Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
2 CAPACIDAD TECNICA Ciertos requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, los cuales consideramos que restringen injustificadamente la participación de oferentes y limitan el principio de libre competencia, establecido por la DNCP. Experiencia en edificaciones patrimoniales: Se establece "con experiencia demostrada en trabajos e intervenciones en edificaciones patrimoniales, con contrato vigente con la empresa" sin embargo, el edificio objeto de intervención no se encuentra registrado en la nómina de edificaciones patrimoniales. Esta exigencia resulta excesiva y no se justifica en función a la naturaleza real del proyecto, excluyendo innecesariamente a profesionales con experiencia similar pero no estrictamente patrimonial. Personal técnico electromecánico: En la planilla de ítems correspondiente al componente electromecánico, no es un llamado de items solo s específicos de electromecánica. Por lo tanto, la exigencia de contar con tantos personal electromecánico con determinadas características (como años de experiencia, matrícula, y permanencia en obra) no guarda relación con los trabajos a ejecutarse, lo que constituye un requisito desproporcionado e innecesario. Exigencia de 12 meses de afiliación al IPS: Requerir que el personal técnico figure en la nómina del oferente en el Instituto de Previsión Social (IPS) con una antigüedad mínima de 12 meses previos a la apertura de ofertas no se ajusta a la modalidad de contratación prevista, tratándose de un contrato abierto con ejecución por orden de trabajo, en el cual los servicios y personal requerido se activarán conforme a la demanda efectiva. Este requisito no solo limita a los oferentes que trabajan con esquemas flexibles de personal técnico especializado, sino que además podría considerarse una barrera a la participación y la eficiencia del servicio. Exigencia de infraestructura Debido a la urgencia de reparación de equipos de aire acondicionado se requiere que la empresa esté situada a un radio no mayor a 15 km a la redonda del Instituto Nacional de Salud). solo limita y no guarda relación. Por los motivos expuestos, solicitamos la revisión y adecuación de los requisitos mencionados a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de igualdad, libre concurrencia, proporcionalidad y no discriminación, consagrados en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y las disposiciones de la DNCP. 10-07-2025 17-07-2025
3 Capacidad Técnica esta direccionado la licitacion vamos a impugnar el pbc 15-07-2025 17-07-2025
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