Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Capacidad Técnica Los oferentes deberán contar con la certificación ISO 9001:2015 para demostrar que poseen un sistema de gestión de calidad. CONSULTA: En la capacidad técnica del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), se solicita la presentación de certificados ISO 9001:2015 vigentes. Esto puede limitar la participación de potenciales oferentes, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Por lo tanto, se solicita modificar este requisito para aceptar certificados ISO 9001:2015 o equivalentes, y/o la presentación de un Manual de Organización de Funciones y Procedimientos en la ejecución de los servicios ofrecidos por la empresa. Esta modificación tiene como objetivo promover la participación de potenciales oferentes fomentando asi las disposiciones establecidas en la DNCP. 02-10-2024 08-10-2024
2 capacidad tecnica En relacion al requisitos de capacidad técnica que dice: “Los oferentes deberán contar con ISO 9001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión”, se consulta a la Convocante cual será el mecanismo que utilizará el Comitte de Evaluacion de Ofertas para verificar la válidez del certificado y que la empresa certificadora se ecuentre acreditada por organismos internacionales como la IAF (International Accreditation Forum). 02-10-2024 08-10-2024
3 CONSULTA - CAPACIDAD TECNICA Teniendo en cuenta lo establecido en el apartado "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica" - “CAPACIDAD TÉCNICA” de la página 19 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se exige: "Los oferentes deberán contar con ISO 9001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión". considerando que la exigencia de contar con “CERTIFICACIÓN ISO 9001 restringe la participación de los oferentes exclusivamente a una reducida cantidad de empresas del rubro que poseen dicha certificación formal e innecesaria que no garantiza la ejecución satisfactoria del contrato, solicitamos la modificación del PBC y la eliminación de los requisitos que exigen contar con CERTIFICACIÓN ISO 9001, como requisito obligatorio para participar en la contratación pública, fundado en que dichas exigencias resultan técnicamente dispensables porque no garantizan ni aportan ningún beneficio a la Convocante. Cabe señalar que la exigencia de certificaciones formales e innecesarias como un condicionante mínimo para la participación en una contratación pública (CERTIFICADOS ISO) resulta una práctica indebida e infundada limitación de la libre concurrencia de los potenciales oferentes, en detrimento de lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS” y, principalmente, dicha exigencia se aparta de lo establecido en el Artículo 45 de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”. 04-10-2024 09-10-2024
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