{"id":17528,"date":"2025-03-10T12:04:35","date_gmt":"2025-03-10T15:04:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/?page_id=17528"},"modified":"2025-06-30T09:52:31","modified_gmt":"2025-06-30T12:52:31","slug":"canales-de-no-tramitacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/guia-de-procedimientos-de-contratacion\/canales-de-no-tramitacion\/","title":{"rendered":"Causales de No Tramitaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1920\" height=\"406\" src=\"https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-17844\" srcset=\"https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion.jpg 1920w, https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion-300x63.jpg 300w, https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion-1024x217.jpg 1024w, https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion-768x162.jpg 768w, https:\/\/www.contrataciones.gov.py\/dncp\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/Causales-de-no-tramitacion-1536x325.jpg 1536w\" sizes=\"auto, (max-width: 1920px) 100vw, 1920px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong><em>Art\u00edculo 13. Observaciones y Reparo. La Direcci\u00f3n Nacional de Contrataciones P\u00fablicas podr\u00e1 realizar observaciones sobre los procedimientos de contrataci\u00f3n comunicados y sobre sus diferentes etapas, de forma independiente a las causales de no tramitaci\u00f3n establecidas en la Gu\u00eda de procedimientos de contrataci\u00f3n. Como consecuencia de la observaci\u00f3n, podr\u00e1 procederse a la no difusi\u00f3n del procedimiento o a su difusi\u00f3n con observaciones. La convocante deber\u00e1 remitir el reparo y expedirse respecto a todas las observaciones realizadas por la DNCP.<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bf<strong>Cu\u00e1les son las causales de no tramitaci\u00f3n de un procedimiento de contrataci\u00f3n?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1n como no tramitables a los procedimientos comunicados en sus diferentes etapas, de conformidad a las siguientes causales:<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>a) Convocatoria:<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP), Constancia de que la partida presupuestaria se encuentra en tr\u00e1mite de aprobaci\u00f3n (Ad Refer\u00e9ndum) o constancia Plurianual;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El CDP no se ajusta al formato establecido en el Anexo del Decreto Reglamentario de la Ley de Presupuesto General de la Naci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El CDP o la constancia Plurianual no se encuentran firmados conforme lo establece la normativa vigente o no cubre el monto a contratar;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Error en la selecci\u00f3n del c\u00f3digo de cat\u00e1logo y categor\u00eda de bienes, servicios, obras o consultor\u00edas a contratar;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de la resoluci\u00f3n que aprueba la convocatoria y el pliego de bases y condiciones;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; La resoluci\u00f3n de aprobaci\u00f3n del procedimiento de convocatorias por excepci\u00f3n con difusi\u00f3n previa no acreditan el supuesto de excepci\u00f3n invocado;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n del dictamen de an\u00e1lisis de precios o de los documentos respaldatorios, o, no se encuentra suscripto por el responsable de UOC y\/o la ausencia de aplicaci\u00f3n de los procedimientos para la estimaci\u00f3n de costo realizada por la convocante, conforme a la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de, planos, autorizaciones, como ser del MEC, MADES, ERSSAN, MITIC, MIC u otra entidad, permiso municipal, etc, o la no vigencia de los mismos, seg\u00fan el objeto del llamado;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; No cumplen con el plazo de difusi\u00f3n del procedimiento conforme a la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El plazo para la visita t\u00e9cnica no se ajusta a la normativa vigente o se encuentra fenecido. En caso de que la visita ser\u00e1 obligatoria, falta de remisi\u00f3n de la justificaci\u00f3n pertinente.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica de las obras.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Las cl\u00e1usulas del pliego de bases y condiciones se encuentran incompletas.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Cuando por el objeto o las condiciones del proceso, se utilice una modalidad distinta a la que corresponda, conforme a la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Establecimiento de fechas topes de consultas no ajustadas a la normativa vigente o fenecidas;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El pliego de bases y condiciones no corresponde al est\u00e1ndar vigente o al tipo de procedimiento;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Error en la asignaci\u00f3n presupuestaria;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de documento de justificaci\u00f3n de la utilizaci\u00f3n del abastecimiento simult\u00e1neo, anticipo;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; No se establece la carga separada de la mano de obra requerida del repuesto o insumo a ser utilizado en los procedimientos de contrataci\u00f3n que tengan por objeto la contrataci\u00f3n de servicios de mantenimiento y\/o reparaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong><em>No se requerir\u00e1 la justificaci\u00f3n cuando el anticipo sea otorgado \u00fanicamente a las MIPYMES.<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de documento de justificaci\u00f3n seg\u00fan normativa legal vigente que reglamenta los informes cuatrimestrales;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de documento de justificaci\u00f3n o el mismo no se encuentra suscripto conforme lo requieren las normativas vigentes;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de documento de justificaci\u00f3n en los casos procedimientos de contrataci\u00f3n de car\u00e1cter Internacional;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de Dictamen en donde se d\u00e9 por acreditado las causales invocadas para la contrataci\u00f3n por la v\u00eda de excepci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Omisi\u00f3n utilizaci\u00f3n de las plantillas (especificaciones t\u00e9cnicas est\u00e1ndares) obligatorias, seg\u00fan la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; En procedimientos comunicados por las UEP, la falta de remisi\u00f3n de los documentos indicados en el Art. 4\u00ba de la Res. DNCP N\u00ba 5073\/23 o la que la sustituya.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta del dictamen t\u00e9cnico en el cual se sustenten las especificaciones t\u00e9cnicas requeridas en el procedimiento de contrataci\u00f3n, suscripto por el responsable del \u00e1rea requirente o del t\u00e9cnico que las recomend\u00f3 o, el dictamen se encuentra incompleto.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>b) Adjudicaci\u00f3n &#8211; primera etapa:<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de documentos de la adjudicaci\u00f3n o la remisi\u00f3n de documentos de adjudicaci\u00f3n ilegibles;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Inconsistencia entre los datos establecidos en el SICP y las documentaciones de la adjudicaci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El proveedor adjudicado no se encuentra inscripto en el Registro de Proveedores, ni cuenta con IDAP u otras condiciones establecidas en la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong><em>Cuando la convocante opte por notificar la adjudicaci\u00f3n en la forma excepcional prevista en el Art\u00edculo 64 de la Res. DNCP N\u00ba 230\/25, deber\u00e1 adjuntar la notificaci\u00f3n respectiva en la primera etapa de adjudicaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>c) Adjudicaci\u00f3n &#8211; segunda etapa:<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>&#8211; El documento o contrato no cuenta con la firma y\/o aclaraci\u00f3n de firma de todas las partes;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El contrato no corresponde al proveedor adjudicado;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El monto del CDP es inferior al monto del contrato;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El monto previsto para el ejercicio fiscal es inferior al monto del periodo cargado en la primera etapa;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Inconsistencia entre los datos cargados en el SICP y las documentaciones;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Designaci\u00f3n err\u00f3nea\/incompleta del administrador de contratos en los procedimientos de contrataci\u00f3n por v\u00eda de la excepci\u00f3n con difusi\u00f3n posterior, convencionales o especiales, de conformidad a la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de la resoluci\u00f3n que designa al administrador del contrato;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Jurada cuando la firma del contrato no prev\u00e9 el plazo para la interposici\u00f3n de protestas;<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><strong><em>Del plazo para formular protesta y la emisi\u00f3n del CC.-<\/em><\/strong><em> <\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>A fin de garantizar los derechos de los oferentes en los procedimientos de Contrataci\u00f3n regidos por la Ley N\u00b0 7021\/22, la Direcci\u00f3n Nacional de Contrataciones P\u00fablicas (DNCP) no emitir\u00e1 el C\u00f3digo de Contrataci\u00f3n (CC) si no estuviere cumplido el plazo previsto en la norma para presentar protesta computado desde la \u00faltima notificaci\u00f3n realizada, salvo las siguientes excepciones:<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>a) Cuando la Convocante justifique las razones en virtud de las cuales el cumplimiento del plazo se\u00f1alado generar\u00eda un da\u00f1o o perjuicio al Inter\u00e9s P\u00fablico, lo cual podr\u00e1 ser acreditado mediante la presentaci\u00f3n de una Declaraci\u00f3n Jurada firmada por el Encargado de UOC, donde consten los motivos alegados y la manifestaci\u00f3n expresa de su exclusiva responsabilidad para sustentar dicha solicitud;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>b) En los casos en los que se hubiera presentado un solo oferente;<\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Jurada cuando la firma del contrato no prev\u00e9 el plazo previsto en el Art. 169, para los procesos de Contrataci\u00f3n por v\u00eda de la excepci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El Objeto de Gasto no corresponde al proceso.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>d) Contrataciones por excepci\u00f3n con Intenci\u00f3n de compra:<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de documentaciones m\u00ednimas requeridas: Dictamen, Resoluci\u00f3n de aprobaci\u00f3n, acreditaci\u00f3n, ratificaci\u00f3n y Adjudicaci\u00f3n, bases concursales, notificaciones, acta de apertura de oferta, informe de evaluaci\u00f3n, contrato y cualquier otra documentaci\u00f3n en donde se demuestre las causales invocadas y\/o corresponda al objeto de la contrataci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El contrato no cuenta con la firma de todas las partes y\/o carece de aclaraci\u00f3n de firmas;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El contrato no corresponde al proveedor adjudicado;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El monto del CDP es inferior al monto del contrato;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El monto previsto para el ejercicio fiscal es inferior al monto del periodo cargado en el SICP;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El proveedor adjudicado no se encuentra inscripto en el Registro de Proveedores, ni cuenta con IDAP u otras condiciones establecidas en la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Inconsistencia entre los datos cargados en el SICP y las documentaciones;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Designaci\u00f3n err\u00f3nea\/incompleta del administrador de contratos en los procedimientos de contrataci\u00f3n por v\u00eda de la excepci\u00f3n con difusi\u00f3n posterior, convencionales o especiales, de conformidad a la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de la resoluci\u00f3n que designa al administrador del contrato.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>e) Modificaciones contractuales y\/o ejecuci\u00f3n de cl\u00e1usulas contractuales:<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>&#8211; El monto o plazo de la ampliaci\u00f3n supera el l\u00edmite legal establecido;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de publicaci\u00f3n de adendas o procesos anteriores que corresponden al mismo procedimiento de contrataci\u00f3n que infieren en la modificaci\u00f3n contractual;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n del CDP, en caso de ampliaci\u00f3n de montos, reajustes o pagos de intereses moratorios;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El CDP no corresponde al tipo de procedimiento o al periodo fiscal vigente, o no se encuentra debidamente suscripto por las autoridades competentes conforme lo establece la normativa vigente, o no cubre la variaci\u00f3n requerida;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de justificaci\u00f3n de las causales de inter\u00e9s p\u00fablico en los casos de modificaciones realizadas bajo el amparo de las disposiciones establecidas en el art. 65 inc. b) de la Ley N\u00b0 7021\/22.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El reajuste de precios no se adecua a la f\u00f3rmula establecida en el pliego de bases y condiciones, o su modificaci\u00f3n, la cual deber\u00e1 ser realizada bajo las disposiciones del art. 65 inc. b) de la Ley N\u00b0<br>&nbsp;7021\/22.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El dictamen justificativo no se adecua a la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de Dictamen de Estimaci\u00f3n de Precios Referenciales y sus antecedentes o ausencia de aplicaci\u00f3n de los procedimientos para la estimaci\u00f3n de costo para los nuevos rubros introducidos en el convenio, realizado por la contratante, conforme a la normativa vigente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta de remisi\u00f3n de documentos exigidos en la normativa y sus respaldatorios que refieran al procedimiento realizado o la remisi\u00f3n de documentos es ilegibles, incompletos o no suscriptos;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; El n\u00famero de PAC del CDP no coincide con el cargado en el SICP;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Inconsistencia entre las documentaciones y los datos establecidos en el SICP;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Para la emisi\u00f3n del C\u00f3digo de Contrataci\u00f3n para aquellos procesos \u00abExcluidos o no de la Ley\u00bb, que cuenten en el PAC y CDP con la caracter\u00edstica de (C\u00f3digo SNIP) deber\u00e1 remitir la Declaraci\u00f3n Jurada correspondiente;<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Falta documentaci\u00f3n requerida por normativas especiales aplicable al caso acorde al tipo de procedimiento;<\/p>\n\n\n\n<p>Los organismos, entidades, sociedades an\u00f3nimas en las que el estado sea socio mayoritario y las municipalidades deber\u00e1n remitir todos los documentos exigidos para cada etapa del procedimiento de contrataci\u00f3n, conforme a la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>El presente listado es enunciativo y no limitativo, la Direcci\u00f3n Nacional de Contrataciones P\u00fablicas se encuentra facultada conforme a la normativa vigente, a no publicar los procedimientos de contrataci\u00f3n por otras causales<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Reparos<\/strong>:<\/h2>\n\n\n\n<p>Las convocantes deber\u00e1n remitir el reparo a las observaciones realizadas por la DNCP, a fin de que esta analice si corresponde la publicaci\u00f3n de la etapa correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Art\u00edculo 13. Observaciones y Reparo. La Direcci\u00f3n Nacional de Contrataciones P\u00fablicas podr\u00e1 realizar observaciones sobre los procedimientos de contrataci\u00f3n comunicados y sobre sus diferentes etapas, de forma independiente a las causales de no tramitaci\u00f3n establecidas en la Gu\u00eda de procedimientos de contrataci\u00f3n. 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