Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 7 del requisito “CAPACIDAD TECNICA” de la página 18 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se exige: Las empresas o sociedades privadas de limpieza, deberán proveer de todas las facturas o documentos que demuestren la tenencia y/o propiedad de por los menos 50% de los equipos, herramientas y maquinarias indispensables para la limpieza". Solicitamos a la convocante modificar este requisito a la presentación de una DECLARACION JURADA DE CONTAR CON TODAS LAS MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS. Fundado en que el control de esto se podrá realizar una vez adjudicada la licitación a un potencial oferente y que la solicitud de facturas es un documento intrascendente para evaluar la capacidad técnica de una empresa perteneciente al rubro de la prestación de servicios de limpieza que entre sus bienes declarados debería de contar con estas maquinarias, por lo expuesto solicitamos a la convocante modificar este requisito a una DECLARACION JURADA DE CONTAR CON TODAS LAS MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS.
Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 7 del requisito “CAPACIDAD TECNICA” de la página 18 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se exige: Las empresas o sociedades privadas de limpieza, deberán proveer de todas las facturas o documentos que demuestren la tenencia y/o propiedad de por los menos 50% de los equipos, herramientas y maquinarias indispensables para la limpieza". Solicitamos a la convocante modificar este requisito a la presentación de una DECLARACION JURADA DE CONTAR CON TODAS LAS MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS. Fundado en que el control de esto se podrá realizar una vez adjudicada la licitación a un potencial oferente y que la solicitud de facturas es un documento intrascendente para evaluar la capacidad técnica de una empresa perteneciente al rubro de la prestación de servicios de limpieza que entre sus bienes declarados debería de contar con estas maquinarias, por lo expuesto solicitamos a la convocante modificar este requisito a una DECLARACION JURADA DE CONTAR CON TODAS LAS MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS.
El fundamento de plantear solicitar dicho documento posterior a la Adjudicación va en contra de la libre competencia e igualdad de condiciones, el criterio de esta Convocante de solicitar un porcentaje "mínimo", es un requisito que la Convocante considera "trascendente" para la evaluación de la capacidad técnica, tal y como viene haciendo en llamados anteriores. Remitirse al PBC.
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CONSULTA - CAPACIDAD TECNICA
Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 12 del requisito “CAPACIDAD TECNICA” de la página 18 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se exige: "Las empresas oferentes deberán contar con las siguientes Certificaciónes ISO 9001/2015, 45001/2018 cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y su Mantenimiento. La empresa certificadora deberá encontrarse debidamente constituida en la República del Paraguay. A su vez las empresas certificadoras deberán encontrarse acreditadas y reconocidas por organismos de acreditación como la IAF (International Accreditation Forum) u otra que reúna las mismas formalidades como organismos de acreditación. La convocante se reserva el derecho de comprobar la veracidad y vigencia de los certificados presentados para lo cual se requiere la remisión de los antecedentes tales como: Fecha de inicio de la implementación, Facturas y Contratos con la Consultora y Certificadora, Plan de Auditoria, Informes de Auditorias, acciones de mejoras, manual de funciones, protocolos y procedimientos, Nombres de Auditores y Certificadores". considerando que la exigencia de contar con “CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ISO 45001/2018 E ISO 9001/2015” restringe la participación de los oferentes exclusivamente a una reducida cantidad de empresas del rubro que poseen dicha certificación formal e innecesaria que no garantiza la ejecución satisfactoria del contrato, solicitamos la modificación del PBC y la eliminación de los requisitos que exigen contar con CERTIFICACIÓN ISO (ISO 45001/2018 E ISO 9001/2015) como requisito obligatorio para participar en la contratación pública, fundado en que dichas exigencias resultan técnicamente dispensables porque no garantizan ni aportan ningún beneficio a la Convocante. Cabe señalar que la exigencia de certificaciones formales e innecesarias como un condicionante mínimo para la participación en una contratación pública (CERTIFICADOS ISO) resulta una práctica indebida e infundada limitación de la libre concurrencia de los potenciales oferentes, en detrimento de lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS” y, principalmente, dicha exigencia se aparta de lo establecido en el Artículo 45 de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 12 del requisito “CAPACIDAD TECNICA” de la página 18 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se exige: "Las empresas oferentes deberán contar con las siguientes Certificaciónes ISO 9001/2015, 45001/2018 cuyo alcance se deberá extender al servicio de Limpieza y su Mantenimiento. La empresa certificadora deberá encontrarse debidamente constituida en la República del Paraguay. A su vez las empresas certificadoras deberán encontrarse acreditadas y reconocidas por organismos de acreditación como la IAF (International Accreditation Forum) u otra que reúna las mismas formalidades como organismos de acreditación. La convocante se reserva el derecho de comprobar la veracidad y vigencia de los certificados presentados para lo cual se requiere la remisión de los antecedentes tales como: Fecha de inicio de la implementación, Facturas y Contratos con la Consultora y Certificadora, Plan de Auditoria, Informes de Auditorias, acciones de mejoras, manual de funciones, protocolos y procedimientos, Nombres de Auditores y Certificadores". considerando que la exigencia de contar con “CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ISO 45001/2018 E ISO 9001/2015” restringe la participación de los oferentes exclusivamente a una reducida cantidad de empresas del rubro que poseen dicha certificación formal e innecesaria que no garantiza la ejecución satisfactoria del contrato, solicitamos la modificación del PBC y la eliminación de los requisitos que exigen contar con CERTIFICACIÓN ISO (ISO 45001/2018 E ISO 9001/2015) como requisito obligatorio para participar en la contratación pública, fundado en que dichas exigencias resultan técnicamente dispensables porque no garantizan ni aportan ningún beneficio a la Convocante. Cabe señalar que la exigencia de certificaciones formales e innecesarias como un condicionante mínimo para la participación en una contratación pública (CERTIFICADOS ISO) resulta una práctica indebida e infundada limitación de la libre concurrencia de los potenciales oferentes, en detrimento de lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS” y, principalmente, dicha exigencia se aparta de lo establecido en el Artículo 45 de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”.
La certificación de calidad ISO 9001 permite inferir que la empresa cuenta con protocolos de limpieza que hacen efectiva y eficiente las tareas, cuando el alcance se refiere a la "limpieza" como mínimo, lo que no obsta a que el oferente cuente con más procesos certificados. En este caso se refiere al servicio, buscando la calidad de este sin que esto implique un encarecimiento del servicio.
La incidencia es directa, puesto que, al existir protocolos para la ejecución de tareas, aplicación de los insumos y utilizaciones de los equipos, la tarea no resulta un simple escobazo o paso de trapo por muebles, sino un uso eficiente del recurso humano y de los equipos asignados.
La inclusión de este requisito dentro de las bases concursales resulta de un análisis de la oferta y demanda en el sector público, identificando que en la actualidad existen muchas empresas que cuentan con certificación.
La norma ISO 14001 ayuda a gestionar e identificar los riesgos ambientales que pueden producirse internamente en la empresa mientras realiza su actividad. Con la identificación y gestión de los riesgos que se consigue con esta norma, se tiene en cuenta tanto la prevención de riesgos como la protección del medio ambiente, siguiendo la normativa legal y las necesidades socioeconómicas requeridas para su cumplimento.
Al seguir la norma ISO 14001, se consigue una mejora y optimización sustancial de la gestión de recursos. Lo que implica que se reduzca la posibilidad de que ocurran ciertos riesgos ambientales como podrían ser emisiones de gases nocivos, derrame de sustancias tóxicas, uso de productos no aptos para el consumo humano.
Que, el requisito establecido con respecto a la norma ISO 14001, en específico la de "Sistema de Gestión Ambiental" resulta técnicamente indispensable para garantizar primeramente la prestación del servicio con personal capacitado e idóneo y que sus procedimientos ostenten políticas y lineamientos claros en cuanto al objetivo para el cuidado del medio ambiente, en específico para brindar servicios a una institución de alta concurrencia, ubicado en zona urbana.
Algunas Empresas que cuentan con estas Certificaciones son; Grupo San Alfredo SA, Mimbi SA, Acticom SA, Servicios Paraguayos SA, Laya Construcciones SA, Limpieza Moderna Paraguayas SRL, entre otras, con relación a llamados previstos esta misma convocante exigió este requerimiento en el llamado anterior con ID. 418.891 y históricamente los llamados con ID. N° 438.242, 434.507, 428.401 y 433.968 son algunos que cuentan con esta exigencia que obran en el Portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas - DNCP. Remitirse al PBC.
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ACLARAR EL PRODUCTO SOLICITADO COMO MUESTRA
Se solicitar aclarar lo solicitado en el punto 16 del apartado "Capacidad Técnica", referente a la muestra requerida del producto DESINFECTANTES PARA PISOS. Especificar a qué tipo de insumo de limpieza se refiere la Convocante.
Se solicitar aclarar lo solicitado en el punto 16 del apartado "Capacidad Técnica", referente a la muestra requerida del producto DESINFECTANTES PARA PISOS. Especificar a qué tipo de insumo de limpieza se refiere la Convocante.
El producto requerido es Desinfectante para Pisos, La convocante no puede requerir o sugerir la marca del uso de un producto, pero si la calidad. (es para desinfectar el piso de insectos, cucarachas y/o roedores, diferente al desodorante para pisos). Remitirse al PBC.