Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados.

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores 

aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Ver Formulario N°1 de Composición de Precios Unitarios

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos mínimos Requisitos de Cumplimiento Documentación requerida
Oferente Individual Consorcio
Todas las partes combinadas Cada Socio Socio Líder

Coeficiente de Liquidez: Activo corriente / Pasivo Corriente debe ser igual o mayor a 1,20 (Uno con veinte) en promedio. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (años 2021-2022 2023). (*)

Debe cumplir con el requisito.

N/A

Debe cumplir con el requisito.

N/A

Completar el Formulario N°5 "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

Coeficiente de Solvencia: Pasivo Total / Activo Total igual o menor a 0,80 (cero con ochenta) en promedio. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (años 2021-2022-2023). (*)

 

Observación:

(*) Para todos los casos, a partir del segundo decimal se aplicará en los coeficientes de liquidez y solvencia el redondeo por exceso.

Debe cumplir con el requisito.

N/A

Debe cumplir con el requisito.

N/A

Completar el Formulario N°5 "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

Recursos Financieros:

Deberá demostrar que dispone de acceso a recursos financieros, el mismo deberá estar compuesto por el Capital Operativo pudiendo ser complementado por una Carta de Crédito emitida por una entidad Bancaria y/o Financiera debidamente reconocida y supervisada.

 

El mínimo de recursos financieros será igual o superior al 30% (Treinta por ciento) del monto total de la oferta económica presentada por el oferente.

El Capital Operativo será calculado como el monto obtenido de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente, extraídos del último Balance General (incluyendo los balances correspondientes a los contratos en los cuales ha participado en calidad de Contratista principal, integrante de un Consorcio o Subcontratista, afectado por su participación en dicho contrato), correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado y presentado ante la respectiva autoridad tributaria (año 2023). (*)

 

El capital operativo podrá ser complementado con una Carta de Crédito emitida por una entidad bancaria y/o financiera debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, en la misma se debe indicar claramente que el oferente tiene Aprobada una línea de crédito para ser utilizada; con la siguiente descripción:

(a)- Entidad u organismo que otorga el financiamiento,

(b)- Monto Total y Moneda de la Línea de Crédito Aprobada, en caso que resulte ser adjudicada en el presente llamado,

(c)- La carta de la entidad bancaria y/o financiera debe estar dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC),

(d)- Identificar el llamado para el cual emiten la línea de crédito,

(e)- Fecha de Emisión de la Línea de Crédito.

 

Observación sobre Línea de Crédito:

- La Línea de Crédito Aprobada debe estar vigente durante el proceso de evaluación y adjudicación.

No serán consideradas aquellas líneas de créditos con fechas posteriores a la fecha de apertura.

No serán consideradas aquellas Líneas de Crédito Comprometidas que estén sujetas a condicionamientos para su aprobación.

No serán tenidas en cuenta cartas de crédito emitidas por entidades que no estén debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, para lo que deberán indicar el link a fin de realizar la verificación.

No serán consideradas aquellas cartas de créditos que no cumplan con las descripciones indicadas en los incisos (a), (b), (c), (d) y (e).

En caso de Consorcios, a los efectos de la calificación se sumarán los Recursos Financieros de cada integrante.

Debe cumplir con el requisito.

Debe cumplir con el requisito

Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo

Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo

Completar el Formularios N°17  " Resumen de Recursos Financieros", y N° 18 Detalle de Recursos Financieros presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

 

VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS

Haber generado, durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años (2014 2023), en promedio un volumen anual de negocios igual o superior a 50% (cincuenta porcientos) del monto total de la oferta económica presentada por el Oferente.

El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de ingresos operativos verificables en los Estados de Resultados y Notas a los Estados Financieros. Los Ingresos Operativos podrán corresponder a los trabajos realizados en su calidad de Contratista Principal, Sub Contratista o Integrante de un Consorcio, los mismos serán promediados y, dividido el número de (5) años.

En caso de consorcios, a los efectos de la calificación, se sumarán los promedios del Volumen Anual de Negocios obtenidos por cada integrante.

Debe cumplir con el requisito.

Debe cumplir con el requisito.

Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos.

Completar los Formularios: N° 3

Promedio del Volumen Anual de Negocios; y N° 16 Detalle del Volumen Anual de Negocios

 

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Las empresas deberán presentar sus Estados Financieros (Balances Generales, Estados de Resultados, Notas a los Estados Contables), de los años (2021, 2022, 2023), presentados ante la respectiva autoridad tributaria.
  2. Presentar únicamente los Estados Financieros Individuales o Consolidados; no se podrán adjuntar ambos documentos, debiendo ir acompañado de la certificación por parte del Profesional Contable en la que manifiesta que las cifras corresponden a los Estados Financieros Individuales o Consolidados, dicha certificación deberá ser en carácter de declaración jurada.
  3. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.
  4. Los oferentes que se presenten por medio de una sucursal paraguaya, deberá presentar los Estados Financieros (Balances Generales, Estados de Resultados y Notas a los Estados Contables) presentados ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT); no se aceptarán Estados Financieros de Casas Matrices
  5. Las documentaciones requeridas para la evaluación económica financiera, deben estar debidamente firmadas por el Representante Legal y por el Contador; aquellas documentaciones requeridas que tengan rectificaciones realizadas antes de la fecha de apertura, deberán adjuntar las documentaciones rectificadas.

Experiencia general en obras

 

 

El Criterio se evalúa en el Apartado: Capacidad Financiera (Volumen Anual de Negocios). 

 

Experiencia específica en obras

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

  • Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos cuatro [4] contratos, durante los últimos diez [10] años (2014 al 2023), similares a las obras propuestas.
  • La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Descripción de la Obra.
  • A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 70% por lo menos, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio.

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos

Completar el Formulario N°4 de "Experiencia específica en Construcción"

  • Contar con experiencia mínima en haber ejecutado en el período de los últimos 10 (diez) años (2014 al 2023), contratos en el sector público o privado en las siguientes actividades claves:

  • Construcción de piedra bruta colocada, gaviones y colchón reno, en un volumen mínimo de 8.000 m3 (ocho mil) metros cúbicos. Podrán ser sumadas en un máximo de 4 (cuatro) contratos.
  • Construcción como mínimo de 3 (tres) puentes vehiculares de hormigón armado, con vano igual o mayor a 12 (doce) metros.

Debe cumplir con el requisito.

 

 

Debe cumplir por lo menos con el 25% (veinticinco por ciento) de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 40% (cuarenta por ciento)  de los requisitos mínimos requeridos.

Completar los formularios: Formulario N°2  "Experiencia General en Construcción" y Formulario N°5 "Situación Financiera"

Justificación de la experiencia específica solicitada

La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.

La experiencia especifica deberá avalar la capacidad técnica solicitada por la Convocante, mediante la ejecución satisfactoria de obras durante el periodo requerido, siempre que reúna características técnicas similares a las establecidas en el presente proceso licitatorio. La misma deberá ser respaldada mediante las documentaciones establecidas en cada punto, en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante/Convocante.

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

    1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
    2. Documento que avale la recepción definitiva de la obra.
    3. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar como mínimo el 50% de la oferta presentada.
    4. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.

Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

  1. En el caso de que con el contrato no sea posible identificar el cumplimiento del criterio establecido, se deberá presentar, además del contrato, documentos que evidencien con claridad el producto o servicio objeto de evaluación del criterio.
  2. Copia de facturaciones según el criterio establecido junto a los documentos que avalen la recepción definitiva de la obra, en caso de completar el requisito con la alternativa del 70% presentar acta físico financiero.
  3. Si la experiencia ha sido como subcontratista, agregar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato y el porcentaje de participación.
  4. En el caso de que los criterios de evaluación sean cumplidos mediante un subcontratista nominado, el oferente deberá demostrar que los servicios ofrecidos por el subcontratista nominado están concluidos y con recepción final por parte del Contratante
  5. En el caso de que la experiencia sea a través de un consorcio se debe presentar el contrato de constitución de Consorcio donde el oferente participó.

 

Capacidad en materia de personal

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos mínimos

Requisitos de cumplimiento

Documentación requerida

Oferente individual

Consorcios

Todas las partes combinadas

Cada socio

Socio líder

Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave:

1).     1 (un) Ingeniero Residente, egresado de la carrera de Ingeniería Civil, con un mínimo de 10 (diez) años de experiencia efectiva en el cargo de Superintendente, jefe o Residente de Obras, de la misma naturaleza (que incluyan estructuras hidráulicas). La experiencia será contabilizada a partir de la emisión del título universitario. El profesional deberá estar disponible a tiempo completo.

2).     1 (un) Técnico Topógrafo, egresado de la carrera de Ingeniería Civil o Ingeniería en Ciencias Geográficas, o bien Técnico Superior en Topografía con título en dicha tecnicatura, con especialización en relevamiento planialtimétrico, con al menos 10 (diez) años de experiencia demostrable mediante contratos ejecutados o certificados laborales en obras civiles y manejo de instrumentos topográficos modernos (Estación total, GPS diferencial). La experiencia será contabilizada a partir de la emisión del título universitario. Prestará servicios para la empresa contratista a tiempo completo.

3).      1 (un) Ayudante en topografía, recién egresado o   estudiante del último año de la carrera de Ingeniería Civil o Técnico Superior, con un mínimo de 4 (cuatro) años de experiencia en relevamiento plan altimétrico, manejo de instrumentos topográficos modernos (Estación total, GPS diferencial) y como mínimo de experiencias en obras que incluyen estructuras de obras Hidráulicas. El técnico deberá prestar servicios para la empresa contratista a tiempo completo.

4).            1 (uno) Responsable Ambiental

Deberá ser      Ingeniero Ambiental u otra profesión afín     , para las cuales serán consideradas válidas las siguientes: Ingeniero Civil, Ingeniero Industrial, Licenciado en Ciencias Ambientales, Ingeniero Geógrafo y Ambiental,   Ingeniero Sanitario, Biólogo debiendo contar con especializaciones en temas ambientales para que puedan cumplir con la formación académica requerida.      

Se considerará que el profesional cumple con el siguiente criterio, si                presenta      cursos       correspondientes al campo específico, solicitado con una duración mayor a 40 horas lectivas a cada una, que acumulados alcancen  como mínimo 200 horas lectivas y estén debidamente demostrados con certificados o diplomas. En caso de no alcanzar la cantidad de horas mínimas se considerará como No cumple, no pudiendo ser elegible para el cargo.

Deberá contar con experiencia general mínima de 5(cinco) años.

Deberá contar con 3 (tres) años de experiencia específica en tareas de: *elaboración e implementación de Planes de Gestión Ambiental afines al tipo de obra del Proyecto, ** en desarrollo y aplicación de Plan de Acción Socio Ambiental (PASA) y otros instrumentos de gestión ambiental ***experiencia como consultor ambiental en proyectos de saneamiento o hidráulicas, para lo cual será valorado cualquier desarrollado en el marco del componente ambiental del proyecto.

La experiencia general será contabilizada a partir de la obtención del título universitario.

Además, deberá estar inscripto en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del MADES, con registro vigente, en caso de no contar con registro, deberá presentar evidencias de encontrarse en gestiones para la obtención del mismo.

La afectación del responsable ambiental será a tiempo completo.

 5).   1 (un     )  Responsable en Salud y Seguridad Ocupacional    

Profesional universitario con experiencia general mínima de 5(cinco) años y 3 (tres) años de experiencia específica en el componente de salud y seguridad ocupacional en contratos de obra de naturaleza o magnitud similar. Con registro vigente en Salud y Seguridad del Trabajo en Paraguay expedida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) mínimamente categoría       B

Tendrá a su cargo la implementación de las medidas de protección de la salud, higiene y seguridad ocupacional contempladas en las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (versión 2023) u otras documentaciones o exigencias.

Deberá conocer exhaustivamente y aplicar mínimamente el Decreto 14.390/92 Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo.

La asignación del Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional será a tiempo completo.

6).     1 (un     ) Responsable      Social, que presente formación académica como Licenciado en Trabajo Social, Sociología, Psicología Comunitaria/Social, con un mínimo de 5 (cinco) años de experiencia General y de experiencia especifica de 3 (tres) en el área social en Proyectos de desarrollo comunitario (trabajos con comisiones vecinales, asentamientos, o proyectos de agua y saneamiento y de carácter socio-ambiental) la misma será contabilizado a partir de la emisión del título universitario.

La afectación del responsable social será a tiempo completo.

7. 1 (un) Especialista en Arquitectura con título de grado, y al menos un curso o seminario en áreas de diseño de infraestructura en espacios públicos. Además, deberá contar con al menos de 5 (cinco) años de experiencia en obras viales o infraestructura urbana y 1 (una) experiencia especifica en trabajos de diseño arquitectónico en zonas urbanas. La experiencia será contabilizada a partir de la emisión del título universitario. El profesional deberá abocarse a tiempo completo y prestará servicios con la Contratista.

Debe cumplir con el requisito

Debe cumplir con el requisito

 

 

Completar el Formulario N°6: "Lista del personal propuesto para la obra"

Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal

1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras para dar cumplimiento a los fines del contrato.

2. Certificado o Constancia de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio.

3. Presentar contratos o certificados de trabajo; en el caso de certificado de trabajo se deberá indicar con claridad la obra para la cual fue contratado y referida al contrato a licitar.

 4. Copia del título de grado, certificados de especialización o certificado de estudios, según sea el caso. En el caso de documentos (títulos universitarios) otorgados en el extranjero, el Oferente que resulte adjudicado deberá presentar los mismos con la legalización pertinente.

Capacidad en materia de equipos

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler, que a continuación se indican:

-2 (dos) camiones volquete, con capacidad no menor a 5 toneladas.

-1 (una) excavadora con orugas.

-1 (una) retroexcavadora con pala frontal.

-1 (una) electrobombas de 15.000 litros/horas o superior.

Los equipos mínimos necesarios presentados por los oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras.

El Oferente deberá demostrar que cuenta con los equipos clave propios y/o alquilados que se enumeran a continuación, para cada frente de obra exigido en este llamado; al menos el 50 % de los equipos deben ser propios de la Empresa y el otro 50% de los equipos podrán ser alquilados.

OBSERVACIONES

A)        Los equipos alquilados deberán presentar carta de compromiso de alquiler emitida por el propietario. Para el caso de los equipos Equipos no propios y/o Alquilados, se permitirá la presentación de facturas proforma acompañada de carta de compromiso de adquisición, no así para el caso de los indicados como equipos propios

B)        Los equipos mínimos necesarios presentados por los Oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras, en el periodo previsto para su utilización, considerando que el inicio de los trabajos podrá realizarse dentro de los 3 meses de la presentación de las Ofertas.

C)        El Oferente debe declarar que todos los Equipos estarán libres al momento de comenzar la Obra

D)        La Convocante podrá descalificar al Oferente en caso de inconsistencia de la información

Importante: los equipos no podrán ser retirados de la Obra sin la debida autorización de la Fiscalización y los que sufrieran desperfectos deberán ser inmediatamente reparados o reemplazados por otro equipo de las mismas o superiores características.

Debe cumplir con el requisito.

 

Se podrá cumplir conjuntamente con los requisitos establecidos

 

No Aplica

No Aplica

Completar los formularios: Formulario N°7: "Lista de Equipos" y Formulario N°8 "Cronograma de Utilización de Equipos"

Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos

  1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados. En caso de ser de alquiler deben ser presentadas inventario de las maquinas.
  1. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.
  2. Para los equipos en alquiler deben presentar inventario de los mismos, a modo de constatar que no se encuentren comprometidos en otras obras dependientes del MOPC.
  3. Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia.
  4. Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.