Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Elementos que determinan el precio del servicio ofertado

Costo expresado en la moneda de la oferta

a) Descripción

b) Costo Mínimo

mensual por Guardia

c)Cantidad

de Guardias

d) Costo mensual (Gs.)

1. Salario turno 12 horas DIURNO

 

 

 

2. Pagos por días feriados 12 horas DIURNO (con recargo del 100%.)

 

 

 

PRECIO TOTAL

 

 

 

IPS 16,5% del Monto

 

 

 

Aguinaldo = monto total / 12 ley laboral y pbc

 

 

 

Total, mensual según pbc

 

 

 

Vacaciones

 

 

 

Utilidad impuestos y retenciones

 

 

 

Precio por 3 meses

     

El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

 

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

 

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)

 

        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

 

        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)

 

        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Miembros”, de conformidad con el formulario estándar - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

 

8.3. Oferentes en Consorcio.

Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)

  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

9. Declaración jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado.

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

A. Para contribuyentes de IRACIS (2021,2022 y 2023)
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente /pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los 3 últimos años (2021,2022 y 2023)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los 3 últimos años (2021,2022 y 2023)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
La rentabilidad no será negativa en promedio de los 3 últimos años (2021,2022 y 2023)
B. Para contribuyentes de IRP (2021,2022 y 2023)
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (2021,2022 y 2023)
C. Para contribuyentes de IRPC (2021,2022 y 2023)
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (2021,2022 y 2023).

D) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en los 3 últimos años (2021,2022 y 2023).

Observación: Para los Consorcios, todos los integrantes deberán cumplir en con la capacidad financiera necesaria.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

 

a

Balance General y Cuadro de Resultados de los años 2021,2022 y 2023 para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

b

Formulario 106 de los últimos 3 años (2021,2022 y 2023) para contribuyentes de Renta Personal o su equivalente según el nuevo régimen tributario.

c Formulario 104 de los últimos 3 años (2021,2022 y 2023) para contribuyentes del IRPC o su equivalente según el nuevo régimen tributario.
d Formulario IVA de los últimos 36 meses para contribuyentes sólo del IVA General, según nuevo régimen tributario.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

    1. Demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de custodia y protección de personas físicas o jurídicas o de bienes muebles e inmuebles, con contratos, facturas, y/o recepciones finales que en sumatoria totalicen el 50% como mínimo del monto máximo de la presente licitación, en los últimos 5 (cinco) años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024).
    2. Existencia legal de por lo menos 5 (cinco) años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024), de antigüedad y trayectoria de la Empresa Oferente en la prestación remunerada de servicios de custodia y protección de personas físicas o jurídicas y de bienes muebles e inmuebles en el mercado nacional, comprobada mediante la Resolución de la Comandancia de la Policía Nacional por la cual se autoriza el funcionamiento de la empresa como prestadora del servicio solicitado y también, con la Constancia de RUC, en la cual debe figurar como actividad económica Servicios de  Seguridad.
    3. La empresa deberá presentar el certificado de haber sido fiscalizado como empresa de seguridad física, por la División de Fiscalización del Departamento de Delitos Económicoś correspondiente a cada ejercicio fiscal de los últimos 5 (cinco) años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024), por el Departamento Especializado en el Control y Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, dependiente de la Dirección contra Hechos Punibles y Financieros de la Policía Nacional, así como el Certificado correspondiente al presente año.- ( LEY No 5424/15).

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

    1. Copias de facturaciones, contratos y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. En caso de presentar Contratos con empresas o entidades privadas, deberán acompañar a dichos contratos, las facturas correspondientes a la prestación de los servicios, como así también, deberán acompañar las Planillas de Aporte Obrero Patronaĺ declarados al IPS para la prestación de dichos servicios.
    2. Copia de la Resolución de la habilitación expedida por la Comandancia de la Policía Nacional y también la Constancia del registro único de contribuyente.
    3. Presentar copia del acta y constancia de haber sido fiscalizado por el Departamento de Delitos Económicos dependiente de la Comandancia Departamento Especializado en el Control y Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, dependiente de la Dirección contra Hechos Punibles y Financieros, de la Policía Nacional de los últimos 5 años (2019, 2020, 2021, 2022 y 2023). Asimismo, deberá presentar copia del acta y constancia de haber sido fiscalizado por el Departamento de Delitos Económicos dependiente de la Comandancia de la Policía Nacional correspondiente al presente ejercicio 2024, en el momento de la presentación de la oferta.

Capacidad Técnica

Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. El oferente debe estar habilitado para prestar servicios de seguridad privada.
  2. El oferente debe estar autorizado para la posesión de las armas de fuego junto con sus municiones dentro del inmueble.
  3. El oferente debe contar con armas de fuego en perfecto estado de funcionamiento.
  1. Los guardias del oferente deben estar capacitados por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines del Departamento de Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional. Al efecto deberá presentar constancia con certificado de formación y adiestramiento de guardia privado de la Policía Nacional, Dirección de Hechos Punibles, Económicos y Financieros - Departamento especializado en el Control de Empresas de Seguridad Privada, conforme a la ley 5424/15; y el carnet respectivo por cada guardia.
  2. Presentar el currículo vitae de como mínimo 30 (treinta) trabajadores de seguridad propuestos para prestar el servicio con los siguientes datos: Nombre y apellido, fotocopia de cédula de identidad civil actualizada, certificado de antecedentes judiciales y policiales originales, Certificado y carnet de guarida de seguridad, Certificado de Capacitación en Primeros Auxilios expedido por un Centro de Capacitación.
  1. Cada personal de Seguridad y Vigilancia propuesto debe haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro.
  2. Los guardias propuestos por el oferente deberán estar instruidos en Curso de adiestramiento en combate contra incendio y manejo de protocolos y procedimientos para casos de contingencia con certificación expedida por un Cuerpo de Bomberos. No resulta necesario que la certificación se encuentre vigente al momento de la apertura de ofertas.
  3. La empresa contratante deberá presentar un certificado por cada personal donde se indique que no sufre de enfermedades mentales que les incapaciten permanentemente para el cumplimiento de las tareas contratadas o constituyan un peligro para terceros.
  4. Existencia legal de por lo menos 5 (cinco) años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024), de antigüedad y trayectoria de la Empresa Oferente en la prestación remunerada de servicios de custodia y protección de personas físicas o jurídicas y de bienes muebles e inmuebles en el mercado nacional.
  5. El oferente debe estar al día en el pago de su aporte obrero patronal por cada empleado.
  6. El oferente debe de contar con un Campo o Polígono de Tiro habilitado por la DIMABEL, el cual podrá ser propio o alquilado durante la vigencia del contrato.
  7. Los guardias del oferente deben estar capacitados en el uso de armas de fuego en cursos habilitantes en Instituciones legalmente habilitadas.
  8. Los guardias deben cumplir los requisitos establecidos en el art. 17 de la Ley N° 5424 De los servicios de vigilancia y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada.
  9. El oferente se compromete a que la renovación del carné, las capacitaciones, actualizaciones, instrucciones, adiestramiento, exámenes médicos y demás criterios necesarios para la prestación del servicio de seguridad privada, correrá a cargo de la empresa, no del personal de vigilancia.
  10. El oferente deberá contar con 2 (dos) camionetas, modelo 2023 en adelante, como medios de transporte, a los efectos de ejercer un sistema de supervisión y apoyo físico, así como para el traslado de sus personales, la provisión de los equipamientos (armas, chalecos, uniformes, accesorios, etc.) en tiempo oportuno y otros abastecimientos necesarios.
  11. El oferente deberá disponer de Sistema de comunicación a través de una red de radio comunicaciones habilitada por la CONATEL propia de la oferente o a través de una empresa tercerizada, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la base de operaciones de la contratante. (Ley Nº 5424/15 Sección I Art: 57).
  12. Organización de la empresa: el Oferente deberá garantizar la buena organización de su empresa y la relación armónica entre sus empleados, de tal modo que conflictos internos no afecten el servicio contratado.
  13. La empresa oferente deberá contar con Certificación ISO 9001:2015 en Servicios de Seguridad y Vigilancia, vigente al momento de la apertura de ofertas con la fecha de las auditorias de seguimientos correspondientes y que sea de una empresa certificadora reconocida por el Foro Internacional de Acreditación (IAF).
  14. La Empresa Oferente deberá contar con un Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional categoría A, como personal permanente de la empresa, de conformidad al Art. 274 del Código del Trabajo, en referencia al empleador, prescribe: "...adoptará cuantas medidas sean necesarias, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos...", de manera que las normativas legales labores vigentes y concordantes como el Art. 271, Art. 272, Art. 273, Art. 274 y Art. 275 del Decreto 14.390/92 exigen que la Empresa adopte dicha medida a favor de sus empleados. Este Personal Técnico de Seguridad deberá figurar en la Declaración Jurada de Salarios del IPS con antigüedad mínima de 12 (doce) meses anteriores a la fecha de la Apertura de Sobres

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

San Lorenzo, 21 de mayo de 202

  1. Presentar copia de la Resolución de habilitación de funcionamiento como empresa prestadora de servicio de seguridad privada emitida por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional. 
  2. Presentar fotocopia de carnet de tenencia de armas de fuego, emitido por el Registro Nacional de Tenencia de Armas de Fuego, dependiente de la DIMABEL, a nombre de la empresa oferente, autenticada por escribano público.
  3. Presentar listado de las armas de fuego (calibre 38, 38 especial y/o magnum 357) con su correspondiente descripción de marca, modelo, año y habilitación, medios de transporte y equipos de comunicación de los que dispone la empresa para el cumplimiento del contrato.
  4. Carné de portación de armas expedido a nombre de la empresa por la autoridad competente, comunicado al órgano de Aplicación y Fiscalización de la Policía Nacional. Cada vigilante debe contar con el carné de portación de armas expedido a nombre de la empresa por la autoridad competente, comunicado al órgano de Aplicación y Fiscalización de la Policía Nacional.
  5. Presentar constancia con certificado de formación y adiestramiento de guardia privada de la policía nacional, dirección de hechos punibles económicos y financieros departamento especializado en el control de empresa de seguridad privada, conforme a la ley 5424/15; y el carnet respectivo por cada guardia.
  6. Presentar el currículo vitae de como mínimo 30 (TREINTA) trabajadores de seguridad propuestos para prestar el servicio con los siguientes datos: Nombre y apellido, fotocopia de cédula de identidad civil actualizada, certificado de antecedentes judiciales y policiales originales, Certificado y carnet de guardia de seguridad, Certificado de Capacitación en Primeros Auxilios expedido por un Centro de Capacitación debidamente habilitada (Acompañar Resolución de Aprobación del Programa de Capacitación expedida por la Autoridad competente).
  7. Presentar por cada personal de Seguridad y Vigilancia constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
  8. Los guardias propuestos por el oferente deberán estar instruidos en Curso de adiestramiento en combate contra incendio y manejo de protocolos y procedimientos para casos de contingencia con certificación expedida por un Cuerpo de Bomberos. No resulta necesario que la certificación se encuentre vigente al momento de la apertura de ofertas.
  9. El oferente debe presentar certificado emitido por un profesional de salud mental (psicólogo, psiquiatra) por cada personal, en donde se indica que los mismos no sufren de enfermedades mentales que les incapaciten permanentemente para el cumplimiento de las tareas contratadas o constituyan un peligro para terceros.
  10. El oferente debe presentar la Resolución de la Comandancia de la Policía Nacional por la cual se autoriza el funcionamiento de la empresa como prestadora del servicio solicitado.
  11. Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obrero patronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste, además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas (Constancia de no adeudar y la Declaración jurada de salarios expedida por el Instituto de Previsión Social de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de apertura de oferta)
  12. El oferente debe contar con un Campo o Polígono de Tiro habilitado por la DIMABEL ya sea propio o en alquiler, debiendo presentar título de propiedad y/o contrato de alquiler por el tiempo de prestación del servicio, acompañado de la habilitación correspondiente.
  13. El oferente debe presentar el Certificado expedido por Instituciones Legalmente habilitadas sobre Manejo Seguro de Armas de Fuego, conforme al Art. 70° de la Ley Nº 4036/10 De Armas de Fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines, de cada guardia propuesto.
  14. Presentar declaración jurada donde certifiquen que los guardias propuestos cumplen con los requisitos establecidos en el art. 17 de la Ley N° 5424 De los servicios de vigilancia y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada.
  15.  El oferente debe presentar una declaración jurada donde se comprometa a que la renovación del carné, las capacitaciones, actualizaciones, instrucciones, adiestramiento, exámenes médicos y demás criterios necesarios para la prestación del servicio de seguridad privada, correrá a cargo de la empresa, no del personal de vigilancia.
  16. Presentar copia autenticada de cédula verde de 2 (dos) Patrulleras, camionetas modelos 2023 en adelante, propiedad del oferente, a ser utilizadas como medios de transporte a los efectos de ejercer un sistema de supervisión y apoyo físico, así como para el traslado de sus personales, la provisión de los equipamientos (armas, chalecos, uniformes, accesorios, etc.) en tiempo oportuno y otros abastecimientos necesarios.
  17. Presentar documento de habilitación de sistema de comunicación por la CONATEL o copia de contrato con una empresa tercerizada que brinda el servicio, debidamente habilitado.
  18. Organigrama de la Empresa.
  19. El oferente deberá presentar Reglamento interno de condiciones de trabajo, vigente, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  20. A efectos de acreditar este requisito, la empresa oferente deberá presentar: Certificación ISO 9001:2015 en Servicios de Seguridad y Vigilancia, vigente al momento de la apertura de ofertas con la fecha de las auditorias de seguimientos correspondientes y que sea de una empresa certificadora reconocida por el Foro Internacional de 23/50 Acreditación (IAF).
  21. El requisito será acreditado con la presentación del Carnet de Agente de Seguridad y Salud Ocupacional conforme al Código del Trabajo, y la Planilla de Aportes del IPS donde conste la antigüedad mínima exigida.

 

 

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

  1. Presentar junto con la oferta una muestra de los Chalecos Antibalas con logo de la empresa a ser utilizado por los vigilantes, de modelo ultraliviano personalizado NIJ IIIA: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg.

En caso de ser nacionales certificado del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el Acuerdo de la Haya.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.