u00edas exigidas en este pliego, garantizando la total compatibilidad, montaje e interoperabilidad con las estructuras de soporte e inversores del proyecto, sin que esto represente un incremento en el precio unitario adjudicado. Dicha solicitud estar\u00e1 sujeta a la rigurosa evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica y aprobaci\u00f3n expresa por escrito de la Fiscalizaci\u00f3n de la ANDE de manera previa a su fabricaci\u00f3n o despacho.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:10:20-04:00"}, {"id": "5b1315665fb08830378949a8c6752036-1", "date": "2026-06-11T15:56:40-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n4. Solicitamos confirmar las unidades de medida que deber\u00e1n ser consideradas para la acreditaci\u00f3n de la experiencia requerida, conforme a la tabla del inciso \"b\" del documento de T\u00e9rminos y Condiciones. Se observa que los requisitos relacionados con los inversores y las subestaciones transformadoras est\u00e1n expresados en GWp, unidad normalmente asociada a la potencia de los m\u00f3dulos fotovoltaicos, lo que genera dudas respecto del criterio correcto de acreditaci\u00f3n.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N\u00b0 1 publicado en el SICP en el apartado \"Documentos\".", "dateAnswered": "2026-07-07T13:38:28-04:00"}, {"id": "33b52605062e9f7c66256b252f0e8a23-1", "date": "2026-06-16T11:55:30-04:00", "title": "Asistencia t\u00e9cnica especializada", "description": "Solicitamos aclarar el lugar de prestaci\u00f3n, fecha de inicio, plazo de preaviso y si los dos ingenieros especialistas deber\u00e1n permanecer presencialmente durante cuatro meses continuos o asistir \u00fanicamente a requerimiento de la ANDE.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el numeral 4.11 de la EETT GT/GER/01/2026, donde se detallan exhaustivamente las condiciones de prestaci\u00f3n de la Asistencia T\u00e9cnica Especializada.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:25:53-04:00"}, {"id": "fc2508e4775abe3d87d351b47fe902b6-1", "date": "2026-06-11T16:08:17-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 4:\n3. Solicitamos aclarar si ser\u00e1n aceptados inversores con grado de protecci\u00f3n IP65 en sustituci\u00f3n del IP66 especificado, considerando que la soluci\u00f3n propuesta cumple con las condiciones normales de instalaci\u00f3n y operaci\u00f3n previstas para el proyecto.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en la EETT GT/GER/04/2026 y en la Planilla de Datos Garantizados del Lote N\u00ba 4. ", "dateAnswered": "2026-07-07T13:41:43-04:00"}, {"id": "5dd95b0d1bac0a932a899c836c3eb067-1", "date": "2026-06-23T10:23:52-04:00", "title": "Solicitud de pr\u00f3rroga", "description": "Nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar una pr\u00f3rroga de la fecha y hora tope para la presentaci\u00f3n de ofertas correspondientes a la Licitaci\u00f3n de la referencia.\n\nNuestra empresa tiene sumo inter\u00e9s en participar de este llamado, sin embargo, el motivo de esta solicitud radica en la alta complejidad t\u00e9cnica de los equipos a ser importados y en la rigurosidad de los requisitos legales exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones, espec\u00edficamente, la gesti\u00f3n para la obtenci\u00f3n de las Cartas de Autorizaci\u00f3n del Fabricante y las Garant\u00edas expedidas desde el pa\u00eds de origen (en el exterior), incluyendo el ineludible tr\u00e1mite internacional del Apostillado de La Haya y sus respectivas traducciones oficiales, requiere de un tiempo log\u00edstico adicional al estipulado inicialmente en la convocatoria\n\nA fin de garantizar la presentaci\u00f3n de una oferta solvente, competitiva y que cumpla a cabalidad con todos los estrictos requerimientos de la ANDE, solicitamos amablemente al Comit\u00e9 evaluar la posibilidad de otorgar una pr\u00f3rroga de 30 d\u00edas calendario, adicionales a la fecha de apertura actualmente prevista\n\nAgradeciendo de antemano su atenci\u00f3n a esta solicitud y aguardando una resoluci\u00f3n favorable, hacemos propicia la ocasi\u00f3n para saludarles muy atentamente.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el Sistema de Informaci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:32:15-04:00"}, {"id": "101aec8d86442e5a22450da93b2b3607-1", "date": "2026-06-23T10:56:39-04:00", "title": "ESPECIFICACIONES LOTE 4", "description": "En las especificaciones tecnicas del lote 4 encontramos que estan detalladas las estructuras de soporte para paneles como asi tambien las cajas de conexiones en AC, pero al verificar la planilla de precios del lote 4 no se especifica cantidad ni precio referencial de los mismos, podria la Convocante aclarar ese punto definiendo las cantidades de las mismas y los precios referenciales?"}, {"id": "61892440dbd2aa517a6fc6d229b9deb4-1", "date": "2026-06-03T17:17:39-04:00", "title": "Cantidad de equipos PPC \u2014 discrepancia entre planilla y EETT", "description": "La planilla de precios oficial consigna 1 (una) unidad para el \u00cdtem 1 \u2014 Controlador de Potencia de Planta (PPC). Sin embargo, la EETT GT/GER/03/2026 establece que \"se deber\u00e1n proveer dos equipos PPC id\u00e9nticos, configurados de f\u00e1brica como principal y redundante\". Se solicita aclaraci\u00f3n: \u00bfel precio unitario del \u00edtem debe incluir los dos equipos (principal + redundante), o ANDE solicitar\u00e1 una adenda para corregir la cantidad en la planilla a 2 unidades?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que la cantidad consignada en la Planilla de Precios corresponde a un conjunto/sistema de Controlador de Potencia de Planta (PPC), cuyo precio unitario deber\u00e1 incluir dos equipos PPC id\u00e9nticos, configurados de f\u00e1brica como principal y redundante, conforme a lo establecido en la EETT GT/GER/03/2026.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:12:11-04:00"}, {"id": "67c436417823d902761537331917a991-1", "date": "2026-06-16T11:52:52-04:00", "title": "Apostilla de la carta de garant\u00eda", "description": "Solicitamos eliminar la exigencia de Apostilla de La Haya para la carta de garant\u00eda del fabricante, por tratarse de un documento privado de naturaleza comercial. La apostilla no valida su contenido ni las obligaciones asumidas por el fabricante.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 30.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:25:10-04:00"}, {"id": "fb79011fca942775231b4b3c94a55f85-1", "date": "2026-06-11T15:58:44-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n5. Solicitamos aclarar cu\u00e1l es el criterio de acreditaci\u00f3n t\u00e9cnica que deber\u00e1 adoptarse para el cumplimiento de los requisitos de experiencia: el establecido en el numeral 5.12 de las Especificaciones T\u00e9cnicas o el descrito en el numeral 2 \u2013 Experiencia Requerida, contenido en el documento de T\u00e9rminos y Condiciones, considerando que los requisitos presentados aparentan ser distintos.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que los requisitos indicados en el apartado \"Experiencia Requerida\" del Pliego de Bases y Condiciones y los establecidos en el numeral 5.12 de la EETT GT/GER/02/2026 corresponden a exigencias distintas y complementarias. El primero aplica a la acreditaci\u00f3n de experiencia del oferente/fabricante para la calificaci\u00f3n de la oferta, mientras que el numeral 5.12 aplica al perfil del personal asignado a la Asistencia T\u00e9cnica Especializada del Lote N\u00ba 2. En consecuencia, ambos requisitos deber\u00e1n ser cumplidos conforme a lo establecido en los documentos del llamado.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:39:28-04:00"}, {"id": "d3687d64cf9849d3625930236963f42a-1", "date": "2026-06-11T16:04:47-04:00", "title": "Estructura de Montaje - Per\u00edodo M\u00ednimo de Garant\u00eda Requerida", "description": "En la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica GT/GER/01/2026 \u2013 LOTE N\u00b0 1 (Suministro de Equipos Paneles Fotovoltaicos y Estructuras), Secci\u00f3n 3.1.2. \u201cEstructura de Montaje\u201d. se solicita incluir una \"Garant\u00eda del fabricante sobre la integridad estructural y el recubrimiento anticorrosivo por un periodo m\u00ednimo de veinticinco (25) a\u00f1os\".\nConsiderando que la informaci\u00f3n t\u00e9cnica provista hasta el momento (estudio geot\u00e9cnico referencial de la Subestaci\u00f3n Villa Hayes) no corresponde a la ubicaci\u00f3n definitiva de la Planta Solar de 15 MWp, resulta t\u00e9cnicamente inviable para cualquier fabricante predecir la tasa de degradaci\u00f3n del recubrimiento anticorrosivo (micras/a\u00f1o) en contacto directo con el terreno, as\u00ed como validar los c\u00e1lculos de profundidad de hincado y estabilidad de los perfiles frente a esfuerzos de arrancamiento y volcamiento, sin conocer la agresividad qu\u00edmica, resistividad y par\u00e1metros mec\u00e1nicos reales del suelo en el sitio final de emplazamiento. Emitir una garant\u00eda de 25 a\u00f1os bajo condiciones de incertidumbre obligar\u00eda a los oferentes a sobredimensionar excesivamente los perfiles de hincado y aplicar primas de riesgo contingente, encareciendo de manera innecesaria el costo del proyecto para la Convocante.\nBuscando asegurar la recepci\u00f3n de ofertas t\u00e9cnicamente responsables y competitivas, se solicita respetuosamente a la Convocante evaluar la pertinencia de adecuar este requisito y establecer un plazo de garant\u00eda estructural y de recubrimiento de diez (10) a\u00f1os, est\u00e1ndar razonable y habitual en la industria cuando se opera con estudios referenciales; o, en su defecto, \u00bfproveer\u00e1 la Convocante los estudios geot\u00e9cnicos, topogr\u00e1ficos y de corrosividad atmosf\u00e9rica del suelo definitivos del sitio final de emplazamiento para poder sustentar una garant\u00eda mayor?"}, {"id": "e11b6582fedf0ee39ff52f731da20e5b-1", "date": "2026-06-05T09:34:31-04:00", "title": "EXPERIENCIA REQUERIDA", "description": "En relaci\u00f3n al requisito de: \"e) Para el Lote 2, acreditar haber ejecutado la provisi\u00f3n, montaje y puesta en marcha de al menos de una planta fotovoltaica de 0.6 MWac y/o sistemas de almacenamiento de bater\u00edas con tensi\u00f3n de operaci\u00f3n de 800 Vac operaci\u00f3n nominal en la salida de los equipos.\"\n\ny considerando que:\n\n1)\tlos Sistemas con salida de inversores en 800Vac (solo la salida de Inversores es AC lo dem\u00e1s es DC) son utilizados para sistemas \"Utility Scale\" (\"Gran Escala\" mayor a 5MWac). Solicitamos que ese requisito de experiencia se mantenga para el suministro del Inversor en si, pero no sea requisito del oferente. Puesto que la experiencia de 0.6 MWac requerida en la misma especificaci\u00f3n es para plantas peque\u00f1as. Ambos criterios colisionan entre si.\n2)\tel voltaje baja tensi\u00f3n de Paraguay esta definido por ANDE en 380Vac. Y todo voltaje por debajo de 1000Vac es considerado \"baja tensi\u00f3n\" y tiene los mismos requisitos t\u00e9cnicos.\n3)\tque el salto tecnol\u00f3gico y la disminuci\u00f3n de p\u00e9rdidas se logra con strings e inversores operando en DC por encima de 1000Vdc.\n4)\tel t\u00e9rmino \"equipos\" no aclara que equipos debe considerarse para medir el voltaje requerido\n5)\tque 800V nominal solicitado excluye a inversores que hayan sido instalados con tensiones superiores a esta y sean m\u00e1s eficientes.\n\nsolicitamos que la experiencia sea reformulada de la siguiente manera:\n\ne) Para el Lote 2, acreditar haber ejecutado la provisi\u00f3n, montaje y puesta en marcha de al menos de una planta fotovoltaica de 0.6 MWac y/o sistemas de almacenamiento de bater\u00edas con tensi\u00f3n de operaci\u00f3n superior a 800 Vdc operaci\u00f3n nominal en la entrada de los inversores.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente, que s\u00ed el oferente cuenta con experiencia en la provisi\u00f3n, montaje y puesta en marcha de por lo menos una planta fotovoltaica o un sistema BESS, de 0.6 MWac o superior con tensi\u00f3n de salida de 800 Vac o superior (en la salida de los inversores/PCS), cumplir\u00e1 perfectamente con el requerimiento.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:28:41-04:00"}, {"id": "44b593048f53278fdd4a5a2807fb4369-1", "date": "2026-06-08T14:20:47-04:00", "title": "Normas aplicables", "description": "Solicitamos amablemente a la convocante confirmar que la provisi\u00f3n puede no cumplir algunas de las normas citadas en las especificaciones t\u00e9cnicas, en espec\u00edfico:\n 1- IEC  61345 - Esta norma fue oficialmente retirada por IEC el 12 de Septiembre del 2022\n 2- IEC  61000 - Este es un sistema de normas de compatibilidad electromagn\u00e9tica (EMC), dirigido principalmente a equipos electr\u00f3nicos y el\u00e9ctricos que generan activamente interferencias electromagn\u00e9ticas, en lugar de dispositivos pasivos como los m\u00f3dulos fotovoltaicos.\n 3- EN 50380 - Debido a que la mayor\u00eda de los principales fabricantes de paneles fotovoltaicos en el mundo se rigen por las normas IEC y no as\u00ed por normativas europeas.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en la EETT GT/GER/01/2026, manteni\u00e9ndose la exigencia de cumplimiento de las normas t\u00e9cnicas all\u00ed indicadas. En caso de normas sustituidas, actualizadas o equivalentes, el oferente deber\u00e1 acreditar documentalmente la correspondencia t\u00e9cnica con la norma requerida, quedando su aceptaci\u00f3n sujeta a evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica de la Convocante.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:29:55-04:00"}, {"id": "8a329e8d8288a49ae149a48e64191210-1", "date": "2026-09-03T14:49:48-04:00", "title": "plazo efectivo para gestionar documentaci\u00f3n extranjera despu\u00e9s de la Adenda.", "description": "Considerando que la Adenda N.\u00ba 2 establece la redacci\u00f3n definitiva del r\u00e9gimen de apostillado/legalizaci\u00f3n aplicable tanto a la cadena de autorizaciones como a la garant\u00eda escrita del fabricante, se solicita confirmar que el calendario vigente concede un plazo materialmente suficiente desde la publicaci\u00f3n de la Adenda para realizar, seg\u00fan corresponda, emisi\u00f3n y firma de documentos por fabricantes extranjeros, certificaci\u00f3n/notarizaci\u00f3n previa, Apostilla de La Haya o legalizaci\u00f3n consular/diplom\u00e1tica, remisi\u00f3n internacional y traducci\u00f3n p\u00fablica en Paraguay. En caso contrario, se solicita prorrogar la fecha de presentaci\u00f3n de ofertas por un periodo razonable que permita completar efectivamente dichas formalidades internacionales."}, {"id": "2a69cf75e130622d481e764f489b0eec-1", "date": "2026-09-14T13:18:33-04:00", "title": "coeficientes de temperatura", "description": "Solicitamos amablemente a la convocante aceptar los siguientes valores de para los coeficientes de temperatura:\n\u2022\tPmax: -0,28 %/\u00b0C\n\u2022\tVoc: -0,24 %/\u00b0C\n\u2022\tIsc: +0,046 %/\u00b0C\nToda vez que los coeficientes de temperatura ofertados son mejores que los requeridos, ya que implican menores p\u00e9rdidas de potencia y menor incremento de corriente con la temperatura. Esto se traduce en un mejor rendimiento energ\u00e9tico del m\u00f3dulo en condiciones reales de operaci\u00f3n, especialmente en climas c\u00e1lidos como el de la regi\u00f3n.\nEste cambio permitir\u00e1 la participaci\u00f3n de potenciales oferentes y marcas de reconocido prestigio adem\u00e1s de presentar a\u00fan una soluci\u00f3n t\u00e9cnicamente favorable para la convocante."}, {"id": "17e1cb39efef63587189533d5ae6030d-1", "date": "2026-06-03T17:24:59-04:00", "title": "Equivalente aceptable para la patente municipal \u2014 oferentes no domiciliados", "description": "El PBC requiere como documento formal (**) la patente profesional, comercial o industrial del municipio donde est\u00e9 asentado el establecimiento del oferente (\u00edtem 7). Para oferentes sin establecimiento en Paraguay, se consulta: \u00bfqu\u00e9 documento del pa\u00eds de origen acepta la Convocante como equivalente a la patente municipal paraguaya?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que, para empresas no domiciliadas en la Rep\u00fablica del Paraguay, se aceptar\u00e1n como v\u00e1lidos los documentos equivalentes emitidos por la autoridad competente o instituci\u00f3n an\u00e1loga del pa\u00eds de origen, que acrediten la habilitaci\u00f3n profesional, comercial o industrial del oferente, conforme a la normativa aplicable en su jurisdicci\u00f3n. Dichos documentos deber\u00e1n encontrarse vigentes, ser verificables y cumplir con las formalidades legales aplicables para documentos emitidos en el exterior, incluyendo, cuando corresponda, apostillado/legalizaci\u00f3n y traducci\u00f3n p\u00fablica al idioma castellano.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:14:29-04:00"}, {"id": "b137cbe92a9c28c5e0e140d27a1549b1-1", "date": "2026-06-02T20:51:00-04:00", "title": "Autorizacion del fabricante", "description": "En relaci\u00f3n con el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitaci\u00f3n P\u00fablica Internacional ANDE N.\u00ba 1998/2026, referente a la Autorizaci\u00f3n del Fabricante, donde se dispone que, para todos los bienes indicados en la Lista de Precios, en caso de que la empresa oferente no haya fabricado o elaborado el producto ofertado, sino act\u00fae como importador y/o distribuidor, deber\u00e1 presentar Autorizaci\u00f3n del Fabricante, Representante o Distribuidor, as\u00ed como los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente, vigente y emitida como m\u00e1ximo a la fecha de presentaci\u00f3n y apertura de ofertas, se solicita respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance formal de dicha exigencia documental.\n\nAl respecto, se pone a conocimiento de la Convocante que hemos iniciado el proceso de elaboraci\u00f3n, gesti\u00f3n y obtenci\u00f3n de las autorizaciones correspondientes con fabricantes, representantes y distribuidores internacionales. Sin embargo, en dicha gesti\u00f3n se ha advertido una barrera material y pr\u00e1ctica de cumplimiento, particularmente respecto de la exigencia de que todas estas documentaciones cuenten con el correspondiente apostillado de La Haya o formalidades equivalentes, atendiendo a la naturaleza comercial privada de dichos documentos, a la din\u00e1mica actual del comercio internacional y a las limitaciones reales existentes para someter este tipo de autorizaciones, cartas comerciales o cadenas documentales a procesos de apostillado o consularizaci\u00f3n.\n\nEn particular, se consulta si la Convocante podr\u00e1 admitir como suficiente la presentaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n del Fabricante suscripta por el representante legal, autoridad competente de la f\u00e1brica, representante autorizado, distribuidor oficial o mediante la correspondiente cadena de autorizaciones comerciales hasta el oferente, sin exigir formalidades documentales que actualmente resulten de imposible o muy dif\u00edcil cumplimiento, especialmente cuando se trate de documentos comerciales privados emitidos en el exterior.\n\nAsimismo, se solicita aclarar si la exigencia de que \u201ctodas estas documentaciones deber\u00e1n contar con el correspondiente apostillado de La Haya\u201d ser\u00e1 aplicada \u00fanicamente cuando dicho apostillado resulte legal y materialmente posible, considerando el pa\u00eds de origen del documento, la naturaleza privada/comercial de la autorizaci\u00f3n, la pr\u00e1ctica vigente del comercio internacional y la disponibilidad real de dicho tr\u00e1mite. Ello debido a que, en determinados casos, las autorizaciones de fabricante, cartas de distribuci\u00f3n, cartas comerciales, invoices, BL u otros documentos propios de operaciones internacionales no se emiten bajo un r\u00e9gimen que permita su apostillado o consularizaci\u00f3n en la forma tradicionalmente exigida.\n\nSe solicita tambi\u00e9n considerar que la Ley N.\u00ba 7196/2023 derog\u00f3 disposiciones de la Ley N.\u00ba 4033/2010 \u201cDel Arancel Consular\u201d vinculadas al r\u00e9gimen anterior de operaciones de importaci\u00f3n y documentaci\u00f3n comercial consularizada. En consecuencia, exigir documentaci\u00f3n comercial bajo formalidades consulares o equivalentes a procedimientos que han quedado sin vigencia podr\u00eda generar una restricci\u00f3n innecesaria a la participaci\u00f3n de oferentes, fabricantes, representantes y distribuidores internacionales, afectando los principios de libre concurrencia, igualdad de trato, razonabilidad y eficiencia en la contrataci\u00f3n p\u00fablica.\n\nDel mismo modo, se solicita tener presente que en otros procesos licitatorios de la propia ANDE se ha admitido como requisito suficiente la presentaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n del fabricante firmada por el representante legal, autoridad competente de la f\u00e1brica, representante autorizado o distribuidor, acompa\u00f1ada, cuando corresponda, de la cadena de autorizaciones hasta el oferente, sin exigir consularizaci\u00f3n ni formalidades que actualmente no resultan aplicables o disponibles. Mantener en este llamado una exigencia m\u00e1s gravosa que la utilizada en otros procesos similares podr\u00eda generar una diferencia de trato no justificada y limitar innecesariamente la concurrencia de potenciales oferentes.\n\nPor tanto, se solicita a la Convocante confirmar si, para cumplir con el requisito de Autorizaci\u00f3n del Fabricante, ser\u00e1n aceptadas autorizaciones comerciales emitidas por el fabricante, representante o distribuidor, con firma del representante legal o autoridad competente, acompa\u00f1adas de la cadena de autorizaciones hasta el oferente, en idioma castellano o con traducci\u00f3n oficial cuando corresponda, indicando el \u00edtem respectivo, y admitiendo el apostillado \u00fanicamente cuando sea legalmente procedente y materialmente posible.\n\nEn su defecto, se solicita que se admitan medios documentales equivalentes y verificables, tales como certificaci\u00f3n notarial, firma digital verificable, declaraci\u00f3n jurada del oferente, certificaci\u00f3n de representaci\u00f3n comercial, documento corporativo del fabricante, constancia emitida por autoridad competente de la empresa extranjera, o cualquier otro respaldo id\u00f3neo que permita comprobar la autenticidad, vigencia y trazabilidad de la autorizaci\u00f3n presentada.\n\nLa presente consulta se formula con el objetivo de poner en conocimiento de la Convocante una situaci\u00f3n real detectada durante la gesti\u00f3n documental previa a la presentaci\u00f3n de ofertas, evitando que una exigencia formal de dif\u00edcil o imposible cumplimiento restrinja la participaci\u00f3n de oferentes nacionales e internacionales. La finalidad principal del procedimiento debe ser garantizar la obtenci\u00f3n de una planta solar eficiente, competitiva y t\u00e9cnicamente adecuada para la ANDE, sin imponer barreras documentales desproporcionadas que no agregan valor t\u00e9cnico ni econ\u00f3mico al proceso.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la Respuesta dada a la Consulta N\u00b0 5 publicado en el SICP.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:08:42-04:00"}, {"id": "007d66fed95f191d74b7b3d333207e43-1", "date": "2026-06-03T17:35:29-04:00", "title": "Modalidad de presentaci\u00f3n de oferta", "description": "Quisiera solicitar una aclaraci\u00f3n respecto a la modalidad de presentaci\u00f3n de la oferta. En las bases no queda completamente expl\u00edcito si el proceso se puede realizar de forma 100% virtual (v\u00eda correo electr\u00f3nico o plataforma digital) o si se requiere la entrega f\u00edsica de la documentaci\u00f3n.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y a la modalidad habilitada en el Sistema de Informaci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas (SICP) para el presente procedimiento. La presentaci\u00f3n de ofertas deber\u00e1 realizarse conforme a las formalidades, plazos, firma y condiciones de apertura establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y en el SICP. \n\nSe aclara que la presentaci\u00f3n de ofertas, v\u00eda correo electr\u00f3nico o plataforma digital, no constituye un canal v\u00e1lido para este llamado.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:15:37-04:00"}, {"id": "1ead70a8d816f21272c8743a17183f2a-1", "date": "2026-09-03T14:34:12-04:00", "title": "contradicci\u00f3n entre los plazos particulares de las EETT y los 1.825 d\u00edas del PBC.", "description": "Considerando que la p\u00e1gina 13 \u2013 Revisi\u00f3n 1 introducida por la Adenda N.\u00ba 2 dispone que el periodo deber\u00e1 ser conforme a las garant\u00edas establecidas en las Especificaciones T\u00e9cnicas de cada \u00edtem, se solicita aclarar cu\u00e1l es el periodo contractual de garant\u00eda que prevalecer\u00e1 para cada lote, teniendo en cuenta que el apartado general \u201cPeriodo de Validez de la Garant\u00eda de los Bienes\u201d establece uniformemente una vigencia de mil ochocientos veinticinco (1.825) d\u00edas desde la Recepci\u00f3n Provisional. Las EETT, sin embargo, contemplan plazos diferentes: Lote 1, entre 10 y 25 a\u00f1os seg\u00fan el componente; Lote 2, 5 a\u00f1os; Lote 3, 2 a\u00f1os; y Lote 4, 5 a\u00f1os para inversores y 10 a\u00f1os para paneles. Se solicita establecer expresamente qu\u00e9 plazo prevalecer\u00e1 para cada lote y cada tipo de bien."}, {"id": "d8535ba26e0862c071e2a7ffd60d8d20-1", "date": "2026-06-03T17:24:51-04:00", "title": "Cambio de fabricante post-adjudicaci\u00f3n", "description": "El PBC exige la declaraci\u00f3n de marca y fabricante en la oferta, y la Autorizaci\u00f3n del Fabricante (Formulario N\u00ba 2) como documento sustancial. Se consulta: una vez adjudicado el contrato, \u00bfexiste alg\u00fan mecanismo previsto para que el proveedor proponga un cambio de fabricante ante situaciones de fuerza mayor \u2014como quiebra del fabricante, embargo de exportaciones o eventos geopol\u00edticos\u2014 sin que ello constituya incumplimiento contractual?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se establecen los requisitos de marca, fabricante, Autorizaci\u00f3n del Fabricante y dem\u00e1s condiciones documentales aplicables. Cualquier situaci\u00f3n sobreviniente durante la ejecuci\u00f3n contractual deber\u00e1 ser tramitada conforme al marco contractual y normativo vigente, previa evaluaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Contratante, sin alterar las condiciones t\u00e9cnicas m\u00ednimas ni las condiciones adjudicadas.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:13:42-04:00"}, {"id": "d83f89428de374b71de96dd0d89d8cbf-1", "date": "2026-06-16T11:42:02-04:00", "title": "Solicitud de aclaraci\u00f3n sobre ensayos de contra-verificaci\u00f3n", "description": "Respecto al numeral 4.12 de la EETT GT/GER/01/2026, solicitamos aclarar el momento en que se realizar\u00e1n los ensayos, qui\u00e9n seleccionar\u00e1 el laboratorio, los plazos para su ejecuci\u00f3n y si el incumplimiento de una sola de las 20 muestras implicar\u00e1 el rechazo total del lote de 22.000 unidades. Asimismo, solicitamos precisar el alcance y l\u00edmite de los gastos que estar\u00e1n a cargo del proveedor."}, {"id": "7a74c8472d75292fa5413f26c3b6eb4c-1", "date": "2026-06-11T16:04:39-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 4:\n\n1. Considerando que ser\u00e1n aceptados m\u00f3dulos con potencia superior a 440 Wp, entendemos que la cantidad de m\u00f3dulos podr\u00e1 ajustarse proporcionalmente para mantener la potencia total instalada prevista en el pliego. Por ejemplo, para m\u00f3dulos de 700 Wp, podr\u00edan ofertarse aproximadamente 227 unidades en sustituci\u00f3n de las 360 unidades de 440 Wp. \u00bfEs correcto este entendimiento?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 mantenerse la cantidad total de m\u00f3dulos fotovoltaicos establecida en la Planilla de Precios para el Lote N\u00ba 4. La posibilidad de ofertar m\u00f3dulos con potencia superior a la m\u00ednima requerida no habilita la reducci\u00f3n proporcional de cantidades, debiendo cumplirse \u00edntegramente lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, la Planilla de Precios y la EETT GT/GER/04/2026.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:40:37-04:00"}, {"id": "54cedd81627cf60a84f195e7e27872ec-1", "date": "2026-09-03T14:40:54-04:00", "title": "Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento de 2.095 d\u00edas.", "description": "Considerando que la Adenda N.\u00ba 2 remite a los periodos particulares establecidos en las EETT, se solicita aclarar y adecuar el periodo de vigencia de la Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento de Contrato, actualmente fijado uniformemente en dos mil noventa y cinco (2.095) d\u00edas corridos, c\u00e1lculo que incluye expresamente mil ochocientos veinticinco (1.825) d\u00edas correspondientes a la garant\u00eda de los bienes. Se solicita indicar por qu\u00e9 dicha garant\u00eda contractual mantiene un periodo uniforme basado en cinco a\u00f1os de garant\u00eda independientemente del lote adjudicado, particularmente en el caso del Lote N.\u00ba 3, cuyas EETT establecen dos a\u00f1os de garant\u00eda. Se solicita que la vigencia de la Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento sea adecuada al periodo contractual efectivamente aplicable al lote adjudicado."}, {"id": "f7a0c7d533b3a3648c428b4425b60e0c-1", "date": "2026-06-29T10:48:08-04:00", "title": "Especificaciones T\u00e9cnicas", "description": "1.\tRespecto al requisito de conectores de 45A: \u00bfPodr\u00edan confirmar si este requerimiento aplica espec\u00edficamente a los conectores integrados en los m\u00f3dulos fotovoltaicos o si corresponde a los conectores a ser utilizados por el EPC en el resto de la instalaci\u00f3n? Para los m\u00f3dulos fotovoltaicos, un est\u00e1ndar de 40A es suficiente y compatible seg\u00fan los par\u00e1metros el\u00e9ctricos habituales del producto.\n \n2.\tRespecto a la norma del cable: Hemos observado que se solicita cable conforme a la norma EN50618 (H1Z2Z2-K). Actualmente, el est\u00e1ndar m\u00e1s com\u00fanmente utilizado y disponible en la industria fotovoltaica para el cableado de m\u00f3dulos es la certificaci\u00f3n IEC62930. \u00bfPodr\u00edan confirmar si se acepta el uso de cables certificados bajo la norma IEC62930 en sustituci\u00f3n de la EN50618?\n \n3.\tRespecto a la clasificaci\u00f3n de potencia: La especificaci\u00f3n menciona una tolerancia de 0~+5W. Considerando que los est\u00e1ndares de producci\u00f3n de los principales fabricantes de la industria utilizan una tolerancia medida en porcentaje (t\u00edpicamente 0~+3%), \u00bfpodr\u00edan confirmar si esta condici\u00f3n comercial/t\u00e9cnica ser\u00eda aceptable para ANDE?\n \n4.\tRespecto a la clasificaci\u00f3n contra incendios: La especificaci\u00f3n hace referencia a la norma IEC60904; sin embargo, dicha norma no est\u00e1 relacionada con la clasificaci\u00f3n de comportamiento ante el fuego. Dado que los m\u00f3dulos est\u00e1ndar de la industria cumplen habitualmente con Fire Class C seg\u00fan la norma UL790, \u00bfpodr\u00edan confirmar cu\u00e1l es el requisito o equivalente espec\u00edfico de clasificaci\u00f3n contra incendios solicitado por ANDE?\n \n5.\tRespecto a la aleaci\u00f3n del marco: La especificaci\u00f3n menciona el uso de aleaci\u00f3n de aluminio 5086 para el marco del m\u00f3dulo. Los est\u00e1ndares globales de fabricaci\u00f3n emplean habitualmente la aleaci\u00f3n de aluminio 6005-T6 u otras equivalentes de alta resistencia. \u00bfPodr\u00edan confirmar si la aleaci\u00f3n 5086 es un requisito mandatorio o si se aceptan los materiales estandarizados de la industria fotovoltaica?\n \n6.\tRespecto a las certificaciones requeridas: En relaci\u00f3n con las certificaciones UL1703, IEC62994 e IEC TS63126, \u00bfpodr\u00edan confirmar si todas ellas son requisitos obligatorios y excluyentes para la aceptaci\u00f3n de la oferta, o si es posible presentar certificaciones de calidad y seguridad equivalentes vigentes en el mercado?\n \n7.\tRespecto a los ensayos de recepci\u00f3n: \u00bfPodr\u00edan compartir la lista detallada de ensayos de laboratorio requeridos y obligatorios para la aceptaci\u00f3n de los m\u00f3dulos fotovoltaicos?\n \n8.\tRespecto a los criterios de calidad: En la documentaci\u00f3n se mencionan los criterios de aceptaci\u00f3n GDS y el Manual de Calidad del laboratorio. \u00bfSer\u00eda posible que compartan dichos documentos o, en su defecto, los criterios correspondientes para su correcta evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica?\n \n9.\tRespecto a los accesorios de conectores: Hemos observado que la especificaci\u00f3n menciona el suministro de tapas de sellado (sealing caps) para los conectores fotovoltaicos. \u00bfPodr\u00edan confirmar si este requisito es obligatorio y precisar la cantidad esperada por m\u00f3dulo o por la totalidad del proyecto?"}, {"id": "37617931f5c67a8527faa404fefa1961-1", "date": "2026-06-16T15:26:07-04:00", "title": "Solicitud de pr\u00f3rroga de plazo", "description": "Solicitamos una prorroga del plazo de presentaci\u00f3n de oferta, considerando que el mismo sea m\u00ednimo 17 d\u00edas despu\u00e9s de respondidas las aclaraciones presentadas. El motivo de la prorroga es que necesitamos de las aclaraciones para definir que lotes vamos a participar para poder solicitar la fianza de oferta. Esta fianza por ser internacional, tarda por los menos 17 d\u00edas para su emisi\u00f3n.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, los plazos establecidos en el Sistema de Informaci\u00f3n de las Contrataciones P\u00fablicas. ", "dateAnswered": "2026-07-29T07:29:05-04:00"}, {"id": "e466b20d5ebd8babfbb8a2cbe7ffcbe5-1", "date": "2026-06-15T16:42:15-04:00", "title": "Garantia LOTE 2", "description": "Se solicita amablemente a la convocante aclarar si la garantia solicitada sobre los \u00edtems del Lote 2 es de 5 o 10 a, a\u00f1os dado que en las EETT se exigen 5 a\u00f1os y en la PDG 10 a\u00f1os.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N\u00b0 1 publicado en el SICP en el apartado \"Documentos\".\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:20:15-04:00"}, {"id": "6ab15381743e27587a30e77b2d7cff05-1", "date": "2026-06-03T17:10:59-04:00", "title": "Restricci\u00f3n de mismo fabricante para inversor y estaci\u00f3n transformadora \u2014 alcance del requisito", "description": "La EETT GT/GER/02/2026 establece como requisito obligatorio que los inversores fotovoltaicos y los centros de transformaci\u00f3n sean suministrados por un mismo fabricante. Se consulta: \u00bfeste requisito implica que ambos equipos deben fabricarse en las mismas instalaciones o bajo la misma raz\u00f3n social, o se acepta que ambos sean fabricados por empresas del mismo grupo econ\u00f3mico o bajo acuerdo de fabricaci\u00f3n conjunta certificado por el fabricante principal?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en la EETT GT/GER/02/2026, donde se establece que los inversores fotovoltaicos y los centros de transformaci\u00f3n deber\u00e1n ser suministrados por un mismo fabricante, a fin de garantizar la compatibilidad, interoperabilidad, soporte t\u00e9cnico y responsabilidad integral del suministro.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:11:45-04:00"}, {"id": "95aa46c6101519812b561bf423d9dcc3-1", "date": "2026-05-29T14:47:32-04:00", "title": "Alcance de Proyecto", "description": "Solicitamos a la Convocante aclarar expresamente si el alcance de la presente contrataci\u00f3n comprende exclusivamente la provisi\u00f3n y entrega de los bienes especificados, o si tambi\u00e9n incluye actividades de instalaci\u00f3n, montaje, obras civiles, interconexi\u00f3n el\u00e9ctrica, integraci\u00f3n en campo, puesta en marcha y/o puesta en servicio de los sistemas suministrados.\n\nEn caso de que dichas actividades formen parte del alcance contractual, solicitamos indicar espec\u00edficamente para cada lote cu\u00e1les son las obligaciones de instalaci\u00f3n y montaje que deber\u00e1 asumir el adjudicatario, as\u00ed como los criterios de recepci\u00f3n y aceptaci\u00f3n correspondientes.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el potencial oferente deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Especificaciones T\u00e9cnicas, donde se define el alcance del suministro y las actividades t\u00e9cnicas asociadas, contempl\u00e1ndose lo expresamente indicado en cada lote.", "dateAnswered": "2026-06-26T06:55:30-04:00"}, {"id": "0f7ccd086f112a1ef043243dd3998ec4-1", "date": "2026-09-03T14:31:39-04:00", "title": "garant\u00eda escrita del fabricante", "description": "En relaci\u00f3n con el mismo apartado sustituido mediante la Adenda N.\u00ba 2, se solicita aclarar el contenido m\u00ednimo obligatorio de la \u201cgarant\u00eda escrita emitida por el fabricante dirigida a la ANDE\u201d. Espec\u00edficamente, s\u00edrvase indicar si dicho documento deber\u00e1 limitarse a identificar los bienes ofertados y garantizar los periodos de garant\u00eda establecidos en las Especificaciones T\u00e9cnicas, o si deber\u00e1 contener adem\u00e1s una declaraci\u00f3n del fabricante garantizando el cumplimiento integral de todas las Especificaciones T\u00e9cnicas del \u00edtem. En caso de requerirse una garant\u00eda integral de cumplimiento de las EETT, se solicita individualizar expresamente cu\u00e1les obligaciones deber\u00e1n ser asumidas por el fabricante mediante dicha carta, distingui\u00e9ndolas de aquellas que corresponden contractualmente al oferente/adjudicatario. La redacci\u00f3n vigente \u00fanicamente establece que la carta deber\u00e1 emitirse \u201ccumpliendo estrictamente lo mencionado en las Especificaciones T\u00e9cnicas de cada \u00edtem solicitado\u201d, sin determinar el contenido concreto que ser\u00e1 considerado suficiente durante la evaluaci\u00f3n."}, {"id": "27b0f1ab96e95c61df3c6a913f5fb00a-1", "date": "2026-09-08T11:18:13-04:00", "title": "Formulario de Declaraci\u00f3n de Personas", "description": "Referente al Formulario de Declaraci\u00f3n de Personas, en el caso de un Consorcio constituido mediante Acuerdo de Intenci\u00f3n, el documento debe ser completado con los datos de todos los miembros de cada una de las empresas que conforman el Consorcio, o solamente con los datos de la empresa l\u00edder?"}, {"id": "583c3aebe0d12243ac011615f27cb3c1-1", "date": "2026-06-15T16:43:41-04:00", "title": "UPS SSAA", "description": "En la EETT se menciona que los SSAA deberan tener UPS e inclusive deberan tener un juego de repuesto pero en la PDG no menciona niguna especificacion tecnica relacionada a la misma. Favor aclarar el alcance de este punto, tanto las especifiaciones como la autonomina.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N\u00b0 1 publicado en el SICP en el apartado \"Documentos\".\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:20:29-04:00"}, {"id": "eda7ae7c9abd9faf78cc389d4617aa01-1", "date": "2026-09-03T14:56:28-04:00", "title": "Aclaracion de Obligaciones en el PBC", "description": "Se solicita aclarar el alcance de las obligaciones del proveedor y determinaci\u00f3n de los costos y riesgos que deben incorporarse a la oferta, se solicita que cualquier aclaraci\u00f3n que implique definici\u00f3n, modificaci\u00f3n o precisi\u00f3n sustancial de dichas obligaciones sea incorporada formalmente mediante una nueva adenda, con la correspondiente pr\u00f3rroga del calendario de consultas y presentaci\u00f3n de ofertas, a fin de que todos los potenciales oferentes elaboren sus propuestas bajo condiciones uniformes y previamente determinadas."}, {"id": "b90834210fcc046acdd2ae5589902bd3-1", "date": "2026-06-26T14:38:42-04:00", "title": "Autorizaci\u00f3n del Fabricante. -", "description": "El Pliego establece que, para todos los bienes indicados en la Lista de Precios, cuando el oferente no sea fabricante deber\u00e1 presentar autorizaci\u00f3n del fabricante, representante o distribuidor, as\u00ed como los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente.\n\nAsimismo, se dispone que todas estas documentaciones deber\u00e1n contar con el correspondiente apostillado de La Haya.\n\nAl respecto, s\u00edrvase aclarar si el apostillado de La Haya constituye un requisito obligatorio y excluyente para la validez de todas las autorizaciones, cartas de representaci\u00f3n, cartas de distribuci\u00f3n y documentos que integren la cadena de autorizaciones.\n\nEn caso afirmativo, s\u00edrvase indicar el fundamento t\u00e9cnico, jur\u00eddico y operativo que justifica exigir el apostillado de La Haya para la totalidad de los documentos comerciales emitidos por fabricantes, representantes o distribuidores extranjeros, considerando que una autorizaci\u00f3n comercial constituye normalmente un documento privado y que la apostilla, por s\u00ed sola, no acredita el contenido, vigencia ni autenticidad material de la relaci\u00f3n comercial declarada.\n\nAsimismo, se solicita aclarar por qu\u00e9 no se admiten mecanismos alternativos de verificaci\u00f3n de autenticidad y vigencia de las autorizaciones, tales como:\n\na) Confirmaci\u00f3n directa emitida por el fabricante, representante o distribuidor desde un correo electr\u00f3nico institucional asociado a su dominio corporativo.\n\nb) Verificaci\u00f3n directa por parte de la Convocante ante el fabricante, representante o distribuidor, mediante correo electr\u00f3nico, formulario de verificaci\u00f3n, llamada institucional o comunicaci\u00f3n escrita.\n\nc) Carta de autorizaci\u00f3n emitida con firma electr\u00f3nica verificable, certificado digital, c\u00f3digo QR, n\u00famero de referencia o enlace de validaci\u00f3n en la plataforma oficial del fabricante.\n\nd) Inclusi\u00f3n del oferente dentro del listado oficial de distribuidores, socios comerciales, integradores o representantes autorizados publicado en el sitio web del fabricante.\n\ne) Certificaci\u00f3n emitida por la filial regional, casa matriz, representante oficial o distribuidor master del fabricante, con facultades verificables para autorizar la comercializaci\u00f3n de los bienes ofertados.\n\nf) Presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n corporativa o comercial que permita comprobar la relaci\u00f3n entre el fabricante, representante, distribuidor y oferente, acompa\u00f1ada de la autorizaci\u00f3n correspondiente.\n\nSe solicita que la exigencia de apostillado sea reconsiderada o, alternativamente, que se admita como requisito suficiente la presentaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n vigente emitida por el fabricante, representante o distribuidor, quedando la Convocante facultada para verificar su autenticidad directamente ante el emisor o mediante cualquiera de los mecanismos objetivos precedentemente mencionados."}, {"id": "44cd8512e21f61e1561d5e274fd7e96b-1", "date": "2026-09-15T09:15:01-04:00", "title": "Consorcio", "description": "Consulta: Si, en caso de consorcio, es posible que la carta de cr\u00e9ditos se abra \u00fanicamente a favor de uno de los socios y qe sea transferible para que este pague al fabricante (en este caso, en China). Clarificar si se paga a la vista o cuales son los plazos habituales tras haber recibido la documentaci\u00f3n de embarque (para el pago del primer porcentaje)."}, {"id": "976dfa1c5cfe84a9f79e370e7de144bb-1", "date": "2026-09-03T14:47:10-04:00", "title": "Consulta sobre la Recepci\u00f3n Definitiva.", "description": "Se solicita aclarar cu\u00e1l ser\u00e1 el momento de emisi\u00f3n de la Recepci\u00f3n Definitiva para cada lote, considerando que el PBC establece que el periodo de garant\u00eda comienza con la Recepci\u00f3n Provisional y que, \u201cal t\u00e9rmino de dicho plazo\u201d, se proceder\u00e1 a la Recepci\u00f3n Definitiva, cuya emisi\u00f3n habilita al proveedor a solicitar la cancelaci\u00f3n de la Garant\u00eda de Cumplimiento del Contrato. Considerando la coexistencia de garant\u00edas de 2, 5, 10 y hasta 25 a\u00f1os, se solicita precisar expresamente qu\u00e9 periodo ser\u00e1 utilizado para determinar la Recepci\u00f3n Definitiva de cada lote y si las garant\u00edas comerciales de largo plazo del fabricante, por ejemplo 10 o 25 a\u00f1os, afectar\u00e1n o no la duraci\u00f3n contractual y la liberaci\u00f3n de la Garant\u00eda de Fiel Cumplimiento."}, {"id": "5fd64f44f15220a40c680c0bbcd80bb4-1", "date": "2026-09-09T11:36:58-04:00", "title": "PRECIOS REFERENCIALES LOTE 1 Y LOTE 2", "description": "Se solicita amablemente a la Convocante aclarar y/o ampliar la informaci\u00f3n correspondiente a los precios referenciales establecidos para cada \u00edtem del Lote 1 y 2, publicados en el SICP.\nAl respecto, se observa que se encuentran publicados precios referenciales \u00fanicamente para los siguientes \u00edtems Lote 1: M\u00f3dulo Fotovoltaico 700 Wp; Estructura para Campo Fotovoltaico para Paneles; Cable Fotovoltaico de 6 mm; y Conector MC4 45\u00b0; \u00cdtems Lote 2.: INVERSOR DE 300 KW; ESTACI\u00d3N TRANSFORMADORA TRIF. 0,8/23 KV 3 MVA  Sin embargo, no se visualiza un precio referencial correspondiente al acompa\u00f1amiento y asistencia profesional requeridos durante la ejecuci\u00f3n.\nEn particular, dicho requerimiento contempla la presencia de un Ingeniero Senior durante cuatro (4) meses consecutivos, de lunes a viernes, con una jornada de hasta ocho (8) horas diarias, dentro del horario de 07:00 a 18:00 horas, lo cual representa un costo significativo asociado a honorarios profesionales, dedicaci\u00f3n, movilidad, vi\u00e1ticos y dem\u00e1s gastos operativos necesarios para garantizar dicha prestaci\u00f3n.\nPor lo expuesto, solicitamos a la Convocante considerar el acompa\u00f1amiento profesional como un \u00edtem independiente, con su correspondiente precio referencial, o, alternativamente, aclarar expresamente c\u00f3mo y dentro de qu\u00e9 \u00edtem deber\u00e1n ser contemplados dichos costos en la oferta econ\u00f3mica.\nEsta precisi\u00f3n permitir\u00e1 a los oferentes realizar una estimaci\u00f3n completa y objetiva de sus costos reales, evitando costos impl\u00edcitos o diferencias de criterio entre las ofertas y permitiendo una evaluaci\u00f3n econ\u00f3mica sobre bases comparables, transparentes y razonables, en beneficio de una adecuada utilizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos."}, {"id": "a64fc4b4e86744042cabdfb52ecfa9ac-1", "date": "2026-06-11T16:02:36-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n6. Solicitamos confirmar la cantidad de sitios/unidades donde ser\u00e1n instalados los equipos objeto de la propuesta, a fin de permitir una adecuada comprensi\u00f3n de la complejidad t\u00e9cnica, log\u00edstica y operativa involucrada en la ejecuci\u00f3n de los servicios.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que el presente llamado corresponde a la provisi\u00f3n y entrega de bienes, conforme al Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. El lugar de entrega es el Dep\u00f3sito de la ANDE en Asunci\u00f3n o alrededores, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La instalaci\u00f3n en sitio no forma parte del alcance del suministro.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:40:02-04:00"}, {"id": "8d045f3cbd914c5f8aa8e1aa27206b52-1", "date": "2026-06-11T15:53:05-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n3. Solicitamos aclarar si ser\u00e1n aceptados inversores fotovoltaicos con potencia inferior a 300 kW y tensi\u00f3n de salida inferior a 800 Vac, en conjunto con subestaciones transformadoras compatibles con la tensi\u00f3n adoptada (por ejemplo, 380 V), siempre que la soluci\u00f3n propuesta cumpla con los requisitos funcionales y los objetivos previstos para el proyecto.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la Respuesta dada a la Consulta N\u00b0 11.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:35:10-04:00"}, {"id": "c672159f67c8223970c86721ea432fad-1", "date": "2026-06-24T12:43:06-04:00", "title": "Lote 1 - Cantidad metros no especificada", "description": "Para el lote 1 la convocante requiere  cables solares fotovoltaicos rojos y negros, sin embargo no determina la cantidad de metros. Favor especificar.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 29.\n\n", "dateAnswered": "2026-07-29T07:35:43-04:00"}, {"id": "e9524d8beb926bf7163e26599705f5c0-1", "date": "2026-06-04T12:30:57-04:00", "title": "Potencia de m\u00f3dulos fotovoltaicos", "description": "En el punto 3.1.1 del documento GT/GER/01/2026 indica \"se permite suministrar m\u00f3dulos\nfotovoltaicos con clases de potencia razonablemente m\u00e1s altas\". en base a este punto se consulta amablemente a la convocante si en caso de ofertar m\u00f3dulos con potencia mayor a 700 Wp, se deber\u00e1 mantener la cantidad de 22.000 m\u00f3dulos. o se podr\u00e1 reducir la cantidad total de m\u00f3dulos de modo de m\u00ednimamente mantener la potencia MWp total de la instalaci\u00f3n, considerando que actualmente se solicitan 15.4 MWp.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que deber\u00e1 remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se exige la presentaci\u00f3n de la Autorizaci\u00f3n del Fabricante, Representante o Distribuidor, as\u00ed como los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente. Cada documento deber\u00e1 cumplir con las formalidades exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones, incluyendo vigencia, identificaci\u00f3n del \u00edtem correspondiente, idioma castellano o traducci\u00f3n oficial, y apostillado de La Haya cuando corresponda. \n\nVer adem\u00e1s respuesta dada a la Consulta N\u00b0 5.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:17:06-04:00"}, {"id": "8c6e2d482a3afbee529ae128fabe9ba6-1", "date": "2026-06-03T17:17:46-04:00", "title": "Base/fundaci\u00f3n de la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica \u2014 alcance del suministro", "description": "La Planilla de Datos Garantizados del Lote 3 (\u00edtem MET-20) indica \"Indicar si incluido o provisto por obra civil\". Se consulta: \u00bfla base o fundaci\u00f3n de la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica forma parte del alcance del suministro a cotizar en el \u00cdtem 2, o queda a cargo de ANDE como obra civil separada?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que la base o fundaci\u00f3n de la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica no forma parte del suministro a cotizar en el \u00cdtem 2 del Lote N\u00ba 3, por tratarse de una obra civil. El suministro deber\u00e1 incluir la estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica, estructura de montaje, m\u00e1stil, soportes, herrajes, accesorios y dem\u00e1s elementos especificados en la EETT GT/GER/03/2026, quedando la construcci\u00f3n de la base/fundaci\u00f3n a cargo de la ANDE.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:12:43-04:00"}, {"id": "43ecbcd6303b257b65843490b3471630-1", "date": "2026-07-01T12:04:37-04:00", "title": "Experiencia Asistencia T\u00e9cnica", "description": "En el Pliego de Bases y Condiciones, en el inciso d) del apartado de experiencia requerida indica: \u201cd) Para el Lote 1, acreditar haber ejecutado la provisi\u00f3n, montaje y puesta en marcha de al menos una planta fotovoltaica de 0.6 MWp. No se admitir\u00e1 la suma de potencias menores para alcanzar el valor exigido.\u201d.\nPor su parte, en la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica del Lote 1, en el punto 4.11 Asistencia T\u00e9cnica Especializada, indica: \u201cEl oferente dispondr\u00e1 de dos (2) ingenieros especialistas: Uno (1) en tecnolog\u00eda de paneles fotovoltaicos y Uno (1) en estructuras de soporte. Ambos deber\u00e1n contar con experiencia comprobable en plantas superiores a 1 MWp, perteneciendo al plantel de la marca o certificados por ella. Se deber\u00e1n adjuntar certificados o facturaciones que avalen dicha experiencia.\u201d\nSe solicita amablemente a la convocante, de modo de homogeneizar los requerimientos de experiencia, aceptar una experiencia comprobable en plantas superiores a 0.6 MWp. perteneciendo al plantel de la marca o certificados por ella, para la Asistencia T\u00e9cnica Especializada."}, {"id": "4f16b38a513f51bd7241c98b0508c491-1", "date": "2026-06-26T14:49:56-04:00", "title": "Experiencia Requerida.", "description": "Se observa que el apartado g) permite acreditar con experiencia del fabricante \u00fanicamente los requisitos establecidos en los apartados a), b) y c), pero no incluye los antecedentes solicitados en los apartados d), e) y f).\n\nTeniendo en cuenta que el llamado consiste principalmente en la provisi\u00f3n de bienes y que la experiencia t\u00e9cnica del producto corresponde al fabricante, \u00bfpodr\u00edan aclarar por qu\u00e9 la experiencia del fabricante no puede utilizarse tambi\u00e9n para acreditar los requisitos de los apartados d), e) y f)?\n\nAsimismo, agradecer\u00edamos confirmar si los importadores, distribuidores o representantes autorizados podr\u00e1n presentar referencias del fabricante, sus filiales o integradores autorizados para acreditar la totalidad de los requisitos de experiencia.\n\nDe no estar previsto, se solicita considerar la ampliaci\u00f3n del apartado g) para permitir la acreditaci\u00f3n integral de la experiencia mediante el fabricante de los bienes ofertados."}, {"id": "acb6b797fadaf621e77c9c8b0b61137c-1", "date": "2026-06-29T10:47:05-04:00", "title": "Extensi\u00f3n de Plazo", "description": "Teniendo en cuenta que hasta la fecha solo se han respondido 4 de las 76 preguntas realizadas por potenciales oferentes, solicitamos una extensi\u00f3n de al menos 2 semanas en el plazo para presentar ofertas.\n\nGracias"}, {"id": "db28857390fbda954aaefc189146f0f1-1", "date": "2026-09-04T09:52:17-04:00", "title": "EETT - Lote 1 - item 4", "description": "En el Lote 1, \u00cdtem 4 (Conector MC4 45 A) y en el punto 3.1.3 de la EETT, solicitamos muy amablemente a la convocante;  aclarar/admitir que la denominaci\u00f3n \"MC4\" sea interpretada de forma gen\u00e9rica y referencial, acept\u00e1ndose el sistema de conexi\u00f3n de corriente continua propio del fabricante de los m\u00f3dulos fotovoltaicos ofertados, siempre que el conector integrado en el m\u00f3dulo y el conector suelto a proveer sean del mismo sistema, garanticen intermateabilidad plena entre s\u00ed, sellado estanco IP67/IP68, certificaci\u00f3n IEC 62852 y las dem\u00e1s exigencias de desempe\u00f1o del pliego."}, {"id": "09671acedc7bf007a5a15ddb14c05957-1", "date": "2026-06-16T11:59:17-04:00", "title": "Cantidad de conectores MC4", "description": "Solicitamos aclarar si las 2.000 unidades requeridas corresponden a 2.000 pares macho-hembra o a un total de 1.000 conectores machos y 1.000 conectores hembras.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 28.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:28:16-04:00"}, {"id": "abcf416288c9661c55aab2675f5d881c-1", "date": "2026-06-03T17:09:17-04:00", "title": "Alcance del \u00edtem \"Estructura Campo Fotovoltaico\" \u2014 \u00bfincluye pilotes/hincado?", "description": "La EETT GT/GER/01/2026 establece que el sistema de anclaje debe dise\u00f1arse considerando el informe de estudio de suelos, y que el dise\u00f1o definitivo del campo FV \u2014incluyendo el plano georeferenciado para el hincado de los pilotes\u2014 se entregar\u00e1 hasta 12 meses post-recepci\u00f3n. Se consulta: \u00bflos pilotes y el hincado forman parte del alcance del suministro del \u00cdtem 2 \u2014 Estructura Campo Fotovoltaico, o quedan a cargo de ANDE en una etapa posterior de instalaci\u00f3n?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que el presente llamado comprende la provisi\u00f3n y entrega de los bienes detallados en las Especificaciones T\u00e9cnicas de cada Lote, incluyendo, cuando corresponda, FAT, repuestos, accesorios, documentaci\u00f3n t\u00e9cnica, asistencia t\u00e9cnica y dem\u00e1s elementos necesarios para el aprovechamiento total de los equipos. No incluye obras civiles, montaje, instalaci\u00f3n en campo, interconexi\u00f3n el\u00e9ctrica ni puesta en servicio por parte del proveedor. Respecto al \u00cdtem 2 del Lote N\u00ba 1, los componentes del sistema de anclaje forman parte del suministro, incluyendo su dise\u00f1o y especificaciones; no obstante, la ejecuci\u00f3n del hincado queda excluida de las obligaciones del adjudicatario.", "dateAnswered": "2026-07-07T12:11:10-04:00"}, {"id": "f119004634502d0ef90928d7c214d59b-1", "date": "2026-06-11T15:25:01-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n1. Solicitamos aclarar si, para el cumplimiento del requisito de Asistencia T\u00e9cnica Especializada previsto en el numeral 5.12 de las Especificaciones T\u00e9cnicas del Lote 2, la acreditaci\u00f3n podr\u00e1 realizarse mediante un ingeniero con experiencia comprobada en instalaciones fotovoltaicas de gran porte, aun cuando correspondan a potencias y niveles de tensi\u00f3n distintos de los especificados, siempre que cuente con una calificaci\u00f3n t\u00e9cnica compatible con las actividades de instalaci\u00f3n, puesta en servicio y soporte de los equipos ofertados. Adicionalmente, destacamos que contamos con un equipo t\u00e9cnico calificado y experiencia en la implementaci\u00f3n y puesta en servicio de sistemas de gran porte.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que, para el cumplimiento del numeral 5.12 de la EETT GT/GER/02/2026, la experiencia del personal propuesto deber\u00e1 ser compatible con el alcance t\u00e9cnico del Lote N\u00ba 2 y encontrarse debidamente acreditada, manteni\u00e9ndose la exigencia de que los ingenieros especialistas pertenezcan al plantel de la marca o est\u00e9n certificados por ella. La documentaci\u00f3n presentada ser\u00e1 evaluada por la Convocante conforme a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y la Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:34:11-04:00"}, {"id": "6bd9f30ea82d9af93fd3994dad134e5e-1", "date": "2026-06-15T12:53:55-04:00", "title": "Aclaraci\u00f3n T\u00e9cnica-Econ\u00f3mica - LOTE N\u00b04", "description": "Referente al Lote 4, se observa que los precios referenciales del PBC contemplan \u00fanicamente el inversor solar trif\u00e1sico DC/AC de 10 kW y los m\u00f3dulos fotovoltaicos de 440 Wp, mientras que las Especificaciones T\u00e9cnicas requieren componentes adicionales como estructuras de soporte, cableado, caja de conexi\u00f3n en AC, protecciones el\u00e9ctricas y accesorios necesarios. Considerando que dichos componentes no se encuentran reflejados en los precios referenciales, solicitamos a la Convocante modificar el PBC, excluirlos expresamente del alcance del suministro, limitando el Lote 4 \u00fanicamente a los \u00edtems cotizables indicados en el PBC.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que el alcance del suministro para el Lote 4 se encuentra plenamente definido en las Especificaciones T\u00e9cnicas y los componentes accesorios deben ser agrupados, valorizados y cotizados por los oferentes dentro del Lote 4 - \u00cdtem 2 de la Planilla de Precios; determin\u00e1ndose que dicho \u00edtem contempla el suministro de exactamente 36 kits de estructuras de soporte (seg\u00fan el Punto 3.1.3 de la EETT, para un total de 360 paneles fotovoltaicos, soporte para 10 paneles por kit) y la provisi\u00f3n de exactamente 20 unidades de cajas de conexi\u00f3n en corriente alterna (en simetr\u00eda con el Punto 3.1.4 de la EETT).", "dateAnswered": "2026-07-29T07:18:49-04:00"}, {"id": "f836e68928639a54f13f84d8266fafcd-1", "date": "2026-09-14T13:16:58-04:00", "title": "Tolerancia de potencia", "description": "Solicitamos amablemente a la convocante aceptar valores distintos al originalmente solicitado para la Tolerancia de potencia de los paneles fotovoltaicos siempre y cuando esto resulte en paneles con potencia mayor a la solicitada en el pliego y la PDG, por ejemplo.\n\u2022\tUn m\u00f3dulo que cumple estrictamente lo solicitado en la PDG tendr\u00eda: 700 Wp (0 ~ +5 W) resultando en una potencia m\u00e1xima de 705 Wp.\n\u2022\tEn cambio, se podr\u00eda ofertar un m\u00f3dulo con las siguientes caracter\u00edsticas: \n720 Wp (0~ +3 W) resultando en una potencia m\u00e1xima de 723 Wp.\nEste cambio permitir\u00e1 la participaci\u00f3n de potenciales oferentes y marcas de reconocido prestigio adem\u00e1s de presentar a\u00fan una soluci\u00f3n t\u00e9cnicamente favorable para la convocante."}, {"id": "b051a18883ab3f699423cb48164d3a00-1", "date": "2026-06-25T14:07:31-04:00", "title": "S\u00f3cio", "description": "Se\u00f1ores\nAdministraci\u00f3n Nacional de Electricidad \u2013 ANDE\n\nEn relaci\u00f3n con la Licitaci\u00f3n P\u00fablica Internacional ANDE N.\u00ba 1998/2026, espec\u00edficamente respecto al Lote N.\u00ba 4 \u2013 Suministro de Kit Solar para Agencias Regionales, y luego de analizar el Pliego de Bases y Condiciones, as\u00ed como las Especificaciones T\u00e9cnicas correspondientes, solicitamos respetuosamente las siguientes aclaraciones t\u00e9cnicas:\n\n1. Estructura de soporte fotovoltaica\n\nLas Especificaciones T\u00e9cnicas establecen expresamente que el suministro deber\u00e1 incluir la estructura de soporte para los m\u00f3dulos fotovoltaicos, definiendo incluso sus caracter\u00edsticas m\u00ednimas, tales como:\n\nMaterial de acero galvanizado.\nCimentaci\u00f3n en hormig\u00f3n con penetraci\u00f3n m\u00ednima de 60 cm.\nAltura m\u00ednima de 1 metro respecto al suelo.\nInclinaci\u00f3n de 25\u00b0.\nCumplimiento de la Norma Paraguaya NP 196.\nConfiguraci\u00f3n estructural tipo 1V para diez (10) m\u00f3dulos por estructura.\n\nNo obstante, al revisar la Lista de Precios y la composici\u00f3n econ\u00f3mica del Lote N.\u00ba 4, no se identifica un \u00edtem espec\u00edfico destinado a la provisi\u00f3n de dicha estructura ni un rubro independiente para su valorizaci\u00f3n econ\u00f3mica.\n\nEn consecuencia, solicitamos se sirvan aclarar:\n\na) \u00bfDebe entenderse que el costo de la estructura met\u00e1lica deber\u00e1 estar \u00edntegramente incorporado dentro del precio del kit fotovoltaico, aun cuando no exista un \u00edtem espec\u00edfico para su cotizaci\u00f3n?\n\nb) En caso contrario, \u00bfcorresponde interpretar que existe una omisi\u00f3n involuntaria en la Lista de Precios respecto a este componente esencial del suministro?\n\nConsiderando que la estructura constituye un elemento indispensable para el cumplimiento de las especificaciones t\u00e9cnicas del lote y representa una porci\u00f3n significativa del costo total del suministro, se solicita la aclaraci\u00f3n correspondiente a efectos de garantizar la correcta elaboraci\u00f3n de las ofertas econ\u00f3micas y preservar el principio de igualdad entre los oferentes.\n\n2. M\u00f3dulos fotovoltaicos\n\nLas Especificaciones T\u00e9cnicas establecen una potencia m\u00ednima de 440 Wp por m\u00f3dulo fotovoltaico.\n\nSin perjuicio de ello, se observa que la industria fotovoltaica ha experimentado una evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica significativa durante los \u00faltimos a\u00f1os, concentrando actualmente la fabricaci\u00f3n de m\u00f3dulos en rangos de potencia superiores, con una progresiva descontinuaci\u00f3n de modelos de menor potencia nominal.\n\nEn este sentido, solicitamos aclarar:\n\na) \u00bfSer\u00e1n aceptados m\u00f3dulos fotovoltaicos de potencia superior a 440 Wp, siempre que cumplan o superen la totalidad de los requisitos el\u00e9ctricos, mec\u00e1nicos, de eficiencia y certificaciones internacionales establecidos en las Especificaciones T\u00e9cnicas?\n\nb) Considerando la garant\u00eda m\u00ednima exigida para los m\u00f3dulos y la disponibilidad futura de repuestos, \u00bfla Administraci\u00f3n priorizar\u00e1 la equivalencia t\u00e9cnica y el desempe\u00f1o del equipo por encima de la potencia nominal m\u00ednima especificada?\n\n3. Inversores solares\n\nLas Especificaciones T\u00e9cnicas requieren el suministro de inversores trif\u00e1sicos On-Grid de 10 kW.\n\nSin embargo, diversos fabricantes internacionales han migrado su l\u00ednea de producci\u00f3n hacia equipos de mayor potencia nominal, reduciendo progresivamente la disponibilidad comercial de inversores trif\u00e1sicos de 10 kW, situaci\u00f3n que podr\u00eda afectar la disponibilidad futura de repuestos y la continuidad del soporte t\u00e9cnico durante el per\u00edodo de garant\u00eda exigido por la presente licitaci\u00f3n.\n\nEn virtud de lo expuesto, solicitamos aclarar:\n\na) En caso de que el modelo originalmente suministrado sea descontinuado por el fabricante durante el per\u00edodo de garant\u00eda, \u00bfser\u00e1 aceptada su sustituci\u00f3n por un modelo t\u00e9cnicamente equivalente o superior, manteniendo la plena compatibilidad el\u00e9ctrica, funcional y normativa, sin perjuicio para la ANDE?\n\nb) \u00bfLa evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica considerar\u00e1 el cumplimiento de las prestaciones m\u00ednimas especificadas y la equivalencia funcional del equipo, independientemente de la continuidad comercial del modelo ofertado?\n\nAgradecemos la atenci\u00f3n brindada y solicitamos que las aclaraciones emitidas sean publicadas conforme al procedimiento establecido para el presente proceso licitatorio, a fin de garantizar la transparencia, la libre concurrencia y la igualdad de condiciones entre todos los oferentes."}, {"id": "2e0e7e909ad79dc4015632e59f7fd726-1", "date": "2026-09-09T10:07:03-04:00", "title": "Solicitud", "description": "Se solicita a la Convocante considerar una pr\u00f3rroga de quince (15) d\u00edas calendario del plazo establecido para la presentaci\u00f3n de ofertas, atendiendo a la complejidad t\u00e9cnica, documental y administrativa asociada a la preparaci\u00f3n de una propuesta que d\u00e9 cumplimiento integral a los requisitos establecidos en la documentaci\u00f3n del llamado.\n\nLa presente solicitud se formula con el objeto de permitir a los potenciales oferentes disponer del tiempo suficiente para realizar las verificaciones t\u00e9cnicas, comerciales y documentales necesarias, y as\u00ed presentar ofertas t\u00e9cnicamente consistentes, debidamente respaldadas y ajustadas a las condiciones establecidas por la Convocante."}, {"id": "c956221e3dec677761bb2cbd0da79b4b-1", "date": "2026-06-11T15:47:59-04:00", "title": "Aclaracion\u00a0T\u00e9cnica", "description": "Referente al Lote 2:\n\n3- Solicitamos esclarecer se ser\u00e3o aceitos inversores com pot\u00eancia inferior a 300 kW e tens\u00e3o de sa\u00edda inferior a 800 Vac, em conjunto com subesta\u00e7\u00f5es transformadoras compat\u00edveis com a tens\u00e3o adotada (por exemplo, 380 V), desde que a solu\u00e7\u00e3o proposta atenda aos requisitos funcionais e aos objetivos previstos para o projeto.", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que no ser\u00e1n aceptados equipos con caracter\u00edsticas diferentes a lo especificado en la EETT GT/GER/02/2026: Lote N\u00ba 2 - \u00cdtem 1: Inversor con potencia igual o superior a 300 kW; Lote N\u00b0 2 - \u00cdtem 2: Estaci\u00f3n Transformadora Trif\u00e1sica 0,8/23 kV - 3 MVA.", "dateAnswered": "2026-07-07T13:34:32-04:00"}, {"id": "a6c87fa95c0d3af5554dc61dc0388bdc-1", "date": "2026-09-15T09:15:18-04:00", "title": "EETT", "description": "PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS - LOTE 1\nSUMINISTRO DE EQUIPOS: PANELES FOTOVOLTAICOS Y ESTRUCTURAS\nPLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS, p\u00e1gina 3, dentro de: \nEstructura de campo fotovoltaico para paneles\n\u2022\tPara la norma de acci\u00f3n de viento se pide NP 196 o equivalente NP, pueden confirmar si la normativa US ASCE 7 l& EN 1991  a validan como equivalente?"}, {"id": "0323c9b2ef6fd9d6b22b31209d1ac3e6-1", "date": "2026-06-17T11:51:28-04:00", "title": "Potencia nominal y cantidad de inversores del Lote 2", "description": "La Lista de Precios del Lote 2 describe el \u00cdtem 1 como \u201cInversor de 300 kW\u201d. Sin embargo, la EETT GT/GER/02/2026 no fija una potencia nominal en kW como requisito t\u00e9cnico; en su lugar, establece requisitos funcionales: eficiencia \u2265 99 %, m\u00ednimo cuatro (4) MPPT independientes, salida trif\u00e1sica a 800 Vac, 50 Hz y certificaciones IEC 62109-1/-2 e IEC 61727.\nSe consulta: \u00bfes aceptable ofertar inversores con potencia nominal superior a 300 kW \u2014por ejemplo, 320 kW\u2014, siempre que el equipo cumpla \u00edntegramente con los requisitos t\u00e9cnicos establecidos en la EETT GT/GER/02/2026? En tal caso, \u00bfse mantiene fija la cantidad establecida de cuarenta (40) inversores y cinco (5) estaciones transformadoras?", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, que de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y las EE.TT. GT/GER/02/2026, es aceptable ofertar inversores con potencias iguales o superiores a 300 kW que cumplan con los requisitos m\u00ednimos solicitados. La cantidad que deber\u00e1n ofertar se mantiene fija en cuarenta (40) inversores y cinco (5) estaciones transformadoras.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:30:25-04:00"}, {"id": "689fd112b2fcf1648da9f05b92502721-1", "date": "2026-06-16T17:03:16-04:00", "title": "Apostilla de la cadena de autorizaci\u00f3n", "description": "Solicitamos eliminar la exigencia de Apostilla de La Haya para la cadena de autorizaci\u00f3n del fabricante, considerando que las autorizaciones comerciales emitidas por fabricantes, representantes y distribuidores son documentos privados, no documentos p\u00fablicos sujetos directamente al Convenio de La Haya.", "answer": "Al respecto, s\u00edrvanse considerar para la elaboraci\u00f3n de sus ofertas, la respuesta dada a la Consulta N\u00b0 5.", "dateAnswered": "2026-07-29T07:29:35-04:00"}, {"id": "afb687bb96c5b4a0246e8e7966c1afc0-1", "date": "2026-06-25T16:17:04-04:00", "title": "Ensayos", "description": "En los documentos del pliego se menciona Ensayos de Contra-verificaci\u00f3n en Laboratorio de Tercera Parte, consultamos si los ensayos ser\u00e1n realizados \u00fanicamente por el oferente adjudicado, durante la etapa de ejecuci\u00f3n contractual o por todos los oferentes en la etapa de evaluaci\u00f3n? \n\u00bfDurante la etapa de evaluaci\u00f3n de ofertas ser\u00e1 suficiente la presentaci\u00f3n de los certificados de ensayos tipo, certificados de conformidad, informes de laboratorios acreditados, planillas de datos garantizados y dem\u00e1s documentaci\u00f3n t\u00e9cnica del fabricante, sin que sea necesario realizar nuevos ensayos sobre los equipos ofertados antes de la adjudicaci\u00f3n?"}, {"id": "fc91c80c570e4e79455ae9906d7ac55e-1", "date": "2026-09-09T09:52:52-04:00", "title": "PUEBAS EN SITIO", "description": "Se solicita a la Convocante revisar y, en consecuencia, excluir del alcance del Lote N.\u00ba 3 la exigencia de ejecuci\u00f3n de pruebas SAT, o, subsidiariamente, delimitar expresamente su alcance a las verificaciones que correspondan exclusivamente a los equipos y funcionalidades objeto del suministro del referido lote.\nLa presente solicitud se fundamenta en que, conforme a la propia documentaci\u00f3n t\u00e9cnica del llamado, el objeto del Lote N.\u00ba 3 corresponde al suministro del Controlador de Potencia de Planta (PPC) y de la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica, incluyendo sus respectivos componentes, accesorios, documentaci\u00f3n, configuraci\u00f3n y elementos necesarios para su integraci\u00f3n. La Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica establece expresamente que la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica deber\u00e1 ser suministrada pre-montada y pre-configurada para su posterior instalaci\u00f3n por parte de ANDE.\nEn este contexto, la ejecuci\u00f3n de una prueba SAT (Site Acceptance Test) en sentido integral presupone la existencia de un sistema efectivamente instalado, interconectado y disponible en su configuraci\u00f3n final de operaci\u00f3n, de modo que puedan verificarse, entre otros aspectos, las se\u00f1ales de campo, comunicaciones, intercambios de informaci\u00f3n, funcionalidades de control, integraci\u00f3n con SCADA, pruebas punto a punto, alarmas, eventos, historizaci\u00f3n y dem\u00e1s condiciones propias de una instalaci\u00f3n puesta en servicio.\nSin embargo, el Lote N.\u00ba 3 constituye \u00fanicamente una parte del sistema global de la Central Fotovoltaica, cuya implementaci\u00f3n se encuentra distribuida entre distintos lotes y alcances contractuales. En consecuencia, determinadas verificaciones requeridas para una SAT integral dependen necesariamente de equipos, se\u00f1ales, interfaces, sistemas de comunicaci\u00f3n, infraestructura y funcionalidades que no forman parte exclusiva del suministro correspondiente al Lote N.\u00ba 3.\nParticularmente, la propia Especificaci\u00f3n T\u00e9cnica establece que el PPC deber\u00e1 integrarse con inversores, sistemas de medici\u00f3n, protecciones, equipos auxiliares y con el sistema SCADA institucional de ANDE, mediante diferentes protocolos de comunicaci\u00f3n, incluyendo Modbus TCP/IP, IEC 60870-5-104 e, cuando corresponda, IEC 61850.\nPor tanto, la realizaci\u00f3n de pruebas de integraci\u00f3n de car\u00e1cter integral \u2014tales como pruebas punto a punto, validaci\u00f3n de se\u00f1ales en SCADA, comprobaci\u00f3n de comunicaciones entre sistemas pertenecientes a distintos lotes, validaci\u00f3n de se\u00f1ales provenientes de equipos de terceros, pruebas funcionales sobre el conjunto de la planta y dem\u00e1s verificaciones asociadas al sistema completo\u2014 no puede ser razonablemente considerada como una actividad inherente al mero suministro de los equipos del Lote N.\u00ba 3, salvo que previamente se definan de manera expresa y detallada las interfaces, responsabilidades, condiciones de disponibilidad y participaci\u00f3n de los dem\u00e1s suministradores involucrados.\nAsimismo, la exigencia de una SAT con alcance integral introduce requerimientos adicionales de ingenier\u00eda de integraci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y validaci\u00f3n de matrices de se\u00f1ales, definici\u00f3n de listas de puntos, configuraci\u00f3n de comunicaciones, generaci\u00f3n y validaci\u00f3n de datos en SCADA, coordinaci\u00f3n con otros sistemas y proveedores, disponibilidad de equipos de terceros y ejecuci\u00f3n de pruebas en sitio, actividades que exceden el suministro f\u00edsico y la configuraci\u00f3n propia de los equipos objeto del Lote N.\u00ba 3.\nCabe se\u00f1alar que la propia documentaci\u00f3n t\u00e9cnica ya contempla, dentro del suministro, documentaci\u00f3n t\u00e9cnica, planos, lista de tags, protocolos de prueba, asistencia t\u00e9cnica para parametrizaci\u00f3n y/o verificaci\u00f3n de los equipos principales, as\u00ed como la capacitaci\u00f3n correspondiente. En consecuencia, corresponde diferenciar las pruebas de aceptaci\u00f3n propias de los equipos suministrados de aquellas actividades que requieren la disponibilidad y coordinaci\u00f3n del sistema completo.\nEn particular, la Planilla de Datos Garantizados contempla para el PPC pruebas FAT/SAT relativas a control del POI, comunicaciones, alarmas, historizaci\u00f3n y SCADA, mientras que para la Estaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica prev\u00e9 pruebas de adquisici\u00f3n, exportaci\u00f3n, alarmas y recuperaci\u00f3n ante ca\u00edda del enlace. Estas exigencias, si fueran interpretadas como una SAT integral del sistema, requieren necesariamente condiciones de instalaci\u00f3n, integraci\u00f3n y disponibilidad de infraestructura que no se encuentran \u00edntegramente bajo el control del proveedor del Lote N.\u00ba 3.\nAdicionalmente, la incorporaci\u00f3n de dichas actividades dentro del alcance del suministro genera una incidencia directa en la determinaci\u00f3n de los costos y en la formaci\u00f3n de las ofertas, puesto que obliga a los oferentes a considerar recursos adicionales de ingenier\u00eda, especialistas, jornadas de pruebas, desplazamientos, coordinaci\u00f3n con terceros, desarrollo de documentaci\u00f3n y matrices de pruebas, configuraci\u00f3n de sistemas e intervenci\u00f3n sobre interfaces cuya disponibilidad y alcance dependen de otros componentes de la Central Fotovoltaica.\nEsta situaci\u00f3n introduce, adem\u00e1s, un elemento de incertidumbre respecto de la correcta delimitaci\u00f3n de responsabilidades contractuales, dado que el resultado de determinadas pruebas no depender\u00eda exclusivamente del desempe\u00f1o de los equipos suministrados en el Lote N.\u00ba 3, sino tambi\u00e9n del funcionamiento y disponibilidad de sistemas, equipos e interfaces correspondientes a otros lotes.\nPor lo expuesto, y a efectos de preservar la adecuada delimitaci\u00f3n del objeto contractual, garantizar condiciones de competencia homog\u00e9neas entre los oferentes y evitar la incorporaci\u00f3n de costos derivados de actividades cuya ejecuci\u00f3n depende de terceros o de condiciones externas al suministro, se solicita a la Convocante:\n1. Excluir del alcance del Lote N.\u00ba 3 la obligaci\u00f3n de ejecutar pruebas FAT/SAT de car\u00e1cter integral sobre el sistema completo de la Central Fotovoltaica.\n2. En caso de mantenerse la exigencia, establecer expresamente que las pruebas deber\u00e1n limitarse a la verificaci\u00f3n funcional de los equipos, interfaces y prestaciones que se encuentren exclusivamente comprendidos dentro del alcance del Lote N.\u00ba 3.\n3. Precisar que cualquier prueba de integraci\u00f3n con equipos, sistemas, infraestructura o suministros correspondientes a otros lotes deber\u00e1 ejecutarse \u00fanicamente cuando estos se encuentren instalados, configurados, disponibles y habilitados para tal efecto, sin trasladar al proveedor del Lote N.\u00ba 3 responsabilidades o costos derivados de incumplimientos, indisponibilidades o condiciones atribuibles a terceros.\n4. Delimitar expresamente el alcance de las pruebas relacionadas con SCADA, estableciendo cu\u00e1les se\u00f1ales, tags, comunicaciones, pruebas punto a punto, comandos, alarmas, eventos e historizaci\u00f3n ser\u00e1n responsabilidad del proveedor del Lote N.\u00ba 3 y cu\u00e1les corresponder\u00e1n a otros suministros o a la integraci\u00f3n general de la Central.\n5. En caso de mantenerse una prueba SAT, definir previamente el protocolo, matriz de pruebas, criterios de aceptaci\u00f3n, responsabilidades de cada parte, interfaces involucradas, informaci\u00f3n requerida, disponibilidad de los sistemas de terceros y condiciones de ejecuci\u00f3n, de manera que todos los oferentes puedan cuantificar y ofertar el mismo alcance sobre bases objetivas y comparables.\nEn virtud de lo anterior, se considera t\u00e9cnicamente y contractualmente conveniente que las pruebas de aceptaci\u00f3n correspondientes al Lote N.\u00ba 3 se circunscriban a la verificaci\u00f3n de conformidad y funcionamiento de los equipos y funcionalidades efectivamente suministrados, dejando las pruebas de integraci\u00f3n y comisionamiento del sistema completo para la instancia contractual que corresponda, una vez que se encuentren disponibles e integrados los distintos componentes de la Central Fotovoltaica.\nLa presente solicitud tiene por finalidad evitar ambig\u00fcedades en el alcance contractual, asegurar la adecuada asignaci\u00f3n de responsabilidades y permitir que los oferentes formulen sus propuestas econ\u00f3micas sobre una base cierta, objetiva y t\u00e9cnicamente verificable, sin afectar el derecho de la Convocante a verificar el correcto funcionamiento y cumplimiento de las prestaciones efectivamente comprendidas en el Lote N.\u00ba 3."}, {"id": "5a4479a42fab3f64eb4e88921a68d1fd-1", "date": "2026-06-03T17:24:56-04:00", "title": "Equivalentes aceptables para documentos de seguridad social y tributarios de oferentes no domiciliados", "description": "El PBC requiere, como documentos formales (**): Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (\u00edtem 3) y Certificado de Cumplimiento Tributario (\u00edtem 6). Para oferentes no domiciliados en la Rep\u00fablica del Paraguay, que no est\u00e1n inscriptos en el IPS ni en la SET, se consulta: \u00bfqu\u00e9 documentos del pa\u00eds de origen acepta la Convocante como equivalentes v\u00e1lidos para acreditar el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social y tributarias?", "answer": "Al respecto, se aclara al potencial oferente que, para empresas no domiciliadas en la Rep\u00fablica del Paraguay, se aceptar\u00e1n como v\u00e1lidos los documentos equivalentes emitidos por las instituciones competentes o an\u00e1logas del pa\u00eds de origen del oferente, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos formales de seguridad social y tributarios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. 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