Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM N° | DESCRIPCION DEL SERVICIO | ESPECIFICACIONES TECNICAS Y NORMAS |
1 | SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA PATOLÓGICA |
SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE BASURA PATOLÓGICA DE LA CLINICA VETERINARIA. FRECUENCIA DEL SERVICIO: 2 (DOS) VECES A LA SEMANA. |
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
Servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de basuras patológicas de la Clínica Veterinara con
frecuencia del servicio: 02 (dos) veces a la semana dentro del Horario de 07:00 a.m. hasta 15:00 p.m, preferentemente los
días martes y jueves.
El proveedor deberá prever la reposición de bolsas para residuos patológicos color blanco y rojo de 150 y 200 litros con sus
respectivos logos. (Cantidad mensual mínima de bolsas requeridas: 20 de cada color, a ser entregadas conforme a
necesidad)
El proveedor deberá prever la provisión de contenedores resistentes, preferiblemente de polietileno o polipropileno, de
cierre hermético con capacidad de 240 Lts. con ruedas para su traslado, de superficie lisa, redondeada por dentro color
blanco con el logo de RPBI. (Sera requerido hasta 03 (tres) contenedores, a ser entregados conforme a necesidad )
El oferente adjudicado deberá contar con un vertedero para el depósito de las recolecciones con la debida autorización de la
MADES
La empresa Adjudicada será responsable del cumplimiento del Plan de Entrega o cronograma de retiros establecido, cuyo
incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas en la presente contratación de forma inmediata.
La empresa adjudicada será responsable de cualquier manipulación y/o disposición irresponsable o negligente de los
residuos retirados.
La convocante deslinda cualquier responsabilidad civil y/o penal desde el momento en que el personal de la empresa se
hace cargo de los residuos.
El método de tratamiento a ser utilizado por la empresa será conforme a lo estipulado en la normativa vigente.
Los trabajos y servicios serán iniciados luego de la recepción de la orden de servicio emitida por la Convocante en el plazo
establecido en el Plan de Entregas.
Los vehículos y equipos de recolección y transporte de la empresa que se empleen en las actividades comprendidas en el
manejo de residuos sólidos deben estar aprobados y habilitados por la DIGESA, y cumplir con las especificaciones técnicas
de las reglamentaciones vigentes, disponiendo además de las habilitaciones municipales y gubernamentales especificas
para el transporte de residuos patológicos (Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Ley Nº 3361/07 De los residuos generados en los
Establecimientos de Salud y Afines y su Decreto Reglamentario Nº 6538/11).
SEGURIDAD DEL SERVICIO.
La empresa no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza
mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras, catástrofes
naturales y otros de fuerza mayor).
La empresa deberá providenciar los medios necesarios para sustituir indisponibilidad de móviles recolectores o falta de
personal especializados para la recolección.
La empresa deberá cumplir a cabalidad con las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del contrato, realizando el
retiro total de los residuos almacenados.
El contratista será responsable de la provisión de los equipos de protección individual necesarios para sus empleados
(guantes, uniformes, botas, cascos, lentes, mascarilla de protección respiratoria) y deberá cumplir con las disposiciones
legales vigentes.
Observación: Queda bajo exclusiva responsabilidad del Oferente adjudicado la disposición final de los residuos patológicos
retirados de la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA, SALUD Y BIENESTAR ANIMAL y contar con todas las documentaciones habilitantes para realizar el servicio.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo
76121501-9998
Nombre de los Bienes o Servicios
Servicio de Recolección de Basura Patológicas
Especificaciones Técnicas y Normas
SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE BASURA PATOLÓGICA DE LA CLINICA VETERINARIA. FRECUENCIA DEL SERVICIO: 2 (DOS) VECES A LA SEMANA.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem | Descripción del servicio | Cantidad | Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 | SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA PATOLÓGICA |
12 | MENSUAL | CLÍNICA VETERINARIA DE LA DIRECCION DE SALUD ANIMAL, UBICADA EN: AGUSTÍN PÍO BARRIOS 1245 ENTRE AVENIDA SAN MARTÍN Y SANTA ANA | MENSUAL |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe Técnico 1 |
Informe Técnico |
Junio 2024 |
Informe Técnico 2 |
Informe Técnico |
Julio 2024 |
Informe Técnico 3 |
Informe Técnico |
Agosto 2024 |
Informe Técnico 4 |
Informe Técnico |
Septiembre 2024 |
Informe Técnico 5 |
Informe Técnico |
Octubre 2024 |
Informe Técnico 6 |
Informe Técnico |
Noviembre 2024 |
Informe Técnico 7 |
Informe Técnico |
Diciembre 2024 |
Informe Técnico 8 |
Informe Técnico |
Enero 2025 |
Informe Técnico 9 |
Informe Técnico |
Febrero 2025 |
Informe Técnico 10 |
Informe Técnico |
Marzo 2025 |
Informe Técnico 11 |
Informe Técnico |
Abril 2025 |
Informe Técnico 12 |
Informe Técnico |
Mayo 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.