| Item | RUBROS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
| 1 | Provisión y colocación de Cartel de obra (1,50x1,20m con marco metálico y chapa) | un. | 1,00 |
| 2 | Estudios de suelo | global | 1,00 |
| 3 | Relevamiento topográfico | global | 1,00 |
| 4 | Proyecto Ejecutivo | global | 1,00 |
| 5 | Estudios hidrológicos | global | 1,00 |
| 6 | Señalización | m2 | 1,00 |
| 7 | Remoción de estructura de madera existente | global | 1,00 |
| 8 | Excavación de suelo | m3 | 250,74 |
| 9 | Terraplen de acceso | m3 | 935,15 |
| 10 | Zapata de Hormigón In Situ (fck= 21MPa) | m3 | 26,88 |
| 11 | Cabezales de Piedra Bruta Colocada | m3 | 88,74 |
| 12 | Correa de H°A° | m3 | 2,53 |
| 13 | Traslado de Puentes modulares | 1tn/km | 3335 |
| 14 | Limpieza final de obra | global | 1,00 |
ESPECIFICACIONES TECNICA
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1 |
Provisión y colocación de Cartel de obra (1,50x1,20m con marco metálico y chapa) |
El cartel de la obra deberá ser de 1,50 x 1,20. Será de metal, con Chapa N° 24 y bastidores de caño de redondo de espesor 2mm. La chapa estará ploteada con los siguientes datos:
Institución: Municipalidad de Horqueta.
Administración: Jorge Centurión
Obra:
Licitación N° - Contrato N°
Resolución de Adjudicación N°
El cartel deberá ser colocado dentro de los 15 días de la expedición de orden de inicio de obras. Será anclado al piso y retirado una vez finalizadas los trabajos.
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2 |
Estudios de suelo |
Se deberán realizar tomas de muestra en 4 puntos mínimamente, para el estudio de suelo correspondiente, previo a los trabajos.
Los resultados de este estudio determinarán el proyecto ejecutivo que encaminará la construcción de la base para el puente metálico de 12 metros.
La documentación de los estudios de suelo deberá presentarse a la Fiscalización de la Municipalidad.
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3 |
Relevamiento topográfico |
El Contratista se encargará del relevamiento topográfico previo al proyecto ejecutivo. Deberá considerar las cotas de nivel de agua, crecidas, nivel de camino vecinal y nivel de piso terminado de puente. Todos estos datos serán traslados al proyecto ejecutivo para determinar posteriormente el replanteo de la obra.
Los datos de relevamiento obtenidos deberán presentarse a la Fiscalización de la Municipalidad.
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4 |
Proyecto Ejecutivo |
El Contratista se encargará del proyecto ejecutivo, para la definición de los últimos detalles componentes de la obra. Deberá presentar a la fiscalización todos los planos elaborados y posteriormente constar con el V°B° para su ejecución en obra.
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5 |
Estudios hidrológicos |
Será imprescindible realizar estudios hidrológicos criteriosos para obtención de datos a considerar en el proyecto ejecutivo. Todos los datos obtenidos deberán presentarse a la Fiscalización de la Municipalidad.
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6 |
Señalización |
El predio de obras deberá estar señalizadas con carteles indicativos de: DESVÍO, HOMBRES TRABAJANDO, PRECAUCIÓN, legibles, ubicados en lugares estratégicos. Cualquier daño que puedan sufrir los transeúntes por falta de o por mala señalización será exclusiva responsabilidad del Contratista. Los carteles de señalización deberán ser nuevos y retirados cuando finalice la obra y serán propiedad de la CONTRATANTE.
El predio de obras deberá estar señalizado, además, con cintas señalizadoras de peligro. El Contratista deberá mantener permanentemente en obra, a disposición de la Fiscalización de Obras, y en perfecto estado de conservación, cintas de material plástico, señalizadoras de peligro y los elementos de protección (conos fosforescentes).
Se deberá contar con obrador depósito de por lo menos de 20m2, podrá ser un contenedor o construirse con estructura de caños metálicos y chapa n° 24.
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7 |
Remoción de estructura de madera existente |
8.1) Descripción
Este trabajo consistirá en la remoción total o parcial, de todas las estructuras existentes, cercas, alambrados, muros y cualesquiera otras construcciones que no estén señaladas o que no estén indicadas para permanecer en su lugar y básicamente comprenden los siguientes trabajos:
a) Remoción de estructuras tales como alcantarillas, puentes, y otros.
b) Remoción de estructuras tales como edificaciones, murallas, cercas, etc. que deban efectuarse como consecuencia de expropiaciones a terceros por la construcción de la Obra.
c) Remoción de estructura para su traslado e instalación en los lugares indicados en los planos, de elementos tales como los que sirven para los servicios de ANDE, ESSAP y COPACO, como ser (postes, cañerías, etc.), que deban ser afectados por la construcción de la Obra.
Incluirá la recuperación, traslado y acopio, en lugares designados previamente o indicados por la Supervisión, de los materiales provenientes de la remoción y despeje, salvo que de otra manera se especifique y también incluirá el relleno de las zanjas, hoyos o pozos resultantes.
Deberá el contratista informarse en el terreno sobre las cantidades de servicios a ejecutar, teniendo en cuenta que las cantidades previstas son solamente estimativas, en consecuencia, toda diferencia en más o en menos no dará derecho al Contratista de reclamación alguna.
8.2) Preservación del Medio Ambiente
A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
- Los equipos a ser utilizados en la ejecución de este ítem, deberán ser tales que la operación de los mismos no cause efectos negativos en el equilibrio ambiental.
- Deberá tener toda la precaución razonable para evitar la contaminación de cursos de aguas con poluentes o contaminantes (combustibles, lubricantes, asfaltos, etc.).
- Los materiales provenientes de la ejecución de este ítem y que deban ser retirados de la Obra, deberán ser depositados en zonas aprobadas por la Fiscalización.
- La remoción de estas estructuras se realizará de tal manera que se impida la eliminación o descarga de materiales de construcción o materiales de desechos en los cursos de agua.
8.3) Requisitos para la Construcción.
Generalidades:
El Contratista efectuará el trabajo de desmantelamiento y/o demolición con el mayor cuidado posible, evitando destrucciones o maltratos innecesarios.
Si se debiera recurrir a operaciones que pudieran dañar una construcción nueva, todas esas operaciones deberán ser realizadas con anterioridad al comienzo de la nueva obra, a no ser que la fiscalización lo disponga de otra forma.
Todo material que fue indicado como recuperable, será desarmado en secciones, partes o piezas y podrá ser utilizado por el Contratista en obras auxiliares, siempre que no tenga otro destino previsto en estas Especificaciones.
Todos los materiales recuperados, serán de propiedad del MOPC y su almacenaje en lugares indicados por el Departamento de Puentes y Obras de Arte (DEPOA) y de acuerdo con esta Especificación estará a cargo del Contratista sin costo adicional alguno.
8.4) Remoción de puentes, alcantarillas y otras estructuras.
En los casos puntuales donde se deba remover puentes, alcantarillas u alguna otra estructura, el trabajo comprendido bajo este ítem abarca, sin limitarse a ello, al:
a) Desmantelamiento cuidadoso de las piezas que comprende la superestructura de la misma, incluyendo: barandas, tablero, vigas longitudinales y transversales y otras piezas menores de la misma. Comprende también el traslado y almacenamiento de todas las piezas aprovechables hasta los lugares indicados por la Supervisión.
b) La remoción y/o extracción de los elementos de la infraestructura incluyendo pilotes, soleras, elementos de contención y otras piezas menores de la misma. A indicación de la Supervisión, los elementos hincados o enterrados de la infraestructura podrán ser dejados en su lugar o cortados por lo menos 0,30 m más abajo de la superficie natural del terreno, o a nivel del fondo, cuando se encuentren en el cauce.
8.5) Remoción de elementos de servicios de ANDE, ESSAP Y COPACO.
Para tal efecto el Contratista, a fin de desarrollar los trabajos dentro de los plazos previstos hará con antelación necesaria al inicio de las actividades, un relevamiento de dichos elementos con el fin de actualizar los planos indicados de la Obra y debiendo convenir con dichas entidades la mejor forma de efectuar los trabajos de remoción, traslado, etc. de manera a no entorpecer el avance de la Obra, quedando a cargo exclusivo del Contratista las gestiones, gastos y responsabilidades pertinentes hasta dar por completado este Ítem.
8.6) Relleno posterior.
El vano dejado por la estructura removida será rellenado previa limpieza del fondo, en un todo de acuerdo a lo especificado en otras secciones de estas Especificaciones Técnicas, salvo que la fiscalización indique lo contrario.
8.7) Método de medición y forma de pago.
Se computará y certificará en forma global (gl) por todos los trabajos de remoción de estructuras existentes de acuerdo a las especificaciones precedentes, una vez aprobado por la Supervisión.
Las cantidades determinadas conforme al Método de Medición descripto más arriba serán pagadas al Precio Unitario Contractual correspondiente al Ítem Remoción de estructura existente de madera. El precio unitario será la compensación total por la provisión de materiales, equipos, mano de obra, medidas de seguridad, limpieza, retiro de los materiales, corrección de imperfecciones y todo otro trabajo o material necesario para la correcta ejecución del Ítem.
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8 |
Excavación de suelo |
9.1) Descripción
Este trabajo consiste en la excavación necesaria para las fundaciones de puentes. El relleno de reposición del volumen excavado alrededor de las estructuras hasta el nivel del terreno natural y la evacuación de todo el material excavado excedente están incluidos en este trabajo y se efectuarán de acuerdo a estas especificaciones y ajustándose razonablemente a los planos o bien como disponga la Fiscalización.
También deberá incluirse en este trabajo lo necesario en cuanto a desagote, bombeo, drenaje, entibado, apuntalado, la construcción necesaria de entramados y ataguías y en caso de ser necesario el uso de explosivos, así como el suministro de los materiales para tales obras y también la subsecuente remoción de entibación y ataguías. No se hará ninguna discriminación en cuanto a la clasificación de distintos tipos de material que fuese encontrado.
Así también este trabajo deberá incluir el suministro y colocación del material de relleno granular aprobado, para reponer el material inadecuado que se encuentra debajo de las fundaciones de las estructuras.
Queda establecido que las cotas de fundación indicadas en los planos son estimativas y han sido fijadas a los fines del cómputo métrico, las cotas definitivas a adoptar serán fijadas por la Inspección de Obra.
9.2) Requisitos para la Construcción. Generalidades
La Contratista deberá notificar a la fiscalización, con 10 días de anticipación, de la iniciación de cualquier excavación para que pueda tomar las elevaciones y medidas de las secciones transversales del terreno natural. El terreno natural contiguo a la estructura no deberá alterarse sin permiso de la fiscalización.
Las zanjas o fosas para la cimentación de las construcciones o fundaciones de las mismas, deberán ser excavadas hasta las cotas indicadas en los planos o según fuesen instruidas por la Supervisión. Deberán ser de suficiente tamaño para permitir el emplazamiento de las estructuras en el ancho y longitud indicadas.
La cota de la base de las funciones, si se indica en los planos, se debe considerar aproximada y la Supervisión puede ordenar por escrito el cambio de las dimensiones o cotas de tales estructuras.
Cuando el terreno de cimentación sea roca o un material duro, deberá ser librado de todo material flojo y cortado para que tenga una superficie firme, ya sea plana, escalonada o endentada, según ordene la Supervisión. Todas las grietas y rendijas deberán ser limpiadas y enlechadas con cemento. Toda piedra suelta o desintegrada y los estratos menudos, deberán ser removidos. La cota de fundación deberá estar como mínimo un metro por debajo del nivel más bajo de la superficie de la roca en la situación previa a la excavación.
Cuando la fundación tenga que apoyarse sobre material que no sea roca, la excavación hasta la cota de fundación no deberá hacerse sino hasta justamente antes de que dicha fundación vaya a ser colocada. Cuando el material en que se apoya la cimentación fuese blando, fangoso o de otro modo inadecuado a juicio de la Supervisión, la Contratista deberá remover ese material inadecuado y rellenar con material granular aprobado. Este relleno de cimentación deberá ser colocado y compactado en capas de 15 cm cada una, hasta que alcancen la cota de fundación.
En caso de utilizar equipo para la excavación, ésta se efectuará hasta 50 cm sobre la cota de fundación final, realizándose el resto de la excavación en forma manual.
Cuando se llegue a cota de fundación, esta superficie deberá ser nivelada mediante empedrado o una capa de hormigón pobre por debajo de la cota de fundación definitiva.
En caso de tener agua, se deberá construir un sistema de canales perimetral alrededor de la fundación con la finalidad de evitar que exista agua en la superficie nivelada. 3) Utilización de los materiales excavados
Todo el material excavado en la medida que sea adecuada, podría ser utilizado como relleno o terraplén. El material excedente, aun cuando provisionalmente fuera permitido, dentro de un curso de agua, deberá ser eliminado en tal forma que no obstruya la corriente ni perjudique en modo alguno la eficiencia o el aspecto de la construcción. En ningún momento se deberá depositar material excavado de manera que ponga en peligro la construcción parcialmente terminada.
9.3) Entibado, encofrado y trabajos afines
Se debe utilizar ataguías apropiadas y prácticamente impermeables donde quiera que se encuentren estratos o napas freáticas sitiadas por encima de la cota de fundación. La Contratista deberá presentar dibujos de detalle que muestren su método propuesto para la construcción de ataguías. Las ataguías o entibación para la construcción de fundaciones deberán, por lo general, ser colocados muy por debajo del fondo de las zapatas y deberán estar bien apuntaladas. Por lo general, las dimensiones interiores de las ataguías deben ser tales que permitan el espacio libre suficiente para la construcción de encofrados y la inspección de sus exteriores, así como para permitir el bombeo fuera de los encofrados.
Los encofrados deberán ser construidos de manera que protejan al hormigón fresco contra el daño que podría causar una repentina crecida de la corriente de agua, así como para evitar daños por erosión a la fundación. No deberá dejarse ningún maderamen ni apuntalamiento en los encofrados de modo que se introduzcan hacia el interior de la infraestructura, excepto cuando se tenga permiso por escrito de la Fiscalización.
Cualquier bombeo que se permita desde el interior de alguna parte cerrada de la fundación, deberá ser efectuado de modo que excluya la posibilidad de que alguna parte del hormigón pudiese ser arrastrada por el agua. Cualquier bombeo que fuese necesario durante el colado de hormigón o por lo menos 24 horas después del mismo, deberá ser efectuado desde un sumidero apropiado que se encuentre fuera del encofrado. El bombeo para agotar un encofrado sellado no se deberá comenzar hasta que el sello se encuentre suficientemente fraguado para resistir la presión hidrostática.
A menos que fuese dispuesto de otro modo, los encofrados, ataguías y apuntalamientos correspondientes, deberán ser retirados por la Contratista una vez terminada la infraestructura, de manera que no alteren o dañen la obra ya terminada.
9.4) Relleno
Las áreas excavadas alrededor de las estructuras deben ser rellenadas con material aprobado, en capas horizontales que no excedan de 15 cm de espesor hasta el nivel original del terreno. Cada capa deberá ser humedecida o secada, según sea necesario y completamente compactada con compactadores mecánicos.
Al efectuar los rellenos o terraplenes, el material deberá ser colocado simultáneamente hasta donde sea posible a la misma altura en ambos lados de un estribo, pilar o muro. Si las condiciones exigiesen la colocación de un relleno o terraplén a nivel más alto en un lado en comparación con el otro, el material adicional en el lado más alto no deberá ser colocado hasta que la Supervisión lo autorice. En todo caso es preferible no hacerlo hasta que la estructura haya estado en su lugar 14 días, o hasta que los ensayos realizados en laboratorio, bajo supervisión de la Supervisión, hayan comprobado que esa estructura hubiese alcanzado la suficiente resistencia para soportar cualquier presión creada por los métodos utilizados y los materiales colocados, sin causar daño o esfuerzo más allá de un factor de seguridad.
Los rellenos no deberán ser colocados detrás de los muros de hormigón correspondientes a estribos o estructuras de marco rígido, hasta que la losa superior haya sido vaciada y curada. Los rellenos y terraplenes colocados detrás de los estribos sujetados en su parte superior por la superestructura, y colocados detrás de los muros laterales de las alcantarillas, deberán ser colocados simultáneamente detrás de ambos estribos o ambos muros laterales de una estructura.
9.5) Medición y forma de pago
Las cantidades serán medidas en metros cúbicos (m3) y pagadas al Precio Unitario Contractual correspondiente al Ítem Excavación de suelo. El precio unitario será la compensación total por la provisión de materiales, equipos, mano de obra, medidas de seguridad, remoción de escombros, limpieza de laderas y cauces, retiro de los materiales, corrección de imperfecciones de la base de fundación, limpieza de grietas y discontinuidades, relleno de estos con mortero y todo otro trabajo o material necesario para la correcta ejecución del Ítem.
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9 |
Terraplen de acceso |
10.1) Descripción
Este trabajo consistirá en la provisión (excavación, carga y transporte), colocación y compactación de los suelos aptos provenientes de los lugares aprobados por la Supervisión, necesarios para la construcción de los terraplenes hasta las cotas de la subrasante del Proyecto. La cota, determinada en el proyecto, representa la subrasante del eje de la calzada, en un todo de acuerdo con estas Especificaciones y en conformidad a las alineaciones, cotas, secciones transversales y dimensiones de los Planos y/u Órdenes de Servicio.
10.2) Preservación del Medio Ambiente
A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este Ítem, la Contratista deberá tener en cuenta lo siguiente:
- La protección de taludes y otras áreas que requieran de tales cuidados se hará con el suelo orgánico del terreno natural cercano al talud del terraplén, o con los materiales acopiados según lo establecido en el Ítem Desbosque, desbroce y despeje con el fin de posibilitar el desarrollo del césped de protección.
- Los equipos a ser utilizados en la ejecución de este Ítem, deberán ser tales que la operación de los mismos no cause efectos negativos en el equilibrio ambiental.
- Con el fin de controlar posibles procesos erosivos se deberán empastar los taludes del terraplén de manera temprana, con la utilización del material de desbroce previamente acumulado, para garantizar la germinación.
- Los terraplenes en áreas húmedas, deberán ser construidos en el fondo con materiales granulares o rocosos para asegurar un drenaje libre. También se debe considerar el uso de una capa filtrante de arena, colocada debajo del relleno y/o geotextiles, salvo que los planos indiquen lo contrario.
- Son área de préstamo los yacimientos de suelos, gravas y rocas designados para explotación y uso en la construcción de terraplenes, capas superficiales de revestimiento, pavimentos, estructuras de concreto, etc. Las áreas de préstamos concentrados deben estar localizadas fuera del derecho de vía, pero generalmente en lugares cercanos al proyecto, por razones económicas.
- Además de lo antes especificado, la Contratista deberá compatibilizar las acciones para preservar el medio ambiente con todo lo indicado en las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG).
10.3) Materiales
Todos los materiales excavados que cumplan con los requisitos especificados en este Ítem, podrán ser empleados como materiales para terraplenes, con las siguientes restricciones:
- De ningún modo se aceptará en los terraplenes, la colocación de material que contenga fango, suelo vegetal, desperdicios, raíces, césped u otros materiales orgánicos.
- No se colocarán en los terraplenes materiales excavados de las Secciones del camino que, a juicio de la Supervisión, sean inadecuados, por su calidad o tamaño, incluyendo rocas y peñascos.
- No se admitirá en la capa superior del terraplén, de los caminos, en los últimos
0,30 m de espesor, suelos con CBR menor a 5% ni trozos de rocas mayores a 0,05 m en su mayor dimensión. Esta capa será formada con los mejores suelos disponibles, provenientes de cortes y préstamos, siempre y cuando su CBR sea mayor o igual al indicado en los planos.
- Se evitará en lo posible la colocación de material predominantemente limoso en la capa superior de 0,30 m de terraplén nuevo, o del ensanchamiento de terraplenes existentes.
- No se permitirá la construcción de terraplenes nuevos, o ensanchamientos de los existentes, en zonas sujetas a inundaciones prolongadas, con material que, por sus características de plasticidad y granulometría, se presente notoriamente como poco cohesivo, permeable y fácilmente erosionable.
10.4) Equipos
La Contratista empleará el número suficiente de equipo apropiado para las operaciones de esparcido, tratamiento y compactación del material aprobado para la ejecución de terraplenes, a fin de obtener camadas uniformes y uniformemente compactadas hasta la densidad especificada.
El equipo de compactación deberá satisfacer los requisitos individuales de construcción relativos al tipo, peso y cualquier otra característica específica requerida para el trabajo a ejecutar. Deberá presentar características y condiciones técnicas adecuadas para producir la compactación y densidad exigida, sin causar exfoliaciones, desplazamiento, surcos, aflojamiento y empujes adversos. El equipo usado para estos trabajos deberá ser previamente aprobado por la Supervisión, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
Para la construcción de terraplenes se llevará en consideración la utilización racional de equipos apropiados, que cumplan con las necesidades locales y tengan la producción necesaria para cumplir con los plazos de construcción. Se podrán utilizar tractores de lámina, traíllas, mototraíllas, palas cargadoras, camiones volquetes, motoniveladoras, compactadores estáticos o vibratorios, lisos o pata de cabra, de neumáticos, camiones regadores, tractor agrícola con rastra de disco.
10.5) Requisitos para la Construcción
Limpieza preliminar
Antes de proceder a la colocación del material para terraplenes, en cualquier área de trabajo, se debe haber efectuado todo el trabajo de limpieza de acuerdo a lo especificado en el ítem Desbosque, desbroce y despeje.
Preparación del asiento del terraplén
Ya sea en terraplenes existentes o a construirse, deberá removerse cualquier material que, a juicio de la Supervisión sea considerado inadecuado como base de asiento del nuevo material a colocar, mediante la ejecución de las excavaciones correspondientes. Previos a cualquier excavación deberán efectuarse los trabajos de nivelación y mediciones necesarios para poder determinar los volúmenes excavados a ser rellenados.
En los tramos en corte que presenten áreas de material inadecuado a nivel de subrasante, el mismo también será removido, si así lo indica la Supervisión.
Todas las excavaciones serán rellenadas y compactadas de acuerdo a los procedimientos previstos en este Ítem. Los volúmenes serán medidos y pagados bajo el Ítem "Terraplén de cabeceras".
Previo a la colocación de material de préstamo, la superficie del terraplén existente, y siempre que no se presente inestable (material inadecuado), deberá ser escarificada en
20 cm, distribuyendo el material en capas horizontales de espesor suelto uniforme, que cubrirá el ancho total que le corresponda en la base del terraplén terminado y recompactado hasta lograr una densidad mínima igual a la exigida para el mismo.
En los asientos de terraplenes nuevos, excepto en las áreas de material inadecuado, el suelo existente deberá compactarse dentro de los límites practicables, hasta alcanzar una densidad apropiada, teniendo en cuenta la falta de soporte de las capas inferiores, en un espesor de 0,15 m. A los efectos de asegurar la estabilidad y densidad de la subrasante en los sectores en corte, zonas de las cuales se utilizó como material de aporte para la construcción de terraplenes, y terraplenes con alteos menores a 0,30 m, estas deberán ser procesadas en un espesor mínimo de 0,30 m, desmenuzando el material aflojado, humedecido o aireado según sea necesario y compactado hasta la densidad requerida. Si la Contratista prefiere agregar material nuevo aceptable, a fin de facilitar la compactación, podrá hacerlo, pero no se hará pago adicional por ello.
No recibirá en ningún caso, pago directo el trabajo de compactación de suelos del lugar, incluso su escarificado, considerándose una obligación subsidiaria del Ítem Terraplén.
Preparación del asiento en los taludes existentes
En los ensanchamientos de terraplenes, el talud existente, cuando sea más escarpado que 2:1 (dos horizontales, uno vertical), deberá ser cortado en escalones, distanciados verticalmente no más de 0,20 metros a medida que el ensanchamiento se vaya elevando por capas horizontales sucesivas. La superficie horizontal del área cortada, así como el material cortado y el material agregado, serán compactados en la densidad requerida.
Para prevenir la tendencia al desplazamiento de los macizos de ensanchamiento de terraplenes, se procederá a arar surcos de una profundidad de 0,30 m en el área de asiento comprendida entre el pie del talud del terraplén existente y el pie del talud del ensanche proyectado.
Colocación del material
Los materiales para el terraplén deberán ser colocados en capas horizontales sucesivas, de no más de 0,20 m de espesor suelto. A criterio de la Supervisión, se podrán colocar capas de espesores mayores de acuerdo al tipo de suelo y equipo de compactación disponibles. Las capas deberán ser distribuidas en todo su ancho, excepto en caso de alteos donde se deba trabajar en medio ancho de la plataforma para mantener el tránsito. El desplazamiento del equipo de transporte y distribución del material deberá ser regulado de manera que utilice todo el ancho de cada una de las capas de material colocado. Cada capa deberá emparejarse y alisarse por medio de motoniveladoras y compactarse según se especifica más adelante. Los trabajos, materiales, así como cualesquiera otros gastos en las operaciones adicionales de escalonamiento de taludes y compactación de la capa superior de terraplenes existentes, donde fuera necesario, serán considerados supletorios, subsidiarios e incluidos en el trabajo descrito en este Ítem y amparado por el precio unitario contractual respectivo.
COMPACTACIÓN
Proceso constructivo
Excepto cuando se especifique de otra manera, el terraplén será construido en capas horizontales a todo lo ancho de la sección y en longitudes que hagan factibles los procesos de homogeneización, riego o secado, perfilado y compactación.
Cada capa de material suelto será regada hasta alcanzar la humedad requerida para su compactación. El material luego de humedecido será homogeneizado por medio de rastras, discos, motoniveladoras, u otros equipos que sean aprobados por la Supervisión.
El material con humedad en exceso, deberá ser aireado hasta disminuir la humedad a la requerida. Este proceso podrá ser acelerado por el uso del equipo arriba indicado para la homogeneización.
Alternativa
En los casos de ensanchamiento de terraplenes sobre superficies inclinadas del terraplén existente, y siempre que el ancho de ensanchamiento sea insuficiente para ejecutar la colocación y la compactación por capas en la forma anteriormente prescrita, la Contratista podrá proceder a la colocación y compactación por capas inclinadas siempre que el talud del terraplén existente sea menor que 4:1 (cuatro horizontal, uno vertical) después de la escarificación y regularización del talud existente.
La elección del tipo de equipo a ser empleado de acuerdo con su practicabilidad será de entera responsabilidad de la Contratista, a los fines de obtener tanto la perfecta ligazón del material existente con el nuevo, como las densidades requeridas en estas Especificaciones.
Compactación de áreas adyacentes a estructuras
No será permitido el uso de equipo pesado de compactación o de movimiento de tierras a distancias menores de 1,20 m de puentes o alcantarillas de hormigón armado.
El relleno y compactación de este espacio se hará con materiales seleccionados, colocados en capas de espesor suelto no mayor que 0,15 m y compactados hasta obtener la densidad requerida por medio del empleo de apisonadores mecánicos operados manualmente.
Los taludes existentes o dejados en el terraplén en construcción deberán ser cortados en escalones con superficies horizontales y verticales a fin de evitar el efecto de cuña sobre las estructuras del relleno.
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10 |
Zapata de Hormigón In Situ (fck= 21MPa) |
11.1) Descripción
Este Ítem comprende todos los trabajos necesarios para la construcción de zapatas de hormigón armado. Las cotas de fundación, ubicación, forma y dimensiones de las zapatas de hormigón armado deberán estar en todo de acuerdo con lo indicado en los Planos y/o lo ordenado por la Fiscalización.
11.2) Materiales
Los materiales responderán a las exigencias establecidas en el ítem Hormigón Estructural y Acero para armaduras.
11.3) Indicaciones Técnicas
La cota de cimentación se establece de acuerdo a los planos provistos por el Departamento de Puentes del MOPC. Para cualquier aclaración de dudas o sugerencias, se deberá comunicarse con la Jefatura del Departamento de Puentes.
Para este proyecto, de acuerdo a los estudios y sondeos realizados, la cota de cimentación se establece a una profundidad de 1.50 m medidos desde la cota de terreno natural.
La excavación deberá realizarse para ambas fundaciones antes de proceder a la construcción de las mismas.
En caso de presentarse un nivel de techo de roca localizada que imposibilita llegar a la cota de fundación indicada en los planos para alguna de las zapatas, se deberá informar a la Fiscalización quien hará los ajustes técnicos necesarios. La contratista sólo podrá avanzar con la construcción del cimiento luego de contar con los ajustes y aprobación de la Fiscalización.
Recubrimiento del H°: en toda estructura de hormigón que conforma el proyecto se establece como recubrimiento mínimo de 4 cm.
4) Método de medición
Las zapatas de hormigón armado se medirán por metro cúbico (m3) de estructura construida, y aceptada de acuerdo a estas especificaciones, los diseños y las órdenes de la fiscalización.
5) Forma de pago
La cantidad medida de la forma establecida en el párrafo anterior, se pagará al Precio Unitario Contractual estipulado para el ítem Zapata de hormigón, e incluye todos los gastos de provisión de toda la mano de obra, materiales, herramientas, equipos y accesorios para efectuar todo el trabajo requerido para la construcción de las zapatas de HºAº en el sitio aprobado, incluyendo todo el trabajo y materiales e imprevistos necesarios para la correcta ejecución del ítem, excepto la excavación estructural en suelo o en roca que se pagarán por ítem separado.
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11 |
Cabezales de Piedra Bruta Colocada |
Se deberán construir los muros de piedra bruta colocada, posterior a la construcción de las zapatas. Las piedras deberán ser basálticas e ir perfectamente trabadas. Se respetarán todas las dimensiones indicadas en los planos.
Dentro de este rubro, deberá preverse tubos de drenaje de 100mm x 1,30m, ubicados según la indicación de los planos.
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12 |
Correa de H°A° |
Una vez listo el muro de piedra bruta, se proedera a la construcción de la correa de H°A°, se seguirán las indicaciones de los planos de detalle.
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13 |
Traslado de Puentes modulares |
Este ítem consiste en el transporte de los módulos metálicos de puentes desde su lugar de origen (Departamento de Puentes del MOPC, San Lorenzo) hasta la zona de obras, donde posteriormente serán montados para la construcción del puente requerido.
Equipo
Los vehículos para el transporte de los módulos estarán sujetos a la aprobación de la Supervisión y deberán ser suficientes para garantizar el cumplimiento de las exigencias de esta especificación y del programa de trabajo.
Deberán estar provistos de los elementos necesarios para evitar contaminación o cualquier alteración perjudicial del módulo transportado y su caída sobre las vías empleadas para el transporte.
Todos los vehículos para el transporte de los módulos deberán cumplir con las disposiciones legales referentes al control de la contaminación ambiental.
Ningún vehículo de los utilizados por el Contratista podrá exceder las dimensiones y las cargas admisibles por eje y totales fijadas en las disposiciones legales vigentes en la materia.
Cada vehículo deberá, mediante un letrero visible, indicar su capacidad máxima, la cual no deberá sobrepasarse.
Los vehículos encargados del transporte deberán en lo posible evitar circular por zonas urbanas. Además, debe reglamentarse su velocidad, a fin de disminuir los riesgos de accidentalidad y de atropellamiento.
Requerimiento de trabajo
La actividad de la presente especificación implica solamente el transporte de los módulos a los sitios de montaje, según corresponda, de acuerdo con el proyecto y las indicaciones de la Supervisión, quien determinará cuál es el recorrido más corto y seguro para efectos de medida del trabajo realizado.
Aceptación de los trabajos
Los trabajos serán recibidos con la aprobación del Supervisor considerando: (a) Controles
(1) Verificar el estado y funcionamiento de los vehículos de transporte.
(2) Determinar la ruta para el transporte al sitio de utilización o desecho de los materiales, siguiendo el recorrido más corto y seguro posible.
(b) Condiciones específicas para el recibo y tolerancias
La Supervisión sólo medirá el transporte de módulos autorizados de acuerdo con esta especificación, los planos del proyecto y sus instrucciones. Si el Contratista utiliza para el transporte una ruta diferente y más larga que la aprobada por la Supervisión, éste solamente computará la distancia más corta que se haya definido previamente.
Medición y forma de pago
Las unidades de medida para el transporte de los módulos es el (1/ tn x km), medido a partir del lugar establecido de ubicación de los mismos.
El pago de las cantidades de transporte de módulos determinados en la forma indicada anteriormente, se hará al Precio Unitario pactado en el Contrato, por unidad de medida, conforme a lo establecido en esta Sección y a las instrucciones de la Supervisión.
El precio unitario deberá cubrir todos los costos por concepto de mano de obra, equipo, herramientas, acarreo y, en general, todo costo relacionado para ejecutar correctamente los trabajos aquí contemplados.
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Limpieza final de obra |
Comprende todos los trabajos necesarios para dejar limpia las zonas de obra. Se deberá retirar todo resto de material y otros residuos de las zonas/tramos de obra. Dentro de este rubro deberá incluirse el costo de la mano de obra, el transporte, disposición final y todos los servicios adicionales para dar cumplimiento a lo establecido. Las obras auxiliares ejecutadas por EL CONTRATISTA (depósitos, retretes, etc.) serán desmanteladas y retiradas del predio.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción
Ejemplos:
[Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría del Medio Ambiente (SEAM)]
[Permisos de la ERSSAN]
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
SE ANEXA PLANOS.-
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
EL PERIODO DE EJECUION DE LA OBRA: sera de 30 dias contados a partir de la emision de la orden de inicio por parte de la convocante y debidamente comunicada al contratista.-
LA ENTREGA DEL SITIO DE LA OBRA SERA POR EL TOTAL.-
La recepcion provisoria de las obras sera expedida por el fiscal designado por la convocante, al dia siguiente de la terminacion total de las obras y presentacion del certificado de obras final aprobado.-
La recepcion definitiva tendra lugar en el plazo de 5 ( cinco 9 dias corridos contados desde la fecha de la recepcion provisoria.-
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
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Certificado 1 |
Certificado N° 1 |
Noviembre/2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.