Se requiere presentar una Carta de Autorización emitida por el fabricante, representante oficial y/o distribuidor autorizado de la marca ISUZU, para realizar servicios de mantenimiento y reparación (posventa) de vehículos ISUZU en Paraguay, incluyendo la provisión de repuestos originales. Esta carta debe habilitar expresamente la prestación de dichos servicios. ESTE ES UN REQUISITO SUMAMENTE DIRIJIDO A UNA SOLA EMPRESA AUTOMOTOR S.A VIOLENTANDO LA IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, ADEMAS EL SERVICIO ´POS VENTA SON PARA VEHICULOS 0 KM HASTA 3 AÑOS DE ANTIGUEDAD Y LOS VEHICULOS OBJETO DEL LLAMADO SON DEL AÑO 2018 Y POR ULTIMO EN EL PROPIO PBC INDICA QUE LOS LLAMADOS DE MENOR CUANTIA SON EXCLUSIVIDAD DE LA MIPYMES:
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio. POR LO TANTO EXIGIMOS QUE QUITEN DEL PBC ESTE REQUISITO ARBITRARIO QUE LO UNICO QUE LOGRAN ES ENCARECER EL SERVICIO, GASTAR DINERO PUBLICO EN SERVICIOS CAROS POR EL CAPRICHO DE QUE SOLO LOS DE AUTOMOTOR S.A SON LOS DIOSES DE LA MECANICA Y SOLO ELLOS TIENEN LA SOLUCION LA CAPACIDAD DE RESOLVER LOS PROBLEMAS DE LOS VEHICULOS AL CUAL REPRESENTAN EN EL PAIS Y POR LO TANTO NO PUEDEN SER MIPYMES. POR ULTIMO SI PUEDEN DAR QUIENES SON LOS PROVEEDORES DEL ESTADO QUE TIENEN ESTE DOCUMENTO QUE NO SEA AUTOMOTOR S.A
Se requiere presentar una Carta de Autorización emitida por el fabricante, representante oficial y/o distribuidor autorizado de la marca ISUZU, para realizar servicios de mantenimiento y reparación (posventa) de vehículos ISUZU en Paraguay, incluyendo la provisión de repuestos originales. Esta carta debe habilitar expresamente la prestación de dichos servicios. ESTE ES UN REQUISITO SUMAMENTE DIRIJIDO A UNA SOLA EMPRESA AUTOMOTOR S.A VIOLENTANDO LA IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA, ADEMAS EL SERVICIO ´POS VENTA SON PARA VEHICULOS 0 KM HASTA 3 AÑOS DE ANTIGUEDAD Y LOS VEHICULOS OBJETO DEL LLAMADO SON DEL AÑO 2018 Y POR ULTIMO EN EL PROPIO PBC INDICA QUE LOS LLAMADOS DE MENOR CUANTIA SON EXCLUSIVIDAD DE LA MIPYMES:
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio. POR LO TANTO EXIGIMOS QUE QUITEN DEL PBC ESTE REQUISITO ARBITRARIO QUE LO UNICO QUE LOGRAN ES ENCARECER EL SERVICIO, GASTAR DINERO PUBLICO EN SERVICIOS CAROS POR EL CAPRICHO DE QUE SOLO LOS DE AUTOMOTOR S.A SON LOS DIOSES DE LA MECANICA Y SOLO ELLOS TIENEN LA SOLUCION LA CAPACIDAD DE RESOLVER LOS PROBLEMAS DE LOS VEHICULOS AL CUAL REPRESENTAN EN EL PAIS Y POR LO TANTO NO PUEDEN SER MIPYMES. POR ULTIMO SI PUEDEN DAR QUIENES SON LOS PROVEEDORES DEL ESTADO QUE TIENEN ESTE DOCUMENTO QUE NO SEA AUTOMOTOR S.A
El requisito de la Carta de Autorización no tiene como objetivo encarecer el servicio, sino optimizar el uso de recursos públicos al garantizar que las reparaciones sean duraderas y efectivas, evitando costos adicionales por reparaciones deficientes o el uso de repuestos no originales. La convocante debe garantizar la calidad del servicio, así como la originalidad en los repuestos utilizados porque aseguran la compatibilidad, seguridad, rendimiento y durabilidad en cada vehículo institucional. Al utilizar piezas fabricadas por el mismo fabricante, se garantiza un ajuste perfecto, resistencia al desgaste y un funcionamiento que prolonga la vida útil, asimismo se garantiza que el personal del taller esta capacitado conforme a estándares técnicos y de calidad establecidos por el fabricante.
El requisito de la Carta de Autorización se mantiene en el PBC porque es una medida técnica y razonable para garantizar la calidad, seguridad y eficiencia en los servicios de mantenimiento y reparación de vehículos, protegiendo los intereses del Estado y los recursos públicos.
Cabe aclarar que cualquier empresa que desee obtener autorización del fabricante debe realizar los trámites ante las instancias correspondientes.