Fecha de Respuesta:
07-05-2025
Respuesta:
En relación con la solicitud de exclusión del requisito de presentación de estados financieros correspondientes a los últimos cinco (5) años, exigido en el punto 6 del Pliego, se informa que dicha exigencia se mantiene, ya que tiene como finalidad asegurar la trazabilidad, solvencia y formalidad económica del oferente ante los organismos de control competentes.
Si bien las experiencias específicas pueden demostrarse mediante contratos, recepciones definitivas y/o facturas, estos documentos no garantizan por sí mismos que el oferente haya cumplido con las obligaciones contables y fiscales ante la DNIT. La presentación de estados financieros debidamente certificados otorga mayor seguridad jurídica y permite al Comité Evaluador verificar que la facturación declarada en el formulario de facturación anual media tiene sustento en documentación formal, registrada y auditada, en cumplimiento con las normativas vigentes.
En este sentido, se recuerda que la Ley N° 7021/22 promueve la igualdad de oportunidades entre oferentes, sin perjuicio de las obligaciones legales mínimas necesarias para garantizar la transparencia del proceso y la idoneidad técnica, legal y económica de los participantes. Por tanto, este requisito no tiene un carácter restrictivo, sino que apunta a un mayor control documental y verificación formal en beneficio del proceso licitatorio.