Solicitamos respetuosamente a la Convocante lo siguiente: Las multas aplicadas por cada día de atraso al proveedor ha sido establecido en 0,5%, en cuanto a la multa por cada día de atraso en el pago por parte de la Convocante en 0,01%, en éste sentido, requerimos que en pos de que las clausulas de multas a ambas partes sean mas justas, equiparar estos valor que se encuentran muy distanciados entre si.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante lo siguiente: Las multas aplicadas por cada día de atraso al proveedor ha sido establecido en 0,5%, en cuanto a la multa por cada día de atraso en el pago por parte de la Convocante en 0,01%, en éste sentido, requerimos que en pos de que las clausulas de multas a ambas partes sean mas justas, equiparar estos valor que se encuentran muy distanciados entre si.
Se aclara al potencial oferente en cuanto al porcentaje estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones para la aplicación de las multas, en caso de que se configure la infracción por parte de la empresa adjudicada, se ha tenido en cuenta lo permitido en la reglamentación vigente en su Artículo 149.- De la sanción de multa copiado dice: "...Serán responsables directos del pago de la sanción de multa los sujetos citados en los incisos a) y b) del Artículo 143, y solidariamente responsables, los sujetos comprendidos en los incisos c) y d) del mismo artículo. El valor de la sanción de multa se dará entre: a) El 3% (tres por ciento), al 5% (cinco por ciento) para procedimientos cuyo monto estimado sea de hasta 5.000 (cinco) mil jornales. b) El 1% (uno por ciento) y 3% (tres por ciento), para procedimientos superiores a 5.000 (cinco) mil jornales.
La aplicación de una sanción de multa importará la determinación de una medida supletoria que garantice el cumplimiento de la sanción. Dicha medida consistirá en la fijación de un plazo de inhabilitación supletorio. Si el pago de la multa no se efectuare dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la notificación de la resolución que la disponga, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas procederá, en todos los casos y sin más trámites a aplicar la inhabilitación impuesta como medida, cuyo cumplimiento suplirá lo debido en razón a la multa...", en consecuencia, hemos indicado dentro de los citados parámetros. En cuanto al porcentaje en caso de demoras en el pago por parte de la Convocante es inferior en atención a que el Artículo 66.- Derechos de los Proveedores, Consultores o Contratistas. estipula cuanto sigue: "...Que se le reconozcan intereses moratorios; en caso de que las contratantes incurran en mora en el pago. Si la mora fuera superior a 60 (sesenta) días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante...", es decir a partir del día 61 el proveedor podrá ejercer los derechos desde solicitar el pago de los intereses que devenguen la mora en el pago por el periodo de la demora hasta que se haya efectuado el pago completo. Por tanto, esta Convocante se mantiene en los porcentajes estipulados en el PBC.
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Consulta sobre Muestras
Solicito respetuosamente a la Convocante la eliminación de la presentación de muestras, en atención a que al ser un producto nuevo y exclusivo para el mercado por el sistema de impresión UV, la preparación de la muestra genera un costo y movimiento importante de maquinarias solamente para su preparación. En éste sentido, y para que la Convocante pueda garantizar la calidad del producto, solicito que la presentación de muestras sea realizada por el oferente adjudicado, con exigencia de aprobación por el dpto solicitante, de forma previa a la provisión total.
Solicito respetuosamente a la Convocante la eliminación de la presentación de muestras, en atención a que al ser un producto nuevo y exclusivo para el mercado por el sistema de impresión UV, la preparación de la muestra genera un costo y movimiento importante de maquinarias solamente para su preparación. En éste sentido, y para que la Convocante pueda garantizar la calidad del producto, solicito que la presentación de muestras sea realizada por el oferente adjudicado, con exigencia de aprobación por el dpto solicitante, de forma previa a la provisión total.
En relación a lo solicitado, cabe mencionar que la Convocante establece los requisitos y criterios en el PBC, precautelando que el posible oferente cumpla con los criterios establecidos al momento de la apertura de ofertas a fin de salvaguardar los intereses institucionales y en virtud a que la muestra solicitada es de carácter prioritario atendiendo a que la adquisición del producto a realizarse es muy sensible, y de suma urgencia para los puestos de peaje que operan de manera ininterrumpida, modificar el criterio de presentación de muestra, podría hacer incurrir en falta grave a la convocante por no realizar una verificación anticipada del producto a adquirir; por lo expuesto y en salvaguarda de los intereses Institucionales; se mantiene el requisito.
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Consulta sobre Especificaciones Tecnicas
Solicito respetuosamente a la Convocante, aceptar impresiones a un solo color, mas las impresiones de seguridad UV. Asi como estan siendo utilizados actualmente en los puestos de peajes. Esto beneficiará a la Institución abaratando los costos, y permitirá que un mayor numero de oferentes puedan presentar una oferta.
Solicito respetuosamente a la Convocante, aceptar impresiones a un solo color, mas las impresiones de seguridad UV. Asi como estan siendo utilizados actualmente en los puestos de peajes. Esto beneficiará a la Institución abaratando los costos, y permitirá que un mayor numero de oferentes puedan presentar una oferta.
En atención a lo solicitado, el requerimiento se debe a que las impresiones a colores permiten una mayor calidad visual, además de mayor seguridad, en atención a que es más difícil adulterar, por lo expuesto es necesario este criterio para una mejor visualización de los tickets y brindar mayor transparencia institucional. Por lo que esta convocante se mantiene en dicho requisito.
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muestras de bobinas
Mi observación es, por la descripción de las características de las bobinas ya que una sola empresa cuenta con las mismas.( Marca de texto con tinta de luz negra, Invisible a la luz del día, la imagen impresa sera verificada bajo iluminación con lámparas UV especiales.) y otra empresa no tendría las mismas posibilidades ni con las muestras.
Ademas los precios referenciales están muy por encima de los precios del mercado.
Estaría bueno que solo por el precio sea la adjudicación.
Mi observación es, por la descripción de las características de las bobinas ya que una sola empresa cuenta con las mismas.( Marca de texto con tinta de luz negra, Invisible a la luz del día, la imagen impresa sera verificada bajo iluminación con lámparas UV especiales.) y otra empresa no tendría las mismas posibilidades ni con las muestras.
Ademas los precios referenciales están muy por encima de los precios del mercado.
Estaría bueno que solo por el precio sea la adjudicación.
En relación a la consulta es preciso mencionar que los requerimientos establecidos en el PBC, han sido establecidos en el afán de transparentar la gestión institucional, el criterio de contar con marca visible solo con luz de lámparas UV es de carácter imprescindible, teniendo en cuenta la seguridad de las transacciones en los peajes, y en atención a que las boletas de pago de las tasas de transito es un aval para el contribuyente. En cuanto a la observación a que solo una empresa cuenta con lo requerido, se menciona que se ha realizado un estudio de mercado, donde se ha socializado con los potenciales oferentes las especificaciones técnicas, en el retorno dado por las empresas consultadas (Oliva Comercial, Copel, Uniflex y Lugal) donde han remitido sus cotizaciones, y en ningún momento han mencionado que no poseen el producto objeto del presente llamado, por lo que existen varias empresas proveedoras. En relación al precio referencial, se aclara que este fue realizado tras un estudio de mercado, tomándose además para promediar el precio el ultimo ID: 429061, de la adjudicación del Llamado de adquisición de bobinas, aclarando por último que todo el proceso fue realizado con total apego a lo establecido por la Ley de contrataciones públicas.