En capacidad financiera, donde dice: para contribuyentes de IRE, deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (ingreso/egreso) Deberá ser igual o mayor a 1, el promedio, de los últimos 3 ejercicios fiscales requeridos (2021, 2022 y 2023) La consulta es, saber si una empresa que fue creada en el 2022, se presenta a este llamado, presentando la documentación de IRE de los años 2022 y 2023, para el cálculo de promedio se tomará: para 2021= 0, y para 2022 y 2023, el valor que indique en el formulario correspondiente. O bien, conocer cuál será el criterio de evaluación en la mencionada situación.
En capacidad financiera, donde dice: para contribuyentes de IRE, deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (ingreso/egreso) Deberá ser igual o mayor a 1, el promedio, de los últimos 3 ejercicios fiscales requeridos (2021, 2022 y 2023) La consulta es, saber si una empresa que fue creada en el 2022, se presenta a este llamado, presentando la documentación de IRE de los años 2022 y 2023, para el cálculo de promedio se tomará: para 2021= 0, y para 2022 y 2023, el valor que indique en el formulario correspondiente. O bien, conocer cuál será el criterio de evaluación en la mencionada situación.
En la sección de requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera, se establece la presentación de los tres ejercicios fiscales (2021, 2022 y 2023), la no presentación de la documentación de un ejercicio fiscal conllevaría a la descalificación de la oferta.
2
Autorizacion
Solicitamos respetuosamente a la Convocante a aceptar la Carta de Autorización del Representante de la marca a ofertar para el oferente en participación, no habiendo necesidad de presentar la cadena, es decir del fabricante al distribuidor (ya que el papeleo del mismo lleva mucho tiempo al realizar la solicitud al fabricante, mas en el caso de extranjeros), ya que de ese modo solo limitan la participación de oferentes capaces de proveer en tiempo y forma todo lo solicitado.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante a aceptar la Carta de Autorización del Representante de la marca a ofertar para el oferente en participación, no habiendo necesidad de presentar la cadena, es decir del fabricante al distribuidor (ya que el papeleo del mismo lleva mucho tiempo al realizar la solicitud al fabricante, mas en el caso de extranjeros), ya que de ese modo solo limitan la participación de oferentes capaces de proveer en tiempo y forma todo lo solicitado.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que es necesario la presentación de la cadena de autorizaciones del fabricante al distribuidor y del distribuidor al oferente participante de manera a garantizar la garantía, asistencia y la cadena de suministro del fabricante a la institución por lo tanto remitirse a lo establecido en el PBC.
3
PLAZO DE ENTREGA DE BIENES
Solicitamos amablemente a la convocante indicar el plazo de entrega de Bienes.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que esta certificación garantiza la seguridad y la protección del manejo de información sensible de la institución, como sabrán es un colegio y manejar información, datos de menores de edad es algo muy sensible, aparte de otras informaciones confidenciales, por el cual el oferente adjudicado en el periodo de garantía, tal como solicita las especificaciones técnicas deberá proporcionar el "Soporte de Atención de Hardware" el cual implica que deberá retirar los equipos en caso de fallas, lo cual podría contar en su contenido información sensible de la institución, razón por la que la institución debe garantizar la protección de los datos e información en todos sus equipos.
Esta certificación complementa los aspectos internos y externos del servicio técnico de los equipos "hardware", así como la garantía que expresa la voluntad y el compromiso de los posibles proveedores, por preservar la seguridad de la información y cumplir con las obligaciones regulatorias, en concordancia con los compromisos asumidos en el presente llamado.
Cabe aclarar que son varias las empresas que cumplen con esta certificación, además que ya la DNCP según resolución N° 3440/24 que dicha certificación no es limitante para la participación. Por lo tanto remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
5
Capacidad tecnica - Certificados ISO 27001
En el punto 5 de capacidad tecnica del PBC solicitan ISO 27001 con alcance en Servicio de Soporte técnico y de seguridad de hardware del área de Tecnología para el Sector Publico.
Hemos verificado los certificados publicados por las empresas que cuentan con este, y, hemos encontrado a ITCS, Netlogic, Softshop, TSV, Edelsur, Technoma, Excelsis. Llamativamente la unica empresa que cumple con el alcance solicitado es ITCS y ya hemos visto varios llamados en los cuales incluyen este requisito que es totalmente arbitrario y que no aplica de ninguna manera para una adquisicion de equipos informaticos.
Por lo indicado, donde se evidencia un direccionamiento a la empresa ITCS y se viola uno de los principios rectores fundamentales de la ley N°7021/23 en su Articulo 4, inciso d). de Igualdad y Libre Competencia que dice que: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Solicitamos a la convocante tenga a bien reconsiderar este punto como opcional o mejor eliminarlo, siendo el mismo una limitante y un elemento de direccionamiento a un solo oferente.
En el punto 5 de capacidad tecnica del PBC solicitan ISO 27001 con alcance en Servicio de Soporte técnico y de seguridad de hardware del área de Tecnología para el Sector Publico.
Hemos verificado los certificados publicados por las empresas que cuentan con este, y, hemos encontrado a ITCS, Netlogic, Softshop, TSV, Edelsur, Technoma, Excelsis. Llamativamente la unica empresa que cumple con el alcance solicitado es ITCS y ya hemos visto varios llamados en los cuales incluyen este requisito que es totalmente arbitrario y que no aplica de ninguna manera para una adquisicion de equipos informaticos.
Por lo indicado, donde se evidencia un direccionamiento a la empresa ITCS y se viola uno de los principios rectores fundamentales de la ley N°7021/23 en su Articulo 4, inciso d). de Igualdad y Libre Competencia que dice que: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Solicitamos a la convocante tenga a bien reconsiderar este punto como opcional o mejor eliminarlo, siendo el mismo una limitante y un elemento de direccionamiento a un solo oferente.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que esta certificación garantiza la seguridad y la protección del manejo de información sensible de la institución, como sabrán es un colegio y manejar información, datos de menores de edad es algo muy sensible, aparte de otras informaciones confidenciales, por el cual el oferente adjudicado en el periodo de garantía, tal como solicita las especificaciones técnicas deberá proporcionar el "Soporte de Atención de Hardware" el cual implica que deberá retirar los equipos en caso de fallas, lo cual podría contar en su contenido información sensible de la institución, razón por la que la institución debe garantizar la protección de los datos e información en todos sus equipos.
Esta certificación complementa los aspectos internos y externos del servicio técnico de los equipos "hardware", así como la garantía que expresa la voluntad y el compromiso de los posibles proveedores, por preservar la seguridad de la información y cumplir con las obligaciones regulatorias, en concordancia con los compromisos asumidos en el presente llamado.
Cabe aclarar que son varias las empresas que cumplen con esta certificación, además que ya la DNCP según resolución N° 3440/24 que dicha certificación no es limitante para la participación. Por lo tanto remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
6
Capacidad Técnica - ISO 27001/2022
En el punto 5 de esta sección se solicita "El Proveedor debe tener la capacidad de ofrecer a la Convocante la seguridad y confidencialidad de la información relacionada con la manipulación de equipos necesarios para la provisión, instalación, Mano de Obra y Soporte técnico de los equipos. Los certificados solicitados a los proveedores aseguran que los servicios a adquirir cuentan con calidad, seguridad y confidencialidad, brindando al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación. Por lo tanto, se requiere que posea la certificación ISO 27001/2022 o superior con alcance en Servicio de Soporte técnico y de seguridad de hardware del área de Tecnología para el Sector Publico (no se aceptaran alcances genéricos o equivalentes), la certificación superior debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la norma ISO 27001/2022 con respecto a la gestión de la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos."
Solicitamos que este requerimiento sea eliminado o considerado como opcional ya que, por un lado, no tiene que ver con el objeto de la licitación que es para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ESTÁNDARES APROBADAS POR EL MITIC.
Y por otro, el presente llamado es para una adquisición de equipos para lo cual el proveedor solo se encargará de proveer equipos informáticos a las dependencias que están solicitando estos bienes. La privacidad entre las partes se puede realizar mediante la firma de un acuerdo de confidencialidad o una DDJJ que comprometa al proveedor a no divulgar información de la convocante. En el mercado solo dos empresas poseen dicho certificado, SEKIURA que se dedica a la ciberseguridad e ITCS SA, por lo que entendemos que este llamado estaría siendo dirigida hacia esta empresa.
Encontramos que este requerimiento tiene la intención de limitar la participación de potenciales oferentes en contraposición a lo dispuesto por la nueva ley N°7021/22 que en su articulo N°45 dice: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…), en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”
En el punto 5 de esta sección se solicita "El Proveedor debe tener la capacidad de ofrecer a la Convocante la seguridad y confidencialidad de la información relacionada con la manipulación de equipos necesarios para la provisión, instalación, Mano de Obra y Soporte técnico de los equipos. Los certificados solicitados a los proveedores aseguran que los servicios a adquirir cuentan con calidad, seguridad y confidencialidad, brindando al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación. Por lo tanto, se requiere que posea la certificación ISO 27001/2022 o superior con alcance en Servicio de Soporte técnico y de seguridad de hardware del área de Tecnología para el Sector Publico (no se aceptaran alcances genéricos o equivalentes), la certificación superior debe basarse en los mismos criterios que solicita o certifica la norma ISO 27001/2022 con respecto a la gestión de la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos."
Solicitamos que este requerimiento sea eliminado o considerado como opcional ya que, por un lado, no tiene que ver con el objeto de la licitación que es para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ESTÁNDARES APROBADAS POR EL MITIC.
Y por otro, el presente llamado es para una adquisición de equipos para lo cual el proveedor solo se encargará de proveer equipos informáticos a las dependencias que están solicitando estos bienes. La privacidad entre las partes se puede realizar mediante la firma de un acuerdo de confidencialidad o una DDJJ que comprometa al proveedor a no divulgar información de la convocante. En el mercado solo dos empresas poseen dicho certificado, SEKIURA que se dedica a la ciberseguridad e ITCS SA, por lo que entendemos que este llamado estaría siendo dirigida hacia esta empresa.
Encontramos que este requerimiento tiene la intención de limitar la participación de potenciales oferentes en contraposición a lo dispuesto por la nueva ley N°7021/22 que en su articulo N°45 dice: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes (…), en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”
Se aclara a todos los potenciales oferentes que esta certificación garantiza la seguridad y la protección del manejo de información sensible de la institución, como sabrán es un colegio y manejar información, datos de menores de edad es algo muy sensible, aparte de otras informaciones confidenciales, por el cual el oferente adjudicado en el periodo de garantía, tal como solicita las especificaciones técnicas deberá proporcionar el "Soporte de Atención de Hardware" el cual implica que deberá retirar los equipos en caso de fallas, lo cual podría contar en su contenido información sensible de la institución, razón por la que la institución debe garantizar la protección de los datos e información en todos sus equipos.
Esta certificación complementa los aspectos internos y externos del servicio técnico de los equipos "hardware", así como la garantía que expresa la voluntad y el compromiso de los posibles proveedores, por preservar la seguridad de la información y cumplir con las obligaciones regulatorias, en concordancia con los compromisos asumidos en el presente llamado.
Cabe aclarar que son varias las empresas que cumplen con esta certificación, además que ya la DNCP según resolución N° 3440/24 que dicha certificación no es limitante para la participación. Por lo tanto remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
Eliminación del ISO 27001/22
El llamado es de ADQUISICIÓN DE COMPUTADORAS Y UPS PARA EL CEPB UNA no tiene ninguna relación con la certificación ISO 27001/22 requerida, por lo que solicitamos a la convocante la eliminación de este requisito, ya que esta direccionada a la Empresa ITCS, la cual va contra lo que es el espirito de la Ley para la mayor concurrencia de oferentes así también en el valor por dinero.
El llamado es de ADQUISICIÓN DE COMPUTADORAS Y UPS PARA EL CEPB UNA no tiene ninguna relación con la certificación ISO 27001/22 requerida, por lo que solicitamos a la convocante la eliminación de este requisito, ya que esta direccionada a la Empresa ITCS, la cual va contra lo que es el espirito de la Ley para la mayor concurrencia de oferentes así también en el valor por dinero.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que esta certificación garantiza la seguridad y la protección del manejo de información sensible de la institución, como sabrán es un colegio y manejar información, datos de menores de edad es algo muy sensible, aparte de otras informaciones confidenciales, por el cual el oferente adjudicado en el periodo de garantía, tal como solicita las especificaciones técnicas deberá proporcionar el "Soporte de Atención de Hardware" el cual implica que deberá retirar los equipos en caso de fallas, lo cual podría contar en su contenido información sensible de la institución, razón por la que la institución debe garantizar la protección de los datos e información en todos sus equipos.
Esta certificación complementa los aspectos internos y externos del servicio técnico de los equipos "hardware", así como la garantía que expresa la voluntad y el compromiso de los posibles proveedores, por preservar la seguridad de la información y cumplir con las obligaciones regulatorias, en concordancia con los compromisos asumidos en el presente llamado.
Cabe aclarar que son varias las empresas que cumplen con esta certificación, además que ya la DNCP según resolución N° 3440/24 que dicha certificación no es limitante para la participación. Por lo tanto remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
8
Tarjeta de Video
Respecto al punto 14 del cuadro de las especificaciones técnicas del item 1 - "COMPUTADORAS DE ESCRITORIO - BASICA", "Tarjeta de video", solicitamos amablemente a la convocante aceptar dispositivos "DDR5". Hacemos esta solicitud debido a que los dispositivos "DDR5" son significativamente mas económicos que lo solicitado en las EETT. Al aceptar esta solicitud, la convocante podrá recibir un mayor numero de ofertas
Respecto al punto 14 del cuadro de las especificaciones técnicas del item 1 - "COMPUTADORAS DE ESCRITORIO - BASICA", "Tarjeta de video", solicitamos amablemente a la convocante aceptar dispositivos "DDR5". Hacemos esta solicitud debido a que los dispositivos "DDR5" son significativamente mas económicos que lo solicitado en las EETT. Al aceptar esta solicitud, la convocante podrá recibir un mayor numero de ofertas
Se aclara a todos los potenciales oferentes que no serán aceptadas tecnologías inferiores "DDR5" ya que el Colegio busca modernizar con tecnología de ultima generación. Favor Mantenerse a lo establecido en el PBC.
9
Solicitud de prórroga
Solicitamos amablemente a la convocante una prórroga de 7 días corridos para la presentación de ofertas