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El presente material tiene como objetivo orientar a los proveedores sobre el mecanismo de compra disponible a través de la Tienda Virtual, plataforma electrónica que aglomera productos y proveedores seleccionados a través del procedimiento especial Convenio Marco, Almacén de Productos Estratégicos y Commodities.

​Para comprender las siguientes secciones, es necesario conocer el siguiente glosario:            

  • Oferente: Es aquel que presenta una oferta en los términos del reglamento vigente, con el objeto de proveer un bien, realizar una obra o suministrar un servicio, objeto de una licitación.
  • Oferente seleccionado​: Es aquel que ha cumplido con los requisitos de calificación, establecida en las bases de la convocatoria y se encuentra en condiciones de proveer productos. ​
  • Pedido o Solicitud de cotización​: Es el encargo de los productos a ser adquiridos, hecho por la unidad compradora, en el que se detallan como mínimo las cantidades requeridas y los PAC afectados, que desea contratar una determinada unidad compradora de la Tienda Virtual.
  • Orden de Compra: Es el pedido confirmado por parte de una unidad compradora al proveedor que ganó la competencia en precios en determinado producto o productos.
  • Proveedor: Será aquel que cuyos productos posean el precio más bajo luego de la solicitud de cotización de las unidades compradoras.
  • Unidades Compradoras: Organismos, entidades y municipalidades mencionadas en el art. 1º de la ley Nº 2051/03 y la Ley N.º 7021/22 (para Municipalidades, el uso de la Tienda Virtual es opcional).​

1- Marco Normativo

2- ¿Qué es la Tienda Virtual?

Es una plataforma administrada por la DNCP, que sirve como herramienta para realizar transacciones de compras electrónicas a través del SICP. Podrá ser utilizada cuando existan múltiples compradores o proveedores para simplificar las gestiones administrativas, reducir costos y tiempo en la compra. La particularidad que poseen la mayoría de los productos de la Tienda es que poseen especificaciones técnicas estandarizadas.

La reglamentación de la Tienda Virtual se encuentra en la Resolución DNCP N.º 230/2025.

3- Procedimientos Especiales de Compra en la Tienda Virtual

En la Tienda Virtual coexisten dos tipos de procedimientos especiales de contratación: Convenio Marco y Almacén de productos estratégicos. Esto quiere decir que los productos del catálogo de la tienda fueron licitados a través de esos dos procedimientos especiales y sus normativas.

Es un procedimiento especial de compra que se utiliza para la selección de proveedores de bienes o servicios estandarizables, a ser llevado a cabo por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, para la comercialización de los mismos en una plataforma virtual, disponible para las Instituciones Públicas.

Esta herramienta busca reducir los costos en la gestión de compras públicas y hacer más dinámico el proceso de adquisición de productos y servicios, principalmente aquellos de características estándares, alto volumen de consumo, necesidad constante o inmediata por parte de las entidades del Estado.

Cuando las unidades compradoras realicen la consolidación de las necesidades institucionales, deberán consultar la Tienda Virtual para constatar si los productos que necesitan se encuentran disponibles para su adquisición. De igual manera, la DNCP realizará la difusión de los rubros disponibles en la tienda. En caso de que los productos que necesitan no se encuentren en la Tienda o no cumplen con los requerimientos de la Unidad Compradora, esta podrá realizar un proceso convencional, de acuerdo a la excepción prevista en la normativa vigente.

3.1.1- Obligatoriedad de uso

El uso de la Tienda Virtual en los procedimientos de Convenio Marco es obligatorio, según la reglamentación de la Resolución DNCP N.º 230/25, en su artículo 124. Este artículo menciona que los Organismos, Entidades y Sociedades Anónimas en las que el Estado sea socio mayoritario deberán realizar a través de la Tienda Virtual, la contratación de los productos y servicios disponibles en la misma, según su necesidad y conforme a su presupuesto aprobado.

Excepcionalmente, se podrá realizar un procedimiento de contratación para satisfacer sus necesidades, cuando:

  1. No se encuentre activo en la tienda más de un proveedor;
  2. No se encuentren disponibles los bienes o servicios requeridos en la tienda virtual;
  3. El sistema de adjudicación no sea por ítem y el porcentaje de incidencia del monto de los ítems que se encuentran en la tienda y componen el Lote/Total del procedimiento de contratación, sea menor al 70% del monto del Lote/Total;
  4. No se reciban tres (03) cotizaciones sucesivas en un mismo ítem o;
  5. Si en tres (03) cotizaciones sucesivas, las mismas superen el presupuesto de la convocante.

En tales casos, la convocante deberá remitir, junto con el Pliego de Bases y Condiciones, una Declaración Jurada que contenga una explicación detallada de la situación de hecho e individualización del inciso en el que se subsume el procedimiento de contratación a ser comunicado, a los efectos de acreditar la pertinencia para la realización del mismo.

Las Municipalidades podrán realizar la contratación de los productos y servicios disponibles en la Tienda Virtual, cuando lo estimen pertinente, salvo que la DNCP disponga su obligatoriedad.

3.2- ¿Qué es Almacén de Productos, Servicios Estratégicos y Commodities?

Es un procedimiento especial de compra que se utiliza para que los Organismos, Entidades del Estado, las Empresas Públicas y Sociedades Anónimas en las que el Estado sea socio mayoritario, puedan iniciar convocatorias con el objeto de incluir a la Tienda Virtual materias primas, productos, servicios estratégicos y commodities, relacionados directamente al cumplimiento de sus actividades misionales.

Tiene las mismas etapas que un Convenio Marco, con la diferencia que la institución convocante es la que publica y gestiona la Licitación Pública desde el PBC y es la única Unidad Compradora de ese convenio, una vez que el proceso se encuentre operativo en la Tienda Virtual.