Fecha de Respuesta:
21-04-2025
Respuesta:
La exigencia de que el taller propio o contratado por el oferente se encuentre en un radio de 30 km de la sede de esta Convocante responde a la necesidad primordial de garantizar la inmediatez y eficiencia en la atención de los requerimientos de cambio de cubiertas. Es fundamental considerar que la flota vehicular de esta Convocante, y en particular las maquinarias pesadas destinadas al mantenimiento y reparación de caminos vecinales, desempeña un rol crucial en la operatividad y el cumplimiento de las tareas esenciales para la comunidad. Cualquier demora en la provisión y el cambio de cubiertas puede acarrear consecuencias significativas, tales como: Interrupción de trabajos críticos: La inmovilización de la maquinaria por problemas de neumáticos detiene las labores de mantenimiento y reparación de caminos vecinales, afectando directamente la conectividad y la calidad de vida de los ciudadanos. Aumento de costos operativos: La paralización de equipos genera costos adicionales por tiempo de inactividad, reprogramación de tareas y posibles daños mayores a los vehículos por circular con neumáticos en mal estado. Riesgos de seguridad: La circulación de vehículos con neumáticos defectuosos representa un grave riesgo para la seguridad de los operarios y de terceros. En contrapartida, la exigencia de un taller cercano garantiza los siguientes beneficios esenciales: Rapidez en la respuesta: Ante una necesidad de cambio de cubierta, ya sea programada o por emergencia, la proximidad del taller permite una intervención ágil y oportuna, minimizando los tiempos de inactividad de los vehículos. Asistencia inmediata en ruta: En los casos excepcionales de vehículos con problemas de cubiertas durante la ejecución de trabajos en terreno, la cercanía del taller facilita la asistencia a través de auxilios temporales en el plazo estipulado de 12 horas, permitiendo el retorno seguro del vehículo para la reparación definitiva. Optimización de la logística: La cercanía del taller simplifica la logística de traslado de las cubiertas y de los vehículos, reduciendo costos y tiempos de respuesta. Mayor control y supervisión: La proximidad facilita la supervisión por parte de esta Convocante de los trabajos realizados en el taller, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad y seguridad requeridos. Si bien comprendemos el interés de ampliar la participación de oferentes, la naturaleza crítica de las tareas que realizan nuestros vehículos y maquinarias, sumada a la necesidad de una respuesta inmediata ante problemas de neumáticos hacen que la exigencia de un taller en un radio de 30 km sea un requisito técnico esencial e innegociable para asegurar la continuidad y eficiencia de nuestras operaciones. No resulta viable esperar la llegada de un proveedor con taller distante, ya que esto comprometería la operatividad de la flota y podría generar perjuicios significativos a la comunidad.