Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
IDENTIFICACIÓN
INSTITUCIÓN: DIRECCION DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS DISERSANFA.
NOMBRE Y CARGO: CNEL DCEM JUAN RAMIREZ GOMEZ
DEPENDENCIA SOLICITANTE: TODAS LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS
JUSTIFICACIÓN DEL LLAMADO
La presente solicitud es de carácter urgente, el motivo obedece que actualmente estamos con una serie de carencias que afectan no solo al propio sistema de salud sino también a los usuarios, principalmente a aquellos que de forma diaria acuden al Hospital Militar Central con serias complicaciones y es de suma importancia, ya que muchos pacientes no pueden recibir la atención médica que requieren para mejorar su condición y es motivo de preocupación tanto para las autoridades sanitarias como para las personas que lo requieren con urgencia.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN
La presente solicitud para llamado es periódica para cada ejercicio fiscal por tratarse de una necesidad de urgencia, ya que en forma diaria una gran cantidad de pacientes acuden al Hospital Militar Central.
JUSTIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas de cada artículo que comprende la presente solicitud fue realizada tras un trabajo de identificación específica del bien que serviría para la optimización en la utilización del mismo, posterior comparación con otro artículo de similares características buscando siempre la economía y eficiencia, y las fuentes utilizadas fueron los posibles oferentes, contratos anteriores y las características extraídas de las diferentes páginas de Internet.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | CODIGO | DESCRIPCION | CONCENTRACION / ESPECIFICACION | FORMA FARMACEUTICA | PRESENTACION | UNIDAD DE MEDIDA |
OG 352 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES | ||||||
1 | 51141919-001 | ALPRAZOLAM | ALPRAZOLAM 0,5 mg PRESENTACION EN CAJA x 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
2 | 51141919-001 | Alprazolam | Alprazolam 1 mg PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
3 | 51141919-001 | Alprazolam | Alprazolam 2mg PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
4 | 51141513-001 | Carbamazepina comprimido | Carbamazepina 200 mg PRESENTACION EN CAJA x 20 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
5 | 51141502-003 | Clonazepam | Clonazepam 2,5mg. Presentacion en frasco x 20 ml COMO MINIMO | Gotas Orales | Frasco gotero | UNIDAD |
6 | 51141502-001 | Clonazepam | Clonazepam 2mg. Comprimido, PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
7 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Codeína Fosfato 10 mg; Pseudoefedrina HCl 30 mg; Clorfeniramina maleato 2 mg PRESENTACION Frasco + tapa dosificadora DE 100 ML COMO MINIMO |
Jarabe | KIT JUEGO | UNIDAD |
8 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Codeína Fosfato 10 mg; Pseudoefedrina HCl 7,50 mg; Clorfeniramina maleato 0,50 mg PRESENTACION EN FRASCO DE 100 ML COMO MINIMO | Jarabe | FRASCO | UNIDAD |
9 | 51142206-9999 | Morfina Clorhidrato | Morfina Clorhidrato 30 mg. PRESENTACION EN CAJA x 10 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
10 | 51141704-002 | Risperidona - Solucion | Risperidona 0,1%. PRESENTACION EN FRASCO DE 20 ML COMO MINIMO | GOTAS ORALES | FRASCO | UNIDAD |
11 | 51142206-001 | Morfina Clorhidrato Inyectable | CLORHIDRATO DE MORFINA 1% IM/IV INYECTABLE | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
12 | 51141920-001 | DIAZEPAM | DIAZEPAM 10MG/2ML | AMPOLLAS | AMPOLLA | UNIDAD |
13 | 51142220-001 | FENTANILO | FENTANILO 0,1MG/2ML | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
14 | 51142232-001 | REMIFENTANILO | REMIFENTALINO 5 mg POLVO LIOFILIZADO | INYECTABLE | VIAL | UNIDAD |
15 | 51141702-001 | HALOPERIDOL | HALOPERIDOL SOLUCION INYECTABLE 5mg/mL, | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
16 | 51142934-003 | KETAMINA | KETAMINA 50 MG/1ML, PRESENTACION EN AMPOLLA POR 10 ML COMO MINIMO | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
17 | 51141919-002 | MIDAZOLAN | MIDAZOLAN 15MG/3ML | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
18 | 51142206-002 | Morfina Sulfato Inyectable | SULFATO DE MORFINA 1% IM/IV INYECTABLE | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
19 | 51142235-001 | Tramadol - solucion inyectable | TRAMADOL SOLUCION INYECTABLE de 100 mg/2ml | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
REQUISITOS PARA LA ENTREGA DEL PRODUCTO:
a) Según el DECRETO N.º 5213 POR EL CUAL SE ACTUALIZA LA LISTA DE LAS SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y DROGAS PELIGROSAS. Del Informe Estadístico Anual, en su Artículo 66 Los medicamentos psicotrópicos, sean de fabricación nacional o importados, psicotrópico, sean de fabricación nacional o importados , deberán llevar impresos , en forma clara y visible en distintivo, la condición de venta que corresponde a los psicotrópicos en el rotulo del envase primario, en el texto del envase secundario y en el prospecto, exceptuándose en el caso de las ampollas, que llevaran impresos todo lo expuesto anteriormente, solo en el envase secundario y en prospecto.
Todos los productos deberán tener la impresión Uso Exclusivo de la DISERSANFA, fecha de vencimiento e ítems visibles, con tinta de difícil remoción; y en los casos que el producto sea controlado también deberá llevar la inscripción SUJETO A CONTROL.
b) El envoltorio primario o secundario de cada producto deberá tener código de barras.
c) Por cada paquete deberá ir pegado o sellado o impreso un rotulo en el cual se observen los siguientes datos:
c.1) Nombre del Proveedor
c.2) Nombre genérico del artículo
c.3) Forma farmacéutica del artículo
c.4) Concentración del producto
c.5) Cantidad del artículo que se encuentra en el paquete
c.6) Licitación a la cual corresponde dicha entrega
Esta rotulación deberá estar situada en el paquete de tal forma que no impida la visualización de los datos que aparezcan en los artículos.
c.7) Por cada blíster deberán ir impresos los datos exigidos por las Normas de Fabricación según disposiciones del Ministerio de Salud Pública.
c.8) En caso de los comprimidos, los blíster o tiras deberán poseer impreso la identificación por cada unidad de comprimido, de modo a poder facilitar la identificación del medicamento, al ser administrados por dosis unitarias.
c.9) El envase primario de los productos a ser entregados deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes en el MSP y BS.
d) Vencimiento de las formulas lacteas y nutricionales sera de 12 meses como minimo
EMBALAJES, ENVASES Y OTROS REQUISITOS:
• Envase Primario: Blíster Al/Al o Al/PVC, Frascos, Frasco Ampolla, Ampolla (de Vidrio, Pead, Plástico, etc.) Sachet, Jeringa pre llenadas.
• Envase Secundario: Caja que contiene al envase primario y pueden ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga.
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
En caso de frascos, los mismos deben estar envasados por unidad y las tapas deberán ser inviolables; las cajas de embalaje de 50 a 100 unidades, deberán ser de cartón y/o material termo contraíble. En caso de productos cuyos envases contengan tiras o blíster, frasco ampolla o ampolla, las mismas deberán ser resistentes, con divisiones internas, de forma que permitan la mejor conservación y transporte. Los frascos ampolla y sachet para administración directa deberán contar con el soporte para colgar en el momento de su goteo.
PLAZO DE VENCIMIENTO DEL SUMINISTRO:
El vencimiento mínimo de los productos no deberá ser inferior a 18 (dieciocho) meses, si por la naturaleza de los mismos o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del producto deberá ser autorizada por la DISERSANFA. El proveedor deberá presentar una Carta de Compromiso de Canje.
Para productos con vencimiento inferior a 18 meses o menos se deberá presentar además Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Ítem-Producto; la validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del producto a entregar. El Parque Sanitario, a través de la DISERSANFA deberá comunicar al proveedor el vencimiento de dicho Ítem-Producto con 60 días de antelación.
Para la entrega de artículos al Parque Sanitario de la DISERSANFA se deberá presentar:
1. Nota de Remisión Original + 3 Fotocopias
2. Factura Crédito Original con Timbrado y Fecha Vigente + 3 fotocopias
3. Orden de Compra Original + 1 Fotocopia
4. Planilla de Datos Garantizados. Fotocopia + ítem entregado
5. Copia del Registro Sanitario de los medicamentos en general, firmado por el Regente de la Empresa o Apoderado o en su defecto constancia actualizada de que se encuentra en trámite.
En la Nota de Remisión, debe estar detallado el Nombre Genérico del Artículo, ítems, Vencimiento, Cantidad Entregada, Nº de Resolución, Nº de Adjudicación, Modalidad de Entrega (a que parte de la entrega corresponde), Nº de Contrato, Nº de Orden de Entrega y otras descripciones importantes que faciliten los controles internos.
Se RECHAZARÁ de OFICIO, la entrega del artículo que NO REUNA uno de los documentos requeridos.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ITEM | CODIGO | DESCRIPCION | CONCENTRACION / ESPECIFICACION | FORMA FARMACEUTICA | PRESENTACION | UNIDAD DE MEDIDA |
OG 352 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES | ||||||
1 | 51141919-001 | ALPRAZOLAM | ALPRAZOLAM 0,5 mg PRESENTACION EN CAJA x 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
2 | 51141919-001 | Alprazolam | Alprazolam 1 mg PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
3 | 51141919-001 | Alprazolam | Alprazolam 2mg PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
4 | 51141513-001 | Carbamazepina comprimido | Carbamazepina 200 mg PRESENTACION EN CAJA x 20 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
5 | 51141502-003 | Clonazepam | Clonazepam 2,5mg. Presentacion en frasco x 20 ml COMO MINIMO | Gotas Orales | Frasco gotero | UNIDAD |
6 | 51141502-001 | Clonazepam | Clonazepam 2mg. Comprimido, PRESENTACION EN CAJA DE 30 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
7 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Codeína Fosfato 10 mg; Pseudoefedrina HCl 30 mg; Clorfeniramina maleato 2 mg PRESENTACION EN Frasco + tapa dosificadora DE 100 ML COMO MINIMO |
Jarabe | KIT JUEGO | UNIDAD |
8 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Codeína Fosfato 10 mg; Pseudoefedrina HCl 7,50 mg; Clorfeniramina maleato 0,50 mg PRESENTACION EN FRASCO DE 100 ML COMO MINIMO | Jarabe | FRASCO DE 100 ML | UNIDAD |
9 | 51142206-9999 | Morfina Clorhidrato | Morfina Clorhidrato 30 mg. PRESENTACION EN CAJA x 10 COMPRIMIDOS COMO MINIMO | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD |
10 | 51141704-002 | Risperidona - Solucion | Risperidona 0,1%. PRESENTACION EN FRASCO DE 20 ML COMO MINIMO | GOTAS ORALES | FRASCO | UNIDAD |
11 | 51142206-001 | Morfina Clorhidrato Inyectable | CLORHIDRATO DE MORFINA 1% IM/IV INYECTABLE | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
12 | 51141920-001 | DIAZEPAM | DIAZEPAM 10MG/2ML | AMPOLLAS | AMPOLLA | UNIDAD |
13 | 51142220-001 | FENTANILO | FENTANILO 0,1MG/2ML | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
14 | 51142232-001 | REMIFENTANILO | REMIFENTALINO 5 mg POLVO LIOFILIZADO | INYECTABLE | VIAL | UNIDAD |
15 | 51141702-001 | HALOPERIDOL | HALOPERIDOL SOLUCION INYECTABLE 5mg/mL, | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
16 | 51142934-003 | KETAMINA | KETAMINA 50 MG/1ML, PRESENTACION EN AMPOLLA POR 10 ML COMO MINIMO | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
17 | 51141919-002 | MIDAZOLAN | MIDAZOLAN 15MG/3ML | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
18 | 51142206-002 | Morfina Sulfato Inyectable | SULFATO DE MORFINA 1% IM/IV INYECTABLE | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
19 | 51142235-001 | Tramadol - solucion inyectable | TRAMADOL SOLUCION INYECTABLE de 100 mg/2ml | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD |
REQUISITOS PARA LA ENTREGA DEL PRODUCTO:
a) Según el DECRETO N.º 5213 POR EL CUAL SE ACTUALIZA LA LISTA DE LAS SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y DROGAS PELIGROSAS. Del Informe Estadístico Anual, en su Artículo 66 Los medicamentos psicotrópicos, sean de fabricación nacional o importados, psicotrópico, sean de fabricación nacional o importados , deberán llevar impresos , en forma clara y visible en distintivo, la condición de venta que corresponde a los psicotrópicos en el rotulo del envase primario, en el texto del envase secundario y en el prospecto, exceptuándose en el caso de las ampollas, que llevaran impresos todo lo expuesto anteriormente, solo en el envase secundario y en prospecto.
Todos los productos deberán tener la impresión Uso Exclusivo de la DISERSANFA, fecha de vencimiento e ítems visibles, con tinta de difícil remoción; y en los casos que el producto sea controlado también deberá llevar la inscripción SUJETO A CONTROL.
b) El envoltorio primario o secundario de cada producto deberá tener código de barras.
c) Por cada paquete deberá ir pegado o sellado o impreso un rotulo en el cual se observen los siguientes datos:
c.1) Nombre del Proveedor
c.2) Nombre genérico del artículo
c.3) Forma farmacéutica del artículo
c.4) Concentración del producto
c.5) Cantidad del artículo que se encuentra en el paquete
c.6) Licitación a la cual corresponde dicha entrega
Esta rotulación deberá estar situada en el paquete de tal forma que no impida la visualización de los datos que aparezcan en los artículos.
c.7) Por cada blíster deberán ir impresos los datos exigidos por las Normas de Fabricación según disposiciones del Ministerio de Salud Pública.
c.8) En caso de los comprimidos, los blíster o tiras deberán poseer impreso la identificación por cada unidad de comprimido, de modo a poder facilitar la identificación del medicamento, al ser administrados por dosis unitarias.
c.9) El envase primario de los productos a ser entregados deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes en el MSP y BS.
d) Vencimiento de las formulas lacteas y nutricionales sera de 12 meses como minimo
EMBALAJES, ENVASES Y OTROS REQUISITOS:
• Envase Primario: Blíster Al/Al o Al/PVC, Frascos, Frasco Ampolla, Ampolla (de Vidrio, Pead, Plástico, etc.) Sachet, Jeringa pre llenadas.
• Envase Secundario: Caja que contiene al envase primario y pueden ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga.
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
En caso de frascos, los mismos deben estar envasados por unidad y las tapas deberán ser inviolables; las cajas de embalaje de 50 a 100 unidades, deberán ser de cartón y/o material termo contraíble. En caso de productos cuyos envases contengan tiras o blíster, frasco ampolla o ampolla, las mismas deberán ser resistentes, con divisiones internas, de forma que permitan la mejor conservación y transporte. Los frascos ampolla y sachet para administración directa deberán contar con el soporte para colgar en el momento de su goteo.
PLAZO DE VENCIMIENTO DEL SUMINISTRO:
El vencimiento mínimo de los productos no deberá ser inferior a 18 (dieciocho) meses, si por la naturaleza de los mismos o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del producto deberá ser autorizada por la DISERSANFA. El proveedor deberá presentar una Carta de Compromiso de Canje.
Para productos con vencimiento inferior a 18 meses o menos se deberá presentar además Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Ítem-Producto; la validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del producto a entregar. El Parque Sanitario, a través de la DISERSANFA deberá comunicar al proveedor el vencimiento de dicho Ítem-Producto con 60 días de antelación.
Para la entrega de artículos al Parque Sanitario de la DISERSANFA se deberá presentar:
1. Nota de Remisión Original + 3 Fotocopias
2. Factura Crédito Original con Timbrado y Fecha Vigente + 3 fotocopias
3. Orden de Compra Original + 1 Fotocopia
4. Planilla de Datos Garantizados. Fotocopia + ítem entregado
5. Copia del Registro Sanitario de los medicamentos en general, firmado por el Regente de la Empresa o Apoderado o en su defecto constancia actualizada de que se encuentra en trámite.
En la Nota de Remisión, debe estar detallado el Nombre Genérico del Artículo, ítems, Vencimiento, Cantidad Entregada, Nº de Resolución, Nº de Adjudicación, Modalidad de Entrega (a que parte de la entrega corresponde), Nº de Contrato, Nº de Orden de Entrega y otras descripciones importantes que faciliten los controles internos.
Se RECHAZARÁ de OFICIO, la entrega del artículo que NO REUNA uno de los documentos requeridos.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
PRODUCTOS DE MEDICAMENTOS VARIOS
La Orden de compra de los bienes serán emitidas por la Unidad Responsable de la Ejecución del Contrato (DISERSANFA) de acuerdo a la necesidad de la institución, debiendo el adjudicado entregar lo solicitado en la misma dentro de los 10 días contados desde el momento de la recepción de la Orden de compra de los bienes
Dentro de los 10 días contados desde el momento de la recepción de la Orden de compra de los bienes hasta el 31 de diciembre de 2025.-
La Contratista debe contar con la capacidad suficiente, de dar respuesta inmediata a los pedidos de urgencias y deberá proveer en el plazo máximo de 48 horas el pedido solicitado. En caso de no responder efectivamente, la contratista de acuerdo al caso, se podrá analizar una rescisión del contrato.
Observación: El vencimiento de los productos al momento de la entrega deberá ser como mínimo 18 meses, si es menor deberán presentar carta de compromiso de canje más póliza de seguro que cubra el 100% del valor del producto de vencimiento menor. Además, la póliza del seguro deberá tener vigencia de 3 meses posterior al vencimiento.
Cronograma de entrega: Los plazos de entrega serán computados en días calendarios a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor, con los siguientes plazos:
Cantidad
-40%: Hasta los 8 (ocho) días calendarios. Con entregas que podrán ser fraccionadas siempre dentro del mencionado plazo.
-60%: Hasta los 30 (treinta) días calendarios. Con entregas que podrán ser fraccionadas siempre dentro del mencionado plazo.
La DISERSANFA determinara las cantidades y frecuencia de solicitud de los bienes adjudicados, en atención a la necesidad Institucional.
Para los casos de urgencias
La contratista debe contar con la capacidad suficiente, de dar respuesta inmediata a los pedidos de urgencias y deberá proveer en el plazo máximo de 48 horas el pedido solicitado. En caso de no responder efectivamente, la contratista de acuerdo al caso, se podrá analizar una rescisión del contrato.
ITEM | CODIGO | DESCRIPCION | FORMA FARMACEUTICA | PRESENTACION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES | RECEPCION FINAL DEL SERVICIO Y/O BIENES |
OG 352 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES | ||||||||
1 | 51141919-001 | ALPRAZOLAM | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 1000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
2 | 51141919-001 | Alprazolam | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 500 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
3 | 51141919-001 | Alprazolam | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 100 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
4 | 51141513-001 | Carbamazepina comprimido | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 800 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
5 | 51141502-003 | Clonazepam | Gotas Orales | Frasco gotero | UNIDAD | 100 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
6 | 51141502-001 | Clonazepam | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 900 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
7 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Jarabe | KIT JUEGO | UNIDAD | 70 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
8 | 51161630-003 | Clorfeniramina + Pseudoefedrina + Asociado Jarabe | Jarabe | Frasco | UNIDAD | 30 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
9 | 51142206-9999 | Morrfina Clorhidrato | COMPRIMIDO | CAJA | UNIDAD | 500 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
10 | 51141704-002 | Risperidona - Solucion | GOTAS ORALES | FRASCO | UNIDAD | 30 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
11 | 51142206-001 | Morfina Clorhidrato Inyectable | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 10.000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
12 | 51141920-001 | DIAZEPAM | AMPOLLAS | AMPOLLA | UNIDAD | 150 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
13 | 51142220-001 | FENTANILO | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 14.000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
14 | 51142232-001 | REMIFENTANILO | INYECTABLE | VIAL | UNIDAD | 1.000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
15 | 51141702-001 | HALOPERIDOL | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 270 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
16 | 51142934-003 | KETAMINA | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 900 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
17 | 51141919-002 | MIDAZOLAN | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 22.000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
18 | 51142206-001 | SULFATO DE MORFINA | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 500 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
19 | 51142235-001 | Tramadol - solucion inyectable | INYECTABLE | AMPOLLA | UNIDAD | 8.000 | GRAL DIAZ Y DON BOSCO | |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
EMBALAJES, ENVASES Y OTROS REQUISITOS:
Primario: Los envases primarios deben cumplir con las condiciones de conservación adecuada de los medicamentos conforme a la naturaleza de los principios activos como ser Blíster Al/Al o Al/PVC, Frascos, Frasco Ampolla, Ampolla (de Vidrio, Pead, Plástico, etc.), frascos de vidrio obscuro, etc.
Envase Secundario: Caja que contiene al envase primario y pueden ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga; Se podrá entregar solo con el envase Primario, en el caso de Comprimidos, Capsulas, Tabletas, en paquetes por 10 blíster (comprimidos/ Capsulas o Tabletas) fardo por 100 blíster (comprimidos/ Capsulas o Tabletas) envuelto con papel film. Cada fardo debe contar con prospectos, rotulado con el Nombre Genérico del Medicamento, Concentración, forma Farmacéutica y la denominación del llamado, cada blíster debe llevar impreso con tinta indeleble la descripción de USO EXCLUSIVO DE LA DISERSANFA".
Para mantener la cadena de frio de los productos que lo requieran podrán mantener el requisito de etiquetado del producto con la inscripción USO EXCLUSIVO DE LA DISERSANFA" en el envase secundario, incorporando mecanismos de inviolabilidad adicionales (precintos, sellos), evitando manipular el embalaje primario.
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo.
Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda FRÁGIL, en el caso de que así lo sean.
En caso de productos cuyos envases contengan tiras o blíster, frasco ampolla o ampolla, las mismas deberán ser resistentes, con divisiones internas, de forma que permitan la mejor conservación y transporte.
Los frascos ampolla y sachets para administración directa deberán contar con el soporte para colgar al momento de su goteo.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La convocante se reserva el derecho de realizar pruebas de control de calidad en cualquier momento que lo considere necesario.
En caso de realizarse los controles de calidad, se realizarán en forma aleatoria y una vez retirado y entregado el producto a la institución que realizará los controles, será comunicado al proveedor por nota. El costo de los análisis y los muestreos deben ser abonados por el proveedor del producto, además la empresa adjudicada deberá reponer la cantidad de producto que fue retirado en el muestreo, sin costo para la convocante en un plazo no mayor a 72 horas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
NDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SETIEMBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
OCTUBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
DICIEMBRE 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.