Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Presentación |
Contrato Abierto |
Monto Mínimo |
Monto Máximo |
Seguro Médico Institucional |
Unidad |
Evento |
Sí |
Gs. 2.400.000.000 |
Gs. 4.800.000.000 |
Plazo de vigencia: 12 (doce) meses
Plurianual: 2025-2026
El importe unitario por mes (por titular) no podrá ser superior a Gs. 1.000.000 (un millón de guaraníes), conforme lo establecido en el Art. 219 de la Ley 7408/24 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación del Ejercicio Fiscal 2025. La oferta superior al monto establecido será descalificada.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
CONTRATACIÓN DE SEGURO MÉDICO INTEGRAL PARA FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
OBJETO.
Contratación de servicio de seguro médico integral para funcionarios permanentes, comisionados y personal contratado del Ministerio de Industria y Comercio.
PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS.
El importe unitario por mes (por titular) no podrá ser superior a Gs. 1.000.000 (un millón de guaraníes), conforme lo establecido en el Art. 219 de la Ley 7408/24 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación del Ejercicio Fiscal 2025. La oferta superior al monto establecido será descalificada.
Forma de Adjudicación: por el total
Contrato Abierto: Sí (2025-2026)
Monto Mínimo: Gs. 2.400.000.000
Monto Máximo: Gs. 4.800.000.000
Plazo de vigencia: 12 (doce) meses
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Titular: Funcionario Permanente, Personal Contratado y Funcionario Comisionado.
La cantidad referencial actual de titulares es de 395, no obstante, esta cantidad estará sujeta a modificaciones, en la medida que el Ministerio de Industria y Comercio así lo requiera.
Son Beneficiarios de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por el Ministerio de Industria y Comercio al Oferente Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular e hijas solteras hasta el día que cumpla 22 años que ingresen en el listado inicial.
Grupo Familiar:
Para los titulares casados/as, serán tomados como miembros de su grupo familiar:
a su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por unión de hecho formalizado a través de un juzgado de paz), a sus hijos/as hasta el día que cumplan 22 años.
a sus hijos y hermanos con capacidades diferentes (mentales y/o físicos) sin límite de edad, presentando la certificación correspondiente de la SENADIS y documentación de carácter judicial que avale que la persona se encuentra a cargo del titular.
a sus hijastros/as, sobrinos/as y adoptados/as a cargo del titular con matrimonio formal y/o unión de hecho declarada, hasta el día que cumplan 22 años, presentando la guarda legal, tutela, adopción con la documentación que avale la Sentencia Judicial de Guarda, Tutela o Adopción emitida por el Poder Judicial de la persona que se encuentra a cargo del titular, gestionada por los organismos judiciales competentes.
El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A, a decisión del titular, pudiendo este incluir a su nuevo/a cónyuge a su grupo familiar.
Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, sin hijos menores de 22 años (por Declaración Jurada) serán tomados como miembros de su grupo familiar a sus hermanos/as con capacidades diferentes sin límite de edad presentando la certificación correspondiente de la SENADIS y documentación de carácter judicial que avale que la persona se encuentra a cargo del titular. Uno de sus padres, sin límite de edad podrá ser incluido/a como miembro de su grupo familiar, el cual no podrá ser reemplazado/a, salvo caso de fallecimiento. El padre o madre que no sea incluido en el grupo familiar podrá ingresar como adherente, mediante el pago de una prima del 35% del precio adjudicado por cada titular.
En caso de contraer matrimonio el titular deberá excluir a su padre y madre e incluir a su cónyuge, pudiendo sus padres ser incluidos como adherentes pagos. La comunicación del nuevo estado civil deberá ser dentro de los 60 días de la fecha de matrimonio. A solicitud del titular se podrá en el mismo momento incorporar a su padre y madre excluido, como adherente pago.
Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, con hijos menores de 22 años serán tomados como miembros de su grupo familiar a sus hijos/as hasta el día que cumplan 22 años, y
a sus hermanos/as con capacidades diferentes sin límite de edad con la presentación de los documentos judicial/legal correspondientes. En caso de que durante la vigencia del contrato el titular contraiga matrimonio formal, este podrá incorporar a su cónyuge. La comunicación del nuevo estado civil deberá ser dentro de los 60 días de la fecha de matrimonio.
Funcionarios Titulares casados entre sí: En caso de existir algún funcionario/a casado/a también con algún funcionario/a de la institución, cada uno será tomado como soltero, pudiendo incluir ambos a un padre (padre o madre). Una vez que
cuenten con hijos, uno de ellos deberá incluir a los hijos y excluir a su padre o madre, pudiendo el titular solicitar la inclusión de sus padres como adherentes pagos.
El recién nacido hijo del titular será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, siempre y cuando se informe a la prestadora los datos necesarios del recién nacido (certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento). Se podrán usufructuar los servicios con la presentación de la cedula de identidad de cualquiera de los titulares hasta que se provea el carnet correspondiente del Servicio de Prepaga.
La declaración de los miembros del grupo familiar será responsabilidad del funcionario titular, que deberá realizarlo bajo fe de juramento en carácter de Declaración Jurada, a través del formulario correspondiente.
BENEFICIARIOS ADHERENTES: Cada beneficiario titular (funcionario permanente, personal contratado y funcionario comisionado) podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y coberturas que los demás beneficiarios, con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular e hijas solteras hasta el día que cumpla 22 años que ingresen en el listado inicial.
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus hijos solteros/as, desde los 22 años, sin límite de edad, sin la correspondiente cobertura por maternidad, mediante el pago de una prima según el siguiente detalle:
50% del precio adjudicado por cada titular
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a su padre y/o madre, sin límite de edad sin la correspondiente cobertura por maternidad, mediante el pago de una prima según el siguiente detalle:
50% del precio adjudicado por cada titular
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a hermanos/as, sin límite de edad, sin la correspondiente cobertura por maternidad, mediante el pago de una prima según el siguiente detalle:
50% del precio adjudicado por cada titular
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a sus abuelos/as, mediante el pago de una prima según el siguiente detalle:
90% del precio adjudicado por cada titular
Observación: El plazo para las incorporaciones para las altas y bajas de nuevos funcionarios (Beneficiarios Titulares) será del 1 al 5 de cada mes posteriores a la fecha de la firma del contrato dentro de los servicios contratados.
El plazo para las incorporaciones de adherentes pagos es de máximo 60 días (2 meses) desde la inclusión del Beneficiario Titular luego del inicio del presente Contrato.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS: Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios detallados en Las especificaciones técnicas. Una vez firmado el contrato se notificará a EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, que el mismo ya ha sido suscripto y a partir de la notificación entra en vigencia la utilización de los servicios.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los ASEGURADOS antigüedad alguna para la PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Distribución de funcionarios:
La distribución geográfica de los funcionarios se expresa en la planilla adjunta:
Oficina |
Cantidad de Titulares (sujeto a variación) |
Dirección De Oficina Regional De Alto Paraná |
4 |
Dirección De Oficina Regional De Amambay |
2 |
Dirección De Oficina Regional De Concepción |
3 |
Dirección De Oficina Regional De Cordillera |
5 |
Dirección De Oficina Regional De Guaira |
1 |
Dirección De Oficina Regional De Caaguazú |
2 |
Dirección De Oficina Regional De Itapúa |
4 |
Dirección De Oficina Regional De Ñeembucú |
1 |
Asunción y Central |
373 |
Total de Funcionarios |
395 |
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN:
A- Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
B- Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. El oferente adjudicado garantizará que las empresas que subcontraten, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al oferente adjudicado, excepto para las visaciones, las cuales podrán ser efectuadas en forma personal, vía e-mail o fax.
C- La utilización de los equipos propios de los sanatorios habilitados empleados en las especialidades médicas del presente Contrato tendrá cobertura total por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
D- El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, serán imprescindibles para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. El oferente adjudicado proveerá a todos los beneficiarios, el carnet identificatorio y el listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, direcciones y teléfonos actualizados. La misma deberá ser actualizada periódicamente especificando las altas y las bajas de los mismos, y comunicada al MIC mediante nota a la Dirección del Talento Humano.
E- Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
F- Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
G- El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con la Prestadora.
H- No se podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de algún servicio, hasta que se haya excedido la cobertura.
I- EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, proveerá a todos los BENEFICIARIOS copia digital de las coberturas del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales para la salud en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados dentro del plazo de 60 (sesenta) días posteriores a la firma del Contrato. EL PROVEEDOR DE SERVICIOS implementará una aplicación (App) que contenga los servicios contemplados en el presente contrato, además remitir en medio digital la guía de profesionales actualizada a los efectos de socializar en el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Los CARNETS IDENTIFICATORIOS deberán tener la denominación (Plan Ministerio de Industria y Comercio) y deberán ser proveídos dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la entrega de la planilla de nómina de funcionarios y grupo familiar facilitado por el Ministerio de Industria y Comercio garantizando la cobertura con la sola presentación de la cédula de identidad mientras dure la entrega respectiva.
J- Los Listados de Profesionales, red de Sanatorios, Laboratorios y Centro de Imágenes incluidos en la oferta de EL PROVEEDOR e incluidos en el Contrato, deberán permanecer vigentes e inalteradas durante todo el periodo de vigencia del contrato, salvo casos debidamente justificados. Todas las especialidades básicas o troncales (Clínica Médica/Medicina Interna, Pediatría y Neonatología, Gineco-Obstetricia y Cirugía General) deberán contar con un mínimo de profesionales conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, asegurando la disponibilidad permanente de la atención sin restricciones. Además, al menos un 20% de los profesionales en cada especialidad deberá contar con una antigüedad mínima de 5 años de ejercicio en la especialidad, de reconocida capacidad e idoneidad.
K- EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones internas a sus contratados y/o proveedores, es decir, no limitará la solicitud de exámenes, análisis, consultas, etc., a sus profesionales de salud o proveedores de servicio que ocasionen menoscabo a los beneficios contenidos en la cobertura.
L- Cuando lo requiera el BENEFICIARIO o el titular del contrato (en horas y días hábiles), entregará el estado de cuenta y las coberturas médicas emitidas, con todos los detalles de los gastos imputados. En ningún caso el Ministerio de Industria y Comercio podrá ser garante de las deudas contraídas por el titular. El desconocimiento del estado de cuenta por parte del titular no será causal para el desconocimiento de la deuda, en caso de coberturas.
M- EL PROVEEDOR contará con un enlace permanente con el suficiente poder de decisión para la atención de los beneficiarios durante y fuera de los horarios administrativos en días inhábiles inclusive.
N- El PROVEEDOR, desde la vigencia del contrato deberá habilitar consultorio médico en la sede asignada por la Dirección del Talento Humano, 2 (dos) veces por semana, en horario de oficina.
O- Las visaciones de las órdenes de estudios de diagnóstico son obligatorias, las cuales se deberán efectuar en la oficina del PROVEEDOR de servicios, de atención al cliente de forma personalizada, vía fax o correo electrónico.
P- Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, según disponibilidad de éste y serán aplicadas en el vacunatorio habilitado por la prestadora. En caso de que el titular optare por vacunar a su hijo en consultorio no habilitado por EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, la misma será con cargo al beneficiario. Vacuna para Covid19 o equivalente, aplicación sin cargo, siempre que el MSPYBS provea en los vacunatorios asignados según el calendario determinado por la misma Entidad.
Q- Los insumos propios del servicio de habitación como por ejemplo jabones, papel higiénico, reposición de sábanas una vez al día como mínimo, toallas, serán propios del servicio y a cargo del PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, sin costo para el asegurado. Alcohol en gel y tapaboca cubre solo para el acompañante para los casos de enfermedades infectocontagiosas. Los medicamentos de uso habitual utilizado por el asegurado en patologías crónicas no relacionadas al cuadro que motivo el ingreso serán a cargo del asegurado. Para el cobro de los medicamentos de uso crónico deberán ser verificados en la historia clínica consignados por el medico al ingresar el paciente en urgencias, sala o UTI.
R- En caso de que el paciente cuente con la medicación de uso habitual al momento del ingreso, deberá informar al centro asistencial a modo de evitar que se le sea suministrado con costo durante la permanencia en la internación.
S- La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios del Ministerio de Industria y Comercio incluidos en la nómina suministrada por el mismo. En ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o su grupo familiar o Adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en s totalidad, dentro de los límites del contrato.
T- El Ministerio de Industria y Comercio facilitará al PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS la nómina de funcionarios y su grupo familiar dentro de las 24 horas posteriores a la firma del contrato, a los que deberá dar de alta para la prestación del servicio. Para las sucesivas altas y bajas de titulares, el Ministerio de Industria y Comercio deberá comunicar al PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS en los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes. Para el grupo familiar de los titulares se puede hacer la inclusión en cualquier momento de la vigencia del contrato y la habilitación de los mismos será en las primeras 24 (veinticuatro) horas (día hábil) de recibida la comunicación oficial, siendo causal de imposición de sanciones el incumplimiento del presente punto. En caso de inclusiones de familiares, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En ningún caso, se aplicarán las coberturas en forma retroactiva a prestaciones de servicios anteriores a la inclusión efectuada. El primer pago será en efectivo y prorrateado según la fecha de su alta efectiva.
U- Los estados clínicos y tratamientos como: crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, criocirugía, estarán cubiertos de acuerdo a lo establecido en el contrato.
V- EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para el Gran Asunción como en el interior de la República, en forma plena conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios.
W- El PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá proveer, a solicitud del Ministerio de Industria y Comercio, datos estadísticos respecto a: nómina de beneficiarios incluidos los adherentes, datos de las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, listado de servicios, imágenes, utilización de servicios urgencias y emergencias. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, El PROVEEDOR deberá proveer el listado de funcionarios y familiares del Ministerio de Industria y Comercio internados en los Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos.
X- En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO y/o Centro Asistencial deberá proveer los mismos según su disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar, el cual deberá realizar la reposición correspondiente.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el proveedor), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
Se entenderá como cobertura por evento, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos quirúrgico. En lo que respecta a medicamentos y descartables la cobertura se aplicará por un evento por internación, aunque el paciente presente más de una enfermedad o pase de una internación clínica a una quirúrgica durante una misma internación.
Laboratorio de Análisis Clínico: Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio, en caso de imposibilidad física y/o neurológica y/o en situación de urgencias las 24 horas del día, como así también a aquellos que concurren al laboratorio en forma programada de lunes a viernes mañana y tarde y los sábados por la mañana.
Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos (Deberán ser de reconocida trayectoria) en todo momento, y una de ellas (Laboratorio y Centro de Diagnóstico) dentro de un radio de 5.000 metros del MIC Oficina Central, en caso de que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 30 (treinta) días. de anticipación (la misma deberá ser de igual nivel).
El plantel de Profesionales Médicos propuesto por cada especialidad se mantendrá fijo durante el periodo de duración del contrato a ser suscripto con el MIC. En caso de que exista la necesidad de realizar cambios en la nómina del plantel de profesionales propuesto inicialmente durante la vigencia del contrato, el proveedor deberá comunicar el reemplazo a la contratante por escrito con 30 (treinta) días de anticipación, debidamente justificado el motivo y/o del cambio del profesional. El reemplazo deberá ser de igual nivel al anterior según la especialidad.
Si el paciente se encuentra imposibilitado por motivos físicos, neurológicos y/o con patologías que impidan que el paciente pueda ser trasladado por sus medios para acudir al laboratorio, las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiéndose solicitar la misma vía telefónica por la menos con 24 hs. de anticipación, siendo dicho servicio a cargo de la Prestadora de Servicios. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.
CAPACIDAD DE SERVICIO:
Para las internaciones y consultas, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:
Localidad/Cantidad mínima de Centros Asistenciales Habilitados
Asunción |
4 (cuatro) |
Lambaré |
1 (uno) |
Luque |
1 (uno) |
San Lorenzo |
2 (dos) |
Fernando de la Mora |
1 (uno) |
Villa Elisa |
1 (uno) |
Ñemby |
1 (uno) |
Mariano Roque Alonzo |
1 (uno) |
ORMIC Alto Paraná |
1 (uno) |
ORMIC Amambay |
1 (uno) |
ORMIC Concepción |
1 (uno) |
ORMIC Cordillera |
1 (uno) |
ORMIC Guairá y/ o Coronel Oviedo |
1 (uno) |
ORMIC Itapúa |
1 (uno) |
ORMIC Ñeembucú |
1 (uno) |
CALIDAD DE SERVICIO:
Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios, 5 (cinco) centros de diagnósticos en Asunción y Gran Asunción, al menos 1 (un) laboratorio y 1 (un) centro de diagnóstico de los requeridos deberán estar situados dentro de un radio de 5.000 metros del MIC Oficina Central Avda. Mcal. López entre Dr. Weiss y Comandante Salaskin, a los efectos de garantizar que los funcionarios puedan realizar sus consultas, estudios y análisis de forma ágil y retronar en la brevedad a sus actividades laborales.
Respecto a los Sanatorios y/o Centros Asistenciales para Asunción será requerido por lo menos para tres (3) establecimientos las categorías correspondientes al Nivel 3 o superior, de acuerdo a la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Por lo menos 1 (un) sanatorio de los requeridos deberá estar situado dentro de un radio de 5.000 metros del MIC Oficina Central Avda. Mcal. López entre Dr. Weiss y Comandante Salaskin, a los efectos de garantizar que los funcionarios puedan realizar sus consultas, estudios y análisis de forma ágil y retronar en la brevedad a sus actividades laborales.
Para los centros asistenciales del interior la cobertura de los servicios será la misma que en la Capital de acuerdo a la infraestructura con que cuenten estos centros asistenciales del interior del país, debiendo los mismos estar habilitados por el M.S.P. y B.S. y la Superintendencia de Salud.
PROGRAMA DE SUMINISTROS ASISTENCIA MÉDICA SANATORIAL
A . INTERNACIONES:
Con cobertura inmediata, a partir de la fecha establecida en el periodo de cobertura, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual con baño privado, teléfono, T.V., cable, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
B . HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades: eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo, artes marciales, etc.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal. Litotripsia extracorpórea, facoemulsificación, laserterapia para desprendimiento de retina y campimetría computarizada dentro de alta complejidad.
Clínica médica/medicina interna
Polipectomía Toxicología
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio).
Cirugía pediátrica, incluidas las siguientes patologías congénitas en niños: Postectomia (no electiva), pie bot, hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia
Anestesiología Anestesia en procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad.
Alergología + Test alérgicos + 10 aplicaciones de vacunas para tratamiento antialérgicos
Cateterismo cardíaco
Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo)
Cirugía Plástica reparadora funcional postraumática (no estética) incluyendo consultas
Cardiología clínica adultos
Cardiología clínica pediátrica
Clínica Geriátrica
Flebología, cirugías várices, escleroterapias y laserterapias (excepto las estéticas)
Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado)
Analgesias en partos
Monitoreo cardiológico intraoperatorio
Pediatría y Neonatología, consulta y vacunaciones
Psiquiatría, consultorio
Monitoreo fetal
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Psicología clínica y laboral
Mastología, consultas, estudios, tratamientos, cirugía mastológica.
Ginecología y Obstetricia
Oncología clínica niños y adultos, estudios, quimioterapia, consultorio e internaciones (Cirugía Quimioterapia)
Hepatología
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomía, septumplastia funcional.
Cirugías endoscópicas. Otoneurología: consultas, estudios.
Infectología, consultas, tratamientos en adultos y niños
Diabetología adultos/pediátrica
Traumatología y Ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, cirugías astroscópicas ejercicios y fisioterapias en general, rehabilitación, hasta 60 sesiones por evento.
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamientos ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas
Cirugía de miopía
Fisioterapia Neurológica (rehabilitación) hasta 10 sesiones por mes
Dermatología adultos y niños: clínicas, estudios, tratamientos, cirugías.
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopía urológica quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnósticos, cirugía de próstata (RTU no laserterapia).
Hematología
Cirugía oftalmológica especializada
Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta tres por año por beneficiario y su grupo familiar) adultos y niños, cirugías nefrológicas, diálisis IRA
Reumatología Fondo de ojo.
Clínica neurológica en adultos y niños, estudios especializados, consultas, tratamientos y Cirugía del Sistema Nervioso Periférico incluyendo las de columna.
Radiología
Dietología Nutrición (consultas, estudios y tratamiento clínicos, elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos) Nutrición en obesidad en niños y adultos, consultas, tratamientos clínicos, estudios.
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos fisioterapia pulmonar, hasta 10 sesiones. Transfusionista (Profesionales debidamente acreditados por la Sociedad de Hemoterapia).
Hemoterapia: incluye serología, materiales descartables utilizados durante el procedimiento de transfusiones y perfil inmunohematológico en adultos y niños.
Gastroenterología y Proctología.
Gastroenterología en adultos y niños, incluyendo procedimientos endoscópicos o video endoscópicos con fines de diagnósticos o terapéuticos
Endocrinología
Dietología
Nutrición (Consultas y tratamientos, elaboración de dietas)
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto anterior, con un arancel preferencial.
La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por LA CONTRATANTE.
Los profesionales médicos de la lista de La Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales de la República.
Servicios de Reintegros
El beneficiario y su grupo familiar, podrán eventualmente consultar o realizar interconsulta con un médico que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (Gs. 150.000) por consulta. Las consultas reembolsables incluirán a profesionales Licenciados (Psicólogos y Fonoaudiólogos), no más de una (1) vez por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (Gs. 150.000) por consulta.
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarse hasta 30 días posteriores a la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 30 días posteriores a la solicitud de reembolso.
B. 1. PROFESIONALES POR ESPECIALIDAD
El oferente deberá contar por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las especialidades citadas más abajo:
CONFORME AL ANEXO A
C . COBERTURA POR MATERNIDAD:
Cobertura inmediata a partir de la fecha de cobertura de los servicios. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
Se establece la cobertura de maternidad en el parto normal o parto por cesárea, en forma inmediata de Ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, transfusionista, pediatra, derecho operatorio, pensión sanatorial, Nursery, uso de carpa de oxígeno, incluye provisión de oxígeno dentro del tope de medicamentos y descartables, luminoterapia, incubadora, U.T.I. Neonatal, según ítem correspondiente (D), medicamentos y materiales descartables según ítem correspondiente, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografías axiales computarizadas y obstétricas. Cubre el control y los cuidados que demande el recién nacido (normal, patológico o pre término) dentro de los topes de cada servicio.
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej. Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Prematuridad (en recién nacidos menor a 37 semanas). Tendrán cobertura de acuerdo a las condiciones de este anexo técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico, nutricionista., incubadora de transporte.
D . TERAPIA INTENSIVA, CARPA DE OXÍGENO, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (adultos y niños):
El tiempo de internación por un período máximo de Treinta (30) días por cada evento, sin límites de eventos al año.
Incluye: Honorarios Profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta del paciente sea oral y/o enteral (los preparados nutricionales serán considerados dentro del límite de medicamentos) cuidados de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexos. En caso de requerirse una dieta parenteral la misma se considerará exceso en los gastos médicos.
Incluye la cobertura de medicamentos, oxígeno y descartables nacionales e importados hasta guaraníes veinte millones (Gs. 20.000.000.-) por evento y en todo concepto por cada evento, sin límites de eventos al año.
Uso de Incubadora y Luminoterapia: hasta 30 días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, hasta que se haya utilizado toda la cobertura, siempre y cuando el evento que motive la internación esté cubierto por el contrato.
Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus beneficiarios, miembros de su grupo familiar y a cada uno de sus adherentes.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente, y/o solicitud del Ministerio de Industria y Comercio, a efecto de orientar y asesorar a los funcionarios en caso de que recurra a la Dirección del Talento Humano.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
E . SERVICIOS DE URGENCIAS:
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como ser: traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, y primeros auxilios que podrá buscar asistencia médica en cualquier otro centro médico más cercano. Estos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio familiares del funcionario deberá comunicar dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVCIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos (100%) e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para traslados de baja, mediana y alta complejidad. Unidad Coronaria Móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencias y/o urgencia que no puedan ser resueltos en el lugar, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la Prestadora de Servicios.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves hasta el 30% del cuerpo (ver alta complejidad), la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
Cobertura de medicamentos, oxígeno y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento).
OTROS SERVICIOS CUBIERTOS
En Internaciones y Servicios de Guardia:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de electrocardiógrafo, rayos X del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
En el servicio de guardia tendrán cobertura de: Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, medicamentos y materiales descartables tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura deberá ser bajo prescripción médica.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Internaciones en sala para eventos clínicos y/o quirúrgicos y/o partos: cobertura de medicamentos, oxígeno y de materiales descartables utilizados por valor de (Gs. 18.000.000) para el titular beneficiario y (Gs. 10.000.000) para miembros de su grupo familiar y adherentes, por evento, sea por internaciones clínicas y/o Quirúrgicas y/o partos y cesáreas, servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes pagos.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos: Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópicos, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, medicamentos, materiales descartables, contraste y extracción de cuerpos extraños.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia (incluyendo el uso de equipos, video, etc.).
Fisioterapias en sanatorios hasta 10 sesiones por evento.
F . VISITAS DOMICILIARIAS:
Visitas con carácter no urgente para paciente imposibilitado físicamente, dentro de las tres horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y gran Asunción. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.
En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.
G . CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, servicios de ambulancias para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales, y otras ciudades donde la Institución habilitare Oficinas Regionales, a cargo de la Firma Prestadora de Servicios y bajo las mismas condiciones del Contrato.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser la misma a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
H . OTRAS ESPECIALIDADES:
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B serán con cobertura del 100%, en caso de que el profesional no se encuentre en el listado de profesionales de la prepaga, se aplicará conforme lo establecido en dicho punto, en cuanto al Servicio de Reintegros.
I . MÉDICOS CONSULTORES INTERCONSULTORES:
Con especialistas a pedido del médico tratante como así también en las internaciones con tres interconsulta o visitas por especialidad, en caso de que el profesional no se encuentre en el listado de profesionales de la prepaga, se aplicará conforme lo establecido en el punto B, en cuanto al Servicio de Reintegros.
J . SEGURO DEL VIAJERO:
Cobertura para consultas, internaciones, estudios laboratoriales, radiológicos y para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, al titular y a sus acompañantes beneficiarios (grupo familiar), hasta 30 días de cobertura y por el valor mínimo exigido para el ingreso al país o región al cual se traslada el funcionario, para cada persona y por viaje.
Incluye gastos de repatriación y/o traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
K . COBERTURA FARMACEÚTICA AMBULATORIA:
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales (Preventivo y Curativo), SIN LÍMITE. Para medicamentos importados los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), SIN LÍMITE. La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá presentar un listado con la lista de las farmacias en acuerdo o convenio con la cual La Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
L . MATERIALES DE OSTEOSINTESIS:
Cobertura hasta Gs. 5.000.000 (Guaraníes Cinco Millones) por evento, sin límites de eventos por año.
M . SERVICIO DE AMBULANCIA:
El oferente adjudicado dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, en caso de peligro de vida o muerte, accidentes o necesidad de atención con mayor complejidad, además contará con servicios de unidad de terapia móvil. Así también, en caso de encontrarse internado el BENEFICIARIO, incluyen los traslados para la realización de estudios que no pueden ser realizados en el Centro. Estos servicios incluyen la cobertura del 100% de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
A . Cardiocirugía;
B . Neurocirugía;
C . Cirugía Vascular periférica y,
D . Hemodinamia Intervencionista.
Debe contemplar lo siguiente:
HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS, COBERTURA 80%
El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos; los derechos operatorios, internación (sala/UTI) deberán estar cubiertos según lo establecido para cada servicio.
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Cirujano
Anestesiólogo
Ayudantes
Instrumentista
Transfusionista
Terapista clínico
Cardiólogo
Neurólogo
Cirujano vascular periférico
En cuanto a los Medicamentos, oxígeno, descartables y drogas oncológicas hasta la suma global de 20.000.000Gs (guaraníes veinte millones) en todo concepto y por evento.
Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales conforme anexos.
Internación en la U.T.I. después de los 30 días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios 100% conforme anexos).
Cirugía Cardiovascular. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro). Angioplastia transluminal coronaria. Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas dentro de los límites establecidos
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido. Equipo de contrapulsación intraaórtica.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Litotripsia extracorpórea.
Laserterapia para desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación.
Tomografías computarizadas, cuando superen el número establecido.
Incubadora de transporte.
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico. Litotripsia ultrasónica. Cirugía oftalmológica especializada (con cobertura 100%).
Cirugía de Lasik a partir de 6 dioptrias y/o excimer laser (no estética, para miopías)
FACOEMULSIFICACIÓN DEL CRISTALINO + IMPLANTE DE LIO COBERTURA 100%
LASIK POR OJO COBERTURA 100% a partir de 6 dioptrias
SPECT DE PERFUSIÓN MIOCARDIACO TALIO DIPIRIDAMOL COBERTURA 100% ANGIOSPLASTÍA COBERTURA 100%
En las siguientes especialidades:
A . CARDIOCIRUGÍA
Colocación de marcapaso.
Cirugía cardíaca con circulación extracorpórea:
Reemplazo válvula aórtica. (no TAVI o similares)
Reemplazo válvula mitral.
Disección o aneurisma del cayado aórtico.
Cirugía cardíaca sin circulación extracorpórea:
Revascularización miocárdica.
Drenaje pericárdico.
Pericardiocentésis.
Pericardiectomía.
Toilette mediastinal y esternal por infección.
B . NEUROCIRUGÍA
Abscesos cerebro espinales:
Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges Evacuación de colecciones subdurales y epidurales
Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones:
Región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
Extirpación de lesiones intracerebrales:
Abscesos, en el resto de los hemisferios y ventrículos
Aneurismas:
Clipado de los aneurismas de circulación anterior Aneurismas de circulación posterior
Extracción de proyectil
Hematoma subdural agudo:
Evacuación de colecciones subdurales
Hemorragia cerebral:
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en el resto de los hemisferios y ventrículos
Hernia de Disco Cervical:
Hernia de Disco Cervical 1 nivel
Hernia de Disco Cervical 2 o más niveles
Hernia de Disco Lumbar:
Hernia de Disco Lumbar 1 nivel
Hernia de Disco Lumbar 2 o más niveles
Malformaciones arteriovenosas:
Resección de las malformaciones venosas o arterio-venosas del cerebro Resección transesfenoidal de lesiones Malformación arteriovenosa medular
Extirpación de tumores, malformación vascular u otras lesiones orbitarias
Malformaciones del sistema nervioso central:
Reparación de fístulas de Líquido Céfalo Raquídeo (L.C.R.)
Tratamiento quirúrgico de la hidrocefalia con válvula de derivación ventrículo peritoneal
Microcirugía de tumores cerebrales:
Extirpación de lesión tumoral craneana
Extirpación de lesión tumoral intracraneana (región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo).
C . CIRUGÍA VASCULAR PERIFÉRICA
Acceso hemodiálisis:
Colocación de shunt permanente o temporal
Cirugía arterial
Aneurismas de la aorta torácica Aneurismas de la aorta Infrarrenal
Aneurismas de las arterias viscerales (esplénica, hepática o renal)
Aneurismas de la carótida, subclavia, axilar o poplítea
Aneurismas de otros tipos y falsos aneurismas (Tto. Quirúrgico)
Endarterectomía carotidea, cualquier técnica
Ligadura de carótida o ramas interna o externa
Puentes transcervicales
Revascularización de troncos supra aórticos a partir de la aorta
Revascularización arterial del miembro superior
Tumor carotideo.
Tratamiento quirúrgico
Revascularización visceral:
Hipogástrica
Mesentérica superior Renal unilateral
Tronco celiaco
Revascularización (B-.pass) de miembros inferiores:
Angioplastia con balón, intraluminal percutáneo
Profundoplastia
Endarterectomíaaorto iliaca
Puente aortofemoraluni o bifemoral
Puente aorto iliaco unilateral
Puente axilo-femoral uni o bifemoral
Puente femoro femoral
Puente femoro poplíteo protésico con toma de injerto venoso
Puente femorodistal
Cirugía de los Linfáticos:
Anastomosis linfovenosas Linfangioplastia
Linfoedema, resección parcial o total
Cirugía de Fístulas arteriovenosas adquiridas traumáticas:
Fístula aorto-cava Fístula reno-cava Fístula ilio-iliaca
Fístula arterio-venosa intratorácica grandes vasos
Fístula arterio-venosa cervico-cefálica extracraneana
Fístula arterio-venosa de los miembros
Cirugía venosa:
Hipertensión portal: derivación portocava, mesocava, esplenorenal
Interrupción de vena cava inferior con clips o ligadura
D . HEMODINAMIA INTERVENSIONISTA
Para el diagnóstico de cirugía cardíaca, vascular y neurocirugía, ordenados por profesionales habilitados (cateterismo cardíaco, angioplastia coronaria).
Incluye 1 (un) stent (no medicado) por beneficiario por año.
Incluye 1 (un) stent (medicado) por beneficiario por año
Para las cirugías cardíacas a corazón abierto (By Pass y Recambio Valvular) que deseare operarse en otro centro médico se le reconocerá hasta Gs 10.000.000 (guaraníes diez millones), suma que se abonará al sanatorio elegido de entre los propuestos por el Oferente Adjudicado.
MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta Gs. 1.000.000.-
Tomografía computada (computarizada) /Hasta 5 (cinco) veces por beneficiario desde la fecha de inicio de cobertura hasta su finalización.
Tomografía multislice (Hasta 2 (dos) por beneficiario, desde la fecha de inicio de cobertura hasta su finalización.
Medicina Nuclear (con descuento de 80%)
LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencia las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán sin límites y por persona. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIA
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencias, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente: Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año.
SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
Se detallan a continuación (comprende al evento, estudios relacionados y complicaciones o consecuencias):
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Cirugía estética no reparadora.
Cirugías Bariátricas- metabólicas
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales: intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias: participación del abonado en eventos que transgredan leyes o normas, en riñas, etc.
Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación (incluida la fertilización asistida y sus productos).
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados.
Alcohólicos agudos, crónicos y sus consecuencias (previa prueba médica que acredite dicha situación). La negativa del paciente o sus representantes a la firma de la autorización para la realización de la alcoholemia será considerada como
positiva y el evento y sus consecuencias serán aranceladas.
Sangre, Plasma y derivados.
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones. Acupunturas, homeopatía y quiropraxia.
Lipoaspiración.
Complicaciones y secuelas de quimioterapia y radioterapia.
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
Trasplantes de órganos.
Atención de medicina no alopática (alternativa)
La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados.
ENFERMEDADES CRONICAS Y CONGENITAS
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmáticas, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebrovascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, criocirugía, tendrán cobertura de hasta 2 internaciones y por un mismo evento, las enfermedades y/o patologías que no guarden relación con dichos eventos serán cubiertas conforme a cada apartado correspondiente.
ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina detallados por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta Gs.1.000.000.-
Abdomen simple |
Galactografía bilateral sin placa simple |
Acufenometría |
Galactografía c/lado c/previa mamogafría |
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
Galactografía sin placa simple 1 lado |
Angiografía carótida h/8 placas c-lado |
Gasto cardíaco |
Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas |
Histerosalpinografía cuando viene espec. |
Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas |
Histerosalpinografíaradiol. c/espec. |
Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo |
Hombro en todas las posiciones |
Angiografía digital 3D |
Holter de latidos |
Angioresonancia - Angiofluorescengrafía |
Impedanciometría |
Angiofluorescencinografía (Ojos) |
Intestino delgado o tránsito intestinal |
Antebrazo en todas las posiciones |
Laringografía contrastada |
Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas |
Linfografía cada lado |
Apéndice |
Linfografía dos lados |
Árbol urinario simple |
Litotripsia por nefrostomía por alta complejidad |
Arteriografía cerebral h/8 placas 2 lados |
Litotripsia uretral por alta complejidad |
Arteriografía cerebral h/8 placas cada lado |
Logoaudiometría |
Arteriografía selectiva (abdominal o tórax) |
Mama (pieza operatoria) p/placa |
Arteriografía selectiva dos arterias |
Mama (reperage para biopsia) p/placa |
Arteriografía selectiva renal 1 lado |
Mamografía en todos los lados |
Arteriografía selectiva renal 2 lados |
Mamo en todas las posiciones |
Audiometría |
Mapeamiento de retina |
Autorrefracción con ciclopejía |
Mastoide en todas las posiciones |
Biligrafina o colongiografía endovenosa |
Maxilar inferior en todas las posiciones |
Biopsias de todo tipo |
Maxilar inferior c/ortopantomografía |
Brazo en todas las posiciones |
Mielografía s/contraste ni especialista |
Broncografía 2 lados |
Monitoreo fetal |
Broncografía c/lado |
Muñeca en todas las posiciones |
Cadera o pelvis en todas las posiciones |
Muslo fémur en todas las posiciones |
Campimetría computarizada (80%) |
Oclusión vascular retiniana |
Capsulotomía |
Oclusión de vena central de retina |
Capsulotomía Posterior |
Orbitas c/posición |
Cavum |
Ortopantomografía |
Cavum contrastado |
Otomicocopia Otomisiones acústicas |
Cistografía |
Otoemisiones acústicas |
Clavícula en todas las posiciones |
Panfotocoagulación: 80% |
Codo en todas las posiciones |
Papilografía o video papilografía digital |
Colangiografía endovenosa (biligrafina) |
Paquimetría (cada ojo) |
Colangiografía operatoria |
Paquimetría de córnea AO |
Colangiografía pos-operatoria |
Penescopía |
Colangiografía retrograda con papilotomía |
Perimetría Doble frecuencia |
Colangiografía retrograda simple |
Perfil biofísico |
Colangiografía trans-parientohepático |
Pie en todas las posiciones |
Colecistografía oral |
Pielografía ascendente |
Colon contrastado |
Pielografía endovenosa o riñón contraste |
Colon doble contraste |
Pierna en todas las posiciones |
Colon por ingestión |
Potenciales evocados auditivos |
Columna cervical en todas las posiciones |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones |
Potenciales evocados somatosensitivos |
Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones |
Potenciales evocados visuales |
Control radiológico en maniobras traumatológicas |
Placa suplementaria |
Costilla en todas las posiciones |
Plantigrafía digital estática y dinámica |
Cráneo en todas las posiciones |
Pruebas vestibulares |
Cráneo para ortodoncia |
Receptores p/estrógenos y progesterona |
Curva de presión ocular |
Reposición de Otoconias |
Dilatación (ciclopejía) |
Resonancia Magnética (hasta 3 por año) |
Dedo 2 posiciones |
Rodilla en todas las posiciones |
Degeneración periférica |
Saco lagrimal |
Dental en todas las placas |
Saco lagrimal (radio como especialista) |
Dental oclusal |
Sacro-coxis en todas las posiciones |
Dental seriado |
Scopia como complemento de examen c/T.V. |
Densitometría |
Scopia arco c por 1 hora |
Ecobiometría ambos ojos |
Scopia arco c por más de 1 hora |
Ejercicios ortópticos |
Senos faciales en todas las posiciones |
Electroencefalograma |
Sialografía en todos los lados |
Electrocardiograma |
Somnografía o Estudio del Sueño |
Electromiograma de 1 miembro |
Spect perfusión Miocárdica; 80% |
Electromiograma hasta 2 miembro |
Test alérgicos |
Electromiograma hasta 4 miembro |
Timpanometría |
Electronistagmografía |
Tobillo en todas las posiciones |
Electronistagmografía /Prueba Vestibular |
Tomografías en general |
Ergometría |
Topografía corneal |
Embarazo |
Topografía de córnea (Bilateral) |
Esófago |
Topografía Óptica Coherente |
Esternón en todas las posiciones |
Tórax en todas las posiciones |
Examen de retina |
Tránsito intestinal o intestino delgado |
Examen ortóptico |
Transparieto-hepática |
Fistulografía h/2 placas |
Uretrocistografía |
Flebografía cada lado |
Urotac |
Fondo de ojo |
Urograma de excreción |
Galactografía bilateral previa mamografía |
Vesícula simple |
Monitoreo Ambulatorio de Presión Arterial (MAPA) |
Mapeo Cerebral |
Pentacam (Cobertura 50%) |
Microscopía Especular |
TAC abdominal (Cobertura 50%) |
|
Ecocardiograma
Eco doppler en general |
Programación de Marcapasos (Cobertura 50%) |
Ecocardiograma con doppler bidimensional |
Eco Stress con Dobutamina (Cobertura 70%) |
Ecocardiograma sin Doppler |
|
BIOFEEDBACK REDUCCIÓN DEL SUELO PEVIANO CON EMG Hasta 5 sesiones |
Ecografía
Ecografía abdominal |
Ecografía pan cefálica |
Ecografía de mamas |
Ecografía prostática |
Ecografía de tiroides |
Ecografía prostática intracavitaria |
Ecografía del brazo |
Ecografía renal |
Ecografía ginecológica y obstetricia |
Ecografía testicular |
Ecografía morfológica Ecografía morfológica del 3er, 6º y 9º mes (valores cromosómicos) |
Ecografía transvaginal |
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula |
Ecografía 3D tridimensional |
Ecografía intracavitaria c/residuo |
Ecografía de tejidos blandos |
Ecografía intra-operatoria |
Punciones con control ecográfico |
Ecografía oftálmica/ocular |
Doppler vascular periferico |
Ecografía corazón (Cobertura 50%) |
|
Tomografía computada /Hasta 5 por año contrato por beneficiarios y adherentes)
Tomografía computada cráneo |
Tomografía computada pelvis |
Tomografía computada miembros |
Tomografía computada columna cervical |
Tomografía computada tórax |
Tomografía computada columna dorsal |
Tomografía computada abdomen inferior |
Tomografía computada columna lumbar |
Tomografía computada abdomen superior |
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC) |
Tomografía multislice (por año contrato por beneficiario y adherente)
Medicina Nuclear (con descuento de 80%)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
Centellografía hepática |
Centellografía glándula salivar |
Centellografía ósea |
Centellografía sangrado intestinal |
Centellografía pulmonar |
Centellografía cerebral |
Centellografía renal |
Centellografía de tiroides o mapeo |
Centellografía testicular |
Ventriculograma isotópico |
|
Terapia cobalto- radioterapia (con 80% de descuento)
Angiomas radiot. Sup. d.t. 10 irrad. p/campo |
Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
Carcinoma oral más campo anexo |
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
Carcinoma pulmonar cobalto |
Carcinoma de lengua lesión gang. anexo |
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad. Gang. |
Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
Cicatriz queloide s/aplicación |
Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo |
Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
Carc. pene más campo anexo r. gang. |
Linfomas co. irrad. nodal infodiaf. |
Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo |
Linfomas co. irrad. nodal supradiaf. |
Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo |
Linfomas co. irrad. nodal total |
Carcinoma esofágico más campo anexo |
Linfomas co. una región ganglionar |
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
Radioterapia antiimflam. Prom. c/aplic. |
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
Seminona co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot. |
Carcinoma laríngeo más campo anexo |
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites y por persona.
Ácido cítrico Hemocultivo en aerobiosis
Ácido fenil Pirúvico Hemocultivo en anaerobiosis
Ácido Fólico Hemoglobina
Ácido Láctico Hemoglobina. Electroforesis
Ácido úrico Hemoglobina fetal
Ácido vanilMandélico (AVN) Hemoglobina glucosilada (Hb A Ic)
Ácido valproico Hemograma
ACTH Hemograma (Plaquetas + VSG)p/Hematólogo
Adenovirus Anticuerpo IGG Hemoparásitos
Adenovirus Anticuerpo IGM Hemophilus influenzae tipo b. látex
Adenovirus Antígeno Hepatitis (ac y Ag) ver HAV Y HB
Addis. recuento de Hepatitis B IGG
Aglutinación de partículas de látex para: Hepatitis B IGM
A. Escherichiacoli Ki Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG
A. Hemo-philus influenzae tipo b Hepatitis C(HCV) Anticuerpo IGM
A. Legionella pneumofila Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD- BI)/Perfil
A. Nesseria meningitidis grupo a Hepático
A. Nesseria meningitidis grupo b Herpes
A. Nesseria meningitidis grupo c H.G.H.
A. Streptococus Pheumoniae HLA B27
A. Streptococus beta hemolítico grupo a Hidatidosis-ac
A. Streptococus grupo b Hidroxicorticosteroides 17
Aglutinas Anti a Hidroxi-Indol-Acético 5 (5HIAA)
Aglutinas Anti b Hidroxiprogesterona
AIDS-ac Hidroxiprogesterona Neonatal
Albúmina Hierro sérico
Alcohol Hisopado Faringeo
Aldolasa Histoplamina
Aldosterona HIV-ac
Alergia -Test: Ver RAST Homocisteina / Homocistina / Cistina
Alfa 1 antitripsina Hongos. Cultivo e identificación
Alfafetoproteina (APF) Hongos. Examen en fresco
A/G Hormona de crecimiento (hGh)
Amilasa Hormona Folículo Estimulante (FSH)
Amonio Hormona Lactogeno Placentaria (hP)
ANA Hormona Luteinizante (LH)
Anca C PR3 (ANCA C) IgA
Anca P MPO (ANCA P) IgD
Androstenediona IgE
Anfetamina IgG
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylori IGA IgM
Anticoagulante Lúpico Inclusiones citomegalicas
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos Índices hematimétricos
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos Índice de Tiroxina Libre
Ac. Anti cardiolipinaIgG-IgM Influenza A (PorHisopado)
Ac. Anti nDNA Influenza B (Por Hisopado)
Ac. Anti Microsomales Inmunoelectroforesis
Ac. Anti Mitocondriales Inmunoglobinas
Ac. Anti Músculo Liso (ASMA) Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU
Ac. Anti Nucleares Inmunofluorescencia
Ac. Anti Tironglubinas Insulina
Ac. Anti Tiroides Klesbsiellapneumoniae
Ac. Anti Toxoplasma IgG Lactosa
Ac. Anti Tripanosoma IgG LAP
Ac. Anti Tripanosoma IgM Larvas de vermes
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR) Latex para
Ac. Heterofilos Escherichiacoli k 1
A.F.P. L. Haemophilus influenzae tipo b
Antígeno Carcinoembrionario (CEA) L. Neusseria meningitidis grupo A
Antígenos Febriles L. Neisseria meningitidis grupo B
Antígeno Prostático específico (PAS) L. Neisseria meningitidis grupo C
Anticuerpo (AC) Anti Centromero L. Stroptococcus pneumonias
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA L. Streptococcus beta hemolíticos grupo
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG L. L. Streptococcus grupo B
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM Lavado gástrico
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA LCR. Citoquímico
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM LCR. Cultivo
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG LDH
Anticuerpo (AC) Anti RNP - ENA LDL-Colesterol
Anticuerpo (AC) Anti SCL - 70 LE
Anticuerpo (AC) Anti SS A (RO) Lecitina en líquido amniótico
Anticuerpo (AC) Anti SS B (LA) Legionella Pheumiphila.latex
Anticuerpo (AC) Anti CCP Leishmanía Anticuerpo IGG
Antitrombina III (AT III) Leishmanía Anticuerpo IGM
Apolipproteina b Lesión genital. Coloración de Gram
Aspegillus Lesión genital. Coloración de fontana
ASTO Lesión genital. Estudio
microbiológico
Autovacunas Lesión en la piel. Cultivo para hongos
Azucares reductores Lesión de uñas. Cultivo para hongos
BAAR LH
Barbitúricos Linfa cutánea. Coloración de Ziehl
Bence-Jones Lipasa
Benedict, Reacción de Lípidos totales
Beta 2 Microglobulina en sangre Líquido amniótico. Cultivo
Beta Cross Laps Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
BNP (Péptido Natriuretico Tipo B) Líquido articular. Citoquímico
Bicarbonato Líquido articular. Cristales
Billirubina total, directa e indirecta Líquido articular. Cultivo
Bilis, cultivo Líquido ascitico. Cultivo
Bioperfil fisiológico Líquido gástrico-duodenal. Parásitos
Bioquímica de plasma Seminal Líquido peritoneal. Cultivo
C 3 Líquido pleural. Cultivo
C 4 Listeria
Calcio Litio
Ca 125 Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)
Ca 15-3 Magnesio
Calcitonina Magnesio eritrocitario
Cálculo Urinario Marihuana
Campo escuro Mastositos
Campylobacter Metahemoglobina
Cannabinoides Metotrexate
Capacidad de fijación de hierro (TIBC) Micosis oportunistas
Carbamazepina Micosis profundas
Cardiolipina IGA AC Micosis subcutáneas
Catecolaminas Micosis superficiales
CEA Microalbuminuria
Células LE Mioglobina
Cetonemia Moco cervical
Cetonuria Monotest
Cetoferoides 17 Morfina
CH 50 Mucoproteínas
Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM) Mycobacterium Tuberculosis
Chalamydia MicoplasmaHominis
Citomegalovirus-ac-IgG Neiseriae Gonorrea
Citomegalovirus-ac-IgM Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. Látex
Citrato (O) Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. látex
Ck Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. látex
Ck-mb N. 5 Nucleotidasa
Clearance de Creatinina NTX
Cloruros Oído cultivo
CMV-ac-IgG Opiaceos
CMV-ac-IgM Orina, físico-químico y del sedimento
Coagulograma Orina cultivo
Cobre Oxalato
Cocaína Oxiuros
Coccidioidina Parásitos. Investigación e
identificación
Colesterol esterificado Parathormona (PTH)
Colesterol HDL PAS (Antígeno prostático específico)
Colesterol-LDL PAS libre
Colesterol total Paul-Bunell (presuntivo)
Colesterol VLDL POO2
Colinesterasa Po2
Coloración de Giemsa PDF
Coloración de Gram PCR ultrasensible
Coloración de Ziehl Péptido C
Complemento hemolítico (CH 50) pH
Coombs Directo Phenistix
Coombs Indirecto Plaquetas
Coprocultivo Plaquetas por Hematólogo
Coprología Funcional Plasma Seminal
Coproporfirinas Porfobilinogeno
Cortisol Potasio
Crasis Sangui, por Hematólogo PPD
Creatinina Preparación de células LE
Crioglutininas Productos de degradación de la fibrina
Crioglobulinas Progesterona
Criptococus Prolactina
Cristales-Identificación Proteínas C
Cuerpos Cetónicos Proteínas S
Cultivo en Aerobiosis Proteínas C reactiva
Cultivo en Anaerobiosis Proteínas de Bence-Jones
Cultivo en Thayer-Martin Proteínas Electroforesis
Cultivo para BAAR Proteínas totales
Cultivo para GC Protomorfinas
Cultivo para hongos Protozoarios
Cultivo para listeria Prueba de concentración
Cultivo para Mycoplasma Prueba de dilusión
Curva de tolerancia oral a la glucosa Prueba de lazo
Determinación de Carga Viral Prueba de tolerancia oral a la glucosa
Dehidro epitandrostenediona (DHEA-S04) Prueba de tolerancia a la lactosa
Dehidrostestosterona Prueba de Tzanck
Dengue AG (Antígeno) PTH
Dengue Anticuerpo (AC) IGG Pus. Cultivo
Dengue Anticuerpo (AC) IGM Punta de catéter Cultivo
Densidad Quimiotripsina
Difteria, Cultivo Quistes de Protozoos
Dimero D Raspado de lengua. Cultivo para
hongos
Digoxina Reacción de Huddleson
DNA-ac Reacción de Widal
Dióxido de carbono (CO2) Recuento de Addis
D-Xilosa Recuento de Linfocitos CD4
EBV-EA-ac Relación A/B
EBV-VCA-ac Relación calcio/creatinina
Electroforesis de hemoglobina Relación PAS/PAS Libre
Electroforesis de lipoproteínas Reticulositos
Electroforesis de proteínas Retracción del coágulo
Electrólitos RK 39 Leishmaniasis Kalaazar
Eosinófilos Rh
Epstein-Barr Virus-ac Rotavirus
Eritrosedimentación Rubéola IgG
Escherichia coli enteropatogeno Rubéola IgM
Escherichia coli . latex Sangre oculta
Esperma, Cultivo Saturación de oxígeno
Espermograma Secreción conjuntival. Cultivo
Esputo. Coloración para BAAR Secreción endocervical. Cultivo
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes Secreción faringea. Cultivo
Esputo. Eosinófilos y mastocitos Secreción genital. Cultivo
Esteatocrito Secreción nasal. Cultivo
Estradiol Secreción nasal. Eosinófilos y
mastocitos
Estriol libre Secreción prostática. Cultivo
Estrógenos totales Secreción purulenta. Cultivo
Estudio capilar. Investigación de hongos Secreción traqueal. Cultivo
Exceso de base Secreción uretral
Factor reumatoideo Secreción bulbar. Cultivo
Factor reumatoideo cuantitativo Sida-ac
Factor reumatoideo Isotipo IGA Sífilis
Factor reumatoideo Isotipo IGG Simis-Hunner test
Factor reumatoideo Isotipo IGM Shigella. Cultivo
Fenilhidantoina SO2
Fenil Alanina Sodio
Fenobarbital Somatomedina c
Ferritina Staphylcoccus aureus
Fibrinógeno Streptococcus. Cultivo
Fibrinolisis Streptococcus. Beta hemolítico gr. A. látex
Fórmula Leucocucocitaria Streptococcus. grupo B. látex
Fosfatasa ácida prostática (pap) Streptococcus. Pneumoniae
Fosfatasa ácida total y prostática Streptonasa B
Fosfatasa alcalina Streptozima
Fosfatidil-gilierol en líq. amniótico Swin up
Fosfolípidos T3 libre
Fósforo T3 total
Fragilidad osmótica de los hematíes T3 uptake
Frotis de sangre periférica T4 libre
Frotis de sangre periférica p/ hematólogo T4 total
Fructosa Test de absorción a la xilosa
Fructosamina Test de Coombs Directo
FSH Test de Coombs Indirecto
FTA-abs-IgG Test de estimulación con ACTH
FTA-abs-IgM Test de estimulación hormona de
crecimiento
FTI T.* con ejrcicios* con L-Dopa
Galactosa Neonatal Test de estimulación con LH/RH
Gamma Globulinas Test de estimulación con TRH
Gamma GT Test de Ham
Garganta. Cultivo Test de supresión con dexametasona
Gases arteriales Test in Vitro de penetración espermática en t. moco cervical
Gastrina Test de post-coital
GC. Cultivo Test de Sims-Huner
GH (Hormona de crecimiento) Test del Sudor
Gliadina IgG-IgM Test de HPV
Globulina Test de IRT
Glóbulos blancos TIBC (Capacidad de fijación del hierro)
Glóbulos rojos Tiempo de coagulación sanguínea
Glucohemoglobina Tiempo de Protrombina y coagulación
Glucosa Tiempo de tromboplastina parcial
activada
Glucosa 6 Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD) Timol
Glucosa. Curva de tolerancia Tine test
Glucosa pre y pos prandial Tzanck Prueba de
Glucosuria Tipificación
Ganadotrofina Coriónica (hCG) Tiroglubina
Gota gruesa Tiroperoxidasa Anticuerpo (Tipo AC)
GOT Testosterona libre
GPT Toxoplasmosis-acIgG, Igm
Graham-Test Transferrina
Gravindex Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA
Grupo Sanguíneo Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG
Guayaco Trichomonas vaginalis
Ham-test Triglicéridos
Hmburguer-test Troponina I, Cuantitativa
Hamber Trypanosomacruzi-ac
Haptoglobina TSH
HbAIc TTPa
Hdelta Úlcera genital. Cultivo
HAV-ac Urea
HAV-ac-IgM Ureaplasma urealyticum
HBc-ac Urobilina
HBc-ac-IgM Urobilinógeno
HBDH Van de Kamer
HBe-ac Vandil Mandelic Acid (AVM)
HBe-Ag Vermes
HBs-ac VDRL
HBs-Ag VIH-ac
hCG-sub-unidad beta Vincent’s Angina. Frotis
HDL-Colesterol Virocitos
Heces. Benedict VLDL Colesterol
Heces. Examen parasitológico VSR ac
Heces. Flora microbiana Widal. Reacción de
Heces. Frotis Xilosa. Test de absorción
Heces. Hongos Se incluye centellografía y captación tiroidea
Heces. Microscopia Funcional Se incluye estudio del sueño (50% de cobertura)
ESPIROMETRIA BASAL Test de Marcha (50% de cobertura)
UROFLUJOMETRIA (50% de cobertura) Urodinamia (50% de cobertura)
Hematrocrito Vitamina B12 (50% de cobertura)
Ntpro Bnt (50% de cobertura) Rast Huevo F1.F5 (50% de cobertura)
Rast Proteina de la Leche de Vaca (50% de cobertura) CHIKUNGUNYA IGM (50% de cobertura)
Chicungunya IGG (50% de cobertura) VITAMINA D
Espirometria con Prueba Broncodilatadora Vitamina E (50% de cobertura)
Coronavirus SARS-CoV-2 (Covid-19) Hasta 2 muestras en el año.- (100% de Cobertura)
Ecocardiograma de esfuerzo (50% de cobertura)
ANEXO A
Punto B.1 Profesionales por Especialidad: El oferente deberá contar por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las Especialidades citadas más abajo.
ESPECIALIDAD |
Cantidad Mínima de Profesionales Requerida |
Nombres y Apellidos |
Dirección y Teléfono |
N° de Registro |
Antigüedad de Ejercicio en la Especialidad |
Clínica médica/medicina interna |
Treinta (30) |
|
|
|
|
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio, Cirugía videolaparascopica). Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: Postectomia (no electiva), pie bot, hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia |
Veinte (20) |
|
|
|
|
Cardiología clínica adultos Cardiología clínica pediátrica |
Adultos: Diez (10) Pediátrica: Cinco (5) |
|
|
|
|
Pediatría y Neonatología, consulta y vacunaciones |
Cincuenta (50) |
|
|
|
|
Ginecología y Obstetricia |
Cincuenta (50) |
|
|
|
|
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomía, septuplastia funcional Otoneurología: consultas, estudios |
Quince (15) |
|
|
|
|
Alergiología + Test alérgicos |
Diez (10) |
|
|
|
|
Flebología, cirugías y várices, escleroterapias y laserterapias (no estéticas) |
Diez (10) |
|
|
|
|
Traumatología y Ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, cirugías astroscópicas ejercicios y fisioterapias en general, rehabilitación, hasta 60 sesiones por evento, Fisioterapia Neurológica hasta 10 sesiones por mes |
Treinta (30) |
|
|
|
|
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopía urológica quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnósticos, cirugía de próstata (RTU no laserterapia) |
Diez (10) |
|
|
|
|
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos fisioterapia pulmonar, hasta 10 sesiones |
Diez (10) |
|
|
|
|
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamientos ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas |
Veinte (20) |
|
|
|
|
Anatomía patológica (Incluyendo biopsias de todo tipo) |
Catorce (14) |
|
|
|
|
Anestesiología, Anestesia en Procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad, analgesias en partos |
Miembros de la Sociedad Paraguaya de Anestesiología |
|
|
|
|
Cirugía Cardíaca (adultos niños) Cateterismo Cardiaco. |
Seis (6) |
|
|
|
|
Cirugía Plástica Reparadora funcional Postraumática (no estética) incluyendo consultas. |
Cuatro (4) |
|
|
|
|
Cirugía Torácica |
Cinco (5) |
|
|
|
|
Geriatría |
Cuatro (4) |
|
|
|
|
Coloproctología - Proctología |
Once (11) |
|
|
|
|
Dermatología Adultos y pediátricos |
Veinte (20) |
|
|
|
|
Diabetología |
Siete (7) |
|
|
|
|
Endocrinología Dietología |
Nueve (9) |
|
|
|
|
Endoscopía- Gastroenterología |
Quince (15) |
|
|
|
|
Fonoaudiología |
Siete (7) |
|
|
|
|
Hematología |
Cinco (5) |
|
|
|
|
Hemoterapia - Transfusionista |
Miembros de la Sociedad Paraguaya de Hemoterapia |
|
|
|
|
Hepatología |
Dos (2) |
|
|
|
|
Infectología Adultos y Pediátricos |
Seis (6) |
|
|
|
|
Mastología, Consultas, Estudios, Tratamientos, Cirugía Mastológica |
Cinco (5) |
|
|
|
|
Nefrología |
Siete (7) |
|
|
|
|
Neurocirugía |
Cinco (5) |
|
|
|
|
Neurología Clínica Neurológica adultos y pediátrico |
Quince (15) |
|
|
|
|
Nutrición |
Seis (6) |
|
|
|
|
Oncología Clínica Adultos y niños |
Nueve (9) |
|
|
|
|
Otoneurología |
Dos (2) |
|
|
|
|
Psicología |
Nueve (9) |
|
|
|
|
Psicología infantil |
Cuatro (4) |
|
|
|
|
Psicopedagogía |
Tres (3) |
|
|
|
|
Psiquiatría Consultorio |
Cinco (5) |
|
|
|
|
Reumatología clínica |
Ocho (8) |
|
|
|
|
Toxicología |
Dos (2) |
|
|
|
|
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Lugar donde los Servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios. |
1 |
Seguro Médico Institucional, conforme a las Especificaciones Técnicas establecidas en el PBC. |
Conforme a las Especificaciones Técnicas establecidas en el PBC. |
Mes |
En los centros habilitados por la Prestadora de Servicios a elección del titular, beneficiario y/o adherente.
|
El plazo contractual será de 12 (doce) meses, la fecha de inicio de cobertura será establecida en la orden de compra y/o servicio. |
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS: Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmado el Contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que el mismo ya ha sido suscripto, la utilización de los servicios entrará en vigencia a partir de las 00:00 hs. de la fecha establecida en la Orden de Compra y/o Servicios a ser emitida por la Contratante.
La prestación de los servicios de Seguro Médico y Sanatorial, se realizarán conforme a las solicitudes de los beneficiarios y adherentes pertenecientes a la contratante, de acuerdo a los medios establecidos para la solicitud de los mismos, sea por vía telefónica, vía Fax, vía web, e-mail o en forma personalizada a través del Servicio de Atención al Cliente o Asegurado. En casos excepcionales o de urgencias, el Asegurado, podrá solicitar el servicio fuera del horario establecido.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Se verificará mensualmente la planilla de beneficiarios remitida por la firma adjudicada. La Dirección de Talento Humano realizará el seguimiento de los trámites realizados por los titulares quienes acuden por reclamos y sugerencias, contrastando de esta manera si efectivamente se cumple con lo acordado.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Informes Mensuales de Cumplimiento del Servicio por cada Orden de Servicio emitida.
Frecuencia: mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe |
Informe Mensual |
5 (cinco) días hábiles posteriores a cada mes vencido |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.