Consulta:
Se solicitan los siguientes puntos:
2. Balances General de los años (2022, 2023,2024).
3. Formulario 500 del IRE GENERAL (2022,2023,2024) SI ESTAN EN EL REGIMEN TANTO FISICO O JURIDICO.
Solicitamos cordialmente a la Convocante modificar el requerimiento para los siguientes años, (2021, 2022 y 2023) teniendo en cuenta que se encuentran aún vigentes. Y traemos a colación la Resolución General DNIT N.° 29/25: en la que establece que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), régimen general con ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2024, podrán presentar sus informes hasta el mes de junio de 2025, conforme al Calendario de Vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas.