Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Se deberá indicar los siguientes Componentes del Precio del Precio expresados en moneda local
Costo de producción / Importación:
Gastos Administrativos:
Gastos de Distribución y Comercialización:
Otros Gastos:
Impuestos:
Utilidad:
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2021, 2022-2023).
Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio, en los 3 años
No deberá ser mayor a 0,8 en promedio, en los 3 años
El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.
Deberá cumplir el siguiente parámetro. Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022-2023.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022-2023.
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022-2023.
5- Capital Operativo (Activo corriente - Pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital operativo no inferior al 50% del total de su oferta, el cual será corroborado por medio del Balance General del último periodo iscal cerrado (2023)
Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará sumando los valores de los 3 años y luego se calculará el índice correspondiente. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a | Balance General y Estado de Resultados de los años 2021, 2022, 2023 para contribuyente de IRE GENERAL |
b | Presentación del Formulario 501 de los años 2021, 2022 y 2023 para los contribuyentes IRE SIMPLE.- |
c | Presentación del Formulario 515 para los años 2021, 2022 y 2023 para los contribuyentes del IRP/ IRP-RSP.- |
d | Para contribuyentes de IVA Gral.: Formularios IVA General de los años 2021, 2022-2023 |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
cual será comprobado con las actividades indicadas en la Constancia de Inscripción en el RUC en la cual conste como actividad
económica principal la fecha de inscripción en el rubro de limpieza. La constancia deberá ser emitida por el sistema electrónico
de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.
Para CONSORCIOS: Todos los integrantes deberán cumplir con el requisito solicitado.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. Los oferentes deberán acreditar que posee al menos treinta (30) personales inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) que forman parte de la plantilla de personal de limpieza con antigüedad mínima de 12 (doce) meses.
2. Los oferentes deberán acreditar que cuentan con al menos un (01) Técnico en Seguridad Ocupacional, que forme parte del plantel peramente de empleados con antigüedad de tres (06) meses, que será encargado de elaborar los planes de prevención para la seguridad en trabajos y utilización de máquinas de alta complejidad.
3. Los oferentes deberán acreditar que se encuentra al día con sus obligaciones laborales.
4. La empresa oferente deberá acreditar que se encuentra inscripta en el Registro Obrero Patronal del Instituto de Previsión Social (IPS) como empresa proveedora de servicios de limpieza como actividad principal, con la antigüedad mínima requerida en el criterio de experiencia. La constancia deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones y estar al día a la fecha del inicio de la etapa competitiva o presentación de ofertas.
5. La empresa oferente deberá acreditar que cuenta con Reglamento Interno de Condiciones de Trabajo. El mismo deberá estar registrado y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
7. El Oferente deberá acreditar la propiedad de los equipos y maquinaras exigidas en las especificaciones tecnicas.
8. Los oferentes deberán acreditar que cuenta con: uniformes con distintivos de la empresa adjudicada, con identificación del empleado; productos e insumos de limpieza autorizados para su utilización en la República del Paraguay conforme la normativa vigente, indicando marca y procedencia. No se aceptarán productos e insumos de fabricación casera; equipos e insumos.
9. Los oferentes deberán presentar con su oferta muestras de los productos que utilizará en la ejecución del servicio de limpieza Certificado de Gestión Ambiental ISO 14001 vigente, caso contrario la oferta quedará desestimada.
10. Los oferentes deberán acreditar que cuenta con procedimientos internos certificados bajo norma de calidad ISO 9001, para garantizar la calidad de los servicios y estos satisfagan las necesidades de sus clientes, con especificidad en el servicio de Limpieza, y los antecedentes relacionados a la certificación.
11. Los oferentes deberán acreditar que cuentan con Sistemas de Gestión Ambiental, certificada por organismos competentes ISO 14001, y los antecedentes relacionados a la certificación.
12. Presentar DDJJ, de que el oferente cuente con infraestructura edilicia acorde al servicio requerido, detallando dirección y número telefónico, incluyendo al menos las siguientes áreas: Oficinas administrativas. A modo de referencia se citan: recepción, sala de reuniones, área financiera y de recursos humano. Depósito de: Insumos, productos de limpieza y logística La convocante se reserva el derecho de visitar en la etapa de evaluación la veracidad de esta declaración, a fin de comprobar que el oferente cuenta con la infraestructura necesaria para la ejecución del servicio.
13. La empresa deberá estar registrada y habilitada por DIGESA como empresa fumigadora con la habilitación del Regente encargado de la fumigación.
Observación: Para los consorcios, todos los miembros deberán cumplir con los requisitos de la Capacidad Técnica.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
2. Registro Categoría A vigente del Técnico en Seguridad Ocupacional, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y constancia de entrada al Instituto de Previsión Social (IPS) que permita verificar la antigüedad requerida.
3. Certificado de Cumplimiento Laboral emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) vigente y sin observaciones.
4. Constancia en el Registro Obrero Patronal del Instituto de Previsión Social (IPS) como empresa proveedora de servicios de limpieza como actividad principal, con la antigüedad mínima requerida en el criterio de experiencia. La constancia deberá estar al día al inicio de la etapa competitiva o presentación de ofertas.
5. Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), vigente a la fecha del inicio de la etapa competitiva o presentación de ofertas.
6. Declaración Jurada de contar con los equipos y maquinarias exigidas en las especificaciones técnicas acompañadas de comprobantes o facturas legales a nombre del oferente a fin de comprobar la propiedad de los mismos.
7. Declaración Jurada listando los uniformes, insumos, productos y equipos a ser utilizados para la prestación del servicio.
8. Certificado de Calidad ISO 9001 vigente, cuyo alcance indique un servicio de limpieza, mantenimiento y desinfección corporativa y los antecedentes relacionados a la certificación.
9. Certificado de Gestión Ambiental ISO 14001 vigente, cuyo alcance indique un servicio de limpieza, mantenimiento y desinfección corporativa y los antecedentes relacionados a la certificación.
10. Declaración Jurada de que el oferente cuente con infraestructura edilicia acorde al servicio requerido, detallando dirección y número telefónico, incluyendo al menos las siguientes áreas: Oficinas administrativas. A modo de referencia se citan: Recepción, sala de reuniones, área financiera y de recursos humano. Depósito de: Insumos, productos de limpieza y logística, vehículos de propiedad del oferente. La convocante se reserva el derecho de visitar en la etapa de evaluación la veracidad de esta declaración, a fin de comprobar que el oferente cuenta con la infraestructura necesaria para la ejecución del servicio.
11. Constancia de Visita e Inspección Técnica expedida por el Programa Ampliado de Inmunizaciones
12. Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
13. La Contratista deberá incluir en el servicio de carácter obligatorio y sin costo adicional para la convocante la aplicación de detergente insecticida de baja espuma. El mismo contendrá además de piretroide con regulador de crecimiento IGR. Para el cumplimiento de los requisitos, será necesario: Catálogos y Anexos del producto ofrecido. Registro Sanitario, Ficha técnica y de seguridad.
14. La empresa de limpieza utilizará productos no contaminantes para la fumigación, para el efecto deberá estar habilitada por el MADES y poseer el certificado del Impacto Ambiental vigente y Certificado de DIGESA donde conste el Registro como Empresa Fumigadora.
15. Curriculum Vitae del Regente a cargo. (Ingeniero Agrónomo o Químico) tales como Nombre y Apellido, Dirección, Título Universitario, Carnet de habilitación al día, el citado profesional será quien forme parte de todos los servicios a realizarse en caso de ser adjudicada la empresa de la cual es regente.
16. Listado de personales técnicos (fumigadores), como mínimo 05 (cinco) que cuenta para la realización del servicio, acompañado de la habilitación vigente expedida por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), dependiente del MSPyBS, acompañado de sus entradas al IPS con una antigüedad mínima de 1 año.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: En caso de firmas en consorcios, cada integrante deberá cumplir con el 100% de los requisitos.
a) Certificado de Gestión Ambiental ISO 14001 vigente |
b) Certificado de Calidad ISO 9001 vigente |
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.