Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Nombre y apellido: Lic. Gustavo Garcete.

 

Cargo: Director de Finanzas - Gabinete del Viceministerio de Administración y Finanzas.

 

Dependencia: Dirección de Finanzas

 

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

 

La necesidad que se pretende satisfacer con esta contratación es la de cumplir con lo establecido en Decreto Ley N° 198 del 25 de mayo de 1959 POR EL CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ESTABLECER EL COBRO DE TASAS DE TRANSITO EN PUENTES O TRAMOS DE RUTAS CAMINERAS DE LA REPUBLICA, que en su Artículo 3° establece: Autorizase al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a percibir las tasas de tránsito y a invertir su producido, por lo que las bobinas de papel son necesarias para la impresión de los comprobantes de pago, tanto en el sistema de equipos modernizados como también con las cajas registradoras.

 

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
  • Considerando el Decreto Ley N° 198 del 25 de mayo de 1959 POR EL CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ESTABLECER EL COBRO DE TASAS DE TRANSITO EN PUENTES O TRAMOS DE RUTAS CAMINERAS DE LA REPUBLICA, y en virtud a la necesidad de velar por la correcta percepción de las tasas de tránsito, la adquisición de bobinas de papel para los puestos de peaje se convierte en un llamado periódico considerando que el insumo es utilizado durante las 24 horas del día, 7 días de la semana y los 365 días del año.

 

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas

La convocante informa que las especificaciones técnicas que se encuentran incluidas en el PBC del llamado de referencia, fueron elaboradas en base a las necesidades existentes con las que cuenta actualmente la Institución y el principal objetivo del proyecto es cubrir dichas necesidades

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

CONTRATO ABIERTO     

SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR EL TOTAL

 

 

ITEM

 

Especificaciones Técnicas 

1

 

Bobinas de Papel de 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor, con sello de seguridad impreso en tinta invisible reactiva a la luz UV, las mismas son para cajas registradoras de la marca SHARP XE-A307 cuyas características son:

a) Anchura: 57 mm; (+/- 0,50 mm). Gramaje: 55 g/m2.

b) Diámetro exterior: 60 mm ; (+/- 0,50 mm).

c) diámetro interior del carrete: 15 mm (+/- 0,50 mm).

d) Debe llevar el logo del Ministerio y que diga Departamento de Tasas de Tránsito Tel. 021 4149376.

e) Cajas de 100 unidades, deberán estar selladas para su debida protección y resguardo en depósito.

2

Bobinas de Papel de 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor, con sello de seguridad impreso en tinta invisible reactiva a la luz UV, las mismas son para los equipos modernizados de peaje marca EPSON TM T88V cuyas características son:

a) Anchura: 79,5 mm; (+/- 0,50 mm). Gramaje: 55 g/m2.

b) Diámetro exterior: 65 mm ; (+/- 0,50 mm).

c) Diámetro interior del carrete: 15 mm (+/- 0,50 mm).

d) Debe llevar el logo del Ministerio y que diga Departamento de Tasas de Tránsito Tel. 021 4149376.

e) Cajas de 100 unidades, deberán estar selladas para su debida protección y resguardo en depósito

 

 

Observación: Respecto al logo Institucional, se informa que, por razones administrativas, podrían cambiar por lo que será comunicado a la empresa con antelación a la emisión de cada orden de provisión

                

MONTO MAXIMO: 900.000.000 ( Novecientos Millones)

MONTO MINIMO: 450.000.000 ( Cuatroscientos Cincuenta Millones)

 

               LOS SIGUIENTES PUNTOS SE AGREGAN MEMAREMENTE PARA COMPLEMENTAR LO ESTABLECIDO EN LAS CONDICIONES CONTRACTUALES ATENDIENDO QUE EN LA MISMA SOLO SE PUEDE AGREGAR VALORES NUMÉRICOS, NO ASÍ, LETRAS.

               Porcentaje de Multa

            El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,50%  por cada día corrido de atraso hasta la culminación de los servicios requeridos. Cuando el valor de las multas supere el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato (10%), la Contratante podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato por causas imputable al Contratista. En caso de no rescindir el contrato, se seguirán aplicando las multas sobre el valor de los servicios que se encuentren en mora. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado.

La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

                  Tasa de Interés por mora

 En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del:0,01 %  por cada día de atraso hasta que haya efectuado el pago completo.

La mora será computada a partir del día siguiente del vencimiento del pago y no incluye el día en el que la contratante realiza el pago.

Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.

Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22.

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

N°. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

Adquisicion de bobinas de Papel para los Puestos de Peaje

Bobinas de Papel de 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor, para cajas registradoras de la marca SHARP XE-A307

2

Adquisicion de bobinas de Papel para los Puestos de Peaje

Bobinas de Papel de 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor,  para los equipos modernizados de peaje marca EPSON TM T88V

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los bienes

Lugar donde los bienes

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

Bobinas de Papel 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor, con sello de seguridad impreso en tinta invisible reactiva a la luz UV, las mismas son para cajas registradoras de la marca SHARP XE-A307 cuyas características son:

a) Anchura: 57 mm; (+/- 0,50 mm). Gramaje: 55 g/m2.

b) Diámetro exterior: 60 mm ; (+/- 0,50 mm).

c) diámetro interior del carrete: 15 mm (+/- 0,50 mm).

d) Debe llevar el logo del Ministerio y que diga Departamento de Tasas de Tránsito Tel. 021 4149376.

e) Cajas de 100 unidades, deberán estar selladas para su debida protección y resguardo en depósito.

1

Unidad

Las entregas de las bobinas deberá realizarse en el Departamento de Gestión de Bienes y Servicios, sito en la Avda. General Santos N° 371 esquina Dr. Cayo Romero (Ex ATE) de 07:00 a 15:00 hs. Con el acompañamiento de un funcionario designado de la Coordinación Operativa.

10 días corridos, luego de la recepción de la Orden de Compra. Las Órdenes de Compras serán elaboradas y remitidas al proveedor, de acuerdo a las necesidades de la Convocante, en forma parcial.

 

2

Bobinas de Papel 55 gr para impresión térmica pre impresas en Tricolor, con sello de seguridad impreso en tinta invisible reactiva a la luz UV, las mismas son para los equipos modernizados de peaje marca EPSON TM T88V cuyas características son:

a) Anchura: 79,5 mm; (+/- 0,50 mm). Gramaje: 55 g/m2.

b) Diámetro exterior: 65 mm ; (+/- 0,50 mm).

c) Diámetro interior del carrete: 15 mm (+/- 0,50 mm).

d) Debe llevar el logo del Ministerio y que diga Departamento de Tasas de Tránsito Tel. 021 4149376.

e) Cajas de 100 unidades, deberán estar selladas para su debida protección y resguardo en depósito.

 

 

1

Unidad

Las entregas de las bobinas deberán realizarse en el Departamento de Gestión de Bienes y Servicios, sito en la Avda. General Santos N° 371 esquina Dr. Cayo Romero (Ex ATE) de 07:00 a 15:00 hs. Con el acompañamiento de un funcionario designado de la Coordinación Operativa.

10 días corridos, luego de la recepción de la Orden de Compra. Las Órdenes de Compras serán elaboradas y remitidas al proveedor, de acuerdo a las necesidades de la Convocante, en forma parcial.

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

La convocante inspeccionara todas las muestras (ESTE PUNTO REFIERE A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL POR TANTO SE SUGIERE INDICAR: SE COTEJARA QUE EL BIEN PROVISTO POR EL PROVEEDOR ADJUDICADO SEA EN LAS MISMAS CONDICIONES DE LA MUESTRA QUE FUE ACEPTADA EN LA EVALULACIÓN) de bobinas, conforme a lo ofertado, para corroborar que los bienes se ajusten a lo declarado en la oferta y en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones. 

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

De acuerdo a lo estipulado en las EETT