Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ADQUISICIÓN DE ESTACIONES PARA LA MEDICIÓN DE CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS
Especificaciones Técnicas
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, ente Regulador de las Telecomunicaciones en la República del Paraguay tiene por objeto adquirir bienes necesarios para su Sistema de Medición de Campos Electromagnéticos.
Con este proyecto se pretende principalmente, promover el desarrollo de las telecomunicaciones y su penetración a nivel nacional, velando por el entorno social, ofreciendo garantías de salubridad a la población involucrada e información que mejore su percepción frente al avance de la tecnología.
La CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones), Institución encargada de la administración del Espectro Radioeléctrico y en definitiva en el control de su uso, con el objetivo de colaborar con el desarrollo de las Telecomunicaciones a nivel país y lograr una mayor penetración de los servicios de telecomunicaciones, propone el presente proyecto.
Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones "Los campos electromagnéticos son imperceptibles y desconocidos para el público en general. Este desconocimiento imperceptible genera desconfianza y rechazo entre la población, lo que puede dar lugar a conflictos sociales y provocar retrasos en el despliegue de nuevas tecnologías inalámbricas".
Usualmente, la ciudadanía reacciona negativamente con la instalación de estaciones base de telecomunicaciones, preocupada por los efectos que las emisiones de radio podrían tener en la salud de la población cercana. Esto es, en definitiva, una fuerza de resistencia importante para la implementación de proyectos de ampliación de cobertura de servicios de telecomunicaciones, generando retrasos en el desarrollo de la industria de telecomunicaciones, escasa penetración de las mismas en áreas donde podrían promover un mayor crecimiento social y cultural, pérdidas económicas para los prestadores de servicios por la mudanza de sus estaciones, o bien, por procesos legales que deben subsanarse ante la población.
Por lo tanto, es primordial apoyar a la Industria de las Telecomunicaciones y a la vez, ofrecer las garantías que la ciudadanía busca, resguardando la relación entre Prestadores de Servicios Habitantes. Es fundamental crear confianza y transparencia frente a la población.
En el Paraguay se ha establecido la Norma Nacional que fija los Límites Máximos Permisibles (LMP) para la exposición de las personas a las Radiaciones no Ionizantes (RNI), aprobada por el Decreto 10.071/2007, y debe controlarse su cumplimiento. Para cumplir con tal objetivo de control, la CONATEL ha implementado un Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos.
El Sistema actual de Mediciones de Campos Electromagnéticos está compuesto por 149 estaciones Fijas de Banda Ancha, 9 Estaciones Fijas de Banda Selectiva, 7 equipos portátiles de banda ancha, un equipo portátil de banda selectiva y una estación de banda ancha móvil para Medición de Campos Electromagnéticos de la Marca Narda STS. Las mismas están distribuidas a nivel nacional, en puntos seleccionados estratégicamente, las cuales se muestran en la Página Web institucional de la CONATEL.
Se requiere realizar una ampliación del Sistema actual, con la adquisición de Estaciones para Medición de Campos Electromagnéticos, con miras a concretar los siguientes objetivos:
El Portal Web de información es parte del Sistema de Mediciones de Campos Electromagnético, implementado y disponible al público, desde el sitio web Institucional de la CONATEL, para visualización de datos en línea desde las distintas localidades. También es parte fundamental el módulo de Gestión y Control de las Estaciones de Medición de Campos Electromagnéticos. El Portal Web tiene las funcionalidades de visualización de estaciones en mapa geográfico a través de un click sobre la estación o seleccionando de un menú la estación deseada; posibilidad de visualizar información básica de la estación (altitud, dirección, tipo de estación, nombre, otros); posibilidad de visualizar información avanzada de la estación seleccionada (Elevación, Tipo, Dirección, Foto de la estación, Nombre, Mediciones de Campos); posibilidad de visualizar los más recientes resultados medidos (Variación de Campo Eléctrico V/m en el tiempo seleccionado, Variación de Densidad de Potencia W/m2 en el tiempo seleccionado, ambos con visualización de los umbrales límites); posibilidad de visualizar resultados históricos hasta al menos 24 horas atrás.
Hace parte del Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos un módulo de Gestión y Control de Estaciones, a través del cual se tienen las siguientes funcionalidades:
A través del presente proyecto se pretende ampliar el actual Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos, incorporando 25 Estaciones fijas de Banda Ancha y 1 (una) estación fija de Banda Selectiva, adicionales, además de aumentar la disponibilidad de equipos portátiles para medición en Banda Selectiva.
Se requiere el suministro, instalación y puesta en servicio de Estaciones para Medición de Campos Electromagnéticos:
ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
1 |
Estación Fija de Banda Ancha |
25 |
Unidad |
2 |
Estación Fija de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
3 |
Equipo Portátil de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
Las Estaciones indicadas deberán ser fabricadas por el mismo fabricante para garantizar el uso, manejo y operación de la medición en campo y facilitando el entrenamiento. Las mediciones realizadas por los equipos y la visualización pertinente deberán respetar los límites máximos permitidos determinados en el Decreto N° 10.071/2007, y tener la capacidad de ajustar los niveles a eventuales modificaciones o actualizaciones del citado Decreto.
Seguidamente se establecen las Especificaciones y características mínimas y máximas que deben reunir los Equipos y Sistemas requeridos, según correspondan.
El Oferente deberá indicar la marca, modelo y procedencia del equipo ofertado.
Equipo de medición de campos electromagnéticos de tipo banda selectiva.
El equipo deberá permitir la activación de los modos UMTS y LTE (TDD), sin requerir modificaciones físicas ni sustitución de componentes. La activación de dichos modos será opcional en la oferta para la licitación de referencia.
OBSERVACIONES GENERALES:
GARANTÍA DE LOS BIENES: Todos los bienes correspondientes de la presente licitación deberán poseer Garantía por un período de 12 (doce) meses contados a partir de la Recepción Provisoria.
Deben cubrir los costos y gastos de reemplazo de equipos y sistemas desde el retiro en las instalaciones de la CONATEL hasta su entrega en el mismo lugar.
Los oferentes deberán indicar las condiciones de la garantía. Entre otras el máximo tiempo de reparación de un equipo o parte, los mecanismos de envío y recepción de piezas en garantía, responsabilidades del contratista, el personal del contratista residente en el Paraguay, etc.
La garantía del contratista cubrirá el buen funcionamiento de las Estaciones hasta que se produzca la Recepción Definitiva de las mismas. Posterior a la Recepción Provisoria, el oferente adjudicado deberá brindar el mantenimiento y soporte técnico hasta la Recepción Definitiva, en caso que sea necesario.
En caso de que alguna falla se presentara, antes de la recepción definitiva, de alguno de los equipos proveídos, y que no pueda ser reparada en el país, el proveedor deberá encargarse de todos los gastos e impuestos (aduaneros, otros) de transporte y reparación completa, o en su defecto el total reemplazo, del (los) equipo(s) con falla(s).
SEGURO CONTRA TODO RIESGO: Todos los bienes correspondientes a la presente licitación deberán contar con un seguro contra todo riesgo que deberá estar vigente desde la entrega de los bienes en el lugar de entrega hasta la fecha de recepción definitiva.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Supervisión y Control de CONATEL, quien se encargará de velar por la correcta ejecución de los términos del Contrato, las verificaciones técnicas al momento de la recepción y de la correcta ejecución del mismo, según las especificaciones técnicas, así como reclamos de Garantía de los bienes y control del soporte técnico.
Detalle de Bienes y/o Servicios
ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Especificaciones técnicas y normas |
1 |
Estación Fija de Banda Ancha |
25 |
Unidad |
Promover el desarrollo de las telecomunicaciones y su penetración a nivel nacional, velando por el entorno social, ofreciendo garantías de salubridad a la población involucrada e información que mejore su percepción frente al avance de la tecnología. Por lo cual se requiere realizar una ampliación del sistema actual, con la contratación del suministro, instalación y puesta en servicio de Estaciones para Medición de Campos Electromagnéticos |
2 |
Estación Fija de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
|
3 |
Equipo Portátil de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fechas finales de entrega de los bienes |
Recepción provisoria |
Recepción definitiva |
|
1 |
Estación Fija de Banda Ancha |
25 |
Unidad |
En la ubicación de la estación, determinada por la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará el acta para la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
2 |
Estación Fija de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
En la ubicación de la estación determinada por la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará el acta para la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
3 |
Equipo Portátil de Banda Selectiva |
1 |
Unidad |
En las oficinas de la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará el acta para la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
En caso de necesidad para realizar reemplazos, ajustes o reparar bienes con defectos, estos deberán estar enmarcados dentro de los plazos establecidos en el Plan de entrega, en caso de superar dicho plazo será multada conforme lo establecido en el PBC.
FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES: El proveedor deberá poner a disposición de la Contratante en el lugar de entrega, los bienes, incluido el entrenamiento según lo requiera el ítem, en un periodo máximo de hasta 12 (doce) meses contados a partir del recibo de cobro del anticipo.
COMPROBACION DE BIENES ADQUIRIDOS: El proveedor deberá poner a disposición de la Contratante en las instalaciones del oferente o donde lo determine la convocante, los bienes, en un periodo máximo de hasta 12 meses contados a partir del recibo de cobro del anticipo. La CONATEL enviará a sus técnicos a verificar que los bienes adquiridos por el proveedor estén disponibles, y verificará previamente a la implementación de los mismos al sistema de la CONATEL, si los mismos son los que fueron ofertados, y por ende evitar que se proceda a realizar una eventual instalación de equipos que no cumplan fielmente con las especificaciones técnicas de los pliegos de bases y condiciones. De aprobarse la constatación por parte de la Convocante, se procederá al pago. Para el efecto la Convocante hará un relevamiento de los bienes adquiridos, y se elaborará un acta de verificación. La comprobación de bienes adquiridos podrá realizarse en forma independiente por cada ítem.
RECEPCIÓN PROVISORIA: Implica la verificación técnica cualitativa y cuantitativa por parte de los técnicos de la CONATEL que serán designados por la Gerencia de Supervisión y Control, Administrador del Contrato, se efectuará luego de la puesta en servicio de los equipos o sistemas, incluido el entrenamiento. Para las pruebas de recepción provisoria, la Contratista deberá presentar para la aprobación de la CONATEL los Protocolos de Recepción, elaborados conforme a lo requerido en las especificaciones técnicas. El Administrador del contrato destinará a los técnicos encargados de realizar las verificaciones correspondientes, las cuales durarán a lo máximo 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la recepción en el lugar de entrega e instalación. Podrá realizarse en forma independiente por cada ítem.
Una vez certificado por los técnicos de la Gerencia de Supervisión y Control que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta para la Recepción Provisoria. El proceso de verificaciones se realizará con el acompañamiento de un Representante de la División de Patrimonio que será designado por la Gerencia Administrativa Financiera y un Representante de la Auditoría Interna que será designado por el Auditor Interno. Posteriormente el Directorio aprobará dicha Acta y emitirá la Resolución de Recepción Provisoria, la cual habilitará al Proveedor a Presentar Factura.
RECEPCIÓN DEFINITIVA: Equivale a la aceptación de los bienes entregados a la convocante a total satisfacción, se efectuará luego de 12 (doce) meses de la Resolución de Recepción Provisoria, siempre que los equipos o sistemas funcionen correctamente y que el Proveedor haya cumplido a satisfacción sus obligaciones contractuales. Podrá realizarse en forma independiente por cada ítem.
Una vez certificado por los técnicos de la Gerencia de Supervisión y Control que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta de Recepción Definitiva. Dicha Acta será aprobada por el Directorio mediante Resolución, y habilitará al proveedor a presentar la factura de cobro.
DISPOSICIONES GENERALES:
Se considerarán recibidos los suministros (excepto las obligaciones contractuales aplicables durante un año y las garantías), establecidos en las Especificaciones Técnicas, por parte de la CONATEL, a la emisión del Acta de Recepción Provisoria de los Equipos o Sistemas, que será emitida toda vez que la verificación técnica resulte satisfactoria y sin observaciones que deban ser subsanadas.
La Gerencia de Supervisión y Control, a través de sus dependencias afectadas, es la encargada de la supervisión del avance del proyecto y de su recepción.
La Gerencia de Supervisión y Control designará uno (1) o más funcionarios encargados de la supervisión y seguimiento de los bienes y servicios conexos, objetos de la presente Licitación, y de la recepción de las mismas.
Las pruebas de recepción serán realizadas y rubricadas por funcionarios de la Contratista y por el personal de la CONATEL designado para el efecto. La Contratista deberá proveer toda la información requerida por la CONATEL para la correcta ejecución de dicha supervisión.
De encontrarse defectos en el funcionamiento de los equipos, posterior a la recepción, la CONATEL comunicará a la Contratista, indicándole los defectos que deben ser subsanados.
La CONATEL se reserva el derecho de rechazar los bienes si los mismos no cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego de Bases y Condiciones.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.