CODIGO DE CATALOGO: 72131701-004
Servicio de construcción de asfaltado o pavimentación Con el objeto de mejorar la condición general de los caminos y accesos de las comunidades a zonas urbanas y servicios asistenciales, ampliando y mejorando la calidad de circulación en la red no pavimentada de caminos vecinales.
El MOPC ha tomado la iniciativa de lanzar proyectos de pavimentación tipo asfáltico de tramos de caminos vecinales en varios distritos de los Departamentos de Alto Paraná, Itapúa y Caazapá, cuyo detalle se expone a continuación:
LOTES |
DEPARTAMENTO |
DISTRITOS |
PROG. INICIAL |
PROG. FINAL |
LONGITUD (km) |
1 |
ALTO PARANA |
JUAN E`OLEARY - SAN CRISTOBAL |
0+000 |
20+000 |
20,00 |
2 |
20+000 |
40+000 |
20,00 |
||
3 |
40+000 |
62+286 |
22,286 |
||
4 |
ITAPUA |
NARANJITO-NUEVA AURORA-COLONIA SANTA INES |
0+000 |
27+500 |
27,50 |
5 |
CAAZAPA |
GENERAL MORINIGO - CAAZAPA |
0+000 |
19+360 |
19,36 |
6 |
19+360 |
37+927 |
18,57 |
Las Especificaciones Técnicas se encuentran en el documento Anexo Especificaciones Técnicas.
Documentos Técnicos requeridos para los adjudicados
La Propuesta Técnica será presentada por el adjudicado dentro de los 20 (veinte) días calendarios contados a partir de la firma del Contrato, esta Propuesta Técnica será sometida a verificación, evaluación y aprobación.
ORGANIZACIÓN
El adjudicado deberá presentar, conforme a los plazos previstos, el detalle de la organización propuesta y nómina completa del personal necesario para la ejecución de la obra (personal clave y plantel de profesionales y técnicos), acompañada del curriculum vitae de los mismos.
La nómina propuesta del plantel de profesionales y técnicos serán objetos de verificación y deberán cumplir los siguientes requisitos:
Deberá ser un profesional de las siguientes carreras: Ingeniero Ambiental, Forestal, Geógrafo y Ambiental, Ecólogo Humano, Agrónomo, Licenciado en Ciencias Ambientales, Biólogo, Administrador agropecuario, Civil o carreras afines a las ciencias ambientales; para estas dos últimas deberán contar con especialización en temas ambientales para ser consideradas para el cargo propuesto, con título académico otorgado por una universidad nacional o extranjera.
Deberá contar con 5 (cinco) años de experiencia profesional general en el área ambiental y 3 (tres) contratos de experiencia especifica como Responsable Ambiental, Especialista Ambiental, Asistente Técnico Ambiental, Técnico Ambiental o Fiscal Ambiental en obras viales similares.
El Responsable Ambiental tendrá la responsabilidad del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG - Versión 2023) y las disposiciones legales que rigen la materia. El responsable ambiental estará disponible durante todo el desarrollo de la obra para interactuar con los representantes de la Fiscalización Técnica, la Fiscalización Ambiental y los Supervisores Ambientales de la DGSA.
Se exigirá dedicación como mínimo de 10 días hábiles por mes (como mínimo 7 días en campo), así también, deberá constituirse en el sitio de obra, cuando se presenten condiciones que lo ameriten como, convocatoria del Fiscal Ambiental o del Supervisor Ambiental u otros motivos.
Su perfil y afectación será evaluado por la DGSA.
● Un/a Técnico/a Ambiental de Campo:
Deberá ser un profesional de las siguientes carreras: Ingeniero Ambiental, Forestal, Geógrafo y Ambiental, Ecólogo Humano, Agrónomo, Licenciado en Ciencias Ambientales, Biología, Administración Agropecuaria, Civil, o afines a las ciencias ambientales.
Deberá contar con una experiencia específica de al menos 2 (dos) contratos de proyectos de obras viales similares.
Actuará bajo la coordinación del Responsable Ambiental. Se exigirá dedicación a tiempo completo en el sitio de obras
● Un/a Técnico/a en Salud y Seguridad Ocupacional:
Será un profesional universitario o técnico con registro vigente expedido por el Ministerio del Trabajo Higiene, Seguridad y Medicina en el Trabajo (MTESS) con Categoría C. .
El profesional propuesto deberá contar con 2 años de experiencia profesional general y 1 contrato de experiencia específica en el área de salud y seguridad ocupacional de proyectos de obras viales similares.
El Técnico/a en Salud y Seguridad Ocupacional, estará disponible durante todo el desarrollo de la obra para interactuar con los representantes de la fiscalización técnica, la Fiscalización Ambiental y los Supervisores Ambientales y Sociales de la DGSA. Se exigirá dedicación a tiempo completo en el sitio de obras.
Deberá conocer exhaustivamente y aplicar mínimamente el Decreto 14.390/92 Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo.
Deberá realizar las actividades de Plan de Desvío, señalización y entrega de EPIs correspondientes, previo al inicio de los trabajos, la planificación debe realizarse en conjunto con los demás componentes del equipo técnico.
● Un (1) Responsable Social:
Deberá ser un profesional de las siguientes carreras: Trabajador Social, Sociólogo, Psicólogo, Ecólogo Humano y carreras afines a las Ciencias Sociales, con título académico otorgado por una universidad nacional o extranjera.
Experiencia general de 5 años y 3 años s de experiencia específica en el área social y con comunidades indígenas de proyectos viales similares.
Deberá comprometer una dedicación parcial (no inferior a 15 días-mes y mínimamente 10 días en campo) durante el plazo de duración del contrato. Se requiere dominio del idioma español y guaraní.
Deberá ser un profesional de las siguientes carreras: Sociología, Psicología, Trabajo Social, Ecología Humana, o carreras que sean afines a las ciencias sociales, con título académico otorgado por una universidad nacional o extranjera.
Deberá contar con dos (2) años de experiencia general en el área social.
Deberá comprometer una dedicación completa (no inferior a 26 días-mes). Se requiere dominio del idioma español y guaraní.
Apoyará al Responsable Social en el cumplimiento de los requisitos de carácter social del contrato.
Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal:
1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato.
2. Documentos autenticados por Escribanía Pública que confirmen la experiencia declarada en el currículum. Las experiencias declaradas en el CV, para que puedan ser tenidas en cuenta en la calificación, deberán contener un certificado de trabajo.
3. Para el Responsable Ambiental, copia simple del Certificado de Inscripción en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES). En caso de que el mismo no se encuentre vigente, adjuntar la documentación que avale el proceso de renovación. En el caso de que, se encuentre en proceso la inscripción del profesional en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del MADES, se deberá adjuntar evidencia del proceso (constancia de inscripción).
4. Para el Responsable/Técnico Social, copia simple del registro profesional vigente (cuando aplique). En caso de que el mismo no se encuentre vigente, adjuntar la documentación que avale el proceso de renovación.
5. Para el Técnico SYSO, copia del registro profesional técnico vigente del MTESS con al menos Categoría C. En caso de que el mismo no se encuentre vigente, adjuntar la documentación que avale el proceso de renovación. En el caso de Profesionales extranjeros que cumplan con el perfil solicitado, se deberá adjuntar la Declaración jurada de que, en caso de ser adjudicado, procederá a gestionar de manera inmediata su registro profesional (cuando aplique), debiendo presentar evidencias del proceso, en un plazo no mayor a 10 días contados a partir de la firma del contrato.
6. En el caso de Profesionales extranjeros (ambiental, social y syso) que cumplan con el perfil solicitado, se deberá adjuntar la Declaración jurada de que, en caso de ser adjudicado, procederá a gestionar de manera inmediata su registro profesional (cuando aplique), debiendo presentar evidencias del proceso, en un plazo no mayor a 10 días contados a partir de la firma del contrato.
7. La experiencia profesional será considerada a partir de la emisión del título universitario.
8. Fuente de verificación de trabajo de campo: será verificada a través de la firma en el libro de obra y otros medios de verificación que se definan en la aprobación del PASA.
PLAN DE TRABAJO
El oferente incluirá en su propuesta el enfoque general para la ejecución de la obra, en base a un cronograma específico, horario de trabajo, plan de movilización, secuencias de actividades que componen el Programa de Trabajo, etc.
El cronograma de actividades específica deberá ser elaborado en base al diagrama de Gantt (En Microsoft Project o similar) con el desarrollo de todos los ítem de trabajo (por contrato y por cada obra a ser ejecutada), secuencia de las actividades, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución programado para cada mes y fecha de terminación de los mismos, incluidos el cronograma de los equipos a ser utilizados (los cuales podrán ser verificados por el Contratante, durante toda la ejecución del contrato), además diagrama CPM donde se indique la ruta crítica de las
actividades.
Se entiende que la buena ejecución de un proyecto depende directamente de un progreso constante y regular de la obra desde su comienzo y durante todo el período de construcción.
El oferente adjudicado deberá tener en cuenta este criterio al preparar su plan de trabajo de manera a reflejar en el Cronograma de Avance de la Obra una producción acorde con el plazo contractual correspondiente.
CURVA DE AVANCE FÍSICO FINANCIERO
El Oferente deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance financiero correspondiente al Plan de Trabajo, en el cual se indique los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y su acumulado.
ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
El adjudicado deberá elaborar y presentar el Análisis de Precios Unitarios (incluyendo el ítem Instalaciones y Servicios Especializados), como parte de la Propuesta Técnica.
CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DE EQUIPOS
El adjudicado deberá demostrar la disponibilidad efectiva de los equipos necesarios para ejecutar la Obra en el plazo establecido; para ello deberá presentar los mismos, conforme a los Formularios N° 7 y N° 8.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Según lo establecido en las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG), se debe clasificar el Proyecto, basado en el resultado de la aplicación de la FCAP, que considera los dos factores fundamentales: i) la complejidad de las obras; e ii) la sensibilidad del medio, además de la Ficha de Evaluación Ambiental Preliminar (FEAP), ambos Instrumentos de Gestión Ambiental del Sistema de Gestión Ambiental y Social del MOPC, vigentes.
Habiendo la Dirección de Gestión Socio Ambiental realizado la clasificacion ambiental y social preliminar, las obras son consideradas de Categoría C, debiendo la Contratista adjudicada considerar las medidas de manejo aplicables para dicha categoría en las ETAG (2023).
Será responsabilidad del Contratista, gestionar los permisos ambientales adicionales necesarios, conforme a la legislación ambiental vigente; se destacan las licencias ambientales que deben ser gestionadas ante el MADES para las actividades asociadas, como ser la de campamentos y disposición final de residuos sólidos peligrosos (de acuerdo a los casos que apliquen) considerando lo establecido en el marco de la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y sus decretos reglamentarios. Considerando la naturaleza de la obra, se deberá comunicar al MADES el planteamiento y alcance del campamento que se utilizará en el marco de obra a través de una Nota Consulta, la respuesta que se emita a la misma, será el aval que certifique si el campamento requerirá o no someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental; en caso de que no requiere deberá dar cumplimiento a todos los lineamientos que apliquen en las ETAG del MOPC (versión 2023).
Si como consecuencia de la ejecución de las obras, la Fiscalización o la Supervisión Ambiental y Social de obras (Dirección de Gestión Socio Ambiental del MOPC) observan irregularidades que causen impactos ambientales y sociales negativos en la zona de obra, por omisión de las medidas de mitigación correspondientes, la contratista se responsabilizará por las acciones correctivas.
La Contratista proveerá los Equipos de Protección Individual (EPI) para el personal (incluyendo los subcontratistas), teniendo en cuenta la ergonomía y el tipo de labor a ser realizado, resguardando la integridad tanto del personal obrador, así como la de terceras personas ajenas a las obras, mediante la provisión de cascos de seguridad, chalecos reflectivos, botas con plantillas antideslizantes y punta de acero u otro equipo de protección individual o colectivo necesario.
Los equipos mínimos exigidos deberán estar disponibles al momento del inicio de su uso en función al Cronograma de utilización de equipos. Así como los elementos necesarios para dar cumplimiento a la Guía Práctica de Señalización y Cartelería en Zona de Obras. Y prever la provisión de elementos adecuados para la señalización nocturna.
Se requerirá comunicar previamente a los Municipios el Plan de Trabajo, con el fin de coordinar los trabajos con la Policía Municipal de Tránsito de cada municipio.
Además, se requiere realizar campañas de información a la comunidad de los trabajos a desarrollarse, involucrando a las municipalidades que se verán beneficiados, utilizando los medios de comunicación masiva de la zona a ser afectada u otro medio disponible con el objeto de concienciar y facilitar la información.
Los potenciales impactos negativos directos que pudieran generarse serán manejados conforme a las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG, versión 2023) vigentes, y a las Especificaciones Técnicas Ambientales Particulares (ETAP), éstas últimas relacionadas específicamente con rubros inherentes a cada proyecto en particular, que son desarrolladas como parte intrínseca de los diseños finales de las obras y con secciones específicas dadas sus características regionales y que demandan medidas adicionales de protección socio ambiental.
En caso de afectación de árboles, deberá darse cumplimiento de la Ley N° 4928/13 de PROTECCIÓN AL ARBOLADO URBANO. Toda intervención del arbolado urbano debe ser comunicada al municipio que corresponda, de forma previa. Especialmente considerando el ítem de traslado de columna a ejecutar.
En el caso de afectación de árboles en el área de influencia de los tramos a intervenir, la Contratista a través de su Responsable Ambiental deberá identificar y registrar todos los individuos afectados y reportarlo como parte de los informes ambientales, con la debida presentación de las autorizaciones del municipio y su correspondiente propuesta de compensación según corresponda (dependiendo si se trata de área rural y/o urbana), este procedimiento en específico deberá contemplarse como parte del alcance del PASA, dentro del Programa de Recuperación de Áreas Degradadas. Las compensaciones deberán ser desarrolladas con especies nativas. Toda la metodología a ser utilizada para estos casos se encuentra descripta en el Anexo apartado INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PASA E INFORMES AMBIENTALES.
La Contratista, además, deberá cumplir con las normas nacionales, departamentales y municipales que rigen en materia ambiental y que guarden relación con la actividad.
Será responsabilidad de la Contratista, gestionar los permisos ambientales adicionales conforme a la legislación ambiental aplicable al alcance de las obras.
Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) la Contratista deberá operar y será la única responsable del cumplimiento de los compromisos sociales y ambientales y responderá por los eventuales perjuicios que pudiera ocasionar su no cumplimiento.
A la firma del contrato, el Responsable Ambiental y Social deberá solicitar al administrador de contrato la coordinación de una reunión inicial con la DGSA, con el fin de poder recibir las instrucciones que sean necesarias en el marco del cumplimiento de los compromisos ambientales y sociales; además en este espacio deberán manifestar todos los puntos que requieran ser aclarados en el marco del componente ambiental y social de la obra.
En cuanto al cumplimiento de la ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, la contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes lineamientos, los cuales serán supervisados específicamente por el Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la DGSA:
Cualquier aspecto social que deba ser definido durante la ejecución de las obras será coordinado y aprobado por la DGSA.
SITIOS Y/O ACTIVIDADES A SER APROBADAS POR LA FISCALIZACIÓN Y LA DGSA.
La contratista, deberá contar con la aprobación de la Fiscalización y la Dirección de Gestión Socio Ambiental para el uso de los siguientes sitios e inicio de las actividades detalladas:
Sitios
- Campamento/obrador
- Plantas Industriales
- Cantera
- Áreas de préstamo de materiales (incluyendo operaciones de extracción de arena);
- Buzones de disposición de excedentes
- Entierro de residuos asimilables a domésticos
- Piletas de lavado/decantación y tratamiento de aguas (etc.)
Actividades
- Inicio de obras en frentes de obra urbanos (con requerimientos especiales de liberación de faja especificadas en las EETT);
- Inicio de trabajos en áreas de préstamo;
- Inicio de obras que intervengan cuerpos de agua superficiales;
- Corte de árboles (incluyendo limpieza de faja);
- Limpieza de superficies grandes de terrenos;
INFORMES CORRESPONDIENTES A LA GESTIÓN SOCIO AMBIENTAL
Los informes deberán ser presentados a la Fiscalización de Obras para su verificación y
posterior remisión a la DGSA para su dictamen correspondiente. Se deberá presentar 1 copia impresa, y dos copias en versión digital en el que se incluirá el formato editable del documento.
La Contratista deberá presentar los siguientes Informes:
1.Plan de Acción Socio Ambiental (PASA): Dentro de los primeros 30 días posterior a la firma del contrato, el Contratista está obligado a presentar un Plan de Acción Socio-Ambiental (PASA), para revisión y posterior dictamen por parte de la Dirección de Gestión Socio Ambiental (DGSA), teniendo en cuenta el contenido mínimo establecido en el punto 4.1.1. Contenido mínimo del PASA de las ETAG versión 2023.
Cada página del documento deberá contener la firma de los Responsables Ambiental, SYSO y Social del Contratista.
2.Informes Socio ambientales mensuales: sobre las actividades desarrolladas y resultados de la aplicación de las ETAG y otras disposiciones ambientales contractuales en las obras, debiéndose presentar antes de los 10 días calendario posteriores al cierre del mes correspondiente.
Cada página del documento deberá contener la firma de los Responsables Ambiental, SYSO y Social del Contratista.
Los mismos deberán ser presentados en copia impresa y en formato digital (en las cantidades establecidas en los documentos del contrato, sus anexos deben presentarse también en formato digital, los documentos en formato PDF, las fotografías en formato .jpg fechados automáticamente y con coordenadas y los mapas o planos en alta resolución) en volumen independiente de los Certificados Mensuales de Trabajo entregado con fines de pagos, a la Fiscalización (si se cuenta con Fiscalización externa) o a la DGSA.
Aclaratoria: en los casos que apliquen, como parte de estos informes se deberá reportar la implementación del Plan de Gestión Ambiental, de acuerdo a las indicaciones que se reciba por parte de la DGSA.
Informe preliminar de Implementación del Plan de Gestión Ambiental (PGA): Dentro de los primeros 30 días posteriores a la firma del contrato, se deberá entregar el informe preliminar (plan de trabajo) para la implementación del Plan de Gestión Ambiental, el cual contendrá el planeamiento, la metodología, el desarrollo, la planificación, el presupuesto y el cronograma de todas las actividades a realizar en el marco del cumplimiento de los programas de mitigación de impactos contemplados en el Plan de Gestión Ambiental. En el caso de no aprobación del Informe Preliminar de Implementación de PGA, el Contratista debe presentar un Informe Preliminar Corregido en un plazo de no más de 10 días calendario una vez notificado.
Una vez aprobado el Informe Preliminar por la DGSA, el Contratista deberá integrarlo al Plan de ejecución de Obras. Se deberá presentar 2 (dos) copias impresas y en formato digital firmadas en igual tenor.
Además, cada programa del PGA, deberá contemplar e implementar como parte del Informe Preliminar, indefectiblemente, como mínimo:
1. Descripción
2. Objetivos
3. Metas
4. Metodología
5. Actividades
6. Indicadores de cumplimiento
7. Cronograma
Informes Trimestral de implementación de Plan de Gestión Ambiental: deberán ser elaborados de acuerdo a lo comprometido como parte del informe preliminar. Los mismos deberán presentarse máximo dentro de los primeros 10 días calendario posterior al trimestre vencido, para aprobación de la DGSA.
Deberá contener las actividades desarrolladas en el marco del cumplimiento de los programas de mitigación de impactos del Plan de Gestión Ambiental. El mismo debe incluir una descripción detallada de los avances y actividades realizadas, los resultados obtenidos, el análisis de cada resultado, conclusiones y recomendaciones, que reflejen la implementación de dichos programas.
Los informes deberán contener fotos fechadas, mapas, cuadros, gráficos, figuras, responsables y fecha de elaboración y toda información o dato adicional que contribuya al análisis y comprensión del contenido.
Los mapas deberán contener referencias claras, fuentes temáticas y cartográficas, y todos los datos que faciliten su comprensión, en los programas en donde se presenten.
El Informe deberá estar acompañado de una Declaración Jurada de la veracidad de las informaciones brindadas en el documento. Todos los documentos entregados deben estar firmados por el Equipo Socio Ambiental, responsable de la elaboración del documento.
La Administración podrá solicitar informes especiales por cualquier circunstancia extraordinaria que requiriera la opinión y/o asesoramiento del Consultor respecto del contrato. El Contratante podrá disponer la presentación de otros informes sistemáticos para cualquiera de las otras funciones encargadas al Consultor.
El consultor deberá presentar este tipo de informe siempre que:
- exista una solicitud especial de la DGSA y/o del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); y
- crea necesario informar a la DGSA y/o MADES sobre asuntos que requieran la acción urgente de tales instituciones.
4.Informe Socio Ambiental final: que resuma todos los informes mensuales y extraordinarios e incluya una evaluación retrospectiva y final sobre los aspectos asociados al tema socio ambiental de las obras y de la Contratista para su Recepción Final. Como parte del informe se deberán presentar los principales resultados de los planes y programas de acuerdo a lo comprometido en el PASA. El Informe Final deberá ser presentado en un plazo de treinta (30) días, luego de haber finalizado la obra. El Informe Final deberá ser presentado en 2 (dos) ejemplares impresos en colores y en soporte digital.
5.Documentos en cumplimiento de la ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental: nota consulta para el MADES, Estudio de Impacto Ambiental preliminar (en caso de que aplique)
PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL
Los aspectos ambientales y sociales a ser considerados en la ejecución del Proyecto, tienen por objetivo asegurar la sustentabilidad del Proyecto en cuanto a la conservación del ambiente, el cual incluye la protección del medio físico (suelo, aire, agua, paisaje), biótico (fauna y flora) y social. Además de dar cumplimiento a la legislación nacional ambiental ante la autoridad competente, Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
La contratista deberá implementar el Plan de Gestión Ambiental, en todas las fases del proyecto para asegurar el cumplimiento de las normativas ambientales establecidas y mitigar los impactos negativos en el entorno. Este plan debe ser aplicado rigurosamente y adaptado a las especificidades del proyecto.
A continuación, se detallan los programas específicos con los que la contratista deberá cumplir para garantizar una gestión social y ambiental eficaz, incluyendo la gestión de residuos, el control de emisiones, la protección de la biodiversidad y la eficiencia en el uso de recursos, entre otros. Cada uno de estos programas será monitoreado y evaluado de acuerdo con los indicadores de desempeño establecidos en el Plan de Gestión Ambiental.
Programa de Mitigación de Impactos Directos
En cuanto a los Programas de Mitigación de Impactos Directos, propuestos en PGA, estos deberán estar alineados a lo expuesto en las ETAG (Versión 2023), de acuerdo a la categoría del Proyecto (Categoría C). Siendo los mismos indicativos y no así limitativos, la DGSA podrá solicitar la incorporación de programas que sean pertinentes.
Programa de Mitigación de Impactos Indirectos
➔ Programa de Monitoreo de Recursos Hídricos.
El monitoreo hidrológico evalúa el impacto proveniente de la realización del proyecto, por lo que se plantea establecer la situación actual de las cuencas y sus cauces a lo largo del trazado del Proyecto, para poder cuantificar el impacto ocasionado. Este monitoreo permitirá establecer las condiciones actuales de las cuencas y sus cauces debido a la acción antropogénica, que señalan las referencias de base del área de influencia afectada.
Para llevar a cabo una adecuada gestión de los recursos hídricos, es esencial caracterizar la cuenca, los cauces de los ríos y arroyos presentes en la región de estudio. Se debe identificar y priorizar aquellos cauces que tienen mayor relevancia en términos de suministro de agua, control de inundaciones y biodiversidad. Determinar los cauces más importantes permitirá implementar estrategias efectivas para su conservación y uso sostenible, garantizando así el equilibrio ecológico y el bienestar de las comunidades dependientes de estos recursos.
Contribuir al mantenimiento de los recursos hídricos que representan un ecosistema de vital importancia, en particular para peces y otras especies acuáticas, además de ser la base de los sistemas productivos.
Objetivos
● Documentar e implementar una base de datos de monitoreo hidrológico.
● Evaluar el impacto, tanto de las acciones directas e indirectas del proyecto sobre los cursos hídricos.
● Verificar los distintos niveles alcanzados por el curso hídrico.
● Determinar la situación de los cauces hídricos en cuanto a su calidad, realizando análisis laboratoriales antes, durante y al finalizar la ejecución de los trabajos.
Metodología
El proyecto deberá ser ejecutado en función al diseño de la red de monitoreo (niveles y calidad del agua), requiere de un análisis previo de toda la extensión de las cuencas y subcuencas involucradas en el proyecto. Dicha red de monitoreo deberá ser parte de un informe preliminar que deberá ser aprobado por la Dirección de Gestión Socio Ambiental (DGSA) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
Para el diseño de la red de monitoreo, los sitios se seleccionarán atendiendo la accesibilidad y condiciones de seguridad, conforme a las normas establecidas por los organismos internacionales, que son autoridades en sus respectivas áreas.
A fin de recolectar más datos sobre la influencia de la obra en los cauces, podría considerarse alcantarillas con caudales importantes, siendo necesaria su aprobación por parte de la DGSA, dependencia del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
Los puntos de muestreos (coordenadas) deberán ser definidos y reportados en el informe preliminar por la empresa Contratista adjudicada, debiendo tomarse en cada cauce hídrico contemplado 3 (tres) puntos de muestreo mínimamente: 1 aguas arriba, 1 en el área de la obra y 1 aguas abajo.
Se deja constancia, que todas las mediciones y resultados obtenidos en este programa, niveles y calidad, deberán ser procesados, presentando su respectivo desarrollo, análisis y conclusión de los resultados, los cuales deberán ser reportados en los informes de avances. En estos informes, también se deben presentar, a través de CD adjunto, el procesamiento de los resultados obtenidos en formato Excel editable.
Análisis de calidad de agua
La empresa deberá realizar mediciones in situ y análisis laboratoriales de tipo estacional para los parámetros fisicoquímicos y bacteriológicos, usuales para la contaminación, en cada cauce aprobado en el informe preliminar. Los puntos de monitoreo deberán ser definidos por la empresa, convenientemente 1 punto aguas arriba y otro aguas abajo del área por donde pasará la obra.
Se deberán realizar 3 (tres) mediciones, el primero antes del inicio de las obras, el cual deberá ser reportado en el informe preliminar y de manera trimestral.
También se deberá reportar e informar sobre metales pesados y agroquímicos detectados eventualmente en el agua y realizar un relevamiento parcial de la zona buscando las posibles fuentes de los mismos.
Los parámetros de calidad mínimos a ser analizados, según la Resolución N° 222/02, son los siguientes: Temperatura, Ph, Conductividad, Turbiedad, Hidrocarburos, sólidos disueltos, Nitrógeno Total, Fósforo Total, Oxígeno Disuelto, DBO, DQO, Coliformes Fecales, Cadmio, Plomo, Dureza, Níquel, Arsénico, Zinc, Mercurio Total, Cromo hexa y trivalente.
Instalación de estaciones de nivel y pluviómetros:
Las escalas hidrométricas o hidrómetros deberán ser colocadas en forma escalonada de manera a posibilitar su lectura para las diferentes condiciones hidrológicas (aguas bajas, medias y altas). El cero de estas deberá estar referido al datum de la DISERGEMIL. Deberán establecerse mojones de amarre cercanos a la regla de manera a restablecer el cero si fuese necesario. El material de la regla deberá ser de acero inoxidable o aluminio y estarán perfectamente anclados en el lecho del río o arroyo.
En el Informe Preliminar, la consultora contratada deberá presentar una propuesta de instalación de las estaciones con datos georreferenciados, a los efectos de que sea considerada y aprobada por la DGSA.
En caso de no existan estaciones meteorológicas en las cercanías, que cuenten con registros pluviométricos confiables, se instalarán pluviómetros en los cauces hídricos más importantes, esta información también deberá ser presentada de forma explícita como parte del informe preliminar. Indefectiblemente la lectura del pluviómetro se deberá realizar posterior a cada lluvia, y ser registrados a través de planillas y fotografías georreferenciadas.
Lectura de niveles del agua: La lectura de los hidrómetros se deberá realizar 1 vez al día, en lo posible definir un horario fijo durante todo el desarrollo de las mediciones, constando en una planilla el horario de la toma de lectura de manera ininterrumpida. Por otro lado, en las épocas de crecidas, se deberán realizar dos lecturas diarias (uno a la mañana 9:00 hs y otro a la tarde 15:00 hs), también en forma ininterrumpida. Estas planillas deberán presentarse de forma adjunta en los informes de avance.
Equipo técnico: 1 Ingeniero Civil o Ingeniero ambiental con especialización en hidrología, con al menos 5 años de experiencia laboral y al menos un trabajo de envergadura similar, con apoyo del especialista ambiental y técnicos adjudicados por la empresa Contratista.
Componente Difusión de la información obtenida
Todas las informaciones generadas en el marco de este programa deberán ser compartidas con las comunidades directamente beneficiadas por el proyecto. Esta es una de las formas de brindar participación a las mismas, no solamente de los resultados generales, sino de los logros y dificultades, para que de esta manera la comunidad se apropie realmente del proyecto. Por ello, al inicio de los trabajos de campo, se realizará una jornada informativa en la sede de cada municipalidad del área de influencia del proyecto, que estará destinada a los funcionarios municipales y público en general. Se realizará otra jornada para la presentación de los resultados finales al mismo público mencionado para la primera jornada. Dichas jornadas deberán ser ampliamente publicitadas y las convocatorias efectuadas con la antelación necesaria para garantizar la participación ciudadana.
Esta difusión deberá ser desarrollada por los Responsables Social y Ambiental de la contratista, en coordinación con el especialista en hidrología.
El resultado de estas difusiones se deberán reportar en los informes de avances que correspondan.
➔ Programa de fortalecimiento institucional y educación vial a la comunidad en el área de influencia del proyecto.
Justificación
Los beneficios esperados con la realización del proyecto podrían verse truncados, si los usuarios de las instalaciones viales utilizan la infraestructura de manera incorrecta, lo cual puede desembocar en accidentes. Las autoridades municipales, por su injerencia en el espacio público, son actores centrales para velar por el correcto uso de la infraestructura vial.
Objetivos
● Lograr el uso adecuado de las instalaciones viales a ser construidas en el proyecto.
● Afianzar el compromiso de las instituciones municipales para velar por el correcto uso de las instalaciones viales.
● Capacitar a los actores del área de influencia del proyecto sobre normativas legales relacionadas con la seguridad de tránsito en el Paraguay, concepto y elementos de la circulación vial.
Actividades
● Establecer apoyo de tráfico, paso de peatones, uso de dársenas, por parte de la policía municipal de tránsito, durante el periodo de obras y durante los primeros meses posterior a la finalización de las mismas.
● Elaborar campañas de seguridad vial, dar charlas informativas, distribuir materiales educativos y participación activa de las escuelas y organizaciones locales.
● Desarrollar materiales educativos y recursos relevantes para la comunidad. Estos pueden incluir folletos, videos, infografías y otros medios visuales que sean accesibles y comprensibles para todos los miembros de la comunidad. En concordancia a lo establecido en el Plan Optativo Educación para la Seguridad Vial Febrero 2013 del MEC.
● Coordinar con la Dirección de Capacitación y Campañas Viales de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial para la realización de jornadas de capacitación vial a las comunidades del área de influencia.
Adquisición de Certificados de Servicios Ambientales por movimiento de suelo correspondiente de terraplén:
Además, se aclara que la Empresa Contratista deberá adquirir Certificados de Servicios Ambientales (CSA) por movimiento de suelo. Tras analizar y comparar la legislación vigente, en particular la Ley N° 3001/2006 'De Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales' y sus reglamentaciones, el MOPC concluye que el ítem de Terraplén se clasifica como actividad de alto impacto, por lo que la contratista deberá adquirir certificados por el valor del 1% del monto asignado a ese ítem.
Periodo de Ejecución y Costos
La adquisición de Certificados de Servicios Ambientales deberá realizarse dentro de los 3 meses de la emisión de la orden de inicio. El contrato de compraventa entre la contratista y el poseedor de CSA, deberá tener una vigencia similar al contrato de obra, como también el registro ante el MADES a favor del Proyecto.
Conforme al alcance del servicio indicado, el mismo corresponde al 1% del costo del ítem de Terraplén y sus ampliaciones de monto por convenios modificatorios, si los hubiere. La lista de poseedores de certificados de servicios ambientales deberá ser proporcionada por el MADES.
La distribución del 1 % del monto total de la actividad de alto impacto, deberá ser de la siguiente forma:
● Pueblos indígenas: 40 % del 1% a ser invertido.
● Demás poseedores: 60% del 1% a ser invertido.
Responsabilidades
La empresa contratista es la encargada de la Adquisición de Certificados de Servicios Ambientales.
El MOPC a través de la Dirección de Gestión Socio Ambiental es la responsable de verificar la correcta ejecución del presente componente, para lo cual se deberá presentar a través de Mesa de Entrada Única:
● Monto de la inversión.
● Contrato de obra entre el MOPC y el contratista.
● Contrato de compraventa de Certificados de Servicios Ambientales entre el contratista y el poseedor.
● Resolución de Certificación de servicios ambientales expedida por el MADES.
● Factura de compra.
● Documento emitido por el MADES que certifique el registro de transacción a favor del MOPC.
Una vez verificado que se cumpla con la inversión establecida en la Ley 3001/2006, se podrá presentar el pedido de pago.
El pago del ítem estará a cargo de la Unidad Administradora del contrato de obra. A fin de proceder al mismo, la contratista deberá adjuntar al certificado de obra los siguientes documentos para acreditar la adquisición:
● Nota de cumplimiento verificación expedida por la DGSA.
● Contrato de compraventa de Certificados de Servicios Ambientales.
● Factura de compra.
● Documento emitido por el MADES que certifique el registro de transacción a favor del MOPC.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
||
Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
1 |
TRAMO: JUAN E`OLEARY - SAN CRISTOBAL |
PLANIMETRIA, ALTIMETRIA, OBRAS COMPLEMENTARIAS, OBRAS DE ARTE |
2 |
TRAMO: NARANJITO-NUEVA AURORA-COLONIA SANTA INES |
PLANIMETRIA, ALTIMETRIA, OBRAS COMPLEMENTARIAS, OBRAS DE ARTE |
3 |
TRAMO: GENERAL MORINIGO - CAAZAPA |
PLANIMETRIA, ALTIMETRIA, OBRAS COMPLEMENTARIAS, OBRAS DE ARTE |
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
Lote 1: 24 meses
Lote 2: 24 meses
Lote 3: 24 meses
Lote 4: 24 meses
Lote 5: 24 meses
Lote 6: 24 meses
Contados a partir de la notificación de la Orden de Inicio
La Contratante, a través de la DCV, coordinará la ejecución de los trabajos con las Contratistas, las que serán notificadas en tiempo y forma.
Observaciones:
Obs. 1: La Contratista deberá prever la ejecución de los trabajos mediante la conformación de como mínimo 2 CUADRILLAS DE TRABAJO y la provisión de materiales para la ejecución de los ítems.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
Instalación de cartel de Atención al Usuario: se debe prever la instalación y mantenimiento durante todo el plazo del contrato 1 (un) cartel informativo por cada frente de obra en el marco del mecanismo de atención a consultas quejas y reclamos, que deberá contener una línea de contacto tipo call center de atención. Se colocará en puntos estratégicos en el área de desarrollo de la obra, sujeto a la aprobación de la Fiscalización y la Dirección de gestión Socio Ambiental, con fondo reflectivo y con una altura mínima de 1,50 metros del suelo, 3 metros de ancho y 2 metros de altura. El diseño de los carteles será indicado y validado por el Contratante; elaborado y colocado por el Contratista.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
Mes 1 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
Mes 2 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra |
Mes 3 |
Certificado 4 |
Certificado de Obra |
Mes 4 |
Certificado 5 |
Certificado de Obra |
Mes 5 |
Certificado 6 |
Certificado de Obra |
Mes 6 |
Certificado 7 |
Certificado de Obra |
Mes 7 |
Certificado 8 |
Certificado de Obra |
Mes 8 |
Certificado 9 |
Certificado de Obra |
Mes 9 |
Certificado 10 |
Certificado de Obra |
Mes 10 |
Certificado 11 |
Certificado de Obra |
Mes 11 |
Certificado 12 |
Certificado de Obra |
Mes 12 |
Certificado 13 |
Certificado de Obra |
Mes 13 |
Certificado 14 |
Certificado de Obra |
Mes 14 |
Certificado 15 |
Certificado de Obra |
Mes 15 |
Certificado 16 |
Certificado de Obra |
Mes 16 |
Certificado 17 |
Certificado de Obra |
Mes 17 |
Certificado 18 |
Certificado de Obra |
Mes 18 |
Certificado 19 |
Certificado de Obra |
Mes 19 |
Certificado 20 |
Certificado de Obra |
Mes 20 |
Certificado 21 |
Certificado de Obra |
Mes 21 |
Certificado 22 |
Certificado de Obra |
Mes 22 |
Certificado 23 |
Certificado de Obra |
Mes 23 |
Certificado 24 |
Certificado de Obra |
Mes 24 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.