Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En Obras Públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al veinte por ciento (20%) para ofertas por debajo del precio referencial y del diez por ciento (10%) para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la Convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
A continuación, se presenta una estructura para determinar la composición detallada de precios en el marco del Articulo N°4 de la Resolución DNCP N° 454/2024.
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
PRECIO OFERTADO |
COSTO IMPUESTOS Y CARGAS SOCIALES |
GASTOS ADMINISTRATIVOS |
RENTABILIDAD |
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1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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- Coeficiente de Liquidez: Activo Corriente / Pasivo Corriente debe ser igual o mayor a 1 (uno). Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los tres (3) ejercicios fiscales cerrados (2022, 2023 y 2024). Se evaluará el Coeficiente de Liquidez de cada Ejercicio Fiscal (2022, 2023 y 2024). |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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- Coeficiente de Solvencia: Activo Total / Pasivo Total igual o mayor a 1,20. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los tres (3) ejercicios fiscales cerrados [2022, 2023 y 2024]. Se evaluará el Coeficiente de Solvencia de cada Ejercicio Fiscal [2022, 2023 y 2024]. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
1) Completar el Formulario correspondiente y presentar los documentos que se indiquen en el mismo.
2) Fotocopias simples de Balances Generales y Cuadro de Estado de Resultados de los tres (3) ejercicios fiscales cerrados (2022, 2023 y 2024) para contribuyentes de Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios (IRACIS) y/o Impuesto a la Renta Empresarial (IRE). Los mismos deberán estar completos, incluidas todas las notas a los estados financieros y deben corresponder a períodos contables ya completados (no se solicitarán ni aceptarán estados financieros de períodos parciales). En reemplazo se podrá observar del Registro de Proveedores del Estado, el documento deberá estar en estado activo.
3) Fotocopias simples de los Formularios N° 106 y 501 de los tres (3) ejercicios fiscales cerrados (2022, 2023 y 2024) para contribuyentes del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC) / Impuesto a las Rentas Empresariales (IRE) SIMPLE.
4) Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el Oferente es cliente.
Requisitos Mínimos
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Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual
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Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder
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a) Haber ejecutado trabajos inherentes al área Comercial de la ANDE, modalidad HHP0, HHP1, HHP2, HHP3 y/o HHP5, como subcontratista autorizado por la Unidad Administradora de Contrato, contratista principal, o miembro de un consorcio en por lo menos un (1) contrato en los últimos diez (10) años. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar los Formularios: Experiencia General en Construcción y Facturación anual media en construcción. |
Requisitos Mínimos
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Requisitos de Cumplimiento |
Documentación Requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder
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a) Se evaluarán los datos proporcionados por el Oferente en los Anexos si cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas, para determinar si la oferta cumple con los siguientes puntos: 1) Existencia Legal de la empresa con la actividad de instalaciones eléctricas como mínimo de tres (3) años. 2) Experiencia: Poseer experiencia mínima de 1 (un) año en la ejecución de trabajos inherentes al área Comercial de la ANDE, modalidad HHP0, HHP1, HHP2, HHP3 y/o HHP5, comprobada por medio de la presentación de listado de contratos suscritos con la ANDE en las modalidades mencionadas, en por lo menos uno de los siguientes ítems: a) Haber realizado como mínimo 100 (cien) regularizaciones de suministros monofásicos y/o trifásicos, por fraude o hurto de energía eléctrica a usuarios de la ANDE, en la modalidad HHP3 o, b) Haber realizado como mínimo 3.000 (tres mil) instalaciones y/o retiro de medidores de energía eléctrica monofásicos y/o trifásicos, en las modalidades HHP2, HHP3 y/o HHP5 o, c) Haber ejecutado como mínimo cuatro (4) contratos de obras o mantenimiento de distribución y construido ciento veinte (120) km o más de líneas de Media Tensión / Baja Tensión y haber montado cinco mil (5.000) kVA en transformadores de distribución para la ANDE en las modalidades HHPO y/o HHP1. Sólo se aceptarán experiencias de trabajos ejecutados dentro de los últimos diez (10) años previos al presente llamado. La evaluación se realizará aplicando el sistema cumple o no cumple. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar los Formularios: Experiencia Específica en Construcción Anexo - Gestión de Pérdidas Anexo - Gestión Técnica Comercial Anexo Experiencia en Obras |
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
La exigencia solicitada en el ÍTEM de experiencia específica, es a razón de evaluar la expertise del oferente en los trabajos similares en contratos anteriores, a efectos de que la ANDE pueda constatar que el oferente reúna la capacidad para cumplir a cabalidad con los requerimientos establecidos en documentos de este llamado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
1. Experiencia General:
1.1. Completar los Formularios correspondientes y presentar los documentos probatorios indicados en el mismo.
1.2. Copia de por lo menos un (1) Contrato en los últimos diez (10) años con su respectiva Acta de Recepción Definitiva (ARD) en las modalidades HHP0 y/o HHP1 y/o HHP2 y/o HHP3 y/o HHP5.
2. Experiencia Especifica:
2.1. Completar los Formularios correspondientes y presentar los documentos probatorios indicados en el mismo.
2.2. Anexo - Gestión de Pérdidas, donde se detallan la cantidad de regularizaciones de suministros monofásicos y/o trifásicos, por fraude o hurto de energía eléctrica a usuarios de la ANDE, en la modalidad HHP3.
2.3. Anexo - Gestión Técnica Comercial, donde se detalla la cantidad de instalaciones y/o retiros de medidores de energía eléctrica monofásicos y/o trifásicos a usuarios de la ANDE, en las modalidades HHP2 y/o HHP3 y/o HHP5.
2.4. Anexo - Experiencia en Obras, donde se detalla la cantidad de instalaciones o cambios de acometida, en las modalidades HHP0 y/o HHP1.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos
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Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado indicado a continuación: - Contar con Personal propio, en nivel de dependencia y asegurado en el IPS completando el Anexo - Detalle del Personal, con una cantidad mínima de 8 (ocho) funcionarios, donde al menos 2 (dos) de ellos sean profesionales electricistas matriculados en ANDE con Categoría D. - Disponer de personal administrativo en relación de dependencia. La evaluación se realizará aplicando el sistema cumple o no cumple. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito requerido. |
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Completar el formulario: "Lista del Personal Propuesto para la Obra" Anexo - Detalle del Personal |
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Completar los Formularios correspondientes y presentar los documentos probatorios indicados en el mismo.
2. Presentar Lista de Personal Técnico y Administrativo completando el Anexo - Detalle del Personal comprobable a través de fotocopia simple de la Constancia de estar inscripto en los Registros del Instituto de Previsión Social (IPS) y la Planilla de pago del mes anterior a la fecha de la presentación de las ofertas de la cuadrilla.
3. Matricula de Electricista Habilitante de la ANDE.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual
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Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder
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Disponer de los siguientes: 1) Vehículos: Dos (2) Camionetas Modelo SUV, VAN, Doble Cabina o Camión Canasta, año 2015 en adelante, conforme a lo requerido en el Anexo - Vehículos. 2) Tecnología: Conforme a lo requerido en el Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas. 3) Instrumentos y Equipos: Conforme a lo requerido en el Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas. 4) Herramientas: Conforme a lo requerido en el Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas. 5) Equipos de Seguridad: Conforme a lo requerido en el Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas. 6) Infraestructura: Demostrar que cuenta con infraestructura propia o alquilada como mínimo de una oficina, telefonía móvil, conforme a lo requerido en el Anexo - Detalle de Oficinas y Sucursales Disponibles. Observación: Los Anexos deberán ser numerados de acuerdo a la cantidad de cuadrillas, vehículos y herramientas disponibles, de manera que se completen los recursos necesarios para un Ítem. La evaluación se realizará aplicando el sistema cumple o no cumple. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito requerido. |
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Completar los Formularios: "Lista de Equipos y Cronograma de Utilización de Equipos" Formulario Anexo - Vehículos Formulario Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas. Formulario - Anexo - Oficinas
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1. Completar los Formularios correspondientes y presentar los documentos probatorios indicados en el mismo.
2. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentran en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados, completando los ANEXOS correspondientes para cada ITEM:
2.1. Formulario Anexo - Vehículos.
2.2. Formulario Anexo - Equipos, Tecnología y Herramientas.
2.3. Formulario - Anexo - Oficinas.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
1. HHP5 (Horas/Hombre/Padrón): es la unidad de medida de tiempo de ejecución de trabajos en redes de distribución de energía eléctrica.
2. Cuadrilla HHP5: equipo de trabajo conformado por 1 (un) Profesional Electricista matriculado en la "Categoría D" y 1 (un) Ayudante Electricista con formación técnica en electricidad con certificado acreditado por el Ministerio de Trabajo o Ministerio de Educación.
3. Vehículo para Cuadrilla: camioneta modelo SUV, VAN o Doble Cabina, año 2015 en adelante, con todo lo requerido en el Anexo EQUIPOS, TECNOLOGÍA Y HERRAMIENTAS. El color de los móviles deberá ser totalmente ROJO (pintado o ploteado). Además, se deberá contar con los logotipos identificatorios conforme a la EETT GC/PE/13/2017.
4. Orden de Inicio: es el documento que emitirá la ANDE y a través del cual prevé el inicio de los servicios contratados. Dicho documento será emitido de forma independiente para cada ítem, y posterior a la firma de contrato.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.