Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES REQUERIDOS
Los bienes requeridos deben ser de material reforzado.
Las solicitudes de los bienes serán realizadas por la convocante detallando las características, medidas, textos, etc.
No se aceptará ninguna oferta de bienes sustitutos o que difieran en uno o más parámetros establecidos en la Carta de Invitación.
Los sellos numeradores, fechadores y sellos automáticos deberán ser entregados dentro del empaque original de los mismos.
En caso de que los bienes tengan defectos de fábrica, el oferente reemplazará inmediatamente por otros de igual o mejor calidad sin costo adicional.
La frecuencia de los trabajos estará supeditada a las necesidades de las dependencias de la DNIT.
Los pedidos y/u orden de provisión serán realizados a través del Departamento de Servicios de la Coordinación Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas, dependiente de la DNIT.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Descripción |
Unidad Medida |
Cantidad |
SELLO FECHADOR |
|||
1 |
Fechador de 4 mm común |
UNIDAD |
1 |
2 |
Fechador de 5 mm común |
UNIDAD |
1 |
3 |
Sello Fechador con placa rectangular, redondo y ovalado |
UNIDAD |
1 |
4 |
Sello Fechador automático sin placa |
UNIDAD |
1 |
5 |
Sello Fechador horario |
UNIDAD |
1 |
6 |
Sello Fechador automático, pequeño |
UNIDAD |
1 |
7 |
Sello Numerador de 10 dígitos 5 mm |
UNIDAD |
1 |
8 |
Sello Numerador de 12 dígitos 5 mm |
UNIDAD |
1 |
SELLO FOLIADOR |
|||
9 |
Foliador metálico de 6 dígitos 5 mm |
UNIDAD |
1 |
10 |
Sello foliador automático |
UNIDAD |
1 |
SELLO AUTOMÁTICO |
|||
11 |
Sello automático de 1 a 3 líneas 38 x 14 mm / 47x18 |
UNIDAD |
1 |
12 |
Sello automático 56x20mm |
UNIDAD |
1 |
13 |
Sello automático 45x16mm |
UNIDAD |
1 |
14 |
Sello automático redondo con aclaratoria |
UNIDAD |
1 |
15 |
Sello automático de 1 a 3 líneas 38 x 14 mm |
UNIDAD |
1 |
16 |
Sello automático redondo con fechador |
UNIDAD |
1 |
SELLO OVALADO |
|||
17 |
Sello Ovalado hasta 50x30 mm |
UNIDAD |
1 |
SELLO REDONDO |
|||
18 |
Sello redondo con fondo de Seguridad automático |
UNIDAD |
1 |
19 |
Sello Redondo(s) 30 a 35 mm |
UNIDAD |
1 |
SELLO COMÚN |
|||
20 |
Sellos de 1 línea hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
21 |
Sellos de 1 línea hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
22 |
Sellos de 1 línea hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
23 |
Sellos de 1 línea hasta 6 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
24 |
Sellos de 1 línea hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
25 |
Sello de 1 línea hasta 10 cm. |
UNIDAD |
1 |
26 |
Sello de 1 línea hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
27 |
Sellos de 1 línea hasta 8 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
28 |
Sello de 1 línea 12x1,6 cm. |
UNIDAD |
1 |
29 |
Sellos de 2 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
30 |
Sellos de 2 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
31 |
Sellos de 2 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
32 |
Sellos de 2 líneas hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
33 |
Sellos de 2 líneas hasta 7 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
34 |
Sellos de 2 líneas hasta 6 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
35 |
Sellos de 2 líneas hasta 5 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
36 |
Sellos de 2 líneas hasta 8 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
37 |
Sello de 2 líneas hasta 10 cm. |
UNIDAD |
1 |
38 |
Sello de 2 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
39 |
Sellos de 3 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
40 |
Sellos de 3 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
41 |
Sellos de 3 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
42 |
Sellos de 3 líneas hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
43 |
Sellos de 3 líneas hasta 6 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
44 |
Sellos de 3 líneas hasta 8 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
45 |
Sellos de 3 líneas hasta 10 cm. |
UNIDAD |
1 |
46 |
Sello de 3 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
47 |
Sellos de 4 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
48 |
Sellos de 4 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
49 |
Sellos de 4 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
50 |
Sellos de 4 líneas hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
51 |
Sellos de 4 líneas hasta 5 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
52 |
Sellos de 4 líneas hasta 6 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
53 |
Sellos de 4 líneas hasta 7 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
54 |
Sellos de 4 líneas hasta 8 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
55 |
Sello de 4 líneas hasta 10 cm. |
UNIDAD |
1 |
56 |
Sello de 4 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
57 |
Sellos de 5 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
58 |
Sellos de 5 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
59 |
Sellos de 5 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
60 |
Sellos de 5 líneas hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
61 |
Sellos de 5 líneas hasta 6 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
62 |
Sellos de 5 líneas hasta 8 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
63 |
Sello de 5 líneas hasta 10 cm |
UNIDAD |
1 |
64 |
Sello de 5 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
65 |
Sellos de 6 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
66 |
Sellos de 6 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
67 |
Sellos de 6 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
68 |
Sellos de 6 líneas hasta 12 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
69 |
Sellos de 6 líneas hasta 6 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
70 |
Sellos de 6 líneas hasta 8 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
71 |
Sello de 6 líneas hasta 10 cm. |
UNIDAD |
1 |
72 |
Sello de 6 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
73 |
Sellos de 7 líneas hasta 12 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
74 |
Sellos de 7 líneas hasta 8 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
75 |
Sellos de 7 líneas hasta 6 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
76 |
Sellos de 8 líneas hasta 12 cm. |
UNIDAD |
1 |
77 |
Sellos de 8 líneas hasta 6 cm. |
UNIDAD |
1 |
78 |
Sellos de 8 líneas hasta 8 cm. |
UNIDAD |
1 |
79 |
Sellos de 8 líneas hasta 12 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
80 |
Sellos de 8 líneas hasta 6 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
81 |
Sellos de 8 líneas hasta 8 cm. Con recuadro |
UNIDAD |
1 |
82 |
Sello de 12 líneas con recuadro |
UNIDAD |
1 |
83 |
Sello de 10 líneas hasta 10 cm. con recuadro |
UNIDAD |
1 |
REPUESTO PARA SELLOS |
|||
84 |
Repuesto para sellos negro o azul (almohadilla) 37x14 |
UNIDAD |
1 |
85 |
Repuesto para sellos (cambio de goma) 1 a 3 líneas |
UNIDAD |
1 |
SELLOS ESPECIALES |
|||
86 |
Sello especial 23,5x5 cm. de alto |
UNIDAD |
1 |
87 |
Sello especial 17 x 5 cm. de alto |
UNIDAD |
1 |
SELLOS FIRMA AUTENTICA |
|||
88 |
Sello firma auténtica |
UNIDAD |
1 |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Adquisición de Sellos Varios para la DNIT |
1 |
Unidad |
Los sellos deberán ser entregados en el Departamento de Servicios de la Coordinación Administrativa - Edificio Histórico sito en Eligio Ayala y Yegros. |
La entrega de los sellos se efectuará dentro de los 2 (dos) días después de haber sido aprobada la prueba. El plazo de remisión de la prueba es de 1 (un) día hábil contado desde la recepción de la Orden de Compra por el proveedor. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
N° |
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según PBC) |
1 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 1 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 1 |
JUNIO 2024 |
2 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 2 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 2 |
JULIO 2024 |
3 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 3 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 3 |
AGOSTO 2024 |
4 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 4 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 4 |
SETIEMBRE 2024 |
5 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 5 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 5 |
OCTUBRE 2024 |
6 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 6 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 6 |
NOVIEMBRE 2024 |
7 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 7 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 7 |
DICIEMBRE 2024 |
8 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 8 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 8 |
ENERO 2025 |
9 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 9 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 9 |
FEBRERO 2025 |
10 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 10 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 10 |
MARZO 2025 |
11 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 11 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 11 |
ABRIL 2025 |
12 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 12 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 12 |
MAYO 2025 |
13 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 13 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 13 |
JUNIO 2025 |
14 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 14 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 14 |
JULIO 2025 |
15 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 15 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 15 |
AGOSTO 2025 |
16 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 16 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 16 |
SETIEMBRE 2025 |
17 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 17 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 17 |
OCTUBRE 2025 |
18 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 18 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 18 |
NOVIEMBRE 2025 |
19 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 19 |
Nota de Remisión/Acta de Recepción 19 |
DICIEMBRE 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.