Capacidad Financiera - Ratio de Liquidez - Endeudamiento
Contribuyentes de IRE GENERAL.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente: Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022-2023).
Donde Indica: Endeudamiento: pasivo total / activo total: No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2022-2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Ratio de Liquidez a 0,79 y "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,57".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
27-05-2025
03-06-2025
Capacidad Financiera - Ratio de Liquidez - Endeudamiento
Contribuyentes de IRE GENERAL.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente: Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022-2023).
Donde Indica: Endeudamiento: pasivo total / activo total: No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2022-2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Ratio de Liquidez a 0,79 y "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,57".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
La Convocante manifiesta con respecto al Ratio de Liquidez solicitado en el PBC menciona: Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente: Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022-2023). Este requisito se realizo conforme al estudio de mercado llevado a cabo por especialistas en el área requirente (técnico y administrativo), por lo cual es un requisito mínimo sugerido de manera a garantizar que el/los potenciales oferentes cuenten con la liquidez y solvencia.
Con respecto al Ratio de Endeudamiento solicitado en el PBC menciona: Endeudamiento: pasivo total / activo total: No deberá ser mayor a 0,95 en promedio, en los años (2022-2023). Este criterio de Endeudamiento fue estudiado y analizado por los especialistas del área financiera y muy por el contrario de restringir la participación de cualquier oferente se determino mediante Adenda publicada en el SICP un promedio superior al establecido inicialmente dando de esta manera la mayor participación posible a los potenciales oferentes fomentando lo establecido en la Ley Nº 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
Por todo lo expuesto precedentemente solicitamos a los potenciales oferentes ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones publicado en el SICP.