ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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1- REPLANTEO Y MARCACION
Se procederá a realizar los trabajos de Replanteo basándose en los puntos de referencia indicados en loa planos. Para el efecto, se utilizarán estacas de madera de 2¨x 3¨ y cabezales de 1¨x 3¨ como mínimo. Se deberá cuidar el correcto alineamiento con los linderos de las manzanas.
El mismo consistirá en realizar todos los trabajos de topografía requeridos como ser: Fijación de ejes en alineación y cotas, secciones transversales, áreas y volúmenes, controles de ejecución y controles finales de todo el ítem de la obra y con aprobación de la fiscalización.
2 SERVICIO DE MOVIMIENTO DE TIERRAS; MOVIMIENTO DE SUELO PERFILADO, ABOBEDAMIENTO
Todos los taludes de desmontes, cunetas, zanjas, etc., serán conformados y perfilados con la pendiente indicada en los planos o fijados por la Inspección. En todos los casos en que las condiciones locales lo permitan y la Inspección lo ordene.
Excepto cuando se especifique de otra manera, el terraplén será construido en capas horizontales a todo lo ancho de la sección y en longitudes que hagan factibles los procesos de homogeneización, riego o secado, perfilado y compactación.
El abovedamiento se construirá en tramos de longitudes, tal que puedan iniciarse y terminarse en un día de trabajo. Para iniciar los trabajos, deberá ser removido el suelo con materia orgánica o borrosa que sea necesario y se encuentre en el área del camino. Para la formación del abovedamiento se deberá marcar la zona de extracción del suelo, estaqueando su límite exterior e interior. Luego se procederá a aflojar el suelo, excavación y transporte, para formar parte de la plataforma por capas de espesor de 20 cm como máximo, distribuidas en el ancho total de la misma. Las operaciones de arado y perfilado del suelo y cunetas, podrán efectuarse por el procedimiento que el contratista juzgue conveniente, pero la distribución por capas y conformación de la calzada, deberá efectuarse con motoniveladoras, o con otro equipo que realice los trabajos de igual calidad, aprobado por la Fiscalización.
Luego de conformará, compactará, y alisará la calzada en su ancho total, y se perfilará, los taludes y cunetas. La Fiscalización podrá exigir el uso de compactadoras de acuerdo a su criterio.
Los materiales utilizados para el abovedamiento, deberán estar exentos de fango, raíces, desperdicios, césped u otros materiales orgánicos o de mala calidad.
Una vez terminado el abovedamiento, deberá conservarse en su perfil y dimensiones originales hasta la recepción final de la obra
3 RELLENO Y COMPACTACIÓN DE TERRENO, CON MATERIAL DEL LUGAR
Una vez cumplidos los requisitos de homogeneización y humedad exigidos para iniciar el proceso de compactación, la capa será conformada y emparejada por medio de motoniveladora hasta obtener un espesor suelto de 0,20 m como máximo. La capa suelta así conformada, será entonces. Las zanjas y surcos serán rellenados y canalizados hacia la cuneta en los costados de la calle, que serán realizados con el perfilado. En caso de las zanjas dependiendo de la profundidad de la misma serán rellenados por capas de 20 cm y compactados. Excepto cuando se especifique de otra manera, el terraplén será construido en capas horizontales a todo lo ancho de la sección y en longitudes que hagan factibles los procesos de homogeneización, riego o secado, perfilado y compactación.
Cada capa de material suelto será regada hasta alcanzar la humedad requerida para su compactación. El material con humedad en exceso, deberá ser aireado hasta disminuir la humedad a la requerida.
Una vez terminado el trabajo de relleno se procede a la colocación y compactación del material Ripio, que serán esparcidas con motoniveladora y a mano emparejándolos de acuerdo al nivel del relleno ya compactado. Se utilizarán maquina pesada para el efecto
No será permitido el uso de equipo pesado de compactación o de movimiento de tierras a distancias menores de 1,20 m de puentes o alcantarillas de hormigón armado.
4 CONSTRUCCION DE SUB BASE DE RIPIO: ENRIPIADO DE CALLES
Los materiales para el terraplén deberán ser efectuados en capas horizontales sucesivas, de no más de 0,20 m de espesor suelto. Cada capa deberá emparejarse y alisarse por medio de motoniveladoras, luego la irrigación y compactación.
Pavimento tipo enripiado, h=10 cm Descripción Este trabajo consistirá en la construcción de un pavimento de suelo mezclado con ripio y piedra triturada compactada con medios mecánicos.
La carga será realizada en la totalidad del tramo al nivel correspondiente, con una buena compactación de la sub-rasante, realizando la cantidad necesaria de pasadas, a fin que el mismo soporte una prueba de carga, utilizando un compactador. No se esparcirá arena sobre la sub-rasante en caso de que la misma este húmeda, como consecuencia de lluvia, aguacero y de riego en exceso.
Sobre la capa de arena serán colocadas ripios o tipo piedra de canteras rechazadas, debiendo realizar una pre compactación cada 360 m2 de trabajos realizados o al final de cada jornada.
5 SERVICIO DE REMOCION DE PIEDRAS
Para considerar concluida la compactación, deberá ser esparcida sobre la superficie de rodamiento una capa de piedra triturada 6ª en espesor de 3 cm aproximadamente para el pasaje final de la compactadora. El material sobrante será retirado por la acción del tráfico o de las lluvias. Una vez terminada esta fase de los trabajos el pavimento se considera apto para recibir la carga de tránsito.
6 RELLENO Y COMPACTACION DE TERRENO
Una vez cumplidos los requisitos de homogeneización y humedad exigidos para iniciar el proceso de compactación, la capa será conformada y emparejada por medio de motoniveladora hasta obtener un espesor suelto de 0,10 m como máximo. La capa suelta así conformada, será entonces.
Cada capa de material suelto será regada hasta alcanzar la humedad requerida para su compactación. El material con humedad en exceso, deberá ser aireado hasta disminuir la humedad a la requerida.
No será permitido el uso de equipo pesado de compactación o de movimiento de tierras a distancias menores de 1,20 m de puentes o alcantarillas de hormigón armado.
7 LIMPIEZA DE OBRAS
Se deberá retirar todo resto de material de las calles trabajadas.
El área de limpieza será el área total del predio, donde haya trabajado EL CONTRATISTA.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción
Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría del Medio Ambiente (SEAM) - NO APLICA
Permisos de la ERSSAN - NO APLICA
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Se remiten como adjuntos en el SICP. | ||
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
En un periodo de Construcción de 60 días corridos, computados desde la orden de inicio de obras. Se llevarán a cabo en la calle Cruce Guarani: calles Cacique Garcia, Miguel A. Talavera e/ calles Chamacoco y Av. Guarani
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado de Obras 1 |
Certificado de Obras |
Julio/2024 |
Certificado de Obras 2 |
Certificado de Obras |
Agosto/2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.