Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
* Nombre: Oscar Benítez Jefe personal Aseo Urbano
* Justificación: de la necesidad es la falta de movilidad de la Dirección de Aseo Urbano para realizar los traslados de cargas de jornaleros y malezas.-
* Corresponde a una necesidad temporal, considerando que con la adquisición del bien ya se estaría subsanando la necesidad.-
* Las EETT de vehículo a adquirir un camioncito volquete, fue elaborado por el Jefe de transporte, cuyos datos se adecuan a los requerimientos de la Institución.-
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
1 ADQUISICIÓN DE CAMIONCITO VOLQUETE (USADO)
Camión multivolquete 4x2
Capacidad de tanque: 100 ltrs
Tipo combustible: Diésel
Año: 2.004 en adelante como Mínimo
Carrocería: Multivolquete
Tracción: trasera
Motor: 4.200 cc.
Bomba: sencilla
Caja de cambios: caja de cambios
manual
Potencia: 129 hp 3500rpm
Suspensión: Mecánica
Capacidad: 3.500 kilos
Tumba los 3 lados, Dual
Altura de cabina: base
Longitud de cabina: corta
Tipo de cabina: basculante
Alarma marcha atrás
Aire Acondicionado,
Levanta Vidrios Eléctricos
Freno: delantero y trasero a disco, Abs
Dirección: asistida
Neumáticos: 205/75 R16
Batería: 1x 12 v / 70 amp
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el
Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de
presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en
tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y
Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de
contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso
que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN
correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá
ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo. Según lo establecido en la Ley 4838/12
"POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL"... En todos los procesos de licitación y adquisición de bienes por parte de los
Organismos y Entidades del Estado, la incorporación de los bienes producidos y/o ensamblados bajo el amparo de la
presente Ley, tendrán un margen de preferencia del 20% (veinte por ciento) en los precios ofertados, de acuerdo con la
metodología de medición del valor agregado nacional, que será establecido y certificado por la Autoridad de Aplicación
competente.
La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor
Agregado Nacional, expedido por Autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio, el certificado debe ser emitido como
máximo a la fecha y hora tome de apertura de ofertas.
En caso de que el oferente que se encuentre dentro del rango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentare
con su oferta el certificado o presentare la constancia de en trámite del mismo, el Comité de Evaluación solicitará por
escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley Nro.
4838/12 "QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL". Si luego del requerimiento realizado por el Comité el
oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no
podrá acogerse al beneficio.
Durante la evaluación de la oferta, si la oferta evaluada como la mas baja es una oferta de un bien importado que no haya
presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta mas baja del bien nacional que
haya presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor
16/40 Agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la Legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay que haya acreditado mediante la presentación del certificado,
resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación, caso contrario se seleccionará la oferta del bien
proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento. El margen de preferencia que será aplicado en la
planilla de precios para Consorcios es del 60% para el líder y el 40% para los demás miembros del consorcio.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las
consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de
preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los
documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que
cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
1 ADQUISICIÓN DE CAMIONCITO VOLQUETE (USADO)
Camión multivolquete 4x2
Capacidad de tanque: 100 ltrs
Tipo combustible: Diésel
Año: 2.004 en adelante como Mínimo
Carrocería: Multivolquete
Tracción: trasera
Motor: 4.200 cc.
Bomba: sencilla
Caja de cambios: caja de cambios
manual
Potencia: 129 hp 3500rpm
Suspensión: Mecánica
Capacidad: 3.500 kilos
Tumba los 3 lados, Dual
Altura de cabina: base
Longitud de cabina: corta
Tipo de cabina: basculante
Alarma marcha atrás
Aire Acondicionado,
Levanta Vidrios Eléctricos
Freno: delantero y trasero a disco, Abs
Dirección: asistida
Neumáticos: 205/75 R16
Batería: 1x 12 v / 70 amp
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem | Descripción del bien | Cantidad | Unidad de medida | Lugar de entrega de los bienes | Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 | ADQUISICIÓN DE CAMIONCITO VOLQUETE (USADO) |
1 | UNIDAD | Municipalidad de Altos |
10( DIEZ ) CALENDARIOS POSTERIORES A LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Nota de remisión total o parciales o acta de recepción parcial o total |
Mayo 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.