Con relación a la presentación de entrega del ítem 66 Meropenem inyectable, donde menciona que la misma debe ser “FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE”. Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la siguiente presentación de entrega “Frasco ampolla / Frasco Ampolla + solvente”. Esto a modo de tener mayor cantidad de oferentes cotizantes para el ítem mencionado. Además de considerar que, dada la naturaleza del ítem, uso hospitalario, existen oferentes que fabrican presentaciones hospitalarias y no cajas tipo kit de uso unitario.
Con relación a la presentación de entrega del ítem 66 Meropenem inyectable, donde menciona que la misma debe ser “FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE”. Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la siguiente presentación de entrega “Frasco ampolla / Frasco Ampolla + solvente”. Esto a modo de tener mayor cantidad de oferentes cotizantes para el ítem mencionado. Además de considerar que, dada la naturaleza del ítem, uso hospitalario, existen oferentes que fabrican presentaciones hospitalarias y no cajas tipo kit de uso unitario.
Se realizo las modificaciones correspondientes. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones - Versión 2.
12
Ítem 147 – PIPERACILINA + TAZOBACTAM POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
Con relación a la presentación de entrega del ítem 80 Piperacilina + Tazobactam polvo liofilizado para inyectable, donde menciona que la misma debe ser “FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE”. Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la siguiente presentación de entrega “Frasco ampolla / Frasco Ampolla + solvente”. Esto a modo de tener mayor cantidad de oferentes cotizantes para el ítem mencionado. Además de considerar que, dada la naturaleza del ítem, uso hospitalario, existen oferentes que fabrican presentaciones hospitalarias y no cajas tipo kit de uso unitario.
05-02-2025
11-04-2025
Ítem 147 – PIPERACILINA + TAZOBACTAM POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
Con relación a la presentación de entrega del ítem 80 Piperacilina + Tazobactam polvo liofilizado para inyectable, donde menciona que la misma debe ser “FRASCO AMPOLLA + SOLVENTE”. Solicitamos a la convocante tenga a bien considerar la siguiente presentación de entrega “Frasco ampolla / Frasco Ampolla + solvente”. Esto a modo de tener mayor cantidad de oferentes cotizantes para el ítem mencionado. Además de considerar que, dada la naturaleza del ítem, uso hospitalario, existen oferentes que fabrican presentaciones hospitalarias y no cajas tipo kit de uso unitario.
Se realizo las modificaciones correspondientes. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones - Versión 2.
13
PLAN DE ENTREGA
Se solicita a la convocante ampliar el plazo de entrega para la primera orden. Donde actualmente se solicita la entrega con un plazo de 5 días hábiles, solicitamos que el mismo sea de al menos 20 días. Considerando los procesos internos de cada oferente y que muchos de los oferentes presentan ofertas de productos importados.
Se solicita a la convocante ampliar el plazo de entrega para la primera orden. Donde actualmente se solicita la entrega con un plazo de 5 días hábiles, solicitamos que el mismo sea de al menos 20 días. Considerando los procesos internos de cada oferente y que muchos de los oferentes presentan ofertas de productos importados.
Se solicita al potencial Oferente ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo la necesidad de contar con los medicamentos adjudicados en el menor tiempo posible.
14
MUESTRAS PARA PRODUCTOS IMPORTADOS
Solicito a la convocante incluir en el PBC que la declaración del número de registro sanitario en el envase secundario sea "impreso o por medio de etiquetas adheridas al mismo", según lo aprobado por DINAVISA, ente regulador.
Solicito a la convocante incluir en el PBC que la declaración del número de registro sanitario en el envase secundario sea "impreso o por medio de etiquetas adheridas al mismo", según lo aprobado por DINAVISA, ente regulador.
Se realizo las modificaciones correspondientes. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones - Versión 2.
15
MUESTRAS
se solicita amablemente a la convocante aclarar, si no habría inconveniente en recibir productos nacionales en envase primario blister/ampollas y el envase secundario sea cajas o solo se aceptara las muestras en el envase primario.
se solicita amablemente a la convocante aclarar, si no habría inconveniente en recibir productos nacionales en envase primario blister/ampollas y el envase secundario sea cajas o solo se aceptara las muestras en el envase primario.
Se recibiran los productos ya sea en envase primario y/o secundario, conforme a la forma de entrega de acuerdo a lo adjudicado.
16
Plazo de entrega
Se solicita amablemente a la convocante ampliar el plazo de entrega de 5 dias a 15 dias hábiles, esto de modo a cumplir al 100% con lo establecido con el PBC, considerando que las cantidades solicitadas son considerable y que los tiempos de importación o fabricación superan ampliamente los 5 dias solicitados.
Se solicita amablemente a la convocante ampliar el plazo de entrega de 5 dias a 15 dias hábiles, esto de modo a cumplir al 100% con lo establecido con el PBC, considerando que las cantidades solicitadas son considerable y que los tiempos de importación o fabricación superan ampliamente los 5 dias solicitados.
Se solicita al potencial Oferente ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo la necesidad de contar con los medicamentos adjudicados en el menor tiempo posible.
17
PLAZO DE ENTREGA
Se solicita amablemente a la convocante ampliar el plazo de entrega de 5 dias a 15 dias hábiles ya que las cantidades solicitadas son considerables y los tiempos de importación o fabricación superan ampliamente los 5 días solicitados.
Se solicita amablemente a la convocante ampliar el plazo de entrega de 5 dias a 15 dias hábiles ya que las cantidades solicitadas son considerables y los tiempos de importación o fabricación superan ampliamente los 5 días solicitados.
Se solicita al potencial Oferente ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo la necesidad de contar con los medicamentos adjudicados en el menor tiempo posible.
18
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC cita cuanto sigue: Para los productos importados, deberán presentar documentos que certifiquen el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y almacenamiento de origen, vigente a la fecha de apertura de ofertas, debidamente legalizado y consularizada o apostillado.
Conviene aclarar a la convocante que en la actualidad existen países que ya no emiten Certificados de Buenas Prácticas de Fabricación, tal es el caso de la República Popular China el cual desde el año 2019, ha reglamentado no emitir tales certificados, sino más bien emitir como único documento la Licencia/Certificado de Fabricación en el cual se refleja por un lado la habilitación de la planta elaboradora y por otro el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación. Es importante mencionarles que el ente regulador (DINAVISA) ya se ha expedido al respecto y la misma admite dichas licencias como documento suficiente para acreditar el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación. En caso de duda solicitamos amablemente realizar la consulta al ente regulador, además, como referencia citamos procesos licitatorios del IPS en donde se ha procedido a modificar este requisito (LPN Nº 32/22, LPN Nº 104/22, LPN Nº 96/22 y LPN Nº 99/22)
Por todo esto, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE LA AMPLIACIÓN DE DICHO REQUISITO DE LA SIGUIENTE MANERA: Para productos importados: Copia autenticada del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento, emitido a nombre del OFERENTE expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA), además del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación del Fabricante o Licencia/Certificado de Fabricación del fabricante del producto ofertado.
07-02-2025
11-04-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC cita cuanto sigue: Para los productos importados, deberán presentar documentos que certifiquen el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y almacenamiento de origen, vigente a la fecha de apertura de ofertas, debidamente legalizado y consularizada o apostillado.
Conviene aclarar a la convocante que en la actualidad existen países que ya no emiten Certificados de Buenas Prácticas de Fabricación, tal es el caso de la República Popular China el cual desde el año 2019, ha reglamentado no emitir tales certificados, sino más bien emitir como único documento la Licencia/Certificado de Fabricación en el cual se refleja por un lado la habilitación de la planta elaboradora y por otro el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación. Es importante mencionarles que el ente regulador (DINAVISA) ya se ha expedido al respecto y la misma admite dichas licencias como documento suficiente para acreditar el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación. En caso de duda solicitamos amablemente realizar la consulta al ente regulador, además, como referencia citamos procesos licitatorios del IPS en donde se ha procedido a modificar este requisito (LPN Nº 32/22, LPN Nº 104/22, LPN Nº 96/22 y LPN Nº 99/22)
Por todo esto, SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE LA AMPLIACIÓN DE DICHO REQUISITO DE LA SIGUIENTE MANERA: Para productos importados: Copia autenticada del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento, emitido a nombre del OFERENTE expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA), además del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación del Fabricante o Licencia/Certificado de Fabricación del fabricante del producto ofertado.
Se solicita al potencial Oferente ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, las especificaciones solicitadas fueron establecidas conforme a la necesidad y a las observaciones realizadas al momento de la verificacion por parte de la DNCP.
20
ITEM 98
Solicitamos a la convocante modificar o agregar al item 98 donde dice Ibuprofeno Cápsulas a Ibuprofeno Comprimidos y/o Ibuprofeno Cápsulas/comprimidos.
Solicitamos a la convocante modificar o agregar al item 98 donde dice Ibuprofeno Cápsulas a Ibuprofeno Comprimidos y/o Ibuprofeno Cápsulas/comprimidos.
Se solicita al potencial Oferente ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que lo solicitado se realiza en base a la solicitud del servicio medico requiriente. Ademas, en el sistema de la DNCP no se permite establecer dos presentaciones en un solo ítem.