Segun EETT la cortina vertical solicita:
Cortina tipo vertical: El mismo consiste en la provisión de cortinas con bandas verticales de 9
cm. de ancho para uso en interiores, lavable, en tejidos poliéster.
Mi consulta es, si bien detalla el tejido poliéster, no detalla si sería en la versión traslúcida o en la versión antisolar;
De modo a evitar una cotización errónea, mi consulta es si la cortina vertical de tejido poliéster se requiere en versión traslúcida (deja pasar claridad) o en versión antisolar (bloquea la claridad).
Cortina tipo vertical: El mismo consiste en la provisión de cortinas con bandas verticales de 9
cm. de ancho para uso en interiores, lavable, en tejidos poliéster.
Mi consulta es, si bien detalla el tejido poliéster, no detalla si sería en la versión traslúcida o en la versión antisolar;
De modo a evitar una cotización errónea, mi consulta es si la cortina vertical de tejido poliéster se requiere en versión traslúcida (deja pasar claridad) o en versión antisolar (bloquea la claridad).
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: En relación con la consulta, aclaramos que como no se encuentra especificado "antisolar" en la descripción del ítem lo requerido sería únicamente de una cortina vertical de tejido poliéster, no así la antisolar. Favor remitirse a la adenda.
2
Tipo de Cortina Romana tejido taslucido o antisolar o sunscreen
Segun EETT detalla:
Cortina tipo romana: Consiste en la provisión de cortinas con paño de tela plegable en forma
horizontal, por medio de cadena plástica. Fabricadas en módulos perfectamente
estructurados y estables en el tiempo. Color y diseño a elección.
Mi consulta es si el tejido de la coritna romana, sería en versión traslúcida, o versión antisolar, o versión sunscreen.
08-09-2025
31-10-2025
Tipo de Cortina Romana tejido taslucido o antisolar o sunscreen
Cortina tipo romana: Consiste en la provisión de cortinas con paño de tela plegable en forma
horizontal, por medio de cadena plástica. Fabricadas en módulos perfectamente
estructurados y estables en el tiempo. Color y diseño a elección.
Mi consulta es si el tejido de la coritna romana, sería en versión traslúcida, o versión antisolar, o versión sunscreen.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: En relación con la consulta, aclaramos que como no se encuentra especificado "antisolar" o "sunscreen" en la descripción del ítem lo requerido sería únicamente cortina romana con paño de tela plegable en su versión translucida. Favor remitirse a la adenda.
3
Tipo de cortina de tela traslucido o antisolar
Segun EETT sobre cortina de tela:
Cortina de tela: Consiste en la provisión de cortinas de tela. Fabricadas en módulos
perfectamente estructurados y estables en el tiempo. Color, textura y diseño a elección.
mi consulta es, el tejido sería tipo de lino, boal, traslucido, o antisolar o algun otro tipo de tejido?
Cortina de tela: Consiste en la provisión de cortinas de tela. Fabricadas en módulos
perfectamente estructurados y estables en el tiempo. Color, textura y diseño a elección.
mi consulta es, el tejido sería tipo de lino, boal, traslucido, o antisolar o algun otro tipo de tejido?
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: Se ajustan las especificaciones técnicas a cortina de lino. Favor remitirse a la adenda.
4
Tipo de contrapesa de cortina romana
Segun EETT detalla:
Cortina tipo romana: Consiste en la provisión de cortinas con paño de tela plegable en forma
horizontal, por medio de cadena plástica. Fabricadas en módulos perfectamente
estructurados y estables en el tiempo. Color y diseño a elección.
Mi consulta es la contrapesa de la cortina romana, debe ser redonda o debe ser rectangular?
Cortina tipo romana: Consiste en la provisión de cortinas con paño de tela plegable en forma
horizontal, por medio de cadena plástica. Fabricadas en módulos perfectamente
estructurados y estables en el tiempo. Color y diseño a elección.
Mi consulta es la contrapesa de la cortina romana, debe ser redonda o debe ser rectangular?
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: El contrapeso podrá ser definido a elección. Favor remitirse al PBC.
5
colocacion de cortina existente
Segun EETT detalla:
15 Colocación de cortina existente: incluye colocación de caja simple, con tela lisa, con detalle
drapeado y/o colgantes móviles.
Dice cortina, pero dice incluye colocacion de caja simple, mi consulta seria si este item representa colocacion de cortina existente o colocacion de dosel existente? puesto que al dosel se le suele llamar caja tambien
15 Colocación de cortina existente: incluye colocación de caja simple, con tela lisa, con detalle
drapeado y/o colgantes móviles.
Dice cortina, pero dice incluye colocacion de caja simple, mi consulta seria si este item representa colocacion de cortina existente o colocacion de dosel existente? puesto que al dosel se le suele llamar caja tambien
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: En relación a la consulta, aclaramos que el ítem implica tanto la colocación de la cortina además del dosel existente, al especificar en la descripción "incluye colocación de caja simple" dentro del detalle del ítem hacemos referencia también al dosel existente. Favor remitirse a la adenda.
6
Sistema de Adjudicación
En dicho PBC se contempla que el sistema de adjudicación será por Lote, según lo establecido en el PBC que menciona el sistema de adjudicación por Lote]. No obstante, a la luz de lo dispuesto en el marco jurídico establecido por la Ley N° 7021-2022 y el Decreto Reglamentario N° 2264-2024, solicitamos que el sistema de adjudicación sea modificado a "por Ítems" en lugar de por Lote, conforme a lo que se detalla en los citados cuerpos normativos.
En particular, la Ley N° 7021-2022 y el Decreto N° 2264-2024 establecen principios y normas claras para garantizar la competencia, la transparencia y la eficiencia en los procesos de contratación pública, y en el contexto específico del proceso de adjudicación, el sistema por Ítems se adapta de manera más eficiente a las necesidades del mercado y las condiciones específicas de este tipo de contrataciones.
Agradezco de abstenerse de contestar remitirse al PBC
En dicho PBC se contempla que el sistema de adjudicación será por Lote, según lo establecido en el PBC que menciona el sistema de adjudicación por Lote]. No obstante, a la luz de lo dispuesto en el marco jurídico establecido por la Ley N° 7021-2022 y el Decreto Reglamentario N° 2264-2024, solicitamos que el sistema de adjudicación sea modificado a "por Ítems" en lugar de por Lote, conforme a lo que se detalla en los citados cuerpos normativos.
En particular, la Ley N° 7021-2022 y el Decreto N° 2264-2024 establecen principios y normas claras para garantizar la competencia, la transparencia y la eficiencia en los procesos de contratación pública, y en el contexto específico del proceso de adjudicación, el sistema por Ítems se adapta de manera más eficiente a las necesidades del mercado y las condiciones específicas de este tipo de contrataciones.
Agradezco de abstenerse de contestar remitirse al PBC
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición, se informa lo siguiente: mantener el sistema de adjudicación por Lote establecido en el PBC, a fin de asegurar la entrega simultánea de bienes y servicios en distintas ubicaciones, optimizando la ejecución contractual. Convenimos que la adjudicación "por Lotes" es el sistema más adecuado según la naturaleza del objeto, y en este caso, la adjudicación por Ítems resultaría inconveniente, debido a la necesidad de abastecer los bienes con relación a la distancia y de manera simultánea de ser precisada.
7
PLAN DE ENTREGAS
En relación al punto referido al Plan de Entregas, el Pliego establece que una vez suscripto el Contrato y recepcionados la Orden de Servicio, el oferente adjudicado dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para realizar y entregar el trabajo.
Teniendo en cuenta que el proceso de fabricación, confección y colocación de cortinas requiere un tiempo razonable para la adecuada toma de medidas, producción, confección y posterior instalación, solicitamos a la Convocante considerar la extensión del plazo de entrega a 20 (veinte) días hábiles, de modo a garantizar una ejecución correcta y de calidad.
Favor abstenerse de responder, remitiéndose únicamente al Pliego de Bases y Condiciones.
En relación al punto referido al Plan de Entregas, el Pliego establece que una vez suscripto el Contrato y recepcionados la Orden de Servicio, el oferente adjudicado dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para realizar y entregar el trabajo.
Teniendo en cuenta que el proceso de fabricación, confección y colocación de cortinas requiere un tiempo razonable para la adecuada toma de medidas, producción, confección y posterior instalación, solicitamos a la Convocante considerar la extensión del plazo de entrega a 20 (veinte) días hábiles, de modo a garantizar una ejecución correcta y de calidad.
Favor abstenerse de responder, remitiéndose únicamente al Pliego de Bases y Condiciones.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable de la adquisición se informa lo siguiente: Considerando lo expuesto en la consulta y en base a la experiencia acumulada en la gestión de contratos de naturaleza similar, convenimos que el plazo de cinco (5) días hábiles establecido en el Plan de Entregas resulta adecuado para asegurar un tiempo de ejecución eficiente. Por tanto, es criterio de esta Dependencia mantener el plazo definido en el Pliego.
8
EXPERIENCIA REQUERIDA
En relación con el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, que exige:
“Demostrar la experiencia en la provisión y colocación de cortinas, con facturas de venta, contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto máximo establecido en el presente llamado, de los últimos 3 (tres) años (2022, 2023, 2024). Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. Poseer una existencia legal en el mercado de al menos 5 (cinco) años.”
Solicitamos que la convocante modifique o amplíe el alcance de este requisito de experiencia, permitiendo la participación de oferentes con experiencia en provisión e instalación de bienes de naturaleza similar o equivalente, tales como mobiliarios, persianas, equipamientos de interiores u otros rubros afines, que puedan demostrar la capacidad técnica y operativa requerida.
El mantenimiento del texto tal como está redactado restringe injustificadamente la concurrencia de oferentes, ya que se limita exclusivamente a empresas con facturación específica en “provisión y colocación de cortinas”, lo cual constituye un direccionamiento evidente del llamado.
Por lo expuesto, se solicita a la convocante revisar el criterio de experiencia a fin de permitir la mayor participación posible, conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 7021/2022, y abstenerse de responder con remisión al PBC, en tanto la consulta se refiere precisamente a su modificación por ser restrictiva.
En relación con el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, que exige:
“Demostrar la experiencia en la provisión y colocación de cortinas, con facturas de venta, contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto máximo establecido en el presente llamado, de los últimos 3 (tres) años (2022, 2023, 2024). Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. Poseer una existencia legal en el mercado de al menos 5 (cinco) años.”
Solicitamos que la convocante modifique o amplíe el alcance de este requisito de experiencia, permitiendo la participación de oferentes con experiencia en provisión e instalación de bienes de naturaleza similar o equivalente, tales como mobiliarios, persianas, equipamientos de interiores u otros rubros afines, que puedan demostrar la capacidad técnica y operativa requerida.
El mantenimiento del texto tal como está redactado restringe injustificadamente la concurrencia de oferentes, ya que se limita exclusivamente a empresas con facturación específica en “provisión y colocación de cortinas”, lo cual constituye un direccionamiento evidente del llamado.
Por lo expuesto, se solicita a la convocante revisar el criterio de experiencia a fin de permitir la mayor participación posible, conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 7021/2022, y abstenerse de responder con remisión al PBC, en tanto la consulta se refiere precisamente a su modificación por ser restrictiva.
Conforme a lo expuesto en la dependencia requirente y responsable de la adquisición se informa lo siguiente: Es parecer de nuestra dependencia mantener lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, puesto que consideramos que el criterio resulta adecuado para evaluar la experiencia de los proveedores, teniendo en cuenta que el objeto de la Convocatoria es la provisión únicamente de cortinas y servicios conexos a las mismas, por lo que modificar lo establecido a "bienes de naturaleza similar o equivalente" no sería aplicable para avalar la experiencia teniendo en cuenta la naturaleza de la convocatoria.