FAVOR SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE CONSIDERAR QUE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES, EN CONTRAPOSICION A LOS PRINCIPIOS DE LA LEY DE SUMINISTRO PUBLICOS Y CONTRACIONES PUBLICAS EN LOS SIGUIENTES PUNTOS:
1. Margen de solvencia:no podrá ser inferior a 3.0 (tres puntos cero, al 30 de junio 2024)
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadoresnegativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 20.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
FAVOR CONSIDERAR A FIN DE DAR MAYOR PARTICIPACIÓN REDUCIR ESTOS VALORES EN LA SIGUIENTE FORMA:
1. Margen de solvencia:no podrá ser inferior a 2.0 (uno punto cero, al 30 de junio 2023)
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a A- o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 20.000.000.000.- (veinte mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 7.500.000.000.- (siete mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
Considerar que los requerimientos de Margen de solvencia, Patrimonio propio no comprometido y Fondo de Garantía se encuentran todos en un mismo formulario, por lo cual debe unificar sus requisitos a un mismo tiempo de evaluación, (30 de junio de 2023)
FAVOR SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE CONSIDERAR QUE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE POTENCIALES OFERENTES, EN CONTRAPOSICION A LOS PRINCIPIOS DE LA LEY DE SUMINISTRO PUBLICOS Y CONTRACIONES PUBLICAS EN LOS SIGUIENTES PUNTOS:
1. Margen de solvencia:no podrá ser inferior a 3.0 (tres puntos cero, al 30 de junio 2024)
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadoresnegativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 20.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
FAVOR CONSIDERAR A FIN DE DAR MAYOR PARTICIPACIÓN REDUCIR ESTOS VALORES EN LA SIGUIENTE FORMA:
1. Margen de solvencia:no podrá ser inferior a 2.0 (uno punto cero, al 30 de junio 2023)
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a A- o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 20.000.000.000.- (veinte mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 7.500.000.000.- (siete mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
Considerar que los requerimientos de Margen de solvencia, Patrimonio propio no comprometido y Fondo de Garantía se encuentran todos en un mismo formulario, por lo cual debe unificar sus requisitos a un mismo tiempo de evaluación, (30 de junio de 2023)
En virtud a la consulta realizada, se manifiesta que es facultad de la convocante establecer y evaluar los criterios y/o parámetros para lograr la plena garantía de sus intereses. En el mercado existen varias empresas que cumplen con el requisito, por lo que nos mantenemos en lo establecido en el PBC
2
SINIESTRALIDAD
Favor informar la siniestralidad de los últimos 3 años, indicando causa, fecha y valor indemnizado
Solicitamos a la convocante en cuanto a lo relacionado en el punto 1 Margen de Solvencia, que la misma sea reducida y sea considerada como mínimo de participación de 2.0
Solicitamos a la convocante en cuanto a lo relacionado en el punto 1 Margen de Solvencia, que la misma sea reducida y sea considerada como mínimo de participación de 2.0
Remitirse a la Adenda Nº 1 publicada en el Pliego de Bases y Condiciones
4
Capacidad Financiera
En Pliego de Bases y Condiciones en el ítem “Capacidad Financiera” establece los siguientes requisitos:
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 75.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
7. Disponibilidad:
Al 30/06/2021: Gs. 22.000.000.000.- (Guaraníes veintidós mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 26.000.000.000.- (Guaraníes veintiséis mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 30.000.000.000.- (Guaraníes treinta mil millones).
8- Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 55.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 58.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y ocho mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes sesenta mil millones)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS de acuerdo a lo siguiente:
2. Calificación de la aseguradora: BBB+, al 30 de junio 2024
3. Patrimonio propio no comprometido: 24.000.000.000.- al al 30 de junio 2024.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 7.000.000.000.- al 30 de junio 2024
7. Disponibilidad:
Al 30/06/2022: Gs. 1.600.000.000.- (Guaraníes mil seiscientos millones);
Al 30/06/2023: Gs. 3.200.000.000.- (Guaraníes tres mil doscientos millones).
Al 30/06/2024: Gs. 8.200.000.000.- (Guaraníes ocho mil doscientos millones).
Favor considerar el del periodo de cierre de junio 2024
8- Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 6.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 6.000.000.000.- (Guaraníes seis mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 9.000.000.000.- (Guaraníes nueve mil millones)
Con estos requisitos se está exponiendo a todo el sistema a un riesgo de colusión entre las únicas firmas que pueden participar y que podrán manipular los precios en contra de los intereses estatales.
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
En este sentido, nuestra firma cumple con todos los requisitos establecidos por el Ente Contralor para el desempeño normal de sus actividades comerciales, como así también satisfacer fehacientemente todos los requerimientos de cobertura exigidos por la Contratante.
En Pliego de Bases y Condiciones en el ítem “Capacidad Financiera” establece los siguientes requisitos:
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 75.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
7. Disponibilidad:
Al 30/06/2021: Gs. 22.000.000.000.- (Guaraníes veintidós mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 26.000.000.000.- (Guaraníes veintiséis mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 30.000.000.000.- (Guaraníes treinta mil millones).
8- Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 55.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 58.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y ocho mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes sesenta mil millones)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS de acuerdo a lo siguiente:
2. Calificación de la aseguradora: BBB+, al 30 de junio 2024
3. Patrimonio propio no comprometido: 24.000.000.000.- al al 30 de junio 2024.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 7.000.000.000.- al 30 de junio 2024
7. Disponibilidad:
Al 30/06/2022: Gs. 1.600.000.000.- (Guaraníes mil seiscientos millones);
Al 30/06/2023: Gs. 3.200.000.000.- (Guaraníes tres mil doscientos millones).
Al 30/06/2024: Gs. 8.200.000.000.- (Guaraníes ocho mil doscientos millones).
Favor considerar el del periodo de cierre de junio 2024
8- Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 6.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 6.000.000.000.- (Guaraníes seis mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 9.000.000.000.- (Guaraníes nueve mil millones)
Con estos requisitos se está exponiendo a todo el sistema a un riesgo de colusión entre las únicas firmas que pueden participar y que podrán manipular los precios en contra de los intereses estatales.
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
En este sentido, nuestra firma cumple con todos los requisitos establecidos por el Ente Contralor para el desempeño normal de sus actividades comerciales, como así también satisfacer fehacientemente todos los requerimientos de cobertura exigidos por la Contratante.
En virtud a la consulta realizada, se manifiesta que es facultad de la convocante establecer y evaluar los criterios y/o parámetros para lograr la plena garantía de sus intereses. En el mercado existen varias empresas que cumplen con el requisito, por lo que nos mantenemos en lo establecido en el PBC
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Riesgo a cubrir
Nos dirigimos a ustedes para solicitar una aclaración respecto a la cobertura básica del seguro que mencionan. En particular, quisiéramos saber si la cantidad total de 60.000.000 incluye la cobertura por inhabilitación temporaria de hasta 180 días para cada ocupante, o si esta última cobertura se considera adicional y no está incluida dentro de los 60.000.000 mencionados.
Nos dirigimos a ustedes para solicitar una aclaración respecto a la cobertura básica del seguro que mencionan. En particular, quisiéramos saber si la cantidad total de 60.000.000 incluye la cobertura por inhabilitación temporaria de hasta 180 días para cada ocupante, o si esta última cobertura se considera adicional y no está incluida dentro de los 60.000.000 mencionados.
REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN - Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 75.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023
- Capital Social: Al 30/06/2021: Gs. 55.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones); Al 30/06/2022: Gs. 58.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y ocho mil millones); Al 30/06/2023: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes sesenta mil millones)
Solicitamos que sea considerada la calificación A+ al cierre del 30/06/2023, atendiendo los informes publicados del 30/06/2024 por la Superintendencia de Seguros aún no se visualizan en la web, así también cabe mencionar que la nomenclatura (+) y (-) solo indica la tendencia de las principales categorías, no representando la solvencia de la compañía.
¿Cuál es el criterio en sentido técnico-financiero de exigir dichos montos para el Patrimonio propio no comprometido, el fondo de garantía y capital social ?, para lo que solicitamos que lo consideren Gs. 35.000.000.000.- (guaraníes treinta y cinco mil millones) para el Patrimonio Propio no Comprometido al cierre 30/06/2023, Gs. 10.000.000.000 (guaraníes diez mil millones) para el Fondo de Garantía al cierre de 30/06/2023, para el Capital Social Gs. 40.000.000.000.- (guaraníes cuarenta mil millones) al 30/06/2021, Gs. 41.000.000.000.- (guaraníes cuarenta y un mil millones) al 30/06/2022, Gs. 60.000.000.000.- (guaraníes sesenta mil millones) al 30/06/2023.
Pedimos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes lo cual no beneficiaria a la institución, así también en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 7021 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
17-09-2024
19-09-2024
REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN - Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
2. Calificación de la aseguradora: no podrá ser inferior a AA o similar. Según la última publicación realizada por la Superintendencia de Seguros al 30/04/2024. La misma no deberá contener indicadores negativos. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: igual o mayor a Gs. 75.000.000.000.- (setenta y cinco mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 29.000.000.000.- (veintinueve mil millones de guaraníes) al 30 de junio de 2023
- Capital Social: Al 30/06/2021: Gs. 55.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y cinco mil millones); Al 30/06/2022: Gs. 58.000.000.000.- (Guaraníes cincuenta y ocho mil millones); Al 30/06/2023: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes sesenta mil millones)
Solicitamos que sea considerada la calificación A+ al cierre del 30/06/2023, atendiendo los informes publicados del 30/06/2024 por la Superintendencia de Seguros aún no se visualizan en la web, así también cabe mencionar que la nomenclatura (+) y (-) solo indica la tendencia de las principales categorías, no representando la solvencia de la compañía.
¿Cuál es el criterio en sentido técnico-financiero de exigir dichos montos para el Patrimonio propio no comprometido, el fondo de garantía y capital social ?, para lo que solicitamos que lo consideren Gs. 35.000.000.000.- (guaraníes treinta y cinco mil millones) para el Patrimonio Propio no Comprometido al cierre 30/06/2023, Gs. 10.000.000.000 (guaraníes diez mil millones) para el Fondo de Garantía al cierre de 30/06/2023, para el Capital Social Gs. 40.000.000.000.- (guaraníes cuarenta mil millones) al 30/06/2021, Gs. 41.000.000.000.- (guaraníes cuarenta y un mil millones) al 30/06/2022, Gs. 60.000.000.000.- (guaraníes sesenta mil millones) al 30/06/2023.
Pedimos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes lo cual no beneficiaria a la institución, así también en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 7021 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
En virtud a la consulta realizada, se manifiesta que es facultad de la convocante establecer y evaluar los criterios y/o parámetros para lograr la plena garantía de sus intereses. En el mercado existen varias empresas que cumplen con el requisito, por lo que nos mantenemos en lo establecido en el PBC