Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
item | DESCRIPCION DEL SERVICIO | UNIDAD | CANT. |
1 | Servicios técnicos profesionales de asesoría técnica presupuestaria y financiera para la Gobernación de Cordillera | meses | 18 |
Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas
PROCEDIMIENTOS
1.1 Objetivos Generales
Verificar las Ejecuciones Presupuestarias de Ingresos y Gastos de la Gobernación de Cordillera, correspondiente desde de enero a diciembre del Ejercicio Fiscal 2025, y de enero a junio del ejercicio fiscal 2026 a fin de evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en cuanto a la presentación y autenticidad de los documentos que respaldan las operaciones presupuestarias, efectuadas, registradas.
1.2 Objetivos Específicos
1. Realizar una revisión analítica de los documentos, a fin de obtener evidencia válida, suficiente, competente que sirva de sustentos para evitar cometer errores en las Ejecuciones Presupuestarias de Ingresos y Egresos correspondiente desde enero a diciembre del Ejercicio Fiscal 2025 y de enero a enero del 2026.
2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones emitidas: por la Ley Nº 1535/99 De Administración Financiera del Estado, y su Decreto Reglamentario N° 8127/00, Ley N° 7021 De Suministros y Contrataciones Pública, Ley N° 3966 Orgánica Municipal, Ley N° 1626/2000 De la Función Pública, Ley N° 213/93 Código del Trabajo, Ley Nº 7050/23 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2023 y sus decreto reglamentarios; Decreto N° 20132/2003 Manual de Patrimonio, Reglamento Interno de la gobernacion.
3. Verificar que todos los conceptos de ingresos y egresos estén debidamente estimados, devengados, recaudados, obligados, pagados y registrados.
4. Determinar que en las ejecuciones presupuestarias se consideren: criterios de eficacia, eficiencia y desempeño en la ejecución del presupuesto institucional, corroborando las metas definidas de acuerdo al modelo de control y evaluación presupuestaria, procedimientos, especificaciones técnicas y operativas definidas para la implementación del Proceso de Control y Evaluación del Presupuesto de la Gobernación.
5. Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan efectuado de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
6. Verificar el cumplimiento de la implementación de las acciones que fueron presentada por el Departamento de Auditoría Interna de la Institución.
7. Verificación de las operaciones presupuestaria, financiera, administrativa, gestión pública, contable y económica.
8. Estudio, Evaluación y Comprobación del Sistema de Control Interno, a los efectos de determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los trabajos.
9. Verificación de los procesos de Contrataciones públicas a fin de determinar si los mismos fueron realizados de acuerdo a las disposiciones legales - Ley 7021/22 De suministro y Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones y demás normas vigentes que rigen los procesos de contrataciones públicas,
10. Control de los legajos de las rendiciones de cuenta a fin de determinar que las ejecuciones se adecuen a la resolucion de la CGR 605/222 y otras disposiciones al respecto
11. Verificación del control de cumplimiento del decreto numero 20132/03 " Por el cual se aprueba el manual que establece normas y procedimientos para la administracion, control, custodia, clasificacion y contabilizacion de los bienes del estado patrimoniales de la institucion
12. Verificar la elaboracion del plan estrategico institucional y cumplimiento del mismo.
13. Revisar la gestion institucional, a fin de determinar el cumplimiento a los objetivos, metas, planes, programas, subprogramas, proyectos, actividades y obras de acuerdo a lo planificado.
14. Control analítico y sistemático de las Rendiciónes de cuentas de las Ejecuciónes Presupuestarias de los ejercicios fiscales.
15. Verificación del PAC institucional y los términos de referencia del PBC.
16. Verificación de las conciliaciones bancarias y el control cruzado de las tranferencias recibidas en concepto de ingresos propios institucional.
17. Verificación de la Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos, a efectos de determinar la veracidad de los saldos expuestos y los respaldos documentales.
2. Alcance
Este análisis consistirá en la revisión analítica de las documentaciones y la obtención de evidencia válida, suficiente, que sirva de sustentos para evitar cometer errores en la Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente desde enero al 31 de diciembre del Ejercicio Fiscal 2025 y de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal 2026.
El seguimiento, monitoreo se hará sobre la base de comprobaciones selectivas de las evidencias y documentos que soportan la gestión presupuestaria de la Gobernación; y la verificación del cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la Administración Financiera del Estado Paraguayo, la Ley del Presupuesto General de la Nación (PGN), y la Ley Orgánica Departamental.
Abarca también procedimientos sustantivos consistentes en observaciones físicas, para la constatación de las operaciones registradas y no registradas y la efectiva recepción de los bienes y servicios adquiridos.
3. Estrategia y enfoques de Control
Las técnicas a ser aplicadas estarán orientadas a la obtención de evidencia válida, suficiente, competente que sirva de sustentos para evitar cometer errores en la Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente desde enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2025 y de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal 2026.
4. Disposiciones legales aplicables
Las siguientes disposiciones legales forman parte del marco jurídico que reglamentan los objetivos, fines, funciones, actividades y el campo de acción de los organismos intervinientes:
• Constitución Nacional de la República del Paraguay.
• Ley Nº 1535/99 De la Administración Financiera del Estado.
• Decreto Nº 8127/00 Que reglamenta la implementación de la Ley Nº 1535/99 De Administración Financiera del Estado.
• Ley Nº 7408/2024 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2025 y sus Decretos Reglamentarios.
• Ley Nº 7021/22 De suministros y Contrataciones Públicas y su Reglamentación Decreto Nº 2264/24.
• Ley N° 426 Orgánica Departamental
• Decreto Nº 20132/03 Por el cual se aprueba el Manual que establece normas y procedimientos para la administración, control, custodia, clasificación y contabilización de los bienes del estado y deroga el Decreto Nº 39759/83.
• Ley Nº 1626/00 De la Función Pública y sus modificaciones.
• Ley N° 213/93 Código del Trabajo.
• Ley Nº 276.- Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República.
• Otras legislaciones relacionadas.
Los trabajos se llevarán a cabo en las oficinas de la Gobernación, con el personal establecido por la empresa adjudicada, en el horario establecido por la Entidad, de acuerdo a las documentaciones que serán proveídos por la Institución para el cumplimiento de los objetivos propuestos. Se detallan los principales trabajos a realizar: Horario de trabajo: Estar a disposición de las autoridades de la Gobernación, todos los días hábiles de 07:00has hasta 15:00hs, así como en horarios y días no hábiles si se presentasen casos de urgencias o situaciones que ameriten su presencia., según las necesidades de la Institución, a fin de cumplir con los plazos de los procesos.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo
[Insertar el N° del Artículo]
Nombre de los Bienes o Servicios
[Indicar nombre]
Especificaciones Técnicas y Normas
[indicar ET y Normas]
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem | Descripción del servicio | Cantidad | Unidad de medida de los servicios | Lugar donde los servicios serán prestados | Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 | Servicios técnicos profesionales de asesoría técnica presupuestaria y financiera | 18 | meses | En el local de la Gobernacion de Cordillera. Dirección: Dr. Pino y Pozo de la Virgen Caacupé. | El mismo será de 5 (cinco) días hábiles después de haber recibido la orden de servicio éstos deberán ser realizados de conformidad a las especificaciones técnicas. Dicha orden podrá ser remitida vía fax y/o correo electrónico.Estar a disposición de las autoridades de la Gobernación, todos los días hábiles de 07:00has hasta 15:00hs, así como en horarios y días no hábiles si se presentasen casos de urgencias o situaciones que ameriten su presencia. , según las necesidades de la Institución, a fin de cumplir con los plazos de los procesos. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Febrero 2025 |
Informe 2 |
Informe |
marzo 2025 |
Informe 3 |
Informe |
abril 2025 |
Informe 4 |
Informe |
mayo 2025 |
Informe 5 |
Informe |
junio 2025 |
Informe 6 | Informe | julio 2025 |
Informe 7 | informe | agosto 2025 |
Informe 8 | informe | septiembre 2025 |
Informe 9 | informe | octubre 2025 |
Informe 10 | informe | noviembre 2025 |
Informe 11 | informe | diciembre 2025 |
Informe 12 | informe | enero 2026 |
Informe 13 | informe | febrero 2026 |
Informe 14 | informe | marzo 2026 |
Informe 15 | informe | abril 2026 |
Informe 16 | informe | mayo 2026 |
Informe 17 | informe | junio 2026 |
Informe 18 | informe | julio 2026 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.