"Donde dice: La empresa adjudicada será responsable de garantizar el buen estado de todos los componentes, preservando el correcto
funcionamiento de todos los equipos y accesorios que correspondan a la centralizacion de los gases medicos ya sean en
comodado o de la Dependencia adjudicada tales como: las cañerias de Oxigeno,Gases Medicinales y de Vacio, consolas,
tomas, alarmas, cuadro de doble regulacion, valvulas de sectorizacion, reguladores de linea,fluxometros, reguladores de
vacio,frascos de aspiraciones, humidificador, cuadro de valvula de sectorizacion,reguladores de oxigeno medicinal para
balones, manifolds de gases medicos, el oferente debera reemplazarlos (equipos nuevos) en comodato en caso de que
algunos de los equipos citados dejen de funcionar, garantizando asi la correcta provision de los gases medicinales, a
excepción de los Compresores de Aire y Vacio. Todos estos materiales citados para el funcionamiento del sistema de abastecimiento de gases médicos, ya sean de propiedad del Hospital o de la empresa proveedora, sufren el deterioro del uso y manipuleo permanente, por lo que se imposibilita estimar el costo futuro e incluirlo en el gas. Siendo así, solicitamos que a cada reposición el Hospital sea el responsable del costo del equipamiento nuevo."
"Donde dice: La empresa adjudicada será responsable de garantizar el buen estado de todos los componentes, preservando el correcto
funcionamiento de todos los equipos y accesorios que correspondan a la centralizacion de los gases medicos ya sean en
comodado o de la Dependencia adjudicada tales como: las cañerias de Oxigeno,Gases Medicinales y de Vacio, consolas,
tomas, alarmas, cuadro de doble regulacion, valvulas de sectorizacion, reguladores de linea,fluxometros, reguladores de
vacio,frascos de aspiraciones, humidificador, cuadro de valvula de sectorizacion,reguladores de oxigeno medicinal para
balones, manifolds de gases medicos, el oferente debera reemplazarlos (equipos nuevos) en comodato en caso de que
algunos de los equipos citados dejen de funcionar, garantizando asi la correcta provision de los gases medicinales, a
excepción de los Compresores de Aire y Vacio. Todos estos materiales citados para el funcionamiento del sistema de abastecimiento de gases médicos, ya sean de propiedad del Hospital o de la empresa proveedora, sufren el deterioro del uso y manipuleo permanente, por lo que se imposibilita estimar el costo futuro e incluirlo en el gas. Siendo así, solicitamos que a cada reposición el Hospital sea el responsable del costo del equipamiento nuevo."
AJUSTARSE AL PBC DEBIDO A QUE LA EMPRESA ADJUDICADA ES LA RESPONSABLE DE GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE GASES MÉDICOS DEL HOSPITAL DONDE FUERE ADJUDICADO CON EQUIPOS Y ACCESORIOS, YA QUE EN EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE AMBAS PARTES ESTABLECE CLARAMENTE QUE EL OFERENTE DEBERÁ REALIZAR ESTA ASISTENCIA TÉCNICA SEGÚN NECESIDAD DEL SERVICIO Y REEAMPLAZAR LOS COMPONENTES QUE FUEREN NECESARIOS BAJO LA FIGURA DE COMODATO.
12
mantenimiento, reparación o reposición de equipos
Donde dice: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. OTRAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: La empresa adjudicada será responsable de garantizar el buen estado de todos los componentes, preservando el correcto funcionamiento de todos los equipos y accesorios que correspondan a la centralización de los gases medicos ya sean en comodato o de la Dependencia adjudicada tales como: las cañerías de Oxígeno, Gases Medicinales y de vacío, consolas, tomas, alarmas, cuadro de doble regulación, válvulas de sectorización, reguladores de línea, fluxómetros, reguladores de vacío, frascos de aspiraciones, humidificador, cuadro de válvula de sectorización, reguladores de segunda reducción, reguladores de oxígeno medicinal para balones, manifold de gases medicos, el oferente deberá reemplazarlos en comodato en caso de que algunos de los equipos citados dejen de funcionar, garantizando así la correcta provisión de los gases medicinales, a excepción de los Compresores de Aire y vacío.
Consulta :
Teniendo en cuenta que, el Ministerio de Salud tiene instaladas Plantas Generadoras de Oxígeno (PSA) y otras en proceso de adquisición, en el caso que las mismas sufran un desperfecto o tengan que paralizar para mantenimientos o sufran algún inconveniente técnico.
¿Cómo será la responsabilidad del presente punto sobre el mantenimiento y reparación de equipos de propiedad de los Hospitales que tendrán Planta Generadora de Oxígeno PSA?,
Favor aclarar: En este caso el mantenimiento, reparación o reposición de equipos, ¿correrá por cuenta de los Hospitales o se hará un llamado específico independiente para realizar los mantenimientos, reparaciones o reposiciones de equipos?
Donde dice: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS. OTRAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: La empresa adjudicada será responsable de garantizar el buen estado de todos los componentes, preservando el correcto funcionamiento de todos los equipos y accesorios que correspondan a la centralización de los gases medicos ya sean en comodato o de la Dependencia adjudicada tales como: las cañerías de Oxígeno, Gases Medicinales y de vacío, consolas, tomas, alarmas, cuadro de doble regulación, válvulas de sectorización, reguladores de línea, fluxómetros, reguladores de vacío, frascos de aspiraciones, humidificador, cuadro de válvula de sectorización, reguladores de segunda reducción, reguladores de oxígeno medicinal para balones, manifold de gases medicos, el oferente deberá reemplazarlos en comodato en caso de que algunos de los equipos citados dejen de funcionar, garantizando así la correcta provisión de los gases medicinales, a excepción de los Compresores de Aire y vacío.
Consulta :
Teniendo en cuenta que, el Ministerio de Salud tiene instaladas Plantas Generadoras de Oxígeno (PSA) y otras en proceso de adquisición, en el caso que las mismas sufran un desperfecto o tengan que paralizar para mantenimientos o sufran algún inconveniente técnico.
¿Cómo será la responsabilidad del presente punto sobre el mantenimiento y reparación de equipos de propiedad de los Hospitales que tendrán Planta Generadora de Oxígeno PSA?,
Favor aclarar: En este caso el mantenimiento, reparación o reposición de equipos, ¿correrá por cuenta de los Hospitales o se hará un llamado específico independiente para realizar los mantenimientos, reparaciones o reposiciones de equipos?
LA EMPRESA ADJUDICADA ASUME LA RESPONSABILIDAD TOTAL DEL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE TODOS LOS EQUIPOS RELACIONADOS CON LA CENTRALIZACIÓN DE GASES MÉDICOS, SIN EXCEPCIONES. ESTO INCLUYE EXPRESAMENTE LOS EQUIPOS DE LOS HOSPITALES QUE TENGAN UNA PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO PSA.
REEMPLAZO DE EQUIPOS DEFECTUOSOS: SI UN EQUIPO PRESENTA FALLAS O DEJA DE FUNCIONAR, LA EMPRESA ADJUDICADA ESTÁ OBLIGADA A REEMPLAZARLO POR OTRO EQUIPO NUEVO EN COMODATO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONALIDAD.
13
Deslinde de responsabilidad en el suministro
Ante un evento de falta de Oxígeno, detectado por el sistema de alarmas del Hospital; quien deberá proveer servicio técnico, de inmediato
- El Servicio Técnico del Proveedor de las plantas PSA’s ?
- El Servicio Técnico del Proveedor de Oxigeno medicinal; de origen criogénico ?
Ante un evento de falta de Oxígeno, detectado por el sistema de alarmas del Hospital; quien deberá proveer servicio técnico, de inmediato
- El Servicio Técnico del Proveedor de las plantas PSA’s ?
- El Servicio Técnico del Proveedor de Oxigeno medicinal; de origen criogénico ?
SE ACLARA QUE ANTE UN EVENTO DE FALTA DE OXÍGENO DETECTADO POR EL SISTEMA DE ALARMAS DEL HOSPITAL, LA RESPONSABILIDAD DE PROVEER SERVICIO TÉCNICO INMEDIATO RECAE EN EL PROVEEDOR ADJUDICADO EN ESTA LICITACION
14
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE - DECLARACION JURADA PARA GASES ESPECIALES
En la sección de “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, página 21, acertadamente, y de forma a dar mayor participación a potenciales oferentes, el Pliego de Bases y Condiciones establece que, en sustitución de la Carta de Autorización del Fabricante, específicamente y exclusivamente para los GASES ESPECIALES, la carta de autorización en cuestión podrá ser reemplazada para una Declaración de Jurada de provisión de los citados gases en cantidad y calidad en tiempos solicitados.
Solicitamos que dicho requisito, de la misma forma, también sea contemplada en la página 12, Sección del PBC donde también trata sobre dicho tema; es decir que en este apartado también se mencione el requisito de poder remplazar la Carta de Autorización del Fabricante por una Declaración de Jurada de proveer los GASES ESPECIALES en cantidad y calidad en tiempos solicitados.
De forma a unificar criterios, solicitamos que, en ambas secciones, es decir que también en la página 12, dicho requisito sea establecido tal cual como se establece en la página 21 del PBC, es decir de la siguiente forma:
Autorización del fabricante: Se deberá acreditar que es fabricante, representante oficial o distribuidor autorizado para el Paraguay de las marcas de los bienes ofertados, a dicho efecto deberá presentar la carta de autorización original o fotocopia debidamente autenticada ante Escribanía Publica. Para los Gases Óxido Nitroso Medicinal, Óxido Nítrico, Gas Carbónico Medicinal, Aire Comprimido Medicinal, Acetileno Disuelto, Nitrógeno Líquido, Gaseoso y Súper Seco Medicinal se sustituye el requisito de la Carta Autorización del Fabricante por una Declaración Jurada de proveer los citados gases en cantidad, calidad en tiempos solicitados.
26-12-2024
08-01-2025
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE - DECLARACION JURADA PARA GASES ESPECIALES
En la sección de “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, página 21, acertadamente, y de forma a dar mayor participación a potenciales oferentes, el Pliego de Bases y Condiciones establece que, en sustitución de la Carta de Autorización del Fabricante, específicamente y exclusivamente para los GASES ESPECIALES, la carta de autorización en cuestión podrá ser reemplazada para una Declaración de Jurada de provisión de los citados gases en cantidad y calidad en tiempos solicitados.
Solicitamos que dicho requisito, de la misma forma, también sea contemplada en la página 12, Sección del PBC donde también trata sobre dicho tema; es decir que en este apartado también se mencione el requisito de poder remplazar la Carta de Autorización del Fabricante por una Declaración de Jurada de proveer los GASES ESPECIALES en cantidad y calidad en tiempos solicitados.
De forma a unificar criterios, solicitamos que, en ambas secciones, es decir que también en la página 12, dicho requisito sea establecido tal cual como se establece en la página 21 del PBC, es decir de la siguiente forma:
Autorización del fabricante: Se deberá acreditar que es fabricante, representante oficial o distribuidor autorizado para el Paraguay de las marcas de los bienes ofertados, a dicho efecto deberá presentar la carta de autorización original o fotocopia debidamente autenticada ante Escribanía Publica. Para los Gases Óxido Nitroso Medicinal, Óxido Nítrico, Gas Carbónico Medicinal, Aire Comprimido Medicinal, Acetileno Disuelto, Nitrógeno Líquido, Gaseoso y Súper Seco Medicinal se sustituye el requisito de la Carta Autorización del Fabricante por una Declaración Jurada de proveer los citados gases en cantidad, calidad en tiempos solicitados.
FAVOR AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
15
Especificaciones técnicas - CPS
En la página 26 del PBC, el Lote 2 se refiere a II Región Sanitaria San Pedro con 3 items solicitados que son oxigeno líquido, gaseoso y aire comprimido medicinal. Mientras que en la página 32 de la misma sección, aparece la II R.S. San Pedro y el Hospital Regional de San Estanislao, totalizando 4 tanques para oxigeno líquido. En el mismo sentido, en los items solicitados aparece solamente II R.S. San Pedro sin referencia a San Estanislao. Favor especificar la ubicación de estos 4 tanques y si corresponde tal cantidad solicitada. Si el consumo mencionado para el lote 2, incluye a las dos dependencias.
En la página 26 del PBC, el Lote 2 se refiere a II Región Sanitaria San Pedro con 3 items solicitados que son oxigeno líquido, gaseoso y aire comprimido medicinal. Mientras que en la página 32 de la misma sección, aparece la II R.S. San Pedro y el Hospital Regional de San Estanislao, totalizando 4 tanques para oxigeno líquido. En el mismo sentido, en los items solicitados aparece solamente II R.S. San Pedro sin referencia a San Estanislao. Favor especificar la ubicación de estos 4 tanques y si corresponde tal cantidad solicitada. Si el consumo mencionado para el lote 2, incluye a las dos dependencias.
FAVOR AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Las dependencias pertenecientes a la 2da Región Sanitaria de San Pedro que contarán con tanques criogénicos en comodato son las siguientes:
Hospital Regional de San Pedro.
Hospital de Capiibary.
Hospital Distrital de Choré.
Hospital Distrital de Santaní.
La cantidad solicitada de tanques criogénicos se encuentra incluida dentro de los datos de consumo estimados de la 2da Región Sanitaria de San Pedro, contemplando todas las necesidades de las localidades mencionadas anteriormente.
16
Precios referenciales
Solicitamos la revisión y modificación del precio del ítem del Oxígeno Líquido del LOTE 1, ya que no corresponde a los costos operaciones actuales, teniendo en cuenta los costos asociados al suministro, al mantenimiento de equipos y redes hospitalarias, los cuales implican inversiones importantes durante la ejecución del contrato.
Solicitamos la revisión y modificación del precio del ítem del Oxígeno Líquido del LOTE 1, ya que no corresponde a los costos operaciones actuales, teniendo en cuenta los costos asociados al suministro, al mantenimiento de equipos y redes hospitalarias, los cuales implican inversiones importantes durante la ejecución del contrato.