En las EETT del Item se solicita como exigido que el mismo cuente con Efectos "Procesamiento de salida de filtro anti-retroalimentacion de 10 bandas, 2 Analizadores de tiempo real asignable acanales u origen de señal de 1/3 de octava, 5 motores de efectos simultáneos: echo, chorus, delay, reverb, cambio de tono". El mismo corresponde a consolas de mayores prestaciones y por ende a equipos de costo muy superior al de referencia. Se solicita disminuir dicha exigencia a Efectos "Procesamiento de salida de filtro anti-retroalimentacion de 8 bandas, 1 Analizadores de tiempo real asignable acanales u origen de señal de 1/3 de octava, 4 motores de efectos simultáneos".
En las EETT del Item se solicita como exigido que el mismo cuente con Efectos "Procesamiento de salida de filtro anti-retroalimentacion de 10 bandas, 2 Analizadores de tiempo real asignable acanales u origen de señal de 1/3 de octava, 5 motores de efectos simultáneos: echo, chorus, delay, reverb, cambio de tono". El mismo corresponde a consolas de mayores prestaciones y por ende a equipos de costo muy superior al de referencia. Se solicita disminuir dicha exigencia a Efectos "Procesamiento de salida de filtro anti-retroalimentacion de 8 bandas, 1 Analizadores de tiempo real asignable acanales u origen de señal de 1/3 de octava, 4 motores de efectos simultáneos".
Solicitamos amablemente a la convocante ampliar la experiencia requerida en vista que solicitan insumos informáticos varios, si se podría incluir en la experiencia la provisión de equipos informáticos a fin de dar mayor participación a potenciales oferentes.
Solicitamos amablemente a la convocante ampliar la experiencia requerida en vista que solicitan insumos informáticos varios, si se podría incluir en la experiencia la provisión de equipos informáticos a fin de dar mayor participación a potenciales oferentes.
En el pliego de bases y condiciones en la sección de especificaciones en el ITEM 1 – PANTALLA DE PROYECCION – VIDEO WALL PARA AUDITORIO 3X3, en el apartado “Descripción General. Relación Contraste= 44000:1”
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sea modificado este punto, de modo a ser aceptados equipos con Relación de contraste 1200:1, teniendo en cuenta que el valor solicitado se encuentra muy por encima de los valores con que estos equipos generalmente cuentan.
En el pliego de bases y condiciones en la sección de especificaciones en el ITEM 1 – PANTALLA DE PROYECCION – VIDEO WALL PARA AUDITORIO 3X3, en el apartado “Descripción General. Relación Contraste= 44000:1”
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sea modificado este punto, de modo a ser aceptados equipos con Relación de contraste 1200:1, teniendo en cuenta que el valor solicitado se encuentra muy por encima de los valores con que estos equipos generalmente cuentan.
Se acepta parcialmente: Para los ítems 1 y 2 en "Descripción General", modificar el siguiente texto "Contraste de 4400:1 o superior. - Mínimo"
Dicho dato se modificara via adenda
15
CAPACIDAD TECNICA
En el pliego de bases y condiciones en la sección de Capacidad Técnica: “El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca.”
El hecho de tener que ser REPRESENTANTE AUTORIZADO DE LA MARCA para ofertar en este llamado, limita la participación de aquellas empresas que no lo son, restringiendo innecesariamente la libre concurrencia de la mayor cantidad de potenciales oferentes a la licitación incumpliendo el principio de Igualdad y Libre competencia (Ley 7021/22 – Artículo 4°)
El hecho de contar con CAS en el país, con técnicos certificados y contar con la carta de autorización del FABRICANTE/REPRESENTANTE para la oferta, es suficiente garantía ante la necesidad de un soporte técnico GARANTIZADO.
Prueba de todo lo descrito más arriba son los llamados que se han realizado exitosamente por varias convocantes según se puede encontrar en la base de datos de la DNCP
En el pliego de bases y condiciones en la sección de Capacidad Técnica: “El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca.”
El hecho de tener que ser REPRESENTANTE AUTORIZADO DE LA MARCA para ofertar en este llamado, limita la participación de aquellas empresas que no lo son, restringiendo innecesariamente la libre concurrencia de la mayor cantidad de potenciales oferentes a la licitación incumpliendo el principio de Igualdad y Libre competencia (Ley 7021/22 – Artículo 4°)
El hecho de contar con CAS en el país, con técnicos certificados y contar con la carta de autorización del FABRICANTE/REPRESENTANTE para la oferta, es suficiente garantía ante la necesidad de un soporte técnico GARANTIZADO.
Prueba de todo lo descrito más arriba son los llamados que se han realizado exitosamente por varias convocantes según se puede encontrar en la base de datos de la DNCP
En el pliego de bases y condiciones en la sección Experiencia requerida, Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: “Demostrar la experiencia en la venta de Equipos de Proyección y/o Audiovisual con facturaciones de venta y/o copias simples de contratos por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos años. [2021, 2022, 2023]”
En este punto, solicitamos amablemente a la convocante, rever este punto de modo a avalar experiencia con facturaciones de venta y/o copias simples de contratos de equipos informáticos, esto de modo a permitir la libre concurrencia de la mayor cantidad de potenciales.
En el pliego de bases y condiciones en la sección Experiencia requerida, Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: “Demostrar la experiencia en la venta de Equipos de Proyección y/o Audiovisual con facturaciones de venta y/o copias simples de contratos por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos años. [2021, 2022, 2023]”
En este punto, solicitamos amablemente a la convocante, rever este punto de modo a avalar experiencia con facturaciones de venta y/o copias simples de contratos de equipos informáticos, esto de modo a permitir la libre concurrencia de la mayor cantidad de potenciales.
la convocante aclara que el mismo ya sera modificado via adenda
17
Experiencia requerida
Solicitamos a la convocante la ampliación de la experiencia requerida, Observamos que, a pesar de nuestra solicitud previa, la adenda emitida no incluye la ampliación de la experiencia requerida para la provisión de equipos informáticos. Solicitamos nuevamente que se considere dicha modificación para permitir una mayor participación de oferentes con experiencia relevante.
Solicitamos a la convocante la ampliación de la experiencia requerida, Observamos que, a pesar de nuestra solicitud previa, la adenda emitida no incluye la ampliación de la experiencia requerida para la provisión de equipos informáticos. Solicitamos nuevamente que se considere dicha modificación para permitir una mayor participación de oferentes con experiencia relevante.
Desde la convocante volvemos a aclarar que se emitira una adenda para la modificacion, el mismo tiene de 2 a 3 dias de verificacion para su posterior publicacion en el portal de la DNCP.
Cuando se publique la respectiva Adenda, ahi estara la modificacion realizada, hasta ahora el mismo esta en verificacion.
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Capacidad Tecnica
En relación con la exigencia en el Pliego de Bases y Condiciones que requiere que el oferente acredite ser representante autorizado de la marca, consideramos que dicha disposición limita innecesariamente la participación de empresas que, no siendo representantes directos, cumplen con las capacidades técnicas exigidas, vulnerando así los principios de igualdad y libre competencia establecidos en el Artículo 4° de la Ley 7021/22. La presencia de un Centro de Atención y Servicio (CAS) en el país, técnicos certificados y una carta de autorización del fabricante o representante regional son garantías suficientes para asegurar el soporte técnico necesario, como lo demuestran precedentes de licitaciones exitosas que no restringieron la participación bajo estas condiciones, según se puede verificar en la base de datos de la DNCP.
En relación con la exigencia en el Pliego de Bases y Condiciones que requiere que el oferente acredite ser representante autorizado de la marca, consideramos que dicha disposición limita innecesariamente la participación de empresas que, no siendo representantes directos, cumplen con las capacidades técnicas exigidas, vulnerando así los principios de igualdad y libre competencia establecidos en el Artículo 4° de la Ley 7021/22. La presencia de un Centro de Atención y Servicio (CAS) en el país, técnicos certificados y una carta de autorización del fabricante o representante regional son garantías suficientes para asegurar el soporte técnico necesario, como lo demuestran precedentes de licitaciones exitosas que no restringieron la participación bajo estas condiciones, según se puede verificar en la base de datos de la DNCP.
En el pliego de bases y condiciones en la sección de Capacidad Técnica: “El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca.”
Teniendo en cuenta que los distribuidores de las marcas que pueden cumplir con los requisitos como SAMSUNG, LG, HIKVISION, DAHUA, entre otros, no cotizan a clientes finales y tampoco participan en licitaciones de forma directa, ya que no sería lógico comercialmente que un representante de la marca cotice a los canales y a su vez participe de los llamados, por esta razón volvemos a consultar si la carta de autorización del distribuidor dirigida a la convocante es suficiente para cumplir con ese punto ya que de otra forma se estaría limitado en extremo la participación de las demás empresas con suficiente experiencia y SERIEDAD en provisión de equipos de este tipo, por ende se limitaría la presentación de mejores ofertas.
En el pliego de bases y condiciones en la sección de Capacidad Técnica: “El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca.”
Teniendo en cuenta que los distribuidores de las marcas que pueden cumplir con los requisitos como SAMSUNG, LG, HIKVISION, DAHUA, entre otros, no cotizan a clientes finales y tampoco participan en licitaciones de forma directa, ya que no sería lógico comercialmente que un representante de la marca cotice a los canales y a su vez participe de los llamados, por esta razón volvemos a consultar si la carta de autorización del distribuidor dirigida a la convocante es suficiente para cumplir con ese punto ya que de otra forma se estaría limitado en extremo la participación de las demás empresas con suficiente experiencia y SERIEDAD en provisión de equipos de este tipo, por ende se limitaría la presentación de mejores ofertas.
Solicitamos a la convocante la ampliación de la experiencia requerida, Observamos que, a pesar de nuestra solicitud previa, la adenda emitida no incluye la ampliación de la experiencia requerida para la provisión de equipos informáticos. Solicitamos nuevamente que se considere dicha modificación para permitir una mayor participación de oferentes con experiencia relevante.
Solicitamos a la convocante la ampliación de la experiencia requerida, Observamos que, a pesar de nuestra solicitud previa, la adenda emitida no incluye la ampliación de la experiencia requerida para la provisión de equipos informáticos. Solicitamos nuevamente que se considere dicha modificación para permitir una mayor participación de oferentes con experiencia relevante.
se aclara que el PBC menciona "...Demostrar la experiencia en la venta de Equipos de Proyeccion y/o Audivisual y/o equipos/articulos informaticos y/o afines, con facturaciones de venta y/o copias simples de contratos por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos años. [2021, 2022, 2023]...", por lo tanto lo solicitado esta incluido en el PBC