Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
* Francisco Rufinelli, Director , Direccion General de Talento Humano
* Se pretende satifacere las necesidades imprescindibles del cuidado de la salud de los funcionarios del ministerio de justicia y de su grupo familiar
* Es un llamado que se realiza de manera sucesiva teniendo en cuenta lo imprescindible de dicho servicio para nuestra institución.
* Se elaboraron las especificaciones técnicas considerando los servicios necesarios para la atención de salud de los funcionarios del Ministerio de Justicia
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
SEGURO MÉDICO INTEGRAL - REQUISITOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
OBJETO.
Contratación de seguro médico para funcionarios permanentes y contratados del Ministerio de Justicia
PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS.
En el precio unitario ya se previó la duración del servicio de seguro médico.
La vigencia del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2027 a partir de la suscripción del mismo.
Observación: Tener en cuenta para lo cotización del servicio que:
Evento = funcionario titular por mes
1. BENEFICIARIOS
Grupo Familiar:
Los Hijos/as con discapacidad podrán ser beneficiarios sin límite de edad. Deberán certificar dicha condición a través de un documento oficial vigente de la autoridad competente (SENADIS u otra Institución autorizada para el efecto).
Los hijos/as recién nacidos serán considerados parte del grupo familiar de forma automática y con toda la cobertura contemplada, simplemente con informar a la Prestadora, en cualquier momento y sin límites de tiempo durante la vigencia del contrato, para lo cual los padres deberán informar los datos necesarios del recién nacido a la Prestadora de servicios a través de la presentación respectiva del certificado de nacido vivo correspondiente, para su inclusión.
Los padres tendrán cobertura hasta el día en el que cumplan los 75 años de edad, por lo cual, posterior a ello pierden automáticamente la cobertura del seguro correspondiente al grupo familiar y no será objeto de inclusión automática como adherente. Se deberá contar con la anuencia por escrito del titular como así el llenado de las solicitudes de incorporación y la autorización de descuento, para su inclusión como adherente, trámite que quedará a cargo exclusivamente del Titular con la prestadora. Estos podrán ser incluidos como adherentes dentro de los 60 días calendario de haber perdido su condición como beneficiario del grupo familiar.
Los menores bajo MEDIDA DE CUIDADO ALTERNATIVO (GUARDA) serán considerados como parte del grupo familiar de los funcionarios del Ministerio de Justicia, previo dictamen de la Dirección General de Asesoría Jurídica.
Los nietos en situaciones específicas bajo tutela judicial (guarda) serán considerados como parte del grupo familiar, previo dictamen de la Dirección General de Asesoría Jurídica. Hasta un nieto por cada grupo familiar.
Solo se efectuarán cambios de beneficiarios bajo los siguientes conceptos: Por contraer Matrimonio, por divorcio del titular con su cónyuge, o por fallecimiento de uno de los beneficiarios del grupo familiar.
Los nuevos funcionarios que se incorporen con posterioridad gozarán de los mismos beneficios que los primeros. Los beneficiarios podrán ser incorporados en cualquier momento durante la vigencia del contrato, sin que exista un límite temporal para ello. En consecuencia, la Prestadora no podrá imponer restricciones, condiciones ni requisitos adicionales que limiten la inclusión de los mismos.
Cada beneficiario titular podrá solicitar la inclusión de hasta dos (2) personas como beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y cobertura que los demás beneficiarios, abonando una cuota mensual adicional por cada uno de ellos, conforme el siguiente detalle:
Los hijos/as del titular mayores de 23 (veinte y tres) años hasta el día que cumplan 30 (treinta años), solteros/as, con dependencia económica del titular, podrán adherirse pagando una prima del 50% (cincuenta por ciento) del precio adjudicado por cada titular.
La gestión de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular, por lo cual, el mismo suscribirá un contrato con compromiso de pago y los costos serán abonados por cada titular en forma directa a la prestadora de servicios.
El plazo máximo para incorporación de adherentes será hasta 60 (sesenta) días contados desde la fecha de suscripción del contrato celebrado en el marco de la presente licitación. En el caso de los nuevos funcionarios que ingresen posterior a la celebración del contrato tendrán 60 días para incorporación de sus adherentes.
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley, o en caso que el titular del seguro desea dar por terminado el contrato de pago por un beneficiario adherente. En este último caso el titular del seguro deberá comunicar a la prestadora del servicio con una antelación de 30 (treinta) días.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios. El pago se hará desde el ingreso del beneficiario adherente.
La Contratante solo tiene compromiso contractual por los titulares y beneficiarios, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular, a cargo de la prestadora de servicio y el usuario. Si hubiera falta de pago el vínculo del adherente con la prestadora de servicio se podrá dar por terminado.
Todos los beneficiarios: titular, cónyuges, hijos/as y adherentes dependientes tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato a excepción de la maternidad, que será exclusivamente para la titular o cónyuge del titular.
2. DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
Todos los servicios solicitados en este Pliego deberán estar plenamente disponibles, para todos los beneficiarios incluidos en el listado proporcionado por la Contratante a partir de la suscripción del Contrato y recepcionada la respectiva Orden de Compra/Prestación de Servicios.
Cada uno de los servicios que componen la atención médica sanatorial deberá ser con VIGENCIA INMEDIATA, para el 100% de los/as Titulares, su Grupo Familiar y sus Adherentes, para todos los servicios y beneficios establecidos en la oferta. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los ASEGURADOS antigüedad alguna para la PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
3. CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares.
Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados.
La utilización de los equipos empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrá cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
La presentación del carnet identificatorio y la cédula de identidad, tanto en formato físico como en formato digital, serán válidos para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, además de las órdenes de estudios, análisis y/o recetas a nombre del titular y/o beneficiario. Es importante destacar que dichos documentos no deben presentarse por separado, sino que deben presentarse conjuntamente y al mismo tiempo, garantizando así la correcta verificación de identidad y el acceso ágil y seguro a los servicios y prestaciones correspondientes. Para acceder a los descuentos sobre los medicamentos de venta libre no se requerirá la presentación de recetas ni prescripciones médicas.
Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes laboratoriales, consultas, procedimientos y/o tratamientos prolongados etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, serán brindados bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del titular o beneficiario, siendo requisito previo, en los casos programados, efectuar las VISACIONES PREVIAS QUE SE PODRÁN REALIZAR PERSONALMENTE O A TRAVES DE CORREO Y/O MEDIOS TELEMATICOS.
Para los implantes de prótesis la Prestadora de Servicios está obligada a la presentación de constancias de la calidad y costo de los materiales a ser utilizados, es decir, la misma deberá ser de la mejor calidad independientemente del precio, informando al titular o beneficiario en calidad paciente o familiar a cargo de esta situación, con los documentos comprobatorios, quienes se reservan el derecho de aceptarlos o no.
La Prestadora de Servicios proveerá (en formato de libros o medios magnéticos) a todos los titulares beneficiarios de copia del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, dirección de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 60 (sesenta) días posteriores a la firma del Contrato. Los carnets identificatorios deberán ser entregados en un periodo máximo de 15 (quince) días hábiles a partir de la emisión de la Orden de Servicio. Cualquier cambio en la nómina de profesionales deberá ser comunicada a la contratante, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles.
La Prestadora de Servicios se compromete a no establecer limitaciones a los derechos de los beneficiarios a través de reglamentaciones internas. En particular, no podrá restringir la autorización o cobertura de exámenes, consultas, análisis laboratoriales, estudios por imágenes, procedimientos quirúrgicos, tratamientos prolongados o aquellos considerados crónicos, entre otros. Asimismo, sus profesionales médicos y proveedores de servicios deberán garantizar que las disposiciones administrativas internas no afecten ni restrinjan los beneficios establecidos en este pliego.
Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, en casos de urgencias o internaciones será de propiedad del titular y/o beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
En el caso de internaciones, la Prestadora de Servicios entregará cada 24 (veinticuatro) horas, el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
El plantel médico adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en los horarios y días establecidos en el calendario del consultorio.
Los sanatorios adheridos, autorizados y publicados por la prestadora de servicios deberán estar a disposición del beneficiario las 24 (veinticuatro) horas del día.
La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel médico para todas las especialidades solicitadas en el pliego, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. (VER ANEXO I - Cantidad de profesionales solicitados por especialidad).
La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios del Ministerio de Justicia. En ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o su grupo familiar o adherente, alegando enfermedades preexistentes. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
3.1. COBERTURA
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, urgencias, emergencias, internaciones, paramédicos, procedimientos, tratamientos ambulatorios, servicio de ambulancias y traslados. Además, se incluirán la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por la contratista) de profesionales, centros de diagnósticos, traumatológicos y servicios sanatoriales en general para la capital y ciudades del interior donde el Ministerio de Justicia tenga Centros Penitenciarios, Centros Educativos y Oficinas Registrales.
Se entenderá como cobertura por evento, a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones y tratamiento prolongado hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgico, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica.
Para los Centros de Diagnósticos, Institutos y Laboratorios de Análisis Clínicos este servicio deberá cubrir a los pacientes a domicilio o que concurran al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Deberá tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar además con un mínimo de 27 (veintisiete) laboratorios, 2 (dos) de los laboratorios deberán contar con servicio las 24 (veinticuatro) horas del día, y 9 (nueve) Centros de Diagnósticos (que deberán estar habilitados por el MSPBS y la Superintendencia de Salud), adjuntar constancia. En caso que exista cambios deberán ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE en el plazo de 5 (cinco) días hábiles.
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio, las muestras para dichas determinaciones serán retiradas de su domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiéndose solicitar dicho servicio vía telefónica. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios. Siempre que demuestre la imposibilidad de concurrir al nosocomio.
COBERTURA POR TRATAMIENTO AMBULATORIO:
La Contratada deberá brindar a los titulares y beneficiarios todos los servicios incluyendo, pruebas de detección de enfermedades, cirugías menores, diálisis, procedimientos quirúrgicos, estudios laboratoriales y por imágenes, curaciones, incisiones, tratamiento con medicamentos y descartables, retiro de puntos, cambio de bolsa gástrica, curaciones de heridas expuestas, etc. Hasta la finalización de su tratamiento ambulatorio sin límite en la cobertura.
3.2. CALIDAD DEL SERVICIO
El oferente adjudicado deberá contar con por lo menos cuatro (4) sanatorios y/o centros asistenciales adheridos dentro de la ciudad de Asunción, con la categoría correspondiente al Nivel 3 de acuerdo a la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Uno (1) de los sanatorios deberá contar con tomógrafo y resonancia magnética nuclear, con terapia intensiva para adultos, neonatal y pediátrica. Deberá contar con un quirófano robotizado, con una máquina procesadora de oxígeno y con (1) unidad de hemodiálisis con un mínimo de 8 camas y servicio de hemodinamia.
MEDICINA POR IMÁGENES
Este Ítem comprende todos los medios auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios, centros especializados y/o en forma ambulatoria, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, sustancias RD, sedación a cargo de la Empresa prestadora de Servicios, a solicitud del médico tratante.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura, conforme al anexo que será meramente enunciativa y no limitativa, independientemente del Diagnóstico. No se aplicará recargo alguno para los beneficiarios en caso de que los estudios se realicen fuera del horario normal en situaciones de urgencia/emergencia.
CENTRO MÉDICOS HABILITADOS
Para las asistencias sanatoriales, internaciones y/o procedimientos médicos, el oferente deberá contar con centros asistenciales que garanticen las coberturas respectivas en las localidades listadas en el Pliego de Bases y Condiciones en el ítem de Centros Asistenciales. La prestadora deberá garantizar la atención en todas las especialidades citadas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), incluyendo todo el plantel de profesionales médicos de los Centros asistenciales ofrecidos.
CENTRO ASISTENCIALES EN EL INTERIOR
Cobertura para consultas, internaciones, servicios de urgencia y/o emergencia, estudios laboratoriales, imágenes y radiológicos, demás auxiliares de diagnósticos en las localidades en las ciudades donde el Ministerio de Justica tenga sus centros penitenciarios y oficinas registrales. Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios citados, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las Especificaciones Técnicas del presente contrato.
LAS COBERTURAS GENERALES
Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico de medicina por imágenes y servicios laboratoriales.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscópica, uroscopias, endoscopio) y flexibles (fibroscopios), Arco en C, Trocar, clip, con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesistas, instrumentista, contraste, sedación y extracción de cuerpos extraños, esclerosis de lesiones sangrantes en tubo digestivo, papilotomia, otras especialidades que utilizan métodos endoscópicos. Deberán tener coberturas instrumentales propios de cada especialidad hasta el tope establecido.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia para los eventos contemplados con cobertura en el presente PBC (incluyendo uso de equipos hasta el límite establecido en el presente PBC). Para la realización de estudios que requieran una previa preparación del paciente con internación por recomendación médica, se tendrá la cobertura de pensión, estudios y medicamentos y descartables hasta los límites establecidos en el presente contrato.
4. PROGRAMA DE SUMINISTROS
4.1. ASISTENCIA MÉDICA - SANATORIAL INTEGRAL
4.1.1. INTERNACIONES
En internaciones clínicas, quirúrgicas, partos normales y/o cesárea, con cobertura inmediata en centros asistenciales habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante, la contratada deberá proveer una habitación individual, baño privado, teléfono, televisión, dieta oral convencional del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán además estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según los anexos correspondientes. El oxígeno requerido, según el tratamiento y hasta el alta del paciente será considerado un medicamento. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse.
Para casos de partos normales y/o cesáreas, serán cubiertos todos los honorarios médicos del ginecólogo, obstetra, anestesistas, pediatra, instrumentador, ayudante y transfusionista, que deben formar parte del plantel de profesionales de la Prestadora de Servicios Médicos, y en caso contrario la Prestadora estará obligada a proveer del profesional requerido para la atención específica de entre los profesionales citados.
La cobertura de maternidad deberá ser para la titular, y/o cónyuge del titular.
Los gastos de medicamentos en partos y cesáreas, y en internaciones clínicas y/o en intervenciones quirúrgicas serán cubiertos por la Prestadora de Servicios, hasta la suma de G. 20.000.000.- (guaraníes veinte millones), materiales descartables hasta la suma de G. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones) IVA incluido, por beneficiario y por evento.
En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, El SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el Titular y/o Beneficiario, incluyendo el suministro de materiales.
4.1.2. HONORARIOS PROFESIONALES
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las especialidades que se encuentran en el ANEXO II DE ESPECIALIDADES, eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales de cualquier índole o no (ej.: laboral, no laboral, formación, capacitación, entrenamiento, etc.), incluyendo los derivados de eventos deportivos, a excepción de aquellos de alto riesgo que sean recreativos y no relacionados a actividades laborales como automovilismo, boxeo y artes marciales, que deben estar incluidos en el listado de profesionales de la Prestadora de Servicios Médicos.
Las consultas en especialidades que NO figuren en el ANEXO II DE ESPECIALIDADES, serán con un arancel preferencial del 60% propuesto por la prestadora de Servicios Médicos.
La PRESTADORA DE SERVICIOS podrá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por LA CONTRATANTE.
Cualquier modificación del listado de profesionales deberá ser comunicada a la Contratante, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles.
La Prestadora de Servicios deberá designar, como mínimo, un (1) representante encargado de fungir como nexo con el Ministerio de Justicia, con el fin de canalizar y resolver cualquier inconveniente de carácter administrativo que pudiera surgir durante la ejecución del contrato. Por su parte, la Contratante designará un (1) asesor médico y un (1) asesor jurídico, quienes asistirán al Administrador de Contrato en la verificación del cumplimiento del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del Seguro Médico. La función principal de estos asesores será proporcionar apoyo técnico y legal para aclarar situaciones que generen dudas respecto a la cobertura proporcionada por la Prestadora, asegurando así la correcta interpretación y aplicación de las condiciones contractuales.
Servicios de Reintegros:
El beneficiario y su grupo familiar, podrán eventualmente consultar con un médico que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 200.000 (guaraníes doscientos mil) por consulta, hasta un máximo de 2 (dos) veces al mes, por Grupo Familiar. La gestión de este reembolso será realizada por el beneficiario directamente con la PRESTADORA. La solicitud de reembolso por parte del asegurado podrá efectuarse hasta 10 (diez) días corridos posteriores a la consulta médica. Para que la solicitud de reembolso sea válida, el asegurado deberá obtener la aprobación previa de la prestadora, solicitando el visto bueno con al menos 48 (cuarenta y ocho) horas de antelación a la consulta médica. Dicha solicitud podrá efectuarse de forma presencial en las oficinas habilitadas de la prestadora o mediante medios electrónicos, tales como correo electrónico, servicio de mensajería electrónica o plataforma web oficial de la prestadora, siempre que se garantice la recepción y registro adecuado de la solicitud. La prestadora se compromete a otorgar el visto bueno dentro de un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas desde la recepción de la solicitud. Una vez aprobada la solicitud, la prestadora estará obligada a realizar el reembolso dentro de los 5 (cinco) días corridos posteriores a la presentación de las facturas legales correspondientes a nombre de la prestadora. Únicamente serán válidas las consultas realizadas con profesionales médicos. No serán válidas las consultas con profesionales de la salud de otras disciplinas como Psicología, Nutrición, Fisioterapia, entre otras. Los requisitos documentales para el reembolso son los siguientes:
4.1.3. TERAPIA INTENSIVA O INTERMEDIA, CARPA DE OXÍGENO, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (Adultos y Niños).
El tiempo de internación será por un periodo máximo de 30 (treinta) días por cada evento, sin límites de eventos al año. Los honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, serán a cargo de la Prestadora de Servicios Médicos.
La cobertura de medicamentos incluyendo oxígeno, será hasta Gs. 25.000.000.- (guaraníes veinte y cinco millones), materiales descartables hasta la suma de G. 5.000.000.- (guaraníes cinco millones) por evento y por beneficiario.
Uso de incubadora y luminoterapia: hasta el alta del recién nacido.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al TITULAR Y/O BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, siempre y cuando el evento este cubierto y no se hayan superado los límites de coberturas estipuladas por contrato.
En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, El SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el TITULAR Y/O BENEFICIARIO, incluyendo el suministro de materiales.
4.1.4. SERVICIOS DE URGENCIAS
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos Clínicos, Cirujanos, Gineco-Obstetras, Traumatólogos y Pediatras, las 24 horas y todos los días, incluso domingos y feriados (dependiendo de la Categoría del Centro Asistencial). Además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de todas las subespecialidades, como ser: cardiología o a convocatoria de ellos, cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del TITULAR Y/O BENEFICIARIO. Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras doce (12) horas, para que la PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo los gastos hasta los límites del contrato e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
La prestadora se compromete a disponer de ambulancias equipadas para todo tipo de traslado, incluyendo unidades de terapia intensiva móvil (UTIM), en situaciones de urgencia y emergencia médica. Estos servicios deberán cubrir los honorarios médicos, derechos de urgencia y los costos asociados al uso de las ambulancias. Se establece que el servicio de ambulancia será válido exclusivamente para:
En todos los casos, la prestadora deberá garantizar que las ambulancias estén operativas las 24 horas del día, los 365 días del año, y que el personal asignado esté debidamente capacitado y habilitado para la atención prehospitalaria.
El Centro Asistencial proveerá atención médico - quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta los límites del contrato. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves, la atención e internación será hasta el alta del paciente.
La cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100 % (cien por ciento), en los servicios dispuestos y que pueda necesitar el asegurado.
4.1.5. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
En Internaciones y Servicios de Guardia
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas habilitadas por este pliego, la utilización de electrocardiógrafo, rayos X del sanatorio, colchones de aire y anti escara, monitor multiparamétrico, monitor fetal, cuna térmica, video laparoscopia, inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones hasta 10 (diez) veces con medicamentos y descartables, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, infrarrojo, medicamentos y materiales descartables (hasta los límites del contrato).
También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado, expedido por el profesional médico, el mismo deberá realizarse tanto en la central prestadora como también en las clínicas periféricas autorizadas, de forma a facilitar el traslado de los niños.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscopios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste en las especialidades de gastroenterología (incluso extracción de cuerpo extraño), sedación para procedimientos, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología y laparoscopia diagnóstica o terapéutica (incluyendo uso de equipos, video, etc.).
4.1.6. VISITAS DOMICILIARIAS
La prestadora garantizará la asistencia domiciliaria para la realización de análisis clínicos, estudios radiográficos mediante equipo portátil y electrocardiogramas, exclusivamente en casos donde el paciente se encuentre imposibilitado para movilizarse por su propia cuenta. Esta imposibilidad deberá ser certificada por el médico tratante, quien indicará la necesidad de dichos estudios a domicilio. En tales casos, la prestadora asumirá la cobertura total de los servicios mencionados, sin costo alguno para el beneficiario.
4.1.7. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, auxiliares de diagnósticos, urgencias y/o emergencias, en las ciudades donde el Ministerio de Justicia tenga Centros Penitenciarios y Centros Educativos.
La prestadora se compromete a ofrecer una cobertura de servicios de salud en los centros asistenciales ubicados fuera de la capital que sea lo más similar posible a la aplicada en Asunción, conforme a las especificaciones técnicas establecidas. Esta cobertura deberá ajustarse a la disponibilidad de recursos humanos, infraestructura y equipamiento técnico existente en cada distrito y departamento, sin que ello implique una reducción en la calidad o alcance de los servicios. La prestadora deberá garantizar que los servicios ofrecidos en dichos centros cumplan con los estándares de calidad y seguridad establecidos, adaptándose a las condiciones locales y priorizando la atención oportuna y adecuada a las necesidades de la población.
4.1.8. MEDICOS CONSULTORES - INTERCONSULTORES
Con especialistas a pedido del médico tratante en las internaciones, con un 100% de cobertura hasta tres (3) Médicos (por cada internación) del plantel de médicos, que integran el Plantel del Seguro Médico Asistencial. Y en caso contrario, la Prestadora estará obligada a proveer del profesional.
4.1.9. COBERTURA FARMACEUTICA AMBULATORIA
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales (Preventivo, curativo y suplementos), SIN LÍMITE. Cobertura mínima del 20% (veinte por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos importados (Preventivo, curativo y suplementos), SIN LIMITE.
La empresa adjudicada deberá presentar junto con su oferta un listado detallado de los convenios vigentes suscritos con farmacias adheridas, cumpliendo con los siguientes requisitos: contar con al menos tres (3) cadenas de farmacias, sumando un total mínimo de trescientas (300) sucursales distribuidas en la ciudad de Asunción, el Gran Asunción y en el interior del país, garantizando una cobertura nacional. Dichos convenios deberán estar vigentes durante todo el período de duración del contrato. Además, se deberá presentar copia autenticada de cada convenio, suscrito con farmacias adheridas habilitadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). La presentación de esta documentación es esencial para la evaluación de la oferta y la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones.
Para acceder a los descuentos sobre medicamentos de venta libre no se requerirá la presentación de recetas ni prescripciones médicas.
En caso que la farmacia no reconociera los descuentos en los precios de ventas de los productos medicinales adquiridos por el Asegurado, la empresa aseguradora deberá reconocer el valor del/los descuento/s en virtud a la factura de compra expedida por el comercio farmacéutico adherido, según pauta de descuentos establecidos en este punto.
Las multas y otras penalidades aplicables en caso de falta de prestación de los servicios o descuentos por parte de la empresa aseguradora y comprobada por la contratante, serán aplicadas conforme a lo establecido en la Condiciones Especiales y Generales del Contrato de este Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
4.1.10. REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
La cobertura ofrecida abarca el tratamiento completo necesario para la rehabilitación cardiovascular, incluyendo honorarios médicos, aparatos, terapias y todos los insumos requeridos para el proceso de recuperación. Es importante destacar que todos los servicios prestados estarán sujetos a los límites y condiciones establecidos en el contrato vigente. Por lo tanto, cualquier prestación que exceda dichos límites podrá generar costos adicionales que serán de responsabilidad del beneficiario.
4.1.11. ENFERMEDADES CRÓNICAS Y CONGÉNITAS
Todas las enfermedades crónicas y/o neoplásicas TENDRÁN COBERTURA TOTAL en consultas, internaciones, estudios laboratoriales e imágenes, honorarios médicos de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes o las detectadas durante la vigencia del presente contrato (Dentro de los límites del contrato). Internación hasta 10 días, 70% (Setenta por ciento) en medicamentos y descartables, conforme al presente Pliego de Bases y Condiciones (PBC), del titular y/o Beneficiario según el siguiente listado:
✔ Hipertensión Arterial
✔ Hipotensión Arterial
✔ Hemorroides
✔ Diabetes, Diabetes Tipo I, Tipo II.
✔ ASMA
✔ Epilepsia
✔ Gastritis o Ulceras
✔ Pancreatitis
✔ Patología vascular
✔ Enfermedad inflamatoria intestinal
✔ Enfermedad biliar
✔ Enfermedad fibroquística
✔ Fibrosis pulmonar
✔ Insuficiencia Renal (no incluye diálisis crónica)
✔ Hepatitis
✔ Enfermedad de Crohn
✔ Colitis Ulcerosa
✔ Tiroides (hipotiroidismo, hipertiroidismo, hipoparatiroidismo)
✔ Bocio multinodular (BMN)
✔ Anginas de Pecho (Alta complejidad)
✔ Infarto Agudo de Miocardio (Alta complejidad)
✔ Accidente Cerebrovascular
✔ Diverticulitis y diverticulosis
✔ Dislipidemia, dislipemia
✔ Hiper trigliceridemia
✔ EPOC
✔ Síndrome vertiginoso vestibular
✔ Aneurisma (alta complejidad)
✔ Artritis
✔ Gota
✔ Hiperuricemia
✔ Artrosis
✔ Osteoartritis
✔ Fiebre reumática
✔ Osteoporosis
✔ Lupus erimatososistémico
Enfermedades y malformaciones congénitas: CIRUGÍA en el primer acto quirúrgico el 100 % de cobertura según límites del contrato, en el segundo y en el tercer acto quirúrgico 50 % de cobertura, de la establecida por contrato.
4.1.12. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
Se cubrirá en todo concepto (Honorarios médicos será del 70%; derechos operatorios será del 80%; uso de equipos, insumos, medicamentos y descartables serán del dentro del límite establecido en el contrato).
En las internaciones quirúrgicas citadas a continuación, la cobertura de alimentos enteral o parenteral (en unidad de terapia intensiva), medicamentos y oxigeno hasta la suma de Gs. 25.000.000.- (guaraníes veinte y cinco millones), materiales descartables hasta la suma de G. 5.000.000.- (guaraníes cinco millones) en quirófano y terapia intensiva o intermedia para cada beneficiario y por evento, deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales y de imágenes.
Materiales de osteosíntesis en general, por valor de Gs 5.000.000 (guaraníes cinco millones). Materiales protésicos para hernias inguinales, umbilicales e incisionales por valor de hasta Gs. 2.000.000 (guaraníes dos millones).
Internación en la U.T.I. después de los 30 (treinta) días (sala y honorarios: cobertura del 50% - Estudios 100%).
4.1.13. MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura. (VER ANEXO IV.)
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, (salvo aquellos citados con limitación), siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. No se aplicará recargo alguno para los titulares y/o beneficiarios en caso de que los estudios se realicen fuera del horario normal en situaciones de urgencias/emergencias.
4.1.14. CENTROS TRAUMATOLOGICOS
Este ítem comprende todas las consultas como así también todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios y/o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura. (VER ANEXO IV.)
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
4.1.15. LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Este servicio deberá brindar cobertura a los pacientes tanto a domicilio (siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios) como a aquellos que concurran al laboratorio, ya sea en forma programada o en situaciones de urgencia, durante las 24 horas del día. La cobertura será integral e incluirá: honorarios profesionales, materiales descartables y todas las determinaciones químicas y microbiológicas necesarias.
Todos los estudios de laboratorio incluidos en esta prestación se realizarán sin límites por persona, garantizando el acceso completo a los exámenes contemplados.
Estudios laboratoriales:
Se adjunta a continuación la lista detallada de los análisis incluidos en esta cobertura. (VER ANEXO V.)
4.1.16. ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencia, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24 horas del día durante todo el año.
SERVICIOS DE AMBULANCIA:
La contratada deberá prever que sus prestadores cuenten con el servicio propio y/o tercerizado de al menos 3 empresas de servicio de ambulancia durante la vigencia del contrato, en Asunción y Gran Asunción e interior del país. Para traslados según criterio médico.
5. SERVICIOS SIN COBERTURA
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina prepaga. No obstante, la tendencia será la gestión de aranceles con descuentos por vía de negociación.
Se detallan a continuación:
Observaciones:
6. PRIMEROS AUXILIOS Y APOYO VITAL BÁSICO.
La Prestadora proveerá a la contratante de un botiquín de primeros auxilios, de forma anual en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles posterior a la firma del contrato. El mismo deberá contener elementos de primeros auxilios y medicamentos de venta libre por valor de Gs. 2.000.000 (guaraníes dos millones), como así también de un tensiómetro digital, estetoscopio, saturómetro digital, termómetro digital.
PRODUCTO |
CANTIDAD MINIMA |
Ibuprofeno 400 mg., en comp. |
10 cajas x 20 comp. |
Paracetamol 500 mg., en comp. |
15 cajas x 20 comp. |
Diclofenac potásico 50 mg, en comp. |
10 caja x 20 comp. |
Dipirona 500 mg, en comp. |
10 caja x 20 comp. |
Antigripal Comp., en comp. |
30 caja x 10 comp. |
Clorfeniramina 4 mg., en comp. |
5 caja x 20 comp. |
Dipirona 500 mg., en gotas |
10 frascos |
Paracetamol 200 mg., en gotas |
20 frascos |
Domperidona + simeticona en gotas |
12 frascos |
Alcohol rectificado x 500 Ml. |
12 frascos |
Cintas adhesivas quirúrgicas |
20 Unid. |
Gasa esterilizada Tarro |
20 Unid. |
7. DESIGNACIÓN DE CONTACTO PERMANENTE ENTRE LA CONTRATADA Y LOS TITULARES Y/O BENEFICIARIOS DEL SERVICIO
La contratada deberá designar a un personal de su plantel que servirá como enlace permanente con el Ministerio de Justicia para los tramites de visaciones, correo electrónico u otro medio de comunicación (ej.: WhatsApp), para lo que deberá comunicar, una vez firmado el contrato los números telefónicos y correos electrónicos correspondientes.
También deberá designar un enlace permanente, con el suficiente poder de decisión para atención de los beneficiarios durante y fuera de los horarios administrativos en días inhábiles inclusive.
ANEXO I CENTROS DISPONIBLES EN TODO EL PAÍS
CENTROS ASISTENCIALES, LABORATORIOS Y CENTROS DE DIAGNOSTICOS SOLICITADOS |
|
LOCALIDAD |
TIPO DE CENTRO |
ASUNCION |
|
LUQUE |
|
LIMPIO |
|
MARIANO R. ALONSO |
|
SAN LORENZO |
|
FDO. DE LA MORA |
|
ITAUGUA |
|
CAACUPE |
|
ITACURUBI DE LA CORDILLERA |
|
EMBOSCADA |
|
KATUETE |
|
J. EULOGIO ESTIGARIBIA |
|
CAAGUAZU |
|
CNEL. OVIEDO |
|
CAAZAPA |
|
CARAPEGUA |
|
PARAGUARI |
|
CONCEPCION |
|
CIUDAD DEL ESTE |
|
HERNANDARIAS |
|
PRESIDENTE FRANCO |
|
MINGA GUAZU |
|
SANTA RITA |
|
SAN IGNACIO |
|
SAN JUAN BAUTISTA |
|
ENCARNACION |
|
OBLIGADO |
|
HOHENAU |
|
PILAR |
|
SAN ESTANISLAO |
|
SAN PEDRO DEL YKUAMANDIYU |
|
SANTA ROSA DEL AGUARAY |
|
VILLARRICA |
|
PEDRO JUAN CABALLERO |
|
VILLA HAYES |
|
LOMA PLATA |
|
Obs.: En caso de que la Prestadora del Servicio de Seguro Médico tenga convenios con Centros Asistenciales adicionales a los contemplados en las ciudades mencionadas, las cantidades por ciudad y los niveles establecidos, podrá otorgar cobertura en dichos centros, sin que ello implique la eliminación o reducción de la cobertura especificada en la presente lista. Es importante señalar que esta cobertura adicional no constituye una obligación por parte de la Prestadora, sino que se ofrecerá como un complemento opcional al servicio.
ANEXO II - LISTADO DE PROFESIONALES POR ESPECIALIDAD
Especialidad |
Cantidad mínima de Profesionales |
Nombre y Apellido |
Dirección |
Teléfono |
Clínica médica/medicina interna |
Treinta (30) |
|
|
|
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio). Cirugía pediátrica, incluidas las de patología congénitas en niños: Postectomia (no electiva), pie bot, hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia |
Veinte (20) |
|
|
|
Cardiología clínica adultos Cardiología clínica pediátrica |
Adultos Diez (10) Pediátrica Cinco (5) |
|
|
|
Pediatría y Neonatología, consulta y vacunaciones |
Cincuenta (50) |
|
|
|
Ginecología y Obstetricia en mujeres adultas y niñas |
Cincuenta (50) |
|
|
|
Gastroenterología para Adultos y Pediátrica |
Cuatro (4) |
|
|
|
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomía, septuplastia funcional, otoneurología: consultas, estudios |
Quince (15) |
|
|
|
Alergiología + Test alérgicos |
Diez (10) |
|
|
|
Flebología, cirugías y várices (no estéticas) hasta60 sesiones por evento. |
Diez (10) |
|
|
|
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopias urológicas quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnosticas, cirugía de próstata (RTU) |
Diez (10) |
|
|
|
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos fisioterapia pulmonar, hasta 15 sesiones |
Quince (15) |
|
|
|
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamientos ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas, No incluye lente Intraocular (IOL) |
Veinte (20) |
|
|
|
Neurologia en niños y adultos, consultas, estudios, tratamientos, cirugía, tratamientos, fisioterapia |
Veinte (20) |
|
|
|
Psicologia clínica en niños y adultos, consultas, tratamientos, etc. |
Veinte (20) |
|
|
|
Traumatologia en niños y adultos, consultas, tratamientos, estudios, cirugías, fisioterapias |
Diez (10) |
|
|
|
Endocrinologia pediátrica y adultos, consultas, tratamientos, estudios, cirugías |
Veinte (20) |
|
|
|
Reumatologia en niños y adultos, consultas, estudios, cirugías, tratamientos |
Diez (10) |
|
|
|
Dermatologia en niños y adultos, consultas, estudios, cirugías, tratamientos |
Diez (10) |
|
|
|
Podologia en niños y adultos, consultas, estudios, cirugías, tratamientos |
Diez (10) |
|
|
|
Dietologia-Nutricion en niños y adultos, consultas, estudios, tratamientos |
Diez (10) |
|
|
|
ANEXO III ESPECIALIDADES CUBIERTAS
DETALLES |
Alergiología + Test alérgicos + hasta 10 vacunas en el año por abonado |
Analgesias en partos |
Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo) |
Anestesiología |
Cardiología clínica |
Cateterismo cardíaco, eventual angioplastia, cobertura alta complejidad |
Cirugía de lasik y/o eximer laser para miopías con graduaciones superiores a 5D y para desprendimiento de retina. (Alta Complejidad) |
Cirugía general menor y mayor (incluido derecho operatorio) |
Cirugía oftalmológica especializada alta complejidad, no incluye laser, todo procedimiento con láser cobertura alta complejidad, aplicación de AVASTIN (No incluye AVASTIN) |
Cirugía plástica reparadora (no estética) |
Cirugía videolaparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) |
Clínica Geriátrica |
Clínica médica Inspección Médica en general solicitada por Instituciones. |
Clínica neurológica |
Dermatología |
Diabetología |
Dietología Nutrición (consultas y tratamiento elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos) hasta 15 por grupo familiar por año de contrato. |
Endocrinología Dietología-Nutrición (Consultas y tratamiento elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos) |
Fisioterapia Neurológica (hasta 15 sesiones por año de contrato). |
Flebología (no estética), incluye cirugía de safenectomia y flebectomía (convencional), toda cirugía con laser no cubre, arancel preferencial. |
Fondo de ojo |
Fonoaudiología (Evaluaciones y rehabilitación hasta 15 sesiones) |
Estimulación Temprana (Evaluaciones y rehabilitación hasta 10 sesiones) |
Gastroenterología y Proctología |
Gastroenterología Pediátrica |
Ginecología y Obstetricia |
Hematología |
Hepatología |
Infectología |
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en el vacunatorio habilitado |
Mastología |
Monitoreo cardiológico intraoperatorio en pacientes con ASA III y superiores. |
Monitoreo fetal |
Microbiología, cobertura 100% en todas las determinaciones |
Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta tres por año por beneficiario y su grupo familiar) |
Neumología fisioterapia pulmonar |
Oftalmología ejercicios ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas con implante de lente intraocular (no incluye Lente Intraocular-IOL). |
Oncología + test alérgico (Cirugía Quimioterapia) según Anexo de Alta Complejidad |
Otorrinolaringología, cirugías de amígdalas, adenoides, turbinectomia, septuplastia, cauterización de cornetes, cobertura 100%, cirugías endoscópicas Alta Complejidad |
Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones. |
Psicología clínica y laboral (hasta 15 sesiones) |
Psiquiatría, consultorio (hasta 15 sesiones) |
Radiología |
Reumatología |
Toxicología |
Transfusionista |
Traumatología y Ortopedia ejercicios y fisioterapias en general (hasta 25 sesiones por año de contrato). |
Urología |
Hidroterapia (20 sesiones) |
Infiltración Lumbar y de rodilla con medicamentos y descartables (hasta 2 por grupo familiar/año de contrato) |
ANEXO IV - MEDICINA POR IMÁGENES CON COBERTURA
DETALLES - Sin límites (salvo los estudios citados con limitación) |
Cantidades |
Estudios Radiológicos |
|
Adenoides |
Sin límites |
Abdomen simple |
Sin límites |
Acufenometría |
Sin límites |
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados |
Sin límites |
Angiografía carótida h/8 placas c-lado |
Sin límites |
Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas |
Sin límites |
Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas |
Sin límites |
Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo |
Sin límites |
Angiografía digital 3D |
Sin límites |
Angiografia de Vasos Cerebrales (con y sin contraste) |
Sin límites |
Angioresonancia Angiofluorescengrafia |
Sin límites |
Angioresonancia de vasos cerebrales (con y sin contraste) |
Sin límites |
Angiofluorescencinografía (Ojos) |
Sin límites |
Angiotomografia de cráneo (con y sin contraste) |
Sin límites |
Antebrazo en todas las posiciones |
Sin límites |
Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas |
Sin límites |
Apéndice |
Sin límites |
Árbol urinario simple |
Sin límites |
Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados |
Sin límites |
Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado |
Sin límites |
Arteriografía selectiva (abdominal o tórax) |
Sin límites |
Arteriografía selectiva dos arterias |
Sin límites |
Arteriografía selectiva renal 1 lado |
Sin límites |
Arteriografía selectiva renal 2 lados |
Sin límites |
Audiometría |
Sin límites |
Autorrefracción con ciclopejía |
Sin límites |
Biligrafina o colongiografía endovenosa |
Sin límites |
Biopsias de todo tipo |
Sin límites |
Brazo en todas las posiciones |
Sin límites |
Broncografía 2 lados |
Sin límites |
Broncografía c/lados |
Sin límites |
Cadera o pelvis en todas las posiciones |
Sin límites |
Campimetria computarizada (100%) |
Sin límites |
Capsulotomía |
Sin límites |
Capsulotomía Posterior |
Sin límites |
Cavum |
Sin límites |
Cavum contrastado |
Sin límites |
Cistografía |
Sin límites |
Clavícula en todas las posiciones |
Sin límites |
Codo en todas las posiciones |
Sin límites |
Colangiografía endovenosa (biligrafina) |
Sin límites |
Colangiografía operatoria |
Sin límites |
Colangiografía pos-operatoria |
Sin límites |
Colangiografía retrograda con papilotomía |
Sin límites |
Colangiografía retrograda simple |
Sin límites |
Colangiografíatrans-parientohepático |
Sin límites |
Colecistografía oral |
Sin límites |
Colon contrastado |
Sin límites |
Colon doble contraste |
Sin límites |
Colon por ingestión |
Sin límites |
Columna cervical en todas las posiciones |
Sin límites |
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones |
Sin límites |
Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones |
Sin límites |
Control radiológico en maniobras traumatológicas |
Sin límites |
Costilla en todas las posiciones |
Sin límites |
Cráneo en todas las posiciones |
Sin límites |
Cráneo para ortodoncia |
Sin límites |
Curva de presión ocular |
Sin límites |
Dilatación (ciclopejía) |
Sin límites |
Dedo todas las posiciones |
Sin límites |
Degeneración periférica |
Sin límites |
Dental en todas las placas |
Sin límites |
Dental oclusal |
Sin límites |
Dental seriado |
Sin límites |
Doppler espectral |
Sin límites |
Densitometría |
Sin límites |
Ecobiometria ambos ojos |
Sin límites |
Ejercicios ortópticos |
Sin límites |
Electroencefalograma |
Sin límites |
Electrocardiograma |
Sin límites |
Electromiograma de 1 miembro |
Sin límites |
Electromiograma hasta 2 miembro |
Sin límites |
Electromiograma hasta 4 miembro |
Sin límites |
Electronistagmografía |
Sin límites |
Electronistagmografía /Prueba Vestibular |
Sin límites |
Ergometría |
Sin límites |
Embarazo |
Sin límites |
Esófago, estómago y duodeno |
Sin límites |
Esternón en todas las posiciones |
Sin límites |
Espirometria (dos sesiones por grupo familiar por año de contrato) |
Sin límites |
Examen de retina |
Sin límites |
Examen ortóptico |
Sin límites |
Examen funcional laberintico con Videonistagmografia |
Sin límites |
Femur. Extremo proximal-diafisis y extremo distal |
Sin límites |
Fistulografía h/2 placas |
Sin límites |
Flebografía cada lado |
Sin límites |
Fondo de ojo |
Sin límites |
Galactografía bilateral previa mamografía |
Sin límites |
Galactografía bilateral sin placa simple |
Sin límites |
Galactografía c/lado c/previa mamografía |
Sin límites |
Galactografía todos los enfoques |
Sin límites |
Gasto cardíaco |
Sin límites |
Hombro en todas las posiciones |
Sin límites |
Holter |
Sin límites |
Impedanciometría |
Sin límites |
Intestino delgado o tránsito intestinal |
Sin límites |
Laringografía contrastada |
Sin límites |
Linfografía cada lado |
Sin límites |
Linfografía dos lados |
Sin límites |
Logoaudiometría |
Sin límites |
Mama (pieza operatoria) p/placa |
Sin límites |
Mama (reperage para biopsia) p/placa |
Sin límites |
Mamografía en todos los lados |
Sin límites |
Mano en todas las posiciones |
Sin límites |
Mapeamiento de retina |
Sin límites |
Mapeo tensional ambulatorio de 24 hs |
Sin límites |
Mastoide en todas las posiciones |
Sin límites |
Maxilar inferior en todas las posiciones |
Sin límites |
Maxilar inferior c/ortopantomografía |
Sin límites |
Mielografía c/ contraste y especialista |
Sin límites |
Monitoreo fetal |
Sin límites |
Muñeca en todas las posiciones |
Sin límites |
Muslo o fémur en todas las posiciones |
Sin límites |
Oclusión vascular retiniana |
Sin límites |
Oclusión de vena central de retina |
Sin límites |
Orbitas c/posición |
Sin límites |
Ortopantomografía |
Sin límites |
Otomicocopia Otomisiones acústicas |
Sin límites |
Otoemisiones acústicas |
Sin límites |
Papilografía o video papilografía digital |
Sin límites |
Paquimetría (cada ojo) |
Sin límites |
Paquimetría de córnea AO |
Sin límites |
Penescopía |
Sin límites |
Perimetría Doble frecuencia |
Sin límites |
Perfil biofísico |
Sin límites |
Pie en todas las posiciones |
Sin límites |
Pielografía ascendente |
Sin límites |
Pielografía endovenosa o riñón contraste |
Sin límites |
Pierna en todas las posiciones |
Sin límites |
Potenciales evocados auditivos |
Sin límites |
Potenciales evocados auditivos cerebrales |
Sin límites |
Potenciales evocados somatosensitivos |
Sin límites |
Potenciales evocados visuales |
Sin límites |
Plantigrafía digital estática y dinámica |
Sin límites |
Pruebas vestibulares |
Sin límites |
Receptores p/ estrogénos y progesterona |
Sin límites |
Reposición de Otoconias |
Sin límites |
Rodilla en todas las posiciones |
Sin límites |
Saco lagrimal |
Sin límites |
Saco lagrimal (radio. como especialista) |
Sin límites |
Sacro-coxis en todas las posiciones |
Sin límites |
Scopia como complemento de examen c/T.V. |
Sin límites |
Scopia arco c por 1 hora |
Sin límites |
Scopia arco c por más de 1 hora |
Sin límites |
Senos faciales en todas las posiciones |
Sin límites |
Sialografía en todos los lados |
Sin límites |
Somnografía o Estudio del Sueño |
Sin límites |
Spect perfusión Miocárdica |
Sin límites |
TCMS (Multi Slice) 2 por beneficiario, por año de contrato |
2 por beneficiario, por año |
Test alérgicos hasta 20 (veinte) por Grupo Familiar, por año de contrato |
20 por Grupo Familiar, por año de contrato |
Telemetría de marcapasos |
Sin límites |
Timpanometría |
Sin límites |
Tobillo en todas las posiciones |
Sin límites |
Tomografías en general (de cualquier región del cuerpo) |
10 eventos por año, por grupo familiar |
Topografía corneal |
Sin límites |
Topografía de córnea (Bilateral) |
Sin límites |
Topografía Óptica Coherente |
Sin límites |
Tórax en todas las posiciones |
Sin límites |
Tránsito intestinal o intestino delgado |
Sin límites |
Transparieto-hepática |
Sin límites |
Uretrocistografía |
Sin límites |
Urotac |
Sin límites |
Urograma de excreción |
Sin límites |
Vesícula simple |
Sin límites |
ECOCARDIOGRAMAS |
Sin límites |
Eco doppler en general |
Sin límites |
Ecocar. c/ doppler bidimensional |
Sin límites |
Ecocardiograma sin doppler |
Sin límites |
ECOGRAFIAS en cualquier región del cuerpo (5 por beneficiario, por año de contrato) |
|
Ecografía abdominal |
5 por año, por beneficiario |
Ecografía de mamas |
|
Ecografía de tiroides |
|
Ecografía del bazo |
|
Ecografía ginecológica y obstétrica |
|
Ecografía obstétrica pélvica |
|
Ecografía morfológica y con marcadores cromosómicos |
|
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula |
|
Ecografía intracavitaria c/residuo |
|
Ecografía intra-operatoria |
|
Ecografía oftálmica/ocular |
|
Ecografía pan cefálica |
|
Ecografía prostática |
|
Ecografía prostática intracavitaria |
|
Ecografía renal |
|
Ecografía testicular |
|
Ecografía trasvaginal |
|
Ecografía 3D- tridimensional |
|
Ecografía 4D - Cuadrimensional |
|
Ecografía de tejidos blandos Punciones con control ecográfico |
|
Biopsias de mama con aguja fina y control ecográfico |
|
TOMOGRAFIAS COMPUTADAS con y sin contraste (incluye medicamentos y descartables para la utilización del contraste) 10 por grupo Familiar/año de contrato |
10 por grupo Familiar/año de contrato |
Tomografía computada cráneo |
10 por grupo Familiar/año de contrato |
Tomografía computada miembros |
|
Tomografía computada tórax |
|
Tomografía computada abdomen inferior |
|
Tomografía computada abdomen superior |
|
Tomografía computada pelvis |
|
Tomografía computada columna cervical |
|
Tomografía computada columna dorsal |
|
Tomografía computada columna lumbar |
|
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC) |
|
MEDICINA NUCLEAR (80% de descuento) |
(80% de descuento) |
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
(80% de descuento) |
Centellografía glándula salivar |
|
Centellografía sangrado intestinal |
|
Centellografía cerebral |
|
Centellografía de tiroides o mapeo |
|
Centellografía hepática |
|
Centellografía ósea |
|
Centellografía pulmonar |
|
Centellografía renal |
|
Centellografía testicular |
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COBALTOTERAPIA (80 % de descuento) |
(80% de descuento) |
Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo |
(80% de descuento) |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
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Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
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Carc. De lengua lesión gang. anexo |
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Carc. Mamario b cobalto s/op. c/cad.gang. |
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Carc. Mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
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Carc. Pene lesión sola co. irrad. p/campo |
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Carc. pene más campo anexo r. gang |
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Carc. Vejiga cobalto irrad. p/campo |
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Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo |
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Carcinoma esofágico más campo anexo |
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Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
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Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
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Carcinoma laríngeo más campo anexo |
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Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
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Carcinoma oral más campo anexo |
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Carcinoma pulmonar cobalto |
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Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
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Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
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Cicatriz queloide s/aplicación |
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Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
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Linfomas co. irrad. nodal infodiaf. |
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Linfomas co. irrad. nodal supradiaf. |
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Linfomas co. irrad. nodal total |
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Linfomas co. una región ganglionar |
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Rodioterapiaantiimflam. prom. c/aplic. |
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Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot. . |
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Tumores cerebrales en general co. irrad. camp |
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Resonancia Magnética con y sin contraste (hasta 5 por Grupo Familiar, por año de contrato). Todas las partes del cuerpo y todas las posiciones necesarias. |
(hasta 5 por Grupo Familiar, por año de contrato). |
ANEXO V - LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS
Vigencia Inmediata - Sin Límites, salvo excepciones establecidas en el PBC.
ESTUDIOS LABORATORIALES
Análisis de Rutinas sobre el listado del anexo con cobertura 100%.
Análisis Hormonales sobre el listado del anexo, hasta dos (2) ordenes medicas con cobertura 100%, por beneficiario por año de contrato.
Análisis de Marcadores Tumorales sobre el listado del anexo, hasta dos (2) órdenes médicas con cobertura 100% por beneficiario por año contrato.
Análisis Clínicos por métodos molecular (PCR) sobre el listado del anexo, hasta dos (2) ordenes médicas con cobertura de 100% por beneficiario por año contrato.
INMUNOLOGÍA
HEMATOLOGIA
ENDOCRINOLOGÍA hasta 2 por beneficiario/año/contrato en todas las determinaciones
QUIMICA con cobertura del 100% en todas las determinaciones salvo las que se encuentren limitadas
MICROBIOLOGIA con cobertura del 100% en todas las determinaciones
ORINA Y PARASITOLOGÍA con cobertura del 100% en todas las determinaciones
ESTUDIOS ESPECIALIZADOS = Vigencia Inmediata- hasta 10 por grupo familiar (incluidos adherentes) por año de contrato.
DETALLES: CIRUGÍA / PROCEDIMIENTOS
OFTALMOLOGÍA
OTORRINOLARINGOLOGIA.
En casos de cirugías múltiples tendrá cobertura la cirugía principal. Las demás cirugías a cargo del asegurado.
COLOPROCTOLOGIA
MASTOLOGIA
FLEBOLOGIA CONVENCIONALES (no incluye procedimientos láser)
CIRUGIA GENERAL Y VIDEO LAPAROSCOPICA
UROLOGÍA CIRUGÍAS ENDOSCÓPICAS. USO DE EQUIPOS UROLÓGICOS
GASTROENTEROLOGIA
GINECO OBSTETRICIA
TRAUMATOLOGIA
CIRUGÍA PEDIÁTRICA
Sutura de herida de zonas nobles (cara, mano, planta de pies, genitales, perianal). Sutura de herida simple.
COBERTURA DE SERVICIOS MÉDICOS ESPECIFICADOS CON Y SIN LÍMITES
La Prestadora del servicio de seguro médico se compromete a garantizar la cobertura total, sin límites cuantitativos, para todos los estudios, análisis, procedimientos médicos, tratamientos y servicios médicos en general que sean necesarios para la atención integral de la salud de los asegurados, y que estén expresamente mencionados en estas Especificaciones Técnicas sin cantidades de eventos específicas detalladas por contrato, por grupo familiar, por año o por beneficiario. Esta cobertura ilimitada se aplicará durante toda la vigencia del contrato, incluyendo cualquier renovación o extensión del mismo, y será válida para todos los beneficiarios habilitados conforme a las condiciones establecidas en las presentes Especificaciones Técnicas.
En aquellos casos en que las Especificaciones Técnicas mencionen estudios, análisis, procedimientos médicos o tratamientos con cantidades de eventos específicas detalladas por contrato, por grupo familiar, por año, por beneficiario o con un porcentaje de cobertura específica se ajustará a los límites establecidos en dichas especificaciones. La Prestadora deberá garantizar que estos servicios sean proporcionados conforme a los límites y condiciones especificadas en este Pliego.
La Prestadora deberá garantizar que los servicios médicos mencionados en estas Especificaciones Técnicas sean proporcionados sin restricciones, limitaciones o exclusiones, salvo aquellas que se encuentren expresamente establecidas en las condiciones generales de las mismas.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
ITEM |
CODIGO DE CATALOGO |
DESCRIPCION |
1 |
84131602-002 |
CONTRATACION DE SEGURO MEDICO PARA FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA |
Todos los servicios solicitados en este Pliego deberán estar plenamente disponibles, para todos los beneficiarios incluidos en el listado proporcionado por la Contratante a partir de la suscripción del Contrato y recepcionada la respectiva Orden de Servicio. Dicha orden se emitirá dentro de los 5 días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.
Nota: La Dirección Administrativa notificará al proveedor, vía correo electrónico u otro medio fehaciente de comunicación (señaladas en su oferta), que fue emitida la Orden de Compra correspondiente.
Dicha Orden deberá ser retirada por el proveedor en un plazo de 2 (dos) días hábiles, a partir de esa notificación. Si así no lo hiciere se considerará como retirada y aceptada.
Obs.: La prestación de los servicios de seguro médico y sanatorial se realizarán conforme a las solicitudes de los beneficiarios y adherentes pertenecientes a la contratante de acuerdo a los medios establecidos para la solicitud de los mismos, sea por vía telefónica, vía fax, vía web, email o en forma personalizada a través del servicio de Atención al Cliente o Asegurado. En casos excepcionales o de urgencias el Asegurado podrá solicitar el servicio fuera del horario establecido.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica