DONDE DICE:
5.19 Certificaciones de Choque según RTCA-DO-16G-2010.
FAVOR MODIFICAR A:
5.19 Certificaciones de choque según RTCA-DO-160G-2010
Se solicita modificar el item ya que el certificado solicitado es el RTCA-DO-160G-2010 (no el RTCA-DO-16G-2010).
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122
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DONDE DICE:
5.20 Certificaciones de Vibraciones según MIL-STD-810G-2008
FAVOR MODIFICAR A:
5.20 Certificaciones de Vibraciones según MIL-STD-810G-2008 o MIL-STD-810F
Se solicita que, además de aceptar la certificación de vibraciones según MIL-STD-810G-2008, también se considere válida la certificación MIL-STD-810F. Esto se justifica en que ambos estándares comparten procedimientos rigurosos de prueba y evaluación de vibraciones, asegurando la resistencia y confiabilidad del equipo en condiciones exigentes, y garantizando el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.
5.20 Certificaciones de Vibraciones según MIL-STD-810G-2008
FAVOR MODIFICAR A:
5.20 Certificaciones de Vibraciones según MIL-STD-810G-2008 o MIL-STD-810F
Se solicita que, además de aceptar la certificación de vibraciones según MIL-STD-810G-2008, también se considere válida la certificación MIL-STD-810F. Esto se justifica en que ambos estándares comparten procedimientos rigurosos de prueba y evaluación de vibraciones, asegurando la resistencia y confiabilidad del equipo en condiciones exigentes, y garantizando el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.
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123
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DONDE DICE:
5.24 Batería de 2800 MAH como mínimo. Que permita 200 descargas a 200 Joules como mínimo o 10 horas o más de funcionamiento.
FAVOR MODIFICAR A:
5.24 Batería que permita 200 descargas a 200 Joules como mínimo o 10 horas o más de funcionamiento
Se solicita eliminar el requisito de capacidad mínima de 2800 mAh y establecer que la batería debe permitir 200 descargas a 200 Joules como mínimo o garantizar al menos 10 horas de funcionamiento continuo, de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Esto se justifica ya que la capacidad en mAh no influye directamente en el desempeño clínico del dispositivo, dado que la calidad de la desfibrilación está garantizada por el diseño integral del equipo y no exclusivamente por la capacidad nominal de la batería.
5.24 Batería de 2800 MAH como mínimo. Que permita 200 descargas a 200 Joules como mínimo o 10 horas o más de funcionamiento.
FAVOR MODIFICAR A:
5.24 Batería que permita 200 descargas a 200 Joules como mínimo o 10 horas o más de funcionamiento
Se solicita eliminar el requisito de capacidad mínima de 2800 mAh y establecer que la batería debe permitir 200 descargas a 200 Joules como mínimo o garantizar al menos 10 horas de funcionamiento continuo, de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Esto se justifica ya que la capacidad en mAh no influye directamente en el desempeño clínico del dispositivo, dado que la calidad de la desfibrilación está garantizada por el diseño integral del equipo y no exclusivamente por la capacidad nominal de la batería.
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124
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DONDE DICE:
5.25 Autodiagnóstico diario, mensual y trimestral.
FAVOR MODIFICAR A:
5.25 Autodiagnóstico diario y mensual
Considerando que el autodiagnóstico diario y mensual superan el trimestral, se solicita eliminar este último, al no tener sentido alguno más que direccionar a una marca específica, restringiendo la participación y disminuyendo las posibilidades de mejores condiciones de contratación.
5.25 Autodiagnóstico diario, mensual y trimestral.
FAVOR MODIFICAR A:
5.25 Autodiagnóstico diario y mensual
Considerando que el autodiagnóstico diario y mensual superan el trimestral, se solicita eliminar este último, al no tener sentido alguno más que direccionar a una marca específica, restringiendo la participación y disminuyendo las posibilidades de mejores condiciones de contratación.
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125
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
6.1 Para mayor pluralidad de postores que puedan satisfacer el requerimiento, se solicita que el almacenamiento sea de 7 horas para ECG y RCP, quedando:
Almacenamiento de 7 horas de datos de ECG y RCP
6.1 Para mayor pluralidad de postores que puedan satisfacer el requerimiento, se solicita que el almacenamiento sea de 7 horas para ECG y RCP, quedando:
Almacenamiento de 7 horas de datos de ECG y RCP
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126
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
6.3 Para mayor pluralidad de postores, se solicita colocar este requerimiento como opcional, quedando:
Almacenamiento de hasta 500 registros de autodiagnóstico (OPCIONAL)
6.3 Para mayor pluralidad de postores, se solicita colocar este requerimiento como opcional, quedando:
Almacenamiento de hasta 500 registros de autodiagnóstico (OPCIONAL)
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127
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
7.1 Se solicita ampliar la posibilidad de exportación de datos agregando puerto infrarrojo, quedando:
Exportación de datos a través de USB y/o Bluetooth y/o tarjeta de memoria y/o puerto infrarrojo
7.1 Se solicita ampliar la posibilidad de exportación de datos agregando puerto infrarrojo, quedando:
Exportación de datos a través de USB y/o Bluetooth y/o tarjeta de memoria y/o puerto infrarrojo
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128
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - PUNTO 9.1
9.1 Se solicita eliminar el requisito de capacidad mínima de 2800 mAh. Esto se justifica ya que la capacidad en mAh no influye directamente en el desempeño clínico del dispositivo, dado que la calidad de la desfibrilación está garantizada por el diseño integral del equipo y no exclusivamente por la capacidad nominal de la batería.
9.1 Se solicita eliminar el requisito de capacidad mínima de 2800 mAh. Esto se justifica ya que la capacidad en mAh no influye directamente en el desempeño clínico del dispositivo, dado que la calidad de la desfibrilación está garantizada por el diseño integral del equipo y no exclusivamente por la capacidad nominal de la batería.
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129
Especificaciones Técnicas
Donde dice: "Rango de elección de energía:
De 100 Joules o menor a 200 Joules o mayor (pacientes adultos)
De 50 Joules o menor a 90 Joules o mayor (pacientes pediátricos)"
Solicitamos a la convocante modificar este punto a:
"Rango de elección de energía:
De 100 Joules o menor a 200 Joules o mayor (pacientes adultos)
De 50 Joules o menor a 90 Joules o mayor (pacientes pediátricos)
o Energía de salida única:
Pacientes Adultos: Nominal de 150 joules
Pacientes Pediátricos: Nominal de 50 joules"
Lo solicitado se basa en las recomendaciones de la American Heart Association (AHA) y la European Resuscitation Council (ERC), que establecen que la energía recomendada para los Desfibriladores Externos Automáticos es de 150 joules para pacientes adultos y 50 Joules para pacientes pediátricos, lo cual es suficiente para restablecer un ritmo cardíaco normal sin causar daños adicionales al miocardio.
Por lo que solicitamos ajustar este requisito a fin de permitir una mayor flexibilidad en la selección de equipos que cumplan con los estándares técnicos de funcionamiento comúnmente aceptados, sin comprometer la eficacia o funcionalidad del dispositivo en situaciones de emergencia.
Donde dice: "Rango de elección de energía:
De 100 Joules o menor a 200 Joules o mayor (pacientes adultos)
De 50 Joules o menor a 90 Joules o mayor (pacientes pediátricos)"
Solicitamos a la convocante modificar este punto a:
"Rango de elección de energía:
De 100 Joules o menor a 200 Joules o mayor (pacientes adultos)
De 50 Joules o menor a 90 Joules o mayor (pacientes pediátricos)
o Energía de salida única:
Pacientes Adultos: Nominal de 150 joules
Pacientes Pediátricos: Nominal de 50 joules"
Lo solicitado se basa en las recomendaciones de la American Heart Association (AHA) y la European Resuscitation Council (ERC), que establecen que la energía recomendada para los Desfibriladores Externos Automáticos es de 150 joules para pacientes adultos y 50 Joules para pacientes pediátricos, lo cual es suficiente para restablecer un ritmo cardíaco normal sin causar daños adicionales al miocardio.
Por lo que solicitamos ajustar este requisito a fin de permitir una mayor flexibilidad en la selección de equipos que cumplan con los estándares técnicos de funcionamiento comúnmente aceptados, sin comprometer la eficacia o funcionalidad del dispositivo en situaciones de emergencia.
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130
Especificaciones Técnicas
Donde dice: "Energía predeterminada:
200 - 300 - 360 y/o 150 200- 360 Joules (pacientes adultos)
50 - 70 - 100 y/o limitada a 50 Joules (pacientes pediátricos)"
Solicitamos a la convocante modificar este punto a:
"Energía predeterminada:
200 - 300 - 360 y/o 150 200 Joules (pacientes adultos)
50 - 70 - 100 y/o limitada a 50 Joules (pacientes pediátricos)
o Energía de salida única:
Pacientes Adultos: Nominal de 150 joules
Pacientes Pediátricos: Nominal de 50 joules"
Lo solicitado se basa en las recomendaciones de la American Heart Association (AHA) y la European Resuscitation Council (ERC), que establecen que la energía recomendada para los Desfibriladores Externos Automáticos es de 150 joules para pacientes adultos y 50 Joules para pacientes pediátricos, lo cual es suficiente para restablecer un ritmo cardíaco normal sin causar daños adicionales al miocardio. Mientras que, energías de 360 Joules o mayor, son recomendadas por dichas organizaciones, para Cardiodesfibriladores, los cuales no fueron solicitados para esta convocatoria.
Por lo que solicitamos ajustar este requisito a fin de permitir una mayor flexibilidad en la selección de equipos que cumplan con los estándares técnicos de funcionamiento comúnmente aceptados, sin comprometer la eficacia o funcionalidad del dispositivo en situaciones de emergencia.
Solicitamos a la convocante modificar este punto a:
"Energía predeterminada:
200 - 300 - 360 y/o 150 200 Joules (pacientes adultos)
50 - 70 - 100 y/o limitada a 50 Joules (pacientes pediátricos)
o Energía de salida única:
Pacientes Adultos: Nominal de 150 joules
Pacientes Pediátricos: Nominal de 50 joules"
Lo solicitado se basa en las recomendaciones de la American Heart Association (AHA) y la European Resuscitation Council (ERC), que establecen que la energía recomendada para los Desfibriladores Externos Automáticos es de 150 joules para pacientes adultos y 50 Joules para pacientes pediátricos, lo cual es suficiente para restablecer un ritmo cardíaco normal sin causar daños adicionales al miocardio. Mientras que, energías de 360 Joules o mayor, son recomendadas por dichas organizaciones, para Cardiodesfibriladores, los cuales no fueron solicitados para esta convocatoria.
Por lo que solicitamos ajustar este requisito a fin de permitir una mayor flexibilidad en la selección de equipos que cumplan con los estándares técnicos de funcionamiento comúnmente aceptados, sin comprometer la eficacia o funcionalidad del dispositivo en situaciones de emergencia.