En el PBC, versión 2, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Plan de Entrega de los Bienes, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Dentro de los (60) Sesenta días corridos, a la firma de Contrato.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 90 (noventa) días corridos, contados a partir de la firma del contrato, el plazo para la entrega de los bienes, teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido de 60 días corridos resulta claramente insuficiente, siendo que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay, y teniendo en cuenta además que de esta manera, se permitirá la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales.”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales.”
En el PBC, versión 2, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Plan de Entrega de los Bienes, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Dentro de los (60) Sesenta días corridos, a la firma de Contrato.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 90 (noventa) días corridos, contados a partir de la firma del contrato, el plazo para la entrega de los bienes, teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido de 60 días corridos resulta claramente insuficiente, siendo que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay, y teniendo en cuenta además que de esta manera, se permitirá la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales.”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales.”
Se puede ampliar el Plazo de entrega a 80 dias, corridos posterior a la firma del contrato
2
-Prórroga de los plazos
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: martes, 03 de setiembre de 2024 - 10:00hs
Fecha de entrega de ofertas: viernes, 06 de setiembre de 2024 – 09:45hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar una revisión detallada de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, luego de las respuestas y aclaraciones a ser emitidas por la Convocante, y las modificaciones que serán eventualmente introducidas en el pliego, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, mediante el correcto dimensionamiento y preparación de la propuesta, por lo que se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: martes, 03 de setiembre de 2024 - 10:00hs
Fecha de entrega de ofertas: viernes, 06 de setiembre de 2024 – 09:45hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar una revisión detallada de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, luego de las respuestas y aclaraciones a ser emitidas por la Convocante, y las modificaciones que serán eventualmente introducidas en el pliego, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, mediante el correcto dimensionamiento y preparación de la propuesta, por lo que se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
1 En referencia a los ítems 1y 2 solicitados Favor de aclarar si los equipos requeridos deben ser proveídos con capacidad de operar en modo analógico o digital o ambos?. Esta consulta se realiza pues existe una diferencia de precio entre las opciones
1 En referencia a los ítems 1y 2 solicitados Favor de aclarar si los equipos requeridos deben ser proveídos con capacidad de operar en modo analógico o digital o ambos?. Esta consulta se realiza pues existe una diferencia de precio entre las opciones
Los equipos requeridos deben ser proveídos con capacidad de operar en modo analógico. Y operarán con repetidora analógica. Remitirse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y Adendas
4
Especificación Técnica items 1 y 2
En la especificación técnicas de los ítems 1 y 2 solicitan: "Cada equipo de radio Walkie Talkie debe incluir 02(dos) baterías, con su base de carga y antena" Favor de aclarar si es correcta esta interpretación: 1 batería que es proveída con el equipo de forma standard + 1 batería adicional de reserva (total 2 batería) + 1 base de carga + 1 antena.
En la especificación técnicas de los ítems 1 y 2 solicitan: "Cada equipo de radio Walkie Talkie debe incluir 02(dos) baterías, con su base de carga y antena" Favor de aclarar si es correcta esta interpretación: 1 batería que es proveída con el equipo de forma standard + 1 batería adicional de reserva (total 2 batería) + 1 base de carga + 1 antena.
Es correcta la interpretación; cada equipo ya viene de fábrica con una base de carga, batería y su antena, aparte estamos solicitando incluir otra batería de reserva.
5
Especificación Técnica items 1 y 2
Si fueran radios analógicas las solicitadas en los ítems 1y 2 del llamado, aceptarían baterías con una duración de 15 horas? Esto es porque en modo analógico las baterías presentan menos autonomía que en modo digital.
Si fueran radios analógicas las solicitadas en los ítems 1y 2 del llamado, aceptarían baterías con una duración de 15 horas? Esto es porque en modo analógico las baterías presentan menos autonomía que en modo digital.
Se aceptaran baterías con una duración mínima de 15 horas. Remitirse a lo establecido en PBC y Adendas
6
Autorización del fabricante
La autorización del fabricante es mandatorio de la ley de compras del estado, para todos los bienes que no han sido fabricados por el oferente.
Ante esta situación solicitamos la inclusión de la Carta de Autorización del Fabricante como documentación sustancial.
La autorización del fabricante es mandatorio de la ley de compras del estado, para todos los bienes que no han sido fabricados por el oferente.
Ante esta situación solicitamos la inclusión de la Carta de Autorización del Fabricante como documentación sustancial.