1) El PBC establece: “Autorización del Fabricante. Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: PARA COMERCIALIZAR ASCENSORES DE LA MARCA ATLAS, SCHINDLER Y OTIS, así como para suministrar, instalar y proporcionar mantenimiento, modernización, ajuste, devolución de llamadas y reparaciones de equipos, piezas, repuestos y componentes originales, se solicitará autorización en todos los ítems solicitados en la planilla de oferta. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde”. En primer lugar, no tiene ningún sentido solicitar autorización del fabricante para COMERCIALIZAR ascensores de las marcas mencionadas, dado que el presente llamado tiene por objeto la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO en ascensores de las marcas mencionadas. No obstante, se SOLICITA respetuosamente a la convocante ELIMINAR ESTE REQUERIMIENTO puesto que CADA UNA DE ESAS MARCAS POSEE SOLAMENTE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO Y EXCLUSIVO EN PARAGUAY. La autorización de la marca OTIS únicamente tiene la empresa COMPAÑÍA COMERCIAL GENERAL INDUSTRIAL LIMITADA S.R.L. con RUC 80004169-0, en tanto que la autorización de las marcas ATLAS y SCHINDLER solamente tiene la empresa HOLLER INGENIERIA S.R.L. con RUC 80004682-0. Por lo tanto, en cada lote del llamado, habrá solamente un oferente elegible, lo cual limita total y absolutamente la libre participación de oferentes del rubro. Si la Convocante desea contratar directamente con un proveedor en particular hubiese gestionado la realización de un llamado por vía de la excepción por derecho exclusivo, lo cual no está verdaderamente justificado tomando en consideración que los ascensores son muy antiguos y ya no cuentan con garantía alguna del fabricante de la marca.
2) El Pliego dispone: Composición de Precios. La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será: Conforme al Art. 4 de la Resolución DNCP Nº 454/2024… Elemento de Valor Fijo… 1) Inmuebles (Alquiler/Convenio)… 2) Equipos Informáticos… 3) Muebles…. 4) Servicios básicos… Elementos de valor variable… 1) Insumos… 2) Gastos administrativos… Total de costos… 1) Utilidad esperada… Precios del servicio antes de impuestos… Impuestos…”. La estructura del desglose de precios en inaplicable al presente llamado en el que se licitan servicios de mantenimientos de ascensores y el principal componente del precio es el pago al personal, en caso de ítems de mano de obra, y el precio de los repuestos, en los ítems correspondientes a repuestos. Se solicita la modificación de esta estructura del desglose de precios.
1) El PBC establece: “Autorización del Fabricante. Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: PARA COMERCIALIZAR ASCENSORES DE LA MARCA ATLAS, SCHINDLER Y OTIS, así como para suministrar, instalar y proporcionar mantenimiento, modernización, ajuste, devolución de llamadas y reparaciones de equipos, piezas, repuestos y componentes originales, se solicitará autorización en todos los ítems solicitados en la planilla de oferta. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde”. En primer lugar, no tiene ningún sentido solicitar autorización del fabricante para COMERCIALIZAR ascensores de las marcas mencionadas, dado que el presente llamado tiene por objeto la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO en ascensores de las marcas mencionadas. No obstante, se SOLICITA respetuosamente a la convocante ELIMINAR ESTE REQUERIMIENTO puesto que CADA UNA DE ESAS MARCAS POSEE SOLAMENTE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO Y EXCLUSIVO EN PARAGUAY. La autorización de la marca OTIS únicamente tiene la empresa COMPAÑÍA COMERCIAL GENERAL INDUSTRIAL LIMITADA S.R.L. con RUC 80004169-0, en tanto que la autorización de las marcas ATLAS y SCHINDLER solamente tiene la empresa HOLLER INGENIERIA S.R.L. con RUC 80004682-0. Por lo tanto, en cada lote del llamado, habrá solamente un oferente elegible, lo cual limita total y absolutamente la libre participación de oferentes del rubro. Si la Convocante desea contratar directamente con un proveedor en particular hubiese gestionado la realización de un llamado por vía de la excepción por derecho exclusivo, lo cual no está verdaderamente justificado tomando en consideración que los ascensores son muy antiguos y ya no cuentan con garantía alguna del fabricante de la marca.
2) El Pliego dispone: Composición de Precios. La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será: Conforme al Art. 4 de la Resolución DNCP Nº 454/2024… Elemento de Valor Fijo… 1) Inmuebles (Alquiler/Convenio)… 2) Equipos Informáticos… 3) Muebles…. 4) Servicios básicos… Elementos de valor variable… 1) Insumos… 2) Gastos administrativos… Total de costos… 1) Utilidad esperada… Precios del servicio antes de impuestos… Impuestos…”. La estructura del desglose de precios en inaplicable al presente llamado en el que se licitan servicios de mantenimientos de ascensores y el principal componente del precio es el pago al personal, en caso de ítems de mano de obra, y el precio de los repuestos, en los ítems correspondientes a repuestos. Se solicita la modificación de esta estructura del desglose de precios.