Requisito documental para la evaluación de las condiciones de Participación
Si bien en el apartado "9. Margen de preferencia en procedimientos de contratación internacional" indica NO APLICA, respecto a beneficios de margen de preferencia del 10% por ser contratación nacional, en el apartado "10. Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación", identifica en el punto 4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC... indicando que deberá estar vigente a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. Al respecto se solicita aclarar la pertinencia o no finalmente de este documento, y su aplicabilidad.
29-08-2024
09-09-2024
Requisito documental para la evaluación de las condiciones de Participación
Si bien en el apartado "9. Margen de preferencia en procedimientos de contratación internacional" indica NO APLICA, respecto a beneficios de margen de preferencia del 10% por ser contratación nacional, en el apartado "10. Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación", identifica en el punto 4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC... indicando que deberá estar vigente a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. Al respecto se solicita aclarar la pertinencia o no finalmente de este documento, y su aplicabilidad.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se ha actualizado el Apartado 10. Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, en donde se establece que no aplica el Certificado de Producto y Empleo Nacional.
23
Experiencia en Fiscalización de la Construcción
Atendiendo a que durante el plazo estimado del servicio de 18 meses, solo 5 meses corresponden a la fiscalización de la elaboración del proyecto ejecutivo, y el mayor periodo corresponde a la fiscalización de la construcción, se solicita ajustar los requerimientos para tener en cuenta la Experiencia en Fiscalización de Construcción de obras, que es el objeto principal del servicio.
Atendiendo a que durante el plazo estimado del servicio de 18 meses, solo 5 meses corresponden a la fiscalización de la elaboración del proyecto ejecutivo, y el mayor periodo corresponde a la fiscalización de la construcción, se solicita ajustar los requerimientos para tener en cuenta la Experiencia en Fiscalización de Construcción de obras, que es el objeto principal del servicio.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 2, por la cual se ha actualizado el Apartado 13. Experiencia Requerida de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, en donde para la experiencia específica será tenida en cuenta la Fiscalización de obras civiles y/o Supervisión de obras civiles para alcanzar los 80 puntos, y para los 20 puntos restantes serán tenidas en cuenta las experiencias en Consultoría de Revisión de Proyecto Ejecutivo Arquitectónico de obras civiles y/o Elaboración de Proyecto Ejecutivo Arquitectónico de obras civiles.
24
Inconsistencia en Experiencia Específica
El criterio de Experiencia Específica separa la evaluación en dos grupos: 80 puntos y 20 puntos, pero los servicios consignados para ambos es el mismo. Entendemos que hay un error, y que al principio solo deberían considerarse las experiencias en Fiscalización de Construcción de Obra para los 80 puntos y los 20 restantes para diseño o revisión de proyectos. Favor corregir esta inconsistencia.
El criterio de Experiencia Específica separa la evaluación en dos grupos: 80 puntos y 20 puntos, pero los servicios consignados para ambos es el mismo. Entendemos que hay un error, y que al principio solo deberían considerarse las experiencias en Fiscalización de Construcción de Obra para los 80 puntos y los 20 restantes para diseño o revisión de proyectos. Favor corregir esta inconsistencia.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 2, por la cual se ha actualizado el Apartado 13. Experiencia Requerida de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, en donde para la experiencia específica será tenida en cuenta la Fiscalización de obras civiles y/o Supervisión de obras civiles para alcanzar los 80 puntos, y para los 20 puntos restantes serán tenidas en cuenta las experiencias en Consultoría de Revisión de Proyecto Ejecutivo Arquitectónico de obras civiles y/o Elaboración de Proyecto Ejecutivo Arquitectónico de obras civiles.
25
Presentación oferta de precio
atendiendo a que es a precio fijo, se deben presentar formularios de precio?
La Convocante requiere de los siguientes formularios, a más de todos los que aplican según la sección "FORMULARIOS ESTÁNDAR ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS":
- Formulario PR-1 Formulario de presentación de la propuesta de precio.
- Formulario PR-2 Resumen de precios.
- Formulario PR-3 Desglose de precio por actividad.
- Formulario PR-4(a) Desglose por remuneraciones.
- Formulario PR-4(b) Precios y Cargos de las Declaraciones del Consultor.
- Formulario PR-5 Desglose de gastos reembolsables.
Estos formularios se deben completar, de forma a tener una discriminación de la oferta en remuneración de personal y gastos reembolsables, para el control administrativo del servicio. Los mismos deben ser incluidos en un apartado de la "PROPUESTA TÉCNICA"
26
Experiencias.-
En la Adenda Nº 2, Metodología de calificación. 1.1. Exp. Gral, no es legible la cantidad de años a tener en cuenta: 10 ó 15?, favor aclarar.
Se transcribe a continuación, lo referente al punto 1.1 Experiencia General, según lo establecido a través de la Adenda N° 2:
"... 1.1 Experiencia General
- La calificación máxima de este factor será de 100 puntos.
- Por cada servicio de consultoría, comprobado a través de la presentación de copia de contratos, certificados u otra documentación emitida por el contratante del Servicio, que avale la prestación del servicio, con un monto de contrato igual o mayor al setenta por ciento (70 %) del monto del presupuesto disponible, ejecutados o en ejecución en los últimos 15 años se asignará 25 % del puntaje, hasta alcanzar un máximo de 100 puntos...", en donde se observa que las experiencias requeridas serán las ejecutadas o en ejecución en el periodo de los últimos 15 años.
27
Competencia para el trabajo Ingeniero/Arquitecto Asistente
Donde dice:
Se entenderá como trabajo de igual envergadura para el Ingeniero Asistente: trabajos como Ingeniero/Arquitecto Residente, como Ingeniero/Arquitecto Asistente; en Proyectos y/o Fiscalización de Obras de infraestructura de un monto similar al monto de este servicio, de las siguientes tipologías de obras: Obras civiles complejos habitaciones, edificio de oficinas, instituciones educativas, hospitales, hoteles, otras similares.
No queda claro el criterio pues en la misma manifiesta que será considerado los servicios en Proyecto/ y/o Fiscalización de obras de infraestructuras de un monto similar al Servicio.
En ese orden entendemos que la evaluación correspondiente se realiza al profesional propuesto, el cual habitualmente es contratado para realizar el servicio por honorarios profesionales, ya sea en forma directa por el propietario de la obra (Instituciones Públicas o Privadas) o a través de empresas consultoras, además es muy difícil que estos honorarios alcancen los valores exigidos en el criterio de que sea similar al monto del similar al servicio.
Asimismo, se solicita que el criterio sea similar al previsto para el cargo de Ingeniero/Arquitecto Residente donde se considera los servicios de Ingeniero / Arquitecto Residente de Obras.
05-09-2024
09-09-2024
Competencia para el trabajo Ingeniero/Arquitecto Asistente
Donde dice:
Se entenderá como trabajo de igual envergadura para el Ingeniero Asistente: trabajos como Ingeniero/Arquitecto Residente, como Ingeniero/Arquitecto Asistente; en Proyectos y/o Fiscalización de Obras de infraestructura de un monto similar al monto de este servicio, de las siguientes tipologías de obras: Obras civiles complejos habitaciones, edificio de oficinas, instituciones educativas, hospitales, hoteles, otras similares.
No queda claro el criterio pues en la misma manifiesta que será considerado los servicios en Proyecto/ y/o Fiscalización de obras de infraestructuras de un monto similar al Servicio.
En ese orden entendemos que la evaluación correspondiente se realiza al profesional propuesto, el cual habitualmente es contratado para realizar el servicio por honorarios profesionales, ya sea en forma directa por el propietario de la obra (Instituciones Públicas o Privadas) o a través de empresas consultoras, además es muy difícil que estos honorarios alcancen los valores exigidos en el criterio de que sea similar al monto del similar al servicio.
Asimismo, se solicita que el criterio sea similar al previsto para el cargo de Ingeniero/Arquitecto Residente donde se considera los servicios de Ingeniero / Arquitecto Residente de Obras.
Se mantiene lo establecido a través de la Adenda N° 2, que menciona al respecto lo siguiente:
"... Ingeniero/Arquitecto Asistente
Para la calificación de los Trabajos de Igual Envergadura, se calificará todos aquellos trabajos ejecutados en Servicios de Consultoría de características similares, otorgándosele el 100% de la puntuación al personal que haya realizado tres (3) o más trabajos; con el 70% del puntaje al que haya realizado dos (2) trabajos, con el 50% del puntaje al que haya realizado un (1) trabajo; y cero (0) puntos a los que no realizaron trabajos de igual envergadura.
Las experiencias serán consideradas a partir de la emisión del título universitario.
Se entenderá como trabajo de igual envergadura para el Ingeniero Asistente: trabajos como Ingeniero/Arquitecto Residente, como Ingeniero/Arquitecto Asistente; en Proyectos y/o Fiscalización de obras de infraestructura de un monto similar al monto de este servicio, de las siguientes tipologías de obras: Obras civiles de complejos habitacionales, edificio de oficinas, instituciones educativas, hospitales, hoteles, otras similares."
Lo subrayado se refiere a que el personal haya participado en Proyectos y/o Fiscalización de obras de infraestructura similares al monto del servicio previsto en el presente llamado, lo cual no hace referencia a los honorarios percibidos por este.
28
PRORROGA
Teniendo en cuenta que son varias las inconsistencias que existen en el pliego, en base a los criterios de evaluación , los términos de referencia y los costos ,y no han sido respondido ninguna
de las consultas, se solicita amablemente una prorroga de 15 días posterior a la respuestas de la convocante, con el objetivo de presentar una propuesta competitiva acorde a la magnitud de las obras.
Teniendo en cuenta que son varias las inconsistencias que existen en el pliego, en base a los criterios de evaluación , los términos de referencia y los costos ,y no han sido respondido ninguna
de las consultas, se solicita amablemente una prorroga de 15 días posterior a la respuestas de la convocante, con el objetivo de presentar una propuesta competitiva acorde a la magnitud de las obras.