En el apartado de ‘Plan de entrega de los bienes’, específicamente para los ÍTEMS 4 al 6, en ‘Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes’, donde dice: “15 días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.” Se solicita amablemente a la convocante la extensión del plazo de entrega a 40 días hábiles, debido a que los equipos deben ser importados desde el extranjero, y el tiempo originalmente solicitado no refleja la realidad del proceso, dado que la fabricación, importación y despacho de los equipos podría superar fácilmente un mes. A demás, esta ampliación permitiría evitar que solo los oferentes con el equipo en stock sean favorecidos en el proceso. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “40 días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.”
En el apartado de ‘Plan de entrega de los bienes’, específicamente para los ÍTEMS 4 al 6, en ‘Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes’, donde dice: “15 días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.” Se solicita amablemente a la convocante la extensión del plazo de entrega a 40 días hábiles, debido a que los equipos deben ser importados desde el extranjero, y el tiempo originalmente solicitado no refleja la realidad del proceso, dado que la fabricación, importación y despacho de los equipos podría superar fácilmente un mes. A demás, esta ampliación permitiría evitar que solo los oferentes con el equipo en stock sean favorecidos en el proceso. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “40 días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.”
Agradecemos la consulta. En relación con el plazo de entrega solicitado, se informa que, debido a la urgencia en la disponibilidad de los equipos -destinados al equipamiento de la enfermería- y considerando la próxima visita de la ANEAES, resulta necesario mantener el plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Saludos cordiales,
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DETALLES DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
En el apartado de ‘Plan de entrega de los bienes’, específicamente para los ÍTEMS 1, 2, 3, 7 y 8 al 30, en ‘Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes’, donde dice: “60 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.” Se solicita amablemente a la convocante la extensión del plazo de entrega a 90 días calendario, debido a que los equipos deben ser importados desde el extranjero, y el tiempo originalmente solicitado no refleja la realidad del proceso, dado que la fabricación, importación y despacho de los equipos podría superar fácilmente los dos meses. A demás, esta ampliación permitiría evitar que solo los oferentes con el equipo en stock sean favorecidos en el proceso.
En el apartado de ‘Plan de entrega de los bienes’, específicamente para los ÍTEMS 1, 2, 3, 7 y 8 al 30, en ‘Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes’, donde dice: “60 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra emitida por la convocante.” Se solicita amablemente a la convocante la extensión del plazo de entrega a 90 días calendario, debido a que los equipos deben ser importados desde el extranjero, y el tiempo originalmente solicitado no refleja la realidad del proceso, dado que la fabricación, importación y despacho de los equipos podría superar fácilmente los dos meses. A demás, esta ampliación permitiría evitar que solo los oferentes con el equipo en stock sean favorecidos en el proceso.
Estimado oferente, en relación a su consulta sobre la posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 90 días, se señala que extender el plazo a 90 días no es viable, ya que las documentaciones para el pago deben ser procesadas, dentro del presente ejercicio fiscal, preferentemente antes del 23 de diciembre de 2025 para cumplir con las obligaciones de la convocante.
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CAPACIDAD TÉCNICA
En el apartado de Capacidad técnica, donde menciona: “Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca, en caso de equipos importados, en caso de equipos importados.” Se solicita a la convocante que aclare lo siguiente: ¿qué procedimientos aplican en el caso de ser Distribuidor Autorizado? Generalmente, la mayoría de los oferentes somos distribuidores de las marcas y no representantes directos de las mismas, ya que, para ser representante autorizado, se requiere contar con una sucursal de la marca en el país. Por favor, incluir también la referencia correspondiente para los casos de distribuidores autorizados.
En el apartado de Capacidad técnica, donde menciona: “Deberá acreditar ser representante autorizado de la marca, en caso de equipos importados, en caso de equipos importados.” Se solicita a la convocante que aclare lo siguiente: ¿qué procedimientos aplican en el caso de ser Distribuidor Autorizado? Generalmente, la mayoría de los oferentes somos distribuidores de las marcas y no representantes directos de las mismas, ya que, para ser representante autorizado, se requiere contar con una sucursal de la marca en el país. Por favor, incluir también la referencia correspondiente para los casos de distribuidores autorizados.
Se agradece la consulta. En atención a lo planteado, se aclara que, debido a la complejidad de los equipos solicitados, se requiere que las ofertas provengan de proveedores autorizados de la marca, a fin de garantizar el respaldo técnico, la disponibilidad de repuestos y el cumplimiento de las condiciones de garantía.
Saludos cordiales,
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ITEM 29
¿Se aceptara un equipo con Rango de velocidad = 8000~32000 rpm?
Se agradece la atención y la consulta proporcionada. Se considera que las especificaciones técnicas establecidas en el PBC son adecuadas y están alineadas con las necesidades del laboratorio. Se aclara que el rango aceptado es de 8000 - 30.000 rpm o de 5000 - 32.000 rpm
Se espera su participación, considerando que estos equipos son de suma necesidad y urgencia, lo que permitirá dar continuidad al proyecto adjudicado por el CONACYT.
Saludos cordiales
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ITEM 25
¿Se admitira un autoclave de 23L? Que cumpla todas las demas características
Se agradece la atención y la consulta proporcionada. Se considera que las especificaciones técnicas establecidas en el PBC son adecuadas y están alineadas con las necesidades del laboratorio.
Se espera su participación, considerando que estos equipos son de suma necesidad y urgencia, lo que permitirá dar continuidad al proyecto adjudicado por el CONACYT.
Se aprecia la colaboración y se queda a la espera de cualquier consulta adicional.
Saludos cordiales
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ITEM 19
Se aceptara una incubadora con Uniformidad de CO2 0,2% vol?
Agradecemos la consulta. En relación con las especificaciones técnicas, se aclara que regirá lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo, se informa que la propuesta será evaluada en la instancia correspondiente por el Comité de Evaluación, con el acompañamiento de los técnicos competentes. En tal sentido, solicitamos que las presentaciones se ajusten a lo estipulado en el citado Pliego. En el pliego especifica Uniformidad de CO2 ±0.1 % o Uniformidad de CO2 ± 0.2%.-
Saludos cordiales,
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ÍTEM 12
Se admitiría un equipo de 30L con dimensiones de camara interna de φ385*412 mm?
Estimados,
Agradecemos la consulta. En relación con las especificaciones técnicas, se aclarará que regirá lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo, se informa que la propuesta será evaluada en la instancia correspondiente por el Comité de Evaluación, con el acompañamiento de los técnicos competentes. En tal sentido, solicitamos que las presentaciones se ajusten a lo estipulado en el citado Pliego. En el pliego especifica capacidad de 30 litros . Dimensiones internas 30 por 45 cm. Saludos cordiales,
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ITEM 21
La estufa de cultivo debera ser de conveccion por gravedad o forzada? Ya que no lo indica el pliego. Caso contrario estimamos que se aceptaran ambos tipos
La estufa de cultivo debera ser de conveccion por gravedad o forzada? Ya que no lo indica el pliego. Caso contrario estimamos que se aceptaran ambos tipos
Estimados,
Se agradece la atención y la consulta proporcionada. Por la presente se aclara que serán aceptados ambos tipos.
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CAPACIDAD TÉCNICA
Sobre lo establecido en el pliego: "Debido al alto costo y sensibilidad de los bienes que se buscan adquirir por medio del presente proceso, de modo a evitar realizar una presentación de muestras que resulte en gastos y dilaciones innecesarias al proceso [...] Las ofertas que no presenten la documentación mencionada en la forma señalada o que, habiéndolo hecho, la presenten de manera defectuosa o deficiente, o cuyos documentos no reflejen el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de alguno o todos los bienes ofertados, serán descalificadas"
Recordamos a la convocante que de acuerdo al Art. 61.- Documentos sustanciales, la DNCP es la única facultada a determinar los documentos sustanciales, los cuales son:
a. El formulario de oferta y la lista de precios, debidamente llenados y firmados;
b. La garantía de mantenimiento de oferta debidamente extendida;
c. Los documentos que acrediten la existencia del Oferente;
d. Los documentos que demuestren las facultades del firmante de la oferta, para comprometer al oferente;
e. Los documentos que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), disponga como sustanciales en los pliegos estándar o reglamentaciones.
Cabe destacar que presentación de catálogos técnicos no son documentos "sustanciales" de la oferta. Si la convocante descalificara a algun oferente, por no presentar especificaciones técnicas al momento de la oferta, sin recurrir a un pedido de aclaración posterior según lo establecido en el Art. 62.- Disconformidades, errores y omisiones., será pasible de interposición de PROTESTA, lo que conllevará en mas dilaciones que inicialmente se querían evitar. Además, existe precedentes de que que la DNCP se ha pronunciado a favor de la protesta del oferente en este aspecto.
Por lo tanto, solicitamos amablemente a la convocante aclarar si estan queriendo considerar la presentación de catálogos y especificaciones técnicas como documentos sustanciales y/o pasibles de descalificación al no presentarse al momento de la entrega de oferta y apertura de sobres
Sobre lo establecido en el pliego: "Debido al alto costo y sensibilidad de los bienes que se buscan adquirir por medio del presente proceso, de modo a evitar realizar una presentación de muestras que resulte en gastos y dilaciones innecesarias al proceso [...] Las ofertas que no presenten la documentación mencionada en la forma señalada o que, habiéndolo hecho, la presenten de manera defectuosa o deficiente, o cuyos documentos no reflejen el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de alguno o todos los bienes ofertados, serán descalificadas"
Recordamos a la convocante que de acuerdo al Art. 61.- Documentos sustanciales, la DNCP es la única facultada a determinar los documentos sustanciales, los cuales son:
a. El formulario de oferta y la lista de precios, debidamente llenados y firmados;
b. La garantía de mantenimiento de oferta debidamente extendida;
c. Los documentos que acrediten la existencia del Oferente;
d. Los documentos que demuestren las facultades del firmante de la oferta, para comprometer al oferente;
e. Los documentos que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), disponga como sustanciales en los pliegos estándar o reglamentaciones.
Cabe destacar que presentación de catálogos técnicos no son documentos "sustanciales" de la oferta. Si la convocante descalificara a algun oferente, por no presentar especificaciones técnicas al momento de la oferta, sin recurrir a un pedido de aclaración posterior según lo establecido en el Art. 62.- Disconformidades, errores y omisiones., será pasible de interposición de PROTESTA, lo que conllevará en mas dilaciones que inicialmente se querían evitar. Además, existe precedentes de que que la DNCP se ha pronunciado a favor de la protesta del oferente en este aspecto.
Por lo tanto, solicitamos amablemente a la convocante aclarar si estan queriendo considerar la presentación de catálogos y especificaciones técnicas como documentos sustanciales y/o pasibles de descalificación al no presentarse al momento de la entrega de oferta y apertura de sobres
Agradecemos la consulta formulada. En relación con lo señalado, corresponde indicar que, respecto a la documentación mencionada -Manuales y Catálogos Oficiales vigentes de cada marca y modelo ofertado-, la misma se solicita con el fin de otorgar mayor celeridad al proceso.
En consecuencia, se informa que la evaluación de las ofertas será realizada en la instancia correspondiente, a cargo del Comité de Evaluación.
Saludos cordiales,
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CAPACIDAD TÉCNICA
A fin de evitar confusiones sobre el punto 9 de (Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica). ¿Podría la convocante elaborar un listado de los ítems cuya presentación de esta documentacion aplica? O en todo caso remitirse a cual sería la normativa a tener en cuenta, a fin de evitar ambiguedades en la interpretación del pliego
A fin de evitar confusiones sobre el punto 9 de (Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica). ¿Podría la convocante elaborar un listado de los ítems cuya presentación de esta documentacion aplica? O en todo caso remitirse a cual sería la normativa a tener en cuenta, a fin de evitar ambiguedades en la interpretación del pliego
Se agradece la consulta. En relación con lo solicitado, corresponde señalar que lo relativo a la Capacidad Técnica será evaluado conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, en los apartados pertinentes, sin perjuicio de la aplicación de la normativa vigente en la materia.
Por lo tanto, la presentación de la documentación requerida se deberá ajustar estrictamente a lo dispuesto en el referido Pliego.