Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado: El Lic. Juan Carlos Cubilla Sanabria, Sub Director de Administración y Finanzas del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y del Ambiente.

Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La necesidad de garantizar la integridad de los trabajadores y usuarios en las Dependencias del MSPBS a fin de proteger los Bienes Muebles, Inmuebles y Equipos a través del Servicio de Vigilancia.

Justificación de la planificación, es una necesidad prioritaria y periódica.

Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: son ajustadas acordes a Leyes requeridas para dicho Servicio, especificaciones técnicas y necesidades del Servicio.

Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

Lote Ítem Descripción del Bien/ Servicio EETT Presentación Unidad de Medida Días Cantidad Personal Cantidad de Meses
1 1 Servicio de seguridad y vigilancia SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA  06:00 HS A 18:00 HS EVENTOS  MESES  LUNES A DOMINGOS Y FERIADOS  7 24
2 Servicio de seguridad y vigilancia SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA   18:00 HS A 06:00 HS EVENTOS  MESES  LUNES A DOMINGOS Y FERIADOS  7 24
  1. Control de acceso y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
  2. Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  3. Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinaria y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
  4. Resguardo de la seguridad de los funcionarios y personal en general.
  5. Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  6. Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, etc., durante las horas de realización de la vigilancia.

OTROS PUNTOS REQUERIDOS

  1. Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
  2. Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
  3. Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
  4. Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia.
  5. El personal de seguridad podrá desempeñar servicios de guardaespaldas, debidamente entrenado y acreditado para el efecto, ante el órgano de aplicación.     
  6. La empresa prestadora de servicio mínimamente deberá:

1. Ejercer la vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia.

2. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.

3. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.

4. Ejercer la custodia y protección de los valores en tránsito y atesorados en bóvedas.

5. Realizar la instalación, controlar el funcionamiento y efectuar la respuesta inmediata de sistemas de seguridad electrónica e informática.

Observación: La descripción de Tareas y Funciones es de forma indicativa, y podrá variar según las condiciones de los puestos de guardias, el personal de vigilancia recibirá indicaciones de la Dirección General y Dirección de Administración y Finanzas de las dependencias de la Red.

    1. Ejercer la Vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia.
    2. Prohibir el acceso de cualquier tipo de Alimentos o bebidas al salón de Atención al público en general.
    3. Resguardar el ingreso de vehículos al estacionamiento asignado a la Dirección.
    4. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
    5. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
    6. Ejercer la custodia y protección de los valores en tránsito y atesorados.
    7. Control de acceso y registro de funcionarios, usuarios externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
    8. Control estricto y registro de ingresos y salida de bienes patrimoniales de la contratante además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la contratante con fin de evitar sustracción, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la institución.
    9. Resguardo de la Seguridad de los Funcionarios y Personal en general.
    10. Acudir en forma inmediata y diligente ante la solicitud de auxilio de parte de las personas que requieren resguardo de su seguridad dentro de la institución.
    11. Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instituciones, maquinarias y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
    12. Vigilancia interna y perimetral, mediante rondas programadas conforme las normas establecidas por la institución.
    13. Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con las documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
    14. Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes,bultos, etc., durante las horas de realización de la vigilancia.
    15. Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instituciones u oficinas dela institución sin autorización correspondiente.
    16. Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
    17. Acudir en forma inmediata y diligente ante la solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la institución.
    18. Comunicar de inmediato al agente supervisor o al departamento institucional toda situación de irregularidad que detecte en la sede de la convocante, debiendo asentarse dicha situación en el registro de Novedades.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Condiciones de prestación del servicio

Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:

  1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
  2. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
  3. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
  4. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto  del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
  5. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
  6. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
  7. Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones de presencia, uniformados correctamente, aseados, con descanso previo suficiente, sin presentar uniformes rasgados, rotos o parchados, incluidos los equipos de seguridad operativos.
  8. Comunicar de inmediato al Jefe del Dpto. de Servicios de la Institución toda situación de inseguridad que detecte en la sede de la Convocante, debiendo asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.      
  9. Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia. Los agentes asignados a los servicios podrán ser capacitados por la Convocante para las tareas de prevención de incendio entre otros.

Requisitos del personal de seguridad privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Uniforme y equipamiento

Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:

1. Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.

2. Armas: Cada guardia deberá portar en su turno un Arma de Fuego de uso civil, con proyectiles para la recarga en caso de necesidad, a ser provistas por la empresa. El arsenal del oferente deberá estar compuesto de la siguiente manera: el 75%, calibre 38 y el resto calibre 12 y 22 en buenas condiciones de uso. El Proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley N°4.036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc. Conforme a la mencionada legislación, el Agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo: a) Credencial de identificación vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece. b) Copia del permiso de tenencia del arma de fuego otorgado a la empresa a la cual pertenece para uso de su personal, autenticada por escribano y notario público. c) Parar los servicios de guardaespaldas, necesitara la autorización de portación de armas expedido por la autoridad pertinente (DIMABEL) y vigentes al momento de presentación de ofertas. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.

Las empresas de seguridad privada de transporte de valores estarán autorizadas a llevar la cantidad de armas que aseguren la protección de la vida de la tripulación y de los valores en tránsito. Las armas a ser empleadas para este servicio, deberán ser de funcionamiento semi automática y no automática.

3. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.

La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.

Las empresas transportadoras de valores dotarán al personal operativo además del uniforme, chalecos antibalas, cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.

4. Sistemas de comunicación

La empresa contratista dispondrá de un sistema de comunicación a través de una red de Radios Comunicaciones, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de Servicios y la Base de Operaciones de la dependencia contratante.

La empresa contratista deberá estar debidamente autorizado por el Ministerio del Interior y la Comandancia de la Policía Nacional.

Aparatos tipo celular con saldo disponible, a los efectos de que los directivos o la Gerencia Departamental de Seguridad puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los agentes bajo ningún concepto los costos de las comunicaciones serán descontados a los agentes de seguridad.

Dispositivo de control de ronda para la vigilancia y el patrullaje del personal de guardia, que además será utilizado para la recolección de datos como la identificación del personal, ubicación geográfica en tiempo real, inicio/ fin de patrullaje y eventos de emergencia en tiempo real. No se aceptarán teléfonos celulares o smartphones como dispositivos de control de rondas, a efectos de evitar la distracción de guardias.

El dispositivo de control de ronda deberá cumplir mínimamente con los siguientes requisitos:

- Debe incorporar un módulo GSM/GPS/RFID en un solo dispositivo.

- Envío de eventos y ubicación geográfica a la central de monitoreo del oferente.

 - Alerta por sabotaje, intento de apertura o apagado al sacar la batería.

- Tecnología A-GPS, para posibilitar su uso tanto en el exterior como en el interior.

- Debe incorporar un acelerómetro para el envío de alerta en tiempo real a la central de monitoreo del oferente y a un celular en caso de caer al piso o que lo tiren (Man Down o Hombre Caído)

 - Poseer batería interna con duración mínima de 30 hs.

- Funciones de Geocerca (Perímetro), alarma automática si el usuario cruzara la frontera de la zona determinada. - Capacidad de memoria interna de 1.500 eventos o mayor.

- Posibilidad de recibir llamadas y realizar llamadas a números autorizados, altavoz y micrófono interno.

- Botón de pánico/emergencia con posibilidad de realizar llamadas y envío de SMS a un número autorizado. Además, debe ser visualizado como alerta en la central de monitoreo.

- Capacidad de realizar llamadas silenciosas.

*  El OFERENTE deberá proporcionar un dispositivo de control de rondas por cada puesto de guardia, es decir un dispositivo por turno diurno/nocturno y correr con todos los gastos que impliquen costos de comunicación entre el dispositivo de control de rondas y el centro de monitoreo, bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones será descontados a los Guardias de Seguridad.

5. Accesorios: Cada guardia de seguridad deberá portar en su turno al menos con un (01) cantidad de cada accesorio:

Ejemplos:

Tonfa (cachiporra), silbatos, linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led, para guardias nocturnos). Equipos de comunicación (teléfono móvil), red de radio comunicaciones.

La Empresa Contratada deberá proveer a su personal: Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.

Plan de prestación del servicio - horarios y lugar

El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:

Plan de prestación de servicio: La distribución de los Personales de Seguridad estará a cargo del Jefe de Portería el cual elabora una Planilla de Distribución y Horarios. Para mejor control de los Personales de Seguridad del Turno, se exigirá el Registro en el Reloj Marcador Biométrico cada 1 (una) hora.

  • La 1ra orden de Servicio deberá ser emitida dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores a la firma del contrato.
  • Las siguientes órdenes de Servicios serán emitidas según necesidad del administrador del contrato, hasta 30 días corridos anteriores a la fecha de finalización de la vigencia del contrato.

TIEMPO

CANTIDAD DE PERSONAL

FUNCION A DESEMPEÑAR

DIAS

HORARIO

LUGAR

ARMA

RADIO

DESDE

HASTA

12 HORAS

7

VIGILANTE

LUNES A DOMINGO INCLUIDO FERIADOS

6:00 a. m.

18 :00 p.m.

Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y del Ambiente

si

si

12 HORAS

7

VIGILANTE

LUNES A DOMINGO INCLUIDO FERIADOS

18 :00 p.m.

6:00 a. m.

si

si

Procedimiento de Entrega de Órdenes de Servicio: Sera comunicado al proveedor vía correo electrónico la existencia de órdenes de servicio para la entrega de los productos que le fueran adjudicados en el presente llamado. En caso que el proveedor adjudicado no hiciera efectiva la confirmación de lectura del correo electrónico, en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada se procederá a fecharla, contándose como fecha de recepción de la orden por parte del proveedor.

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Acta de Recepción de servicios 1

Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 1

Mensual Mes 1

Acta de Recepción de servicios 2 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 2 Mensual Mes 2
Acta de Recepción de servicios 3 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 3 Mensual Mes 3
Acta de Recepción de servicios 4 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 4 Mensual Mes 4
Acta de Recepción de servicios 5 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 5 Mensual Mes 5
Acta de Recepción de servicios 6 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 6 Mensual Mes 6
Acta de Recepción de servicios 7 Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual 6 Mensual Mes 7
Acta de Recepción de servicios ....xxx Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual ....xxx Mensual Mes xx
Acta de Recepción de servicios xxxxx Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual xxxxx Mensual Mes xxxx
Acta de Recepción de servicios (24) Acta de Recepción de servicios de conformidad Mensual (24) Mensual Mes 24

Durante la ejecución contractual, de acuerdo al plazo establecido en el Plan de Entrega de los servicios, el administrador del Contrato emitirá Informe de ejecución de servicios, dentro de los 5 primeros días hábiles de cada mes, el cual será exigida/o para los pagos correspondientes.