¿Los ratios de liquidez y otros requeridos bajo el título de Capacidad Financiera se calcularán, en base a datos publicados según formatos y estructura dispuestos por la autoridad de control (Superintendencia de Seguros) o en base a qué criterios?
¿Los ratios de liquidez y otros requeridos bajo el título de Capacidad Financiera se calcularán, en base a datos publicados según formatos y estructura dispuestos por la autoridad de control (Superintendencia de Seguros) o en base a qué criterios?
Si, los datos se calculan conforme a las informaciones publicadas por la autoridad de control, respetando los criterios contables para el efecto. Se aclara que dicha información debe ser proporcionada por cada oferente según su situación patrimonial.
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VISITA TECNICA
Procedimiento. Teniendo en cuenta que son diversas y distantes las ubicaciones geográficas de los locales y bienes indicados en las especificaciones técnicas, consultamos a la convocante la viabilidad de aceptar que las visitas de inspecciones sean opcionales o que bajo declaración jurada el oferente manifieste su pleno conocimiento de las condiciones y estado de los bienes a ser asegurados.
Procedimiento. Teniendo en cuenta que son diversas y distantes las ubicaciones geográficas de los locales y bienes indicados en las especificaciones técnicas, consultamos a la convocante la viabilidad de aceptar que las visitas de inspecciones sean opcionales o que bajo declaración jurada el oferente manifieste su pleno conocimiento de las condiciones y estado de los bienes a ser asegurados.
Las vistas a las instalaciones son obligatorias para todos los oferentes, conforme se establece en el Pliego de Bases y Condiciones. Se aclara que es responsabilidad de las convocantes fijar con base a las necesidades institucionales los elementos y requerimientos que formaran el objeto contractual y sus especificaciones técnicas y que los potenciales oferentes cuenten con los datos necesarios para definir los riesgos a cubrir.
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AJUSTAR LOS REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN
Nos dirigimos en relación al PBC DEL ID 443783, en lo que refiere a:
REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN
Capacidad financiera
En razón a los requerimientos en materia de la Capacidad Financiera y a fin de fomentar la mayor participación de aseguradoras para lograr así, ofertas más favorables y el mejor precio para la convocante, basándonos en los principios de libre competencia y trasparencia cual es el espíritu de la Ley de Contrataciones, solicitamos consideren ajustar los requisitos de participación referente a la capacidad financiera en no que refiere a los puntos:
DONDE DICE:
7 - Capital Social: Capital mínimo al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios. En los balances correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023.
Junio 2021: Gs. 35.000.000.000
Junio 2022: Gs. 40.000.000.000
Junio 2023: Gs. 45.000.000.000
DIGA
Junio 2021: Gs. 30.000.000.000
Junio 2022: Gs. 35.000.000.000
Junio 2023: Gs. 40.000.000.000
8 – Disponibilidad mínima, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios.
DONDE DICE:
Junio 2021: Gs. 17.000.000.000
Junio 2022: Gs. 19.000.000.000
Junio 2023: Gs. 21.000.000.000
DIGA
Junio 2021: Gs. 17.000.000.000
Junio 2022: Gs. 18.000.000.000
Junio 2023: Gs. 21.000.000.000
Como verán ni siquiera son cambios muy drásticos que puedan perjudicar la capacidad de contratar de la convocante. Además a la fecha del cierre de ejercicio del 30 de junio del 2024 nuestra Aseguradora cumple fielmente lo peticionado.
16-07-2024
19-07-2024
AJUSTAR LOS REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN
Nos dirigimos en relación al PBC DEL ID 443783, en lo que refiere a:
REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN
Capacidad financiera
En razón a los requerimientos en materia de la Capacidad Financiera y a fin de fomentar la mayor participación de aseguradoras para lograr así, ofertas más favorables y el mejor precio para la convocante, basándonos en los principios de libre competencia y trasparencia cual es el espíritu de la Ley de Contrataciones, solicitamos consideren ajustar los requisitos de participación referente a la capacidad financiera en no que refiere a los puntos:
DONDE DICE:
7 - Capital Social: Capital mínimo al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios. En los balances correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023.
Junio 2021: Gs. 35.000.000.000
Junio 2022: Gs. 40.000.000.000
Junio 2023: Gs. 45.000.000.000
DIGA
Junio 2021: Gs. 30.000.000.000
Junio 2022: Gs. 35.000.000.000
Junio 2023: Gs. 40.000.000.000
8 – Disponibilidad mínima, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios.
DONDE DICE:
Junio 2021: Gs. 17.000.000.000
Junio 2022: Gs. 19.000.000.000
Junio 2023: Gs. 21.000.000.000
DIGA
Junio 2021: Gs. 17.000.000.000
Junio 2022: Gs. 18.000.000.000
Junio 2023: Gs. 21.000.000.000
Como verán ni siquiera son cambios muy drásticos que puedan perjudicar la capacidad de contratar de la convocante. Además a la fecha del cierre de ejercicio del 30 de junio del 2024 nuestra Aseguradora cumple fielmente lo peticionado.
La Convocante se mantiene en lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. La presente contratación es un seguro contra todo riesgo de los bienes y locales ubicados en diferentes puntos del territorio nacional, correspondiente a todas las circunscripciones judiciales que forman parte de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay.
Es por eso que esta Convocante en atención al capital a ser asegurado, fijó los criterios de capacidad financiera, a fin de asegurarse la contratación de compañías con solidez económica que en caso de eventuales siniestros de gran magnitud pueda cumplir con los mismos en tiempo y forma.
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CAPACIDAD FINANCIERA
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR TODOS SUS REQUERIMIENTOS DE CAPACIDAD FINANCIERA, PERMITIENDO LA PARTICIPACIÓN DE UNA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, CONSIDERANDO QUE A LO LARGO DE MÁS DE 6 AÑOS APROXIMADAMENTE, VIENEN CALIFICANDO SÓLO LAS MISMAS EMPRESAS QUE SE PRESENTAN EN COASEGURO, LO QUE VIOLA CLARAMENTE LAS DISPOSICIONES VIGENTES DE LA LEY 7021 DE SUMINISTRO PÚBLICOS Y SUS PRINCIPIOS DE "Economía, Eficacia y Eficiencia" E "Igualdad y Libre Competencia" A FAVOR DE LAS MISMAS EMPRESAS.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR TODOS SUS REQUERIMIENTOS DE CAPACIDAD FINANCIERA, PERMITIENDO LA PARTICIPACIÓN DE UNA MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES, CONSIDERANDO QUE A LO LARGO DE MÁS DE 6 AÑOS APROXIMADAMENTE, VIENEN CALIFICANDO SÓLO LAS MISMAS EMPRESAS QUE SE PRESENTAN EN COASEGURO, LO QUE VIOLA CLARAMENTE LAS DISPOSICIONES VIGENTES DE LA LEY 7021 DE SUMINISTRO PÚBLICOS Y SUS PRINCIPIOS DE "Economía, Eficacia y Eficiencia" E "Igualdad y Libre Competencia" A FAVOR DE LAS MISMAS EMPRESAS.
La Convocante se mantiene en lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. La presente contratación es un seguro contra todo riesgo de los bienes y locales ubicados en diferentes puntos del territorio nacional, correspondiente a todas las circunscripciones judiciales que forman de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay.
Es por eso que esta Convocante en atención al capital a ser asegurado, fijó los criterios de capacidad financiera, a fin de asegurarse la contratación de compañías con solidez económica que en caso de eventuales siniestros de gran magnitud pueda cumplir con los mismos en tiempo y forma.
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VISITA TECNICA
CONSIDERANDO QUE TODOS LOS AÑOS SE ESTABLECEN VISITAS TÉCNICAS OBLIGATORIAS Y COMO OFERENTES CONOCEMOS EL RIESGO, SOLICITAMOS CONSIDERAR LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE CONFORMIDAD AL PLIEGO ESTANDAR, QUE SEGÚN EL PBC PUBLICADO MENCIONA LA POSIBLIDAD DE PRESENTARLO
CONSIDERANDO QUE TODOS LOS AÑOS SE ESTABLECEN VISITAS TÉCNICAS OBLIGATORIAS Y COMO OFERENTES CONOCEMOS EL RIESGO, SOLICITAMOS CONSIDERAR LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE CONFORMIDAD AL PLIEGO ESTANDAR, QUE SEGÚN EL PBC PUBLICADO MENCIONA LA POSIBLIDAD DE PRESENTARLO
Las visitas a las instalaciones son obligatorias para todos los oferentes, conforme se establece en el Pliego de Bases y Condiciones. Se aclara que es responsabilidad de las convocantes fijar con base a las necesidades institucionales los elementos y requerimientos que formaran el objeto contractual y sus especificaciones técnicas y que los potenciales oferentes cuenten con los datos necesarios para definir los riesgos a cubrir.
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ESPECIFICACIONES
ESPECIFICACIONES. En la Pág. 94 – LOTE 3 – ÍTEM 3 – establece en la descripción SEGURO DE FIDELIDAD DE EMPLEADOS – IMPORTE TOTAL A SER CUBIERTO esta descripción no coincide con la descripción detallada en la Planilla de Precios, en la Planilla de Precios en el Lote 3 – ÍTEM 3 – establece en la descripción Seguro de valores en transito y en caja fuerte. Pueden indicarnos que descripción es la que corresponde.-
ESPECIFICACIONES. En la Pág. 94 – LOTE 3 – ÍTEM 3 – establece en la descripción SEGURO DE FIDELIDAD DE EMPLEADOS – IMPORTE TOTAL A SER CUBIERTO esta descripción no coincide con la descripción detallada en la Planilla de Precios, en la Planilla de Precios en el Lote 3 – ÍTEM 3 – establece en la descripción Seguro de valores en transito y en caja fuerte. Pueden indicarnos que descripción es la que corresponde.-
La descripción correcta es SEGURO DE FIDELIDAD DE EMPLEADOS, la misma ha sido modificada en la Planilla de Precios. Favor remitirise a Adenda.
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VISITAS AL SITIO DE EJECUCION DEL CONTRATO
VISITAS AL SITIO DE EJECUCION DEL CONTRATO
Hemos acudido a realizar la visita al sitio de ejecución del contrato de las diferentes dependencias de la Corte Suprema de Justicia como lo establece el PBC.
En 14 locales nos han emitido los certificados correspondientes, pero en 4 locales no emitieron los certificados. Ellos argumentaron que no tenían conocimiento de que se debían emitir el un certificado por la visita.
Nosotros hemos asistido a esos locales en tiempo y forma tal como lo solicita el PBC, prueba de ello son los acuses de nuestras notas de pedido de certificados.
Las localidades son: CAAZAPA, MISIONES, CORDILLERA Y PRAGUARI.
Favor expedirse al respecto.
VISITAS AL SITIO DE EJECUCION DEL CONTRATO
Hemos acudido a realizar la visita al sitio de ejecución del contrato de las diferentes dependencias de la Corte Suprema de Justicia como lo establece el PBC.
En 14 locales nos han emitido los certificados correspondientes, pero en 4 locales no emitieron los certificados. Ellos argumentaron que no tenían conocimiento de que se debían emitir el un certificado por la visita.
Nosotros hemos asistido a esos locales en tiempo y forma tal como lo solicita el PBC, prueba de ello son los acuses de nuestras notas de pedido de certificados.
Las localidades son: CAAZAPA, MISIONES, CORDILLERA Y PRAGUARI.
Favor expedirse al respecto.
Todas las localidades tienen conocimiento de emisión de constancias y lo estuvieron haciendo durante todo el proceso. Pero a fin de evitar inconvenientes, se ha ampliado el plazo de visita.