Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 01

 Licitación de Menor Cuantía Nacional N° 02/2025 

Contratación de Seguros Varios Plurianual Ad Referéndum 

ID N° 459.837.

 

Se realiza modificaciones en la Sección de:

CONDICIONES CONTRACTUALES

Formas y Condiciones de Pago, el cual queda redactado de la siguiente manera:

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:  Se realizará en Guaraníes en 2 pagos; ,el primer pago se realizara en el ejercicio fiscal 2025 y el segundo pago en el ejercicio fiscal 2026. dentro de los sesenta (60) días contados desde la presentación de la factura y la/s Póliza/s respectiva/s, estando
sujeto a la disponibilidad del plan financiero institucional y Plan Caja; previa presentación de las facturas correspondientes. La/s factura/s será/n recibida/s en la Dirección General de Administración y Finanzas. Documentación que avale la entrega de las pólizas de Seguros. También podrán ser recibidas vía correo electrónico:  dgaf@ministeriopublico.gov.py 
La tasa fijada en el Artículo 63 de la Ley N° 7021/22 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, las contratantes deberán retener el equivalente al 0,4% (cero coma cuatro por ciento) del importe de cada factura o certificado de obra, deducidos los impuestos correspondientes que presenten a cobro los proveedores, consultores y contratistas con motivo de la ejecución de los contratos, materia de la presente ley a fin que estos montos sean destinados a la implementación, operación, desarrollo y sostenimiento del Sistema de información de contrataciones Públicas (SICP), el Registro de Proveedores del Estado, el Registro de compradores Públicos y cualquier otro sistema de información o base de datos que este directamente relacionado con el sistema de Nacional de contrataciones públicas de conformidad con las previsiones establecidas en los reglamentos pertinentes.

 

2. Con la solicitud de pago, y en caso de haberse requerido REASEGURO FACULTATIVO, el proveedor deberá remitir copia autenticada del Contrato de Reaseguro cubriendo el porcentaje requerido, los riesgos y pólizas adjudicadas.
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.           
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del
Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
5. De conformidad a lo dispuesto por el Código Civil en su artículo 1574, la falta de pago oportuno de la contratante, trae aparejada la liberación de pago de la indemnización, por suspensión de la cobertura. 
6. Los procesos de contratación de bienes, servicios, consultorías, locaciones y obras públicas, que se inicien en el presente Ejercicio Fiscal, y cuya disponibilidad presupuestaria está sujeta a aprobación, se realizarán en carácter ad referéndum, acompañado de un reporte de que la disponibilidad presupuestaria se encuentra en trámite de aprobación.        
7. La suscripción de los contratos y órdenes de compra bajo estas condiciones, estará sujeta a la obtención de certificado de disponibilidad presupuestaria.

 

Las demás cláusulas del pliego de bases y condiciones quedan sin modificaciones.

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Condiciones contractuales
  • Formas y condiciones de pago.

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459837-contratacion-seguros-varios-ad-referendum-plurianual/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda