Con relación al Ítem 2.6 Riego de Liga en las EETT figuran dos especificaciones para dicho ítem, una en las pág. 60 al 62 y la otra en las pág. 82 al 83 Favor aclarar cual se debe utilizar y corregir al respecto.
Con relación al Ítem 2.6 Riego de Liga en las EETT figuran dos especificaciones para dicho ítem, una en las pág. 60 al 62 y la otra en las pág. 82 al 83 Favor aclarar cual se debe utilizar y corregir al respecto.
Se aclara, conforme a la revisión realizada, que la especificación válida es la indicada en las páginas 60 a 62.
22
Unidad de medida
En la lista de cantidades figura que el Ítem 2.6 Riego de Liga se mide y paga por "litros" sin embargo en las EETT figura que dicho ítem se mide y paga por "metros cuadrados". Favor aclarar y corregir al respecto.
En la lista de cantidades figura que el Ítem 2.6 Riego de Liga se mide y paga por "litros" sin embargo en las EETT figura que dicho ítem se mide y paga por "metros cuadrados". Favor aclarar y corregir al respecto.
Con relación a la consulta sobre el Ítem 2.6 "Riego de Liga", se aclara que la unidad de medida correcta es litros, conforme a lo establecido en la Lista de Cantidades.
Asimismo, se informa que esta corrección ya ha sido subsanada en la Adenda N.º 1.
23
Señalización horizontal
En la planilla de cantidades se menciona el ítem “Señalización horizontal termoplástica”, sin embargo, en las especificaciones técnicas se menciona la utilización de pintura base solvente. Favor confirmar si la pintura a utilizar para el ítem Señalización horizontal debe ser pintura termoplástica o pintura base solvente.
En la planilla de cantidades se menciona el ítem “Señalización horizontal termoplástica”, sin embargo, en las especificaciones técnicas se menciona la utilización de pintura base solvente. Favor confirmar si la pintura a utilizar para el ítem Señalización horizontal debe ser pintura termoplástica o pintura base solvente.
Con relación a la consulta sobre el ítem "Señalización horizontal", se aclara que la pintura a utilizar es pintura base solvente, siendo esta la especificación correcta conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
24
Prórroga
Solicitamos una prórroga de al menos 15 dias contados desde la fecha fijada para la presentación de ofertas, de modo a poder contar con mayor tiempo de analisis y estudio de la oferta.
Solicitamos una prórroga de al menos 15 dias contados desde la fecha fijada para la presentación de ofertas, de modo a poder contar con mayor tiempo de analisis y estudio de la oferta.
En atención a la solicitud de prórroga presentada, se informa que la misma ya ha sido concedida. La nueva fecha fijada para la presentación de ofertas es el martes, 7 de octubre de 2025, a las 13:00 horas.
25
Unidad de medida Mojón
Solicitamos aclaración sobre la unidad de medida a considerar para el item "17. Reposición de Mojón de kilometraje" debido a que en la planilla de cantidades figura "m2" y en las eett "un"
Solicitamos aclaración sobre la unidad de medida a considerar para el item "17. Reposición de Mojón de kilometraje" debido a que en la planilla de cantidades figura "m2" y en las eett "un"
Con relación a la consulta sobre la unidad de medida del ítem "17. Reposición de Mojón de Kilometraje", se aclara que la unidad de medida correcta es unidad (un).
Asimismo, se informa que esta corrección ya ha sido subsanada mediante la Adenda N.º 1.
26
Limpieza de Franja de Dominio
En relación con las Especificaciones Técnicas de Limpieza de Franja de Dominio, observamos lo siguiente:
1. En el apartado “Conservación de pinturas de barandas” se establece que:
“El Contratista será responsable por todos los trabajos, materiales y transportes necesarios para limpiar y reparar con mortero epóxico, si fuese necesario, todos los elementos de hormigón de una baranda y pintarla con pinturas látex industrial. Este trabajo deberá estar incluido de manera subsidiaria del ítem Limpieza de franja de dominio.”
Al respecto, solicitamos la eliminación de esta exigencia, ya que resulta imposible de cuantificar y, por ende, de cotizar adecuadamente dentro del ítem mencionado.
En su defecto, proponemos que se genere un ítem exclusivo para dicho trabajo, de manera que pueda presupuestarse con precisión.
2. Asimismo, solicitamos se aclare la unidad de medida aplicable al ítem Limpieza de Franja de Dominio, dado que en la planilla de cantidades figura por mes, mientras que en las Especificaciones Técnicas se menciona por kilómetro.
Esta aclaración es fundamental a fin de evitar interpretaciones contradictorias y poder presentar una propuesta ajustada a los requerimientos contractuales.
En relación con las Especificaciones Técnicas de Limpieza de Franja de Dominio, observamos lo siguiente:
1. En el apartado “Conservación de pinturas de barandas” se establece que:
“El Contratista será responsable por todos los trabajos, materiales y transportes necesarios para limpiar y reparar con mortero epóxico, si fuese necesario, todos los elementos de hormigón de una baranda y pintarla con pinturas látex industrial. Este trabajo deberá estar incluido de manera subsidiaria del ítem Limpieza de franja de dominio.”
Al respecto, solicitamos la eliminación de esta exigencia, ya que resulta imposible de cuantificar y, por ende, de cotizar adecuadamente dentro del ítem mencionado.
En su defecto, proponemos que se genere un ítem exclusivo para dicho trabajo, de manera que pueda presupuestarse con precisión.
2. Asimismo, solicitamos se aclare la unidad de medida aplicable al ítem Limpieza de Franja de Dominio, dado que en la planilla de cantidades figura por mes, mientras que en las Especificaciones Técnicas se menciona por kilómetro.
Esta aclaración es fundamental a fin de evitar interpretaciones contradictorias y poder presentar una propuesta ajustada a los requerimientos contractuales.
Se mantiene la exigencia establecida en las Especificaciones Técnicas, en el sentido de que dichos trabajos deberán ser considerados de manera subsidiaria dentro del ítem "Limpieza de Franja de Dominio". Esto obedece a que se trata de actividades de conservación y mantenimiento rutinario, que forman parte integral del objeto del contrato y son inherentes a la correcta ejecución del servicio. Incluirlas dentro del ítem principal permite garantizar uniformidad en la ejecución, evitar la dispersión de ítems menores y asegurar que se cumpla con los estándares de seguridad y funcionalidad exigidos en la infraestructura vial.
- Unidad de medida:
Conforme a la revisión efectuada, se aclara que la unidad de medida correcta para el ítem "Limpieza de Franja de Dominio" es por mes, tal como figura en la planilla de cantidades. Esta precisión ya ha sido subsanada mediante la Adenda N.º 1, a fin de evitar interpretaciones contradictorias.
27
Terraplén
En relación con las Especificaciones Técnicas del ítem Terraplén, observamos lo siguiente:
En el documento se establece que:
“Además, este ítem incluye los trabajos de remoción, reparación y reposición de barandas de defensa tipo Flex Beam existentes en el tramo afectado por reconstrucción de taludes, en caso de que dichos elementos cumplan con las especificaciones Barandas de Defensa tipo Flex Beam y aprobados por la Fiscalización.
Asimismo, este ítem incluye los trabajos de remoción, reparación y reposición de señalización vertical existentes en el tramo afectado por reconstrucción de taludes, en caso de que dichos elementos cumplan con las especificaciones Señalización Vertical y aprobados por la Fiscalización.”
Al respecto, solicitamos la eliminación de esta exigencia, ya que resulta imposible de cuantificar y, en consecuencia, de cotizar adecuadamente dentro del ítem Terraplén.
Además, consideramos que mantener dicha disposición podría encarecer innecesariamente el costo del terraplén, dado que entendemos que los trabajos de señalización vertical y defensa metálica se encuentran contemplados en los ítems 16 y 18 de la planilla de cantidades, respectivamente.
En relación con las Especificaciones Técnicas del ítem Terraplén, observamos lo siguiente:
En el documento se establece que:
“Además, este ítem incluye los trabajos de remoción, reparación y reposición de barandas de defensa tipo Flex Beam existentes en el tramo afectado por reconstrucción de taludes, en caso de que dichos elementos cumplan con las especificaciones Barandas de Defensa tipo Flex Beam y aprobados por la Fiscalización.
Asimismo, este ítem incluye los trabajos de remoción, reparación y reposición de señalización vertical existentes en el tramo afectado por reconstrucción de taludes, en caso de que dichos elementos cumplan con las especificaciones Señalización Vertical y aprobados por la Fiscalización.”
Al respecto, solicitamos la eliminación de esta exigencia, ya que resulta imposible de cuantificar y, en consecuencia, de cotizar adecuadamente dentro del ítem Terraplén.
Además, consideramos que mantener dicha disposición podría encarecer innecesariamente el costo del terraplén, dado que entendemos que los trabajos de señalización vertical y defensa metálica se encuentran contemplados en los ítems 16 y 18 de la planilla de cantidades, respectivamente.
En relación con el ítem "Terraplén", se mantiene la disposición de incluir los trabajos de remoción, reparación y reposición de barandas tipo Flex Beam y señalización vertical en los tramos afectados por la reconstrucción de taludes, siempre que cumplan con las especificaciones y cuenten con la aprobación de la Fiscalización.
Esta inclusión garantiza la seguridad y continuidad de la infraestructura, permite una correcta integración de los trabajos con el terraplén y facilita la fiscalización. Se aclara que los ítems específicos de Señalización Vertical y Defensas Metálicas corresponden únicamente a la provisión y colocación de nuevas unidades, mientras que en el terraplén se trata de elementos existentes afectados.
28
Bacheo Profundo
En relación con las Especificaciones Técnicas del ítem Bacheo Profundo, observamos lo siguiente:
En el apartado “Materiales” se establece:
“1. Reposición de la base
Para la base rige lo especificado en el ítem Estabilizado Granulométrico (Base Granular CBR ≥ 100%).
2. Reposición de la sub base
Para la sub base rige lo especificado en el ítem Sub-base de Ripio.
3. Reposición de la sub rasante, suelo seleccionado y Terraplén
Para la sub rasante mejorada rige lo especificado en el ítem Sub-rasante Mejorada.
Para el suelo seleccionado rige lo especificado en el ítem Suelo Seleccionado.”
Al respecto, solicitamos se nos provean las Especificaciones Técnicas correspondientes a los ítems mencionados, dado que no se encuentran detalladas en la documentación actual y son indispensables para una correcta evaluación y cotización del ítem Bacheo Profundo.
Asimismo, solicitamos se nos proporcione una sección tipo del tramo a intervenir, donde se definan claramente los espesores y materiales componentes del paquete estructural, a fin de poder realizar una cotización precisa y ajustada a las condiciones reales de la obra.
En relación con las Especificaciones Técnicas del ítem Bacheo Profundo, observamos lo siguiente:
En el apartado “Materiales” se establece:
“1. Reposición de la base
Para la base rige lo especificado en el ítem Estabilizado Granulométrico (Base Granular CBR ≥ 100%).
2. Reposición de la sub base
Para la sub base rige lo especificado en el ítem Sub-base de Ripio.
3. Reposición de la sub rasante, suelo seleccionado y Terraplén
Para la sub rasante mejorada rige lo especificado en el ítem Sub-rasante Mejorada.
Para el suelo seleccionado rige lo especificado en el ítem Suelo Seleccionado.”
Al respecto, solicitamos se nos provean las Especificaciones Técnicas correspondientes a los ítems mencionados, dado que no se encuentran detalladas en la documentación actual y son indispensables para una correcta evaluación y cotización del ítem Bacheo Profundo.
Asimismo, solicitamos se nos proporcione una sección tipo del tramo a intervenir, donde se definan claramente los espesores y materiales componentes del paquete estructural, a fin de poder realizar una cotización precisa y ajustada a las condiciones reales de la obra.
En relación con las Especificaciones Técnicas del ítem Bacheo Profundo, observamos lo siguiente: En el apartado "Materiales" se establece: "1. Reposición de la base Para la base rige lo especificado en el ítem Estabilizado Granulométrico (Base Granular CBR ≥ 100%). 2. Reposición de la sub base Para la sub base rige lo especificado en el ítem Sub-base de Ripio. 3. Reposición de la sub rasante, suelo seleccionado y Terraplén Para la sub rasante mejorada rige lo especificado en el ítem Sub-rasante Mejorada. Para el suelo seleccionado rige lo especificado en el ítem Suelo Seleccionado." Al respecto, solicitamos se nos provean las Especificaciones Técnicas correspondientes a los ítems mencionados, dado que no se encuentran detalladas en la documentación actual y son indispensables para una correcta evaluación y cotización del ítem Bacheo Profundo. Asimismo, solicitamos se nos proporcione una sección tipo del tramo a intervenir, donde se definan claramente los espesores y materiales componentes del paquete estructural, a fin de poder realizar una cotización precisa y ajustada a las condiciones reales de la obra.
29
Mojón de kilometraje
En relación con los mojones de kilometraje existentes en el tramo a intervenir, entendemos lo siguiente:
Actualmente los mojones son de hormigón, y aquellos que se encuentren caídos deberán ser reemplazados por mojones tipo placa metálica, conforme al diseño estipulado en el Manual de Carreteras.
¿Podrían confirmar si este entendimiento es correcto?
En relación con los mojones de kilometraje existentes en el tramo a intervenir, entendemos lo siguiente:
Actualmente los mojones son de hormigón, y aquellos que se encuentren caídos deberán ser reemplazados por mojones tipo placa metálica, conforme al diseño estipulado en el Manual de Carreteras.
¿Podrían confirmar si este entendimiento es correcto?
En relación con la consulta sobre los mojones de kilometraje existentes en el tramo a intervenir, se confirma que el entendimiento es correcto.
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Plazo de Obra
Entendemos que el plazo de obra es de 24 meses tal como se establece en el apartado “Plazos del Contrato”, pág. 109 del PBC; no obstante, en el PBC pág. 143 en el Apartado “Recepción provisoria de las obras” se indica lo siguiente:
“El plazo previsto para las obras será de: 15 meses.”
Solicitamos se aclare cuál es el plazo contractual definitivo que corresponde considerar a efectos de la cotización y programación de la obra.
Entendemos que el plazo de obra es de 24 meses tal como se establece en el apartado “Plazos del Contrato”, pág. 109 del PBC; no obstante, en el PBC pág. 143 en el Apartado “Recepción provisoria de las obras” se indica lo siguiente:
“El plazo previsto para las obras será de: 15 meses.”
Solicitamos se aclare cuál es el plazo contractual definitivo que corresponde considerar a efectos de la cotización y programación de la obra.
En relación con la consulta sobre el plazo de ejecución de la obra, se aclara que el plazo contractual correcto es de 24 meses, conforme a lo establecido en el apartado "Plazos del Contrato" (pág. 109 del PBC).
Se informa además que esta corrección ya ha sido subsanada mediante la Adenda N.º 1, a fin de evitar discrepancias en la documentación.