ENVÍO DE EETT DE SUMINISTROS SE Y OBRAS DE DISTRIBUCIÓN
Solicitamos amablemente que nos puedan compartir todas las EETT de los suministros de equipos y materiales para las SEs, además, para la lista de obras solicitamos que nos puedan compartir las EETT de los ITEM SICP 912 (cable protegido),913 (cable protegido),915,916y 917 por favor.
07-03-2025
24-03-2025
ENVÍO DE EETT DE SUMINISTROS SE Y OBRAS DE DISTRIBUCIÓN
Solicitamos amablemente que nos puedan compartir todas las EETT de los suministros de equipos y materiales para las SEs, además, para la lista de obras solicitamos que nos puedan compartir las EETT de los ITEM SICP 912 (cable protegido),913 (cable protegido),915,916y 917 por favor.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las especificaciones técnicas remitidas a través de la Adenda N° 3, cuya copia obra en su poder.
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SOLICITUD DE FORMULA DE REAJUSTE
Solicitamos la implementación de una fórmula de reajuste basándonos en la volatilidad en los precios de las materias primas, como el cobre y el aluminio, esenciales en su fabricación. Esta fórmula permitiría ajustar los precios del contrato en función de las fluctuaciones del mercado. Al adoptar este mecanismo, se mitiga el riesgo de que los costos imprevistos afecten la viabilidad del proyecto, asegurando la continuidad y calidad en el suministro de los cables eléctricos.
Solicitamos la implementación de una fórmula de reajuste basándonos en la volatilidad en los precios de las materias primas, como el cobre y el aluminio, esenciales en su fabricación. Esta fórmula permitiría ajustar los precios del contrato en función de las fluctuaciones del mercado. Al adoptar este mecanismo, se mitiga el riesgo de que los costos imprevistos afecten la viabilidad del proyecto, asegurando la continuidad y calidad en el suministro de los cables eléctricos.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, cuya copia obra en su poder.
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ESPECIFICACION TECNICA DE SUMINISTRO SUBESTACIONES
Solicitamos a la convocante la publicación de las especificaciones técnicas de todos los ítems encontrados en la lista 1A del archivo de nombre “LC LPI 1817-24 LEAS PROY CONST SE-CPE EDIT Y PROT” encontrado entre los formularios editables en los documentos compartidos. Esto debido a que no se encuentran en el documento anexo “01-subestaciones-20250204t174430z-001-67a25243aa4eb.zip”
07-03-2025
24-03-2025
ESPECIFICACION TECNICA DE SUMINISTRO SUBESTACIONES
Solicitamos a la convocante la publicación de las especificaciones técnicas de todos los ítems encontrados en la lista 1A del archivo de nombre “LC LPI 1817-24 LEAS PROY CONST SE-CPE EDIT Y PROT” encontrado entre los formularios editables en los documentos compartidos. Esto debido a que no se encuentran en el documento anexo “01-subestaciones-20250204t174430z-001-67a25243aa4eb.zip”
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las documentaciones remitidas a través de la Adenda N°1 y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
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EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS, EXPERIENCIA EN PROVISIÓN DE CELDAS METALENCLOSED PARA 23KV COMO CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN.
Consulta: Teniendo en cuenta la limitación de la participación de oferentes establecido en el requisito de “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS” de la página 23 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que dice: “…Observación: (1) La naturaleza, complejidad y técnicas de construcción bajo dicho contrato deberán ser de características iguales o superiores a las de la presente licitación. Los suministros deberán incluir los principales equipos y materiales objetos del presente llamado, tales como, transformadores de potencia, equipos de maniobra y medición, CELDAS METALENCLOSED PARA 23 KV, paneles de protección, control y medición y sistemas de comunicación, de características comparables a las del presente llamado…” (sic), considerando que la EXPERIENCIA EN LA PROVISIÓN DE CELDAS METALENCLOSED PARA 23KV CONSTITUYE UNA LIMITACIÓN A LA LIBRE PARTICIPACIÓN DE OFERENTES CUYA EXPERIENCIA PREVIA ES LA PRIMERA VEZ QUE ES EXIGIDA POR LA ANDE COMO UNA CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN EN EL MARCO DE UNA LICITACIÓN PÚBLICA, por la presente solicitamos la modificación parcial del PBC con relación al requisito de “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS” para permitir la participación de oferentes con experiencia en la provisión de “CELDAS DEL TIPO METALCLAD O METALENCLOSED” para cumplir con la acreditación del requisito mínimo para participar en la licitación, fundado en que la redacción actual del PBC limita la participación de la licitación a una cantidad muy reducida de oferentes (adjudicados en llamados anteriores) que pueden cumplir con experiencia previa en la provisión de equipos de Celda Metalenlosed para 23KV.
Al respecto, solicitamos la modificación de la CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN porque la experiencia en la provisión de equipos desnaturaliza completamente la finalidad perseguida en la “LICITACIÓN BAJO LA MODALIDAD DE LEASING OPERATIVO”, en la cual lo relevante es el análisis de cada propuesta ofertada por los oferentes y no la limitación de la participación con base a una experiencia que no constituye un requisito técnicamente indispensable para la LICITACIÓN DE LEASING OPERATIVO convocada por la Convocante (ANDE), puesto que dicho equipo (CELDA METALENCLOSED 23KV) debe ser ofertado libremente por los oferentes y sin necesidad de contar con experiencia de provisión previa en licitaciones de la ANDE.
Como antecedentes licitatorios que respaldan la modificación solicitada del PBC, debemos señalar si la ANDE requiere la instalación de equipos de “CELDAS METALENCLOSED 23KV”, RESULTA TÉCNICAMENTE INTRASCENDENTE E IRRELEVANTE CONTAR CON EXPERIENCIA PREVIA EN LA PROVISIÓN DE DICHO EQUIPO A LA ANDE, menos aun tratándose de una “CONDICIÓN EXTRAORDINARIA Y TÉCNICAMENTE INFUNDADA” que no fue requerida en llamados anteriores de la ANDE que son de IGUAL Y MAYOR ENVERGADURA a esta licitación, para lo cual traemos a colación la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1753 (PROYECTO CHACO) y la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1815 (MODERNIZACIÓN DE LA SUBESTACIÓN DE ACARAY) en cuyos llamados se requirió la instalación de Celdas Metalenclosed de 23 KV, PERO NINGUNA DE LAS LICITACIONES CITADAS SE EXIGIÓ CONTAR CON “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN LA PROVISIÓN DEL EQUIPO COMO CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN DE LOS OFERENTES”. Por tanto, consideramos probado que la exigencia de contar con experiencia previa en la provisión de “Celdas Metalenclosed 23KV”, constituye una CONDICIÓN QUE RESTRINGE LA LIBRE PARTICIPACIÓN PÚBLICA y representa un REQUISITO DE EXPERIENCIA TÉCNICAMENTE DISPENSABLE, conforme a lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, así como acreditamos la modificación del requisito de experiencia con base en lo establecido en el Artículo 45 “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
07-03-2025
24-03-2025
EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS, EXPERIENCIA EN PROVISIÓN DE CELDAS METALENCLOSED PARA 23KV COMO CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN.
Consulta: Teniendo en cuenta la limitación de la participación de oferentes establecido en el requisito de “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS” de la página 23 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que dice: “…Observación: (1) La naturaleza, complejidad y técnicas de construcción bajo dicho contrato deberán ser de características iguales o superiores a las de la presente licitación. Los suministros deberán incluir los principales equipos y materiales objetos del presente llamado, tales como, transformadores de potencia, equipos de maniobra y medición, CELDAS METALENCLOSED PARA 23 KV, paneles de protección, control y medición y sistemas de comunicación, de características comparables a las del presente llamado…” (sic), considerando que la EXPERIENCIA EN LA PROVISIÓN DE CELDAS METALENCLOSED PARA 23KV CONSTITUYE UNA LIMITACIÓN A LA LIBRE PARTICIPACIÓN DE OFERENTES CUYA EXPERIENCIA PREVIA ES LA PRIMERA VEZ QUE ES EXIGIDA POR LA ANDE COMO UNA CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN EN EL MARCO DE UNA LICITACIÓN PÚBLICA, por la presente solicitamos la modificación parcial del PBC con relación al requisito de “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS” para permitir la participación de oferentes con experiencia en la provisión de “CELDAS DEL TIPO METALCLAD O METALENCLOSED” para cumplir con la acreditación del requisito mínimo para participar en la licitación, fundado en que la redacción actual del PBC limita la participación de la licitación a una cantidad muy reducida de oferentes (adjudicados en llamados anteriores) que pueden cumplir con experiencia previa en la provisión de equipos de Celda Metalenlosed para 23KV.
Al respecto, solicitamos la modificación de la CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN porque la experiencia en la provisión de equipos desnaturaliza completamente la finalidad perseguida en la “LICITACIÓN BAJO LA MODALIDAD DE LEASING OPERATIVO”, en la cual lo relevante es el análisis de cada propuesta ofertada por los oferentes y no la limitación de la participación con base a una experiencia que no constituye un requisito técnicamente indispensable para la LICITACIÓN DE LEASING OPERATIVO convocada por la Convocante (ANDE), puesto que dicho equipo (CELDA METALENCLOSED 23KV) debe ser ofertado libremente por los oferentes y sin necesidad de contar con experiencia de provisión previa en licitaciones de la ANDE.
Como antecedentes licitatorios que respaldan la modificación solicitada del PBC, debemos señalar si la ANDE requiere la instalación de equipos de “CELDAS METALENCLOSED 23KV”, RESULTA TÉCNICAMENTE INTRASCENDENTE E IRRELEVANTE CONTAR CON EXPERIENCIA PREVIA EN LA PROVISIÓN DE DICHO EQUIPO A LA ANDE, menos aun tratándose de una “CONDICIÓN EXTRAORDINARIA Y TÉCNICAMENTE INFUNDADA” que no fue requerida en llamados anteriores de la ANDE que son de IGUAL Y MAYOR ENVERGADURA a esta licitación, para lo cual traemos a colación la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1753 (PROYECTO CHACO) y la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1815 (MODERNIZACIÓN DE LA SUBESTACIÓN DE ACARAY) en cuyos llamados se requirió la instalación de Celdas Metalenclosed de 23 KV, PERO NINGUNA DE LAS LICITACIONES CITADAS SE EXIGIÓ CONTAR CON “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN LA PROVISIÓN DEL EQUIPO COMO CONDICIÓN DE PARTICIPACIÓN DE LOS OFERENTES”. Por tanto, consideramos probado que la exigencia de contar con experiencia previa en la provisión de “Celdas Metalenclosed 23KV”, constituye una CONDICIÓN QUE RESTRINGE LA LIBRE PARTICIPACIÓN PÚBLICA y representa un REQUISITO DE EXPERIENCIA TÉCNICAMENTE DISPENSABLE, conforme a lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, así como acreditamos la modificación del requisito de experiencia con base en lo establecido en el Artículo 45 “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 3, cuya copia obra en su poder.
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CONSULTAS VARIAS
1- Favor de subir al portal de la DNCP las EETT de las obras y suministros para las subestaciones.
2- ¿Donde se debe considerar que serán entregados los repuestos de los distintos rubros?
3- Para el ítem 125, ¿Se debe considerar que los repuestos de la pantalla electrostática será del 100% de lo que será montado? Ídem para el ítem 276.
4- ¿El ítem 1.1.1.19 no debería llamarse "Pantalla electrostática"?
5- De manera en la que esta descrito, el ítem 129 ya esta contenido en el ítem 127, ¿Esto es así?, ídem para los ítems 280 y 278.
1- Favor de subir al portal de la DNCP las EETT de las obras y suministros para las subestaciones.
2- ¿Donde se debe considerar que serán entregados los repuestos de los distintos rubros?
3- Para el ítem 125, ¿Se debe considerar que los repuestos de la pantalla electrostática será del 100% de lo que será montado? Ídem para el ítem 276.
4- ¿El ítem 1.1.1.19 no debería llamarse "Pantalla electrostática"?
5- De manera en la que esta descrito, el ítem 129 ya esta contenido en el ítem 127, ¿Esto es así?, ídem para los ítems 280 y 278.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, cuanto sigue:
1. Las documentaciones remitidas a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
2. Los repuestos deberán ser entregados en los Depósitos de la ANDE de San Lorenzo.
3. Tanto para los ítems 125 y 276 de la Lista de Cantidades, se solicitan como repuesto la Provisión de Herrajes y accesorios "en cantidades y tipo idénticos" a lo utilizado para el proyecto en el Rubro Pantalla Electrostática, por lo que su apreciación es correcta y se deberá suministrar como repuesto el cien por ciento (100%) de lo montado en cada Subestación.
4. Efectivamente el ítem 1.1.1.19 corresponde a Pantalla electrostática.
5. Las correcciones de los ítems 127 y 278 de la Lista de Cantidades remitido a través de la Adenda N° 3, cuya copia obra en su poder.
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CONSULTA FORMA DE COTIZAR
1) Si, salvada la etapa de la evaluación técnica de la Oferta, sólo será considerado como criterio de adjudicación el monto de la cuota y el valor residual ofrecidos, ¿Qué sentido tiene cotizar precios desagregados por ítem?, por ejemplo: para las fundaciones de Ho.Ao. de las SE¨s y seguramente habrá más
2) Esa forma de cotizar, además, colisiona con el espíritu del PB&C que afirma:
"1.1. La convocante no efectuara pagos por los rubros ejecutados por los cuales el oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se consideraran incluidos en los precios unitarios y totales que figuran en el formulario de oferta. El precio cotizado."
O en otro párrafo:
"Se aclara que las cantidades vistas en la Lista de Cantidades son referenciales. Por tal motivo, el oferente será el único responsable de sus cotizaciones, las cuales deberán atender efectivamente la presentación requerida, a la cuota periódica licitada. No se reconocerán costos extras."
U otro:
"Análisis de precios Ofertados:
No aplica, los precios son referenciales, no se licitan los ítems, solo el precio total atreves de una cuota periódica y el valor residual."
La que, además, colisiona con:
"La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el comité de evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:"
1) Si, salvada la etapa de la evaluación técnica de la Oferta, sólo será considerado como criterio de adjudicación el monto de la cuota y el valor residual ofrecidos, ¿Qué sentido tiene cotizar precios desagregados por ítem?, por ejemplo: para las fundaciones de Ho.Ao. de las SE¨s y seguramente habrá más
2) Esa forma de cotizar, además, colisiona con el espíritu del PB&C que afirma:
"1.1. La convocante no efectuara pagos por los rubros ejecutados por los cuales el oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se consideraran incluidos en los precios unitarios y totales que figuran en el formulario de oferta. El precio cotizado."
O en otro párrafo:
"Se aclara que las cantidades vistas en la Lista de Cantidades son referenciales. Por tal motivo, el oferente será el único responsable de sus cotizaciones, las cuales deberán atender efectivamente la presentación requerida, a la cuota periódica licitada. No se reconocerán costos extras."
U otro:
"Análisis de precios Ofertados:
No aplica, los precios son referenciales, no se licitan los ítems, solo el precio total atreves de una cuota periódica y el valor residual."
La que, además, colisiona con:
"La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el comité de evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:"
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que el oferente deberá completar la Lista Referencial de Precios en su totalidad, indicando los precios, en los ítems establecidos en la misma. Por favor, considere una lectura adecuada al apartado Método de Evaluación, ítems a), b), c), d) de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN", a efectos de su cumplimiento.
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Peso de la torre DCE diseño suministrado por ANDE
Solicitamos el peso de los siguientes ítem´s correspondientes a la Torre DCE autoportante Reticulada Doble Terna - Cruce de Río, detallados a continuación; 146-GABARITO DE MONTAJE G1 148-GABARITO DE MONTAJE G2 150-GABARITO DE MONTAJE G3 152-BASE+75 154-BASE +81; aunque los planos están disponibles, no incluyen dicha información, la cual es fundamental para la cotización. Asimismo, solicitamos esta información dado que las Especificaciones Técnicas de la obra indican que esta estructura se debe suministrar “conforme planos de fabricación suministrados por ANDE”.
Solicitamos el peso de los siguientes ítem´s correspondientes a la Torre DCE autoportante Reticulada Doble Terna - Cruce de Río, detallados a continuación; 146-GABARITO DE MONTAJE G1 148-GABARITO DE MONTAJE G2 150-GABARITO DE MONTAJE G3 152-BASE+75 154-BASE +81; aunque los planos están disponibles, no incluyen dicha información, la cual es fundamental para la cotización. Asimismo, solicitamos esta información dado que las Especificaciones Técnicas de la obra indican que esta estructura se debe suministrar “conforme planos de fabricación suministrados por ANDE”.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 3, cuya copia obra en su poder.
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Especificaciones Técnicas para Subestaciones - Lp1817-24 Proyecto de Construcción e Interconexión de la Subestación Carmelo Peralta
Entre los documentos publicados en el portal de la DNCP, no se encuentran las especificaciones técnicas correspondientes a los ítems de la lista 1A de la Lista de Cantidades “LC LPI 1817-24 LEAS PROY CONST SE-CPE EDIT Y PROT”. Solicitamos, por favor, que dichas especificaciones sean compartidas a la brevedad posible.
Realizamos este pedido debido a que, hasta la fecha, no han sido publicados ni se visualiza ningún EETT, y el plazo para la presentación de la oferta es inferior a un (1) mes.
11-03-2025
21-03-2025
Especificaciones Técnicas para Subestaciones - Lp1817-24 Proyecto de Construcción e Interconexión de la Subestación Carmelo Peralta
Entre los documentos publicados en el portal de la DNCP, no se encuentran las especificaciones técnicas correspondientes a los ítems de la lista 1A de la Lista de Cantidades “LC LPI 1817-24 LEAS PROY CONST SE-CPE EDIT Y PROT”. Solicitamos, por favor, que dichas especificaciones sean compartidas a la brevedad posible.
Realizamos este pedido debido a que, hasta la fecha, no han sido publicados ni se visualiza ningún EETT, y el plazo para la presentación de la oferta es inferior a un (1) mes.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las documentaciones remitidas a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
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METODO DE EVALUACION
En el PBC Método de evaluación (pag 14). Sub cláusula b), dice: “Para determinar la oferta evaluada como la más conveniente ha d etomarse en consideración:
- El precio total de la prestación
- La cuota periódica licitada
- El precio residual correspondiente”
Se consulta si la CUOTA PERIÓDICA ¿deberá ser un único monto fijo e invariable o puede ser una cuota variable en el tiempo?
En el PBC Método de evaluación (pag 14). Sub cláusula b), dice: “Para determinar la oferta evaluada como la más conveniente ha d etomarse en consideración:
- El precio total de la prestación
- La cuota periódica licitada
- El precio residual correspondiente”
Se consulta si la CUOTA PERIÓDICA ¿deberá ser un único monto fijo e invariable o puede ser una cuota variable en el tiempo?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que la Cuota Periódica Licitada es un monto fijo invariable.
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PLAZO DE PROYECTO Y OBRA
En el PBC Periodo de construcción (pag 40), se indican las siguientes etapas:
- Primera etapa: 30 días.
- Segunda etapa: 45 días.
- Tercera etapa: 180 días.
- Cuarta etapa: 720 días.
Entendemos que, desde la primera hasta la tercera etapa, que corresponde al proyecto ejecutivo, el plazo total es de 180 días (6 meses), y que la cuarta etapa (suministro y construcción) el plazo total es de 720 días (24 meses), totalizando entre Proyecto ejecutivo y la Construcción un plazo total de 30 meses, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC Periodo de construcción (pag 40), se indican las siguientes etapas:
- Primera etapa: 30 días.
- Segunda etapa: 45 días.
- Tercera etapa: 180 días.
- Cuarta etapa: 720 días.
Entendemos que, desde la primera hasta la tercera etapa, que corresponde al proyecto ejecutivo, el plazo total es de 180 días (6 meses), y que la cuarta etapa (suministro y construcción) el plazo total es de 720 días (24 meses), totalizando entre Proyecto ejecutivo y la Construcción un plazo total de 30 meses, ¿es correcto nuestro entendimiento?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que conforme lo establece el Pliego de Bases y Condiciones que el plazo total del presente llamado es de veinticuatro (24) meses o setecientos veinte (720) días calendario, contados a partir de la orden de inicio del contrato, conforme indicado en el Contrato respectivo.