Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
En caso de Consorcios, se analizarán en conjunto los siguientes puntos: Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los requisitos legales de Carácter sustancial en su totalidad. Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir íntegramente los requisitos establecidos en lo que respecta a la Capacidad Financiera. En cuanto a la Experiencia y Capacidad Técnica, se deberá Indicar en la oferta cual es el líder del consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
CONSULTA: De la lectura de los requerimientos transcritos precedentemente surge que, para calificar la situación financiera, la experiencia y la capacidad técnica de los oferentes, en el caso de CONSORCIOS se requiere que “todos los integrantes del Consorcio”, es decir cada miembro del consorcio reúna los parámetros/índices establecidos según el tipo de contribuyente del que se trate, o en los casos de experiencia y capacidad técnica sea el líder el que deba cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación y el 40% restante el resto de los miembros.
En el entendimiento de que por la propia naturaleza de la figura jurídica del CONSORCIO, que es la unión/asociación de varias entidades que al compartir objetivos comunes, deciden aliarse en una estrategia conjunta, con un propósito: unir esfuerzos compartiendo y complementando los recursos de cada entidad en post de un objetivo común, es que el requerimiento respecto de la capacidad financiera, la experiencia y la capacidad técnica debería ser que “en su conjunto” las empresas consorciadas deban cumplir con dichos requerimientos previstos y no en forma individual, ni establecer un grado de proporción predeterminada.-
Por lo que, a fin de incentivar la participación de potenciales oferentes, en el marco de la igualdad y libre competencia, la transparencia, principios básicos contemplados en la Ley Nº 7021 “De suministro y Contrataciones Públicas”, es que solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en el sentido de que tanto para la calificación de la capacidad financiera, la experiencia y la capacidad técnica de un oferente en consorcio, las empresas consorciadas en su conjunto deban cumplir con los requisitos de capacidad financiera según sea el tipo de contribuyente, asimismo como respecto de la experiencia y capacidad técnica.
El respeto de estos Principios Generales implicará que la Convocante podrá asegurar y permitir que todo potencial proveedor de un determinado servicio, que tuviera la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpliese con los requisitos establecidos en las leyes, reglamentos y en el pertinente Pliego de Bases y Condiciones, se encuentre en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Con esta modificación, no solo se garantiza una mayor participación, sino también un mayor nivel competencia, mejores precios, lo cual redituará un beneficio para la Convocante con el resultado de un costo y/o oferta más convenientes para el SENAVE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
En caso de Consorcios, se analizarán en conjunto los siguientes puntos: Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los requisitos legales de Carácter sustancial en su totalidad. Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir íntegramente los requisitos establecidos en lo que respecta a la Capacidad Financiera. En cuanto a la Experiencia y Capacidad Técnica, se deberá Indicar en la oferta cual es el líder del consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
CONSULTA: De la lectura de los requerimientos transcritos precedentemente surge que, para calificar la situación financiera, la experiencia y la capacidad técnica de los oferentes, en el caso de CONSORCIOS se requiere que “todos los integrantes del Consorcio”, es decir cada miembro del consorcio reúna los parámetros/índices establecidos según el tipo de contribuyente del que se trate, o en los casos de experiencia y capacidad técnica sea el líder el que deba cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación y el 40% restante el resto de los miembros.
En el entendimiento de que por la propia naturaleza de la figura jurídica del CONSORCIO, que es la unión/asociación de varias entidades que al compartir objetivos comunes, deciden aliarse en una estrategia conjunta, con un propósito: unir esfuerzos compartiendo y complementando los recursos de cada entidad en post de un objetivo común, es que el requerimiento respecto de la capacidad financiera, la experiencia y la capacidad técnica debería ser que “en su conjunto” las empresas consorciadas deban cumplir con dichos requerimientos previstos y no en forma individual, ni establecer un grado de proporción predeterminada.-
Por lo que, a fin de incentivar la participación de potenciales oferentes, en el marco de la igualdad y libre competencia, la transparencia, principios básicos contemplados en la Ley Nº 7021 “De suministro y Contrataciones Públicas”, es que solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en el sentido de que tanto para la calificación de la capacidad financiera, la experiencia y la capacidad técnica de un oferente en consorcio, las empresas consorciadas en su conjunto deban cumplir con los requisitos de capacidad financiera según sea el tipo de contribuyente, asimismo como respecto de la experiencia y capacidad técnica.
El respeto de estos Principios Generales implicará que la Convocante podrá asegurar y permitir que todo potencial proveedor de un determinado servicio, que tuviera la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpliese con los requisitos establecidos en las leyes, reglamentos y en el pertinente Pliego de Bases y Condiciones, se encuentre en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Con esta modificación, no solo se garantiza una mayor participación, sino también un mayor nivel competencia, mejores precios, lo cual redituará un beneficio para la Convocante con el resultado de un costo y/o oferta más convenientes para el SENAVE.
Señores potenciales oferentes, es importante mencionar que los criterios establecidos por esta convocante es con el objetivo de corroborar la capacidad financiera, técnica y experiencia en el rubro objeto de la presente licitación, en lo referente a CONSORCIOS, estos requerimientos responden a un criterio mínimo, que nos permitirán como convocante comprobar la solvencia financiera y técnica de los potenciales oferentes acorde a la envergadura del presente llamado, considerando la naturaleza de la gestión y manejo de residuos peligrosos asociados a normativas nacionales y a convenios internacionales, por lo expuesto se solicita ajustarse al pliego de bases y condiciones.
2
Capacidad Técnica
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
d. Herramientas y maquinaria propias a emplear como mínimo, (2) excavadoras, (1) montacarga, (2) pala cargadora, (1) percutor para demolición, (1) equipo de corte de metales. El contratista deberá indicar todas las herramientas, materiales y maquinarias que utilizará para cargar el camión. Además de, conos o cinta que permita aislar el área de trabajo, etc.
CONSULTA: Atendiendo a que el oferente que resultase adjudicado será el responsable de la prestación del servicio a ser contratado, entendemos que resulta innecesaria la obligación de contar con herramientas y maquinarias propias, a los efectos de cumplir con los requisitos de calificación técnica. Entendemos que este requerimiento puede darse por cumplido acreditando que el oferente dispone de dichas herramientas y maquinarias a través de un contrato de alquiler de las mismas, adjuntando a la oferta la documentación correspondiente.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
d. Herramientas y maquinaria propias a emplear como mínimo, (2) excavadoras, (1) montacarga, (2) pala cargadora, (1) percutor para demolición, (1) equipo de corte de metales. El contratista deberá indicar todas las herramientas, materiales y maquinarias que utilizará para cargar el camión. Además de, conos o cinta que permita aislar el área de trabajo, etc.
CONSULTA: Atendiendo a que el oferente que resultase adjudicado será el responsable de la prestación del servicio a ser contratado, entendemos que resulta innecesaria la obligación de contar con herramientas y maquinarias propias, a los efectos de cumplir con los requisitos de calificación técnica. Entendemos que este requerimiento puede darse por cumplido acreditando que el oferente dispone de dichas herramientas y maquinarias a través de un contrato de alquiler de las mismas, adjuntando a la oferta la documentación correspondiente.
Señores potenciales oferentes, es importante mencionar que los requerimientos establecidos en cuanto a la capacidad técnica y lo referente específicamente al inciso d. Herramientas y maquinarias, son implementos mínimos, que permitirán a la convocante asegurar que los potenciales oferentes posean los elementos mínimos necesarios para realizar el trabajo solicitado y experiencia en trabajos similares, teniendo en cuenta la envergadura del llamado de la gestión de 6.000 toneladas de material contaminado, catalogado como residuos peligrosos y atendiendo que el área de intervención comprende dentro de un radio mayor a 3 hectáreas, con diferentes tipos de intervención que deben realizarse de manera simultánea, que deben ser propuestos dentro del Plan de Trabajo, por lo cual se justifica plenamente los requerimientos mínimo establecidos por esta convocante, por lo expuesto se solicita a los potenciales oferentes ajustarse al pliego de bases y condiciones.
3
Capacidad Técnica
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
k. Descripción del depósito de Almacenamiento Temporal de los residuos peligrosos a ser manejados, la misma debe contar con una capacidad mínima de 600 m3, además de la habilitación correspondiente expedida por el órgano competente MADES.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
k. Descripción del depósito de Almacenamiento Temporal de los residuos peligrosos a ser manejados, la misma debe contar con una capacidad mínima de 600 m3, además de la habilitación correspondiente expedida por el órgano competente MADES.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
Señores potenciales oferentes, se aclara cuanto sigue, que si bien el llamado indica el SERVICIO DE TRANSPORTE, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS Y DESCONTAMINACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS PARA LA SEDE DE LA OFICINA REGIONAL DE PARAGUARÍ, se solicita el depósito de almacenamiento temporal debido a los procesos previos antes de la realización de la disposición final atendiendo el volumen de material contaminado a ser gestionado ( 6.000 toneladas), ), atendiendo a la disposición de las directrices para la Actualización de las directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos y como medida de seguridad ante una posible emergencia.
4
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
m. Presentar licencia ambiental y/u otro documento otorgado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES, presentar en carácter de DDJJ en cuanto a la capacidad de almacenamiento temporal e imágenes fotográficas del depósito.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
Por otro lado, entendemos que se daría por cumplido el requerimiento con la presentación de la Licencia ambiental otorgada por el MADES que habilita al oferente para realizar la “disposición final de residuos industriales peligrosos”.
16-04-2025
22-04-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
m. Presentar licencia ambiental y/u otro documento otorgado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES, presentar en carácter de DDJJ en cuanto a la capacidad de almacenamiento temporal e imágenes fotográficas del depósito.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
Por otro lado, entendemos que se daría por cumplido el requerimiento con la presentación de la Licencia ambiental otorgada por el MADES que habilita al oferente para realizar la “disposición final de residuos industriales peligrosos”.
Señores potenciales oferentes, se aclara cuanto sigue, que si bien el llamado indica el SERVICIO DE TRANSPORTE, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS Y DESCONTAMINACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS PARA LA SEDE DE LA OFICINA REGIONAL DE PARAGUARÍ, se solicita el depósito de almacenamiento temporal debido a los procesos previos antes de la realización de la disposición final atendiendo el volumen de material contaminado a ser gestionado ( 6.000 toneladas), catalogado como residuo peligroso según lo establecido por el Anexo I , categoría Y4 del Convenio de Basilea y atendiendo a la disposición de las directrices para la Actualización de las directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos y como medida de seguridad ante una posible emergencia.
5
Capacidad Técnica
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
m. La empresa adjudicada deberá asegurarse que los profesionales que se contraten o cuenten, para los trabajos establecidos cumplan con los requisitos que se indican en este pliego, y que se citan a continuación:
* La empresa adjudicada deberá demostrar con documentos la experiencia mínima de 10 años que posee para los trabajos de Gestión, Retiro de semillas tratadas con agroquímicos, Descontaminación de estructuras contaminadas, Demolición de estructuras contaminadas, Transporte y Almacenamiento Temporal y/o Eliminación de Residuos Industriales o Peligrosos
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
q. Presentar copias de facturaciones, contratos públicos y/o privados, recepciones finales o satisfactorias de los últimos 10 años.
CONSULTA: En relación a este requerimiento, manifestamos que con el requerimiento de experiencia exclusivo en gestión vinculada exclusivamente a “semillas tratadas con agroquímicos” se está limitando y restringiendo la participación de potenciales oferentes que tengan experiencia en gestión y manejo de otros tipos de residuos que resultan mucho más peligrosos y complejos de tratar y disponer.
A su vez, consideramos que la exigencia de una experiencia de diez (10) años es excesiva, innecesaria, y podría resultar injustamente excluyente para los interesados en presentar una oferta. Por tanto, a fin de garantizar una mayor participación y con ello, un mayor nivel competencia, para que la Convocante puede obtener mejores precios, solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en relación a la cantidad de los años de experiencia, y considerar el plazo de cinco (5) años para la prestación del servicio objeto del presente Llamado. E igualmente establecer que la empresa oferente posea experiencia en gestión y manejo de residuos peligrosos.
Y al mismo tiempo modificar la documentación documental para acreditar este servicio correspondiente a los últimos cinco (5) años.
Este pedido se fundamenta en los Principios Generales que deben regir las contrataciones públicas en el Paraguay, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 7051/2023 - De Suministro y Contrataciones Públicas, y en que la institución convocante debe velar en todo momento por que sus Llamados, y por consiguiente el Pliego de Bases y condiciones que regulan estas convocatorias, deben respetar estrictamente los principios de “Igualdad y Libre Competencia”, lo cual redituará un beneficio del SENAVE y del Estado Paraguayo.-
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
m. La empresa adjudicada deberá asegurarse que los profesionales que se contraten o cuenten, para los trabajos establecidos cumplan con los requisitos que se indican en este pliego, y que se citan a continuación:
* La empresa adjudicada deberá demostrar con documentos la experiencia mínima de 10 años que posee para los trabajos de Gestión, Retiro de semillas tratadas con agroquímicos, Descontaminación de estructuras contaminadas, Demolición de estructuras contaminadas, Transporte y Almacenamiento Temporal y/o Eliminación de Residuos Industriales o Peligrosos
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
q. Presentar copias de facturaciones, contratos públicos y/o privados, recepciones finales o satisfactorias de los últimos 10 años.
CONSULTA: En relación a este requerimiento, manifestamos que con el requerimiento de experiencia exclusivo en gestión vinculada exclusivamente a “semillas tratadas con agroquímicos” se está limitando y restringiendo la participación de potenciales oferentes que tengan experiencia en gestión y manejo de otros tipos de residuos que resultan mucho más peligrosos y complejos de tratar y disponer.
A su vez, consideramos que la exigencia de una experiencia de diez (10) años es excesiva, innecesaria, y podría resultar injustamente excluyente para los interesados en presentar una oferta. Por tanto, a fin de garantizar una mayor participación y con ello, un mayor nivel competencia, para que la Convocante puede obtener mejores precios, solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en relación a la cantidad de los años de experiencia, y considerar el plazo de cinco (5) años para la prestación del servicio objeto del presente Llamado. E igualmente establecer que la empresa oferente posea experiencia en gestión y manejo de residuos peligrosos.
Y al mismo tiempo modificar la documentación documental para acreditar este servicio correspondiente a los últimos cinco (5) años.
Este pedido se fundamenta en los Principios Generales que deben regir las contrataciones públicas en el Paraguay, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 7051/2023 - De Suministro y Contrataciones Públicas, y en que la institución convocante debe velar en todo momento por que sus Llamados, y por consiguiente el Pliego de Bases y condiciones que regulan estas convocatorias, deben respetar estrictamente los principios de “Igualdad y Libre Competencia”, lo cual redituará un beneficio del SENAVE y del Estado Paraguayo.-
Señores potenciales oferentes, atendiendo que los residuos a gestionar fueron reportados a nivel internacional dentro del inventario del Convenio de Estocolmo se solicita que los oferentes deban contar con la experiencia para la gestión, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos , emanados del Convenio de Basilea y es por eso que los años de experiencia son los necesarios debido a la naturaleza del llamado, considerando el volumen de residuos contaminados a ser gestionados , atendiendo que el manejo, tratamiento y la gestión integral están asociados a convenios internacionales y a Directrices de manejo ya mencionados, por lo expuesto se solicita a los potenciales oferentes ajustarse al pliego de bases y condiciones.
6
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El PBC en su sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en su numeral numeral 4 menciona la cantidad de residuos peligrosos identificados como ser las
Semillas vencidas con Agroquímicos 2.000 toneladas en promedios y estructuras contaminadas: 4.000 toneladas
CONSULTA:
En caso de superar estas toneladas mencionadas más arriba como se estaría cubriendo los costos de dichas traslado tanto como las SEMILLAS y de las ESTRUCTURAS contaminadas.
El PBC en su sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en su numeral numeral 4 menciona la cantidad de residuos peligrosos identificados como ser las
Semillas vencidas con Agroquímicos 2.000 toneladas en promedios y estructuras contaminadas: 4.000 toneladas
CONSULTA:
En caso de superar estas toneladas mencionadas más arriba como se estaría cubriendo los costos de dichas traslado tanto como las SEMILLAS y de las ESTRUCTURAS contaminadas.
Señores potenciales oferentes, la realización de los trabajos requeridos en la presente licitación se encuentra enmarcado a la cantidad solicitada en cuanto a Toneladas y metros cuadrados, establecidas por esta convocante, conforme a los datos indicados en el SICP específicamente en el apartado de Ítems solicitados, bajo el sistema de adjudicación por el TOTAL.
7
Consulta
Cual seria la metodología de tratamiento de las semillas, escombros y materiales contaminados?
Señores potenciales oferentes, la metodología debe ser descrita por cada potencial oferente dentro de su plan de trabajo y atendiendo a las disposiciones ambientales vigentes.
8
Consulta
Favor mantener lo que indica el PBC, sobre almacenamiento temporal, ya que permite un manejo adecuado de los residuos peligrosos minimizando riesgos para la salud y el medio ambiente pudiendo organizar mejor el trabajo operativo ante emergencias, incidencias del tipo climático, logístico entre otros
Favor mantener lo que indica el PBC, sobre almacenamiento temporal, ya que permite un manejo adecuado de los residuos peligrosos minimizando riesgos para la salud y el medio ambiente pudiendo organizar mejor el trabajo operativo ante emergencias, incidencias del tipo climático, logístico entre otros
Señores potenciales oferentes, se aclara cuanto sigue, que si bien el llamado indica el SERVICIO DE TRANSPORTE, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS CON AGROQUÍMICOS Y DESCONTAMINACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS PARA LA SEDE DE LA OFICINA REGIONAL DE PARAGUARÍ, se solicita el depósito de almacenamiento temporal debido a los procesos previos antes de la realización de la disposición final atendiendo el volumen de material contaminado a ser gestionado (6.000 toneladas), atendiendo a la disposición de las directrices para la Actualización de las directrices técnicas generales para el manejo ambientalmente racional de desechos y como medida de seguridad ante una posible emergencia, se solicita ajustarse a lo solicitado en el pliego base y condiciones.
9
Consulta
Consideramos respetar el PBC, referente a los 10 años solicitados en experiencia en trabajos de gestión de recolección, transporte, descontaminación, almacenamiento temporal de residuos peligrosos para demostrar que la empresa adjudicada cuenta con pericia para realizar dichos trabajos
Consideramos respetar el PBC, referente a los 10 años solicitados en experiencia en trabajos de gestión de recolección, transporte, descontaminación, almacenamiento temporal de residuos peligrosos para demostrar que la empresa adjudicada cuenta con pericia para realizar dichos trabajos
Señores potenciales oferentes, atendiendo que los residuos a gestionar fueron reportados a nivel internacional dentro del inventario del Convenio de Estocolmo se solicita que los oferentes deban contar con la experiencia para la gestión, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos , emanados del Convenio de Basilea y es por eso que los años de experiencia son los necesarios debido a la naturaleza del llamado, considerando el volumen de residuos contaminados a ser gestionados , atendiendo que el manejo, tratamiento y la gestión integral están asociados a convenios internacionales y a Directrices de manejo ya mencionados, por lo expuesto se solicita a los potenciales oferentes ajustarse al pliego de bases y condiciones.
10
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
Capacidad Técnica
en el INC) g) g. Presentar carnet expedido por la DINATRAN, respecto a la habilitación del transporte de mercancías peligrosas tanto
para el chofer como para el ayudante, conforme a la cantidad de vehículos requeridos en el inc. c). Programa de
capacitación. La empresa adjudicada deberá indicar capacitaciones realizadas a operarios relacionadas con la
prevención de riesgos y manejo de residuos peligrosos (número de horas, temas de la capacitación y nombre de
persona o institución que impartió la capacitación).
ACLARACION Y CONSULTA
favor de aclara dicho inciso g) ya que el carnet expedido por la DINATRAN para trasnporte de residuos peligrosos corresponde al CHOFER, no asi al ayudante.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
Capacidad Técnica
en el INC) g) g. Presentar carnet expedido por la DINATRAN, respecto a la habilitación del transporte de mercancías peligrosas tanto
para el chofer como para el ayudante, conforme a la cantidad de vehículos requeridos en el inc. c). Programa de
capacitación. La empresa adjudicada deberá indicar capacitaciones realizadas a operarios relacionadas con la
prevención de riesgos y manejo de residuos peligrosos (número de horas, temas de la capacitación y nombre de
persona o institución que impartió la capacitación).
ACLARACION Y CONSULTA
favor de aclara dicho inciso g) ya que el carnet expedido por la DINATRAN para trasnporte de residuos peligrosos corresponde al CHOFER, no asi al ayudante.
Señores potenciales oferentes, se solicita ajustarse a lo solicitado con respecto a la presentación de carnet de DINATRAN para chofer y ayudante, atendiendo la disposición de la DINATRAN.