Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Ing. María Beatriz Villalba, Directora de Obras e Infraestructura del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA).
La presente contratación tiene por objeto la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y reparación eventual de generadores eléctricos instalados en dependencias del IPTA, con el fin de garantizar su funcionamiento continuo y seguro, especialmente ante eventuales cortes de energía eléctrica. Este servicio es esencial para asegurar la continuidad de actividades técnicas y operativas críticas en diversas áreas de la institución.
Se trata de un procedimiento de contratación de carácter periódico y programado, enmarcado dentro del cronograma anual de mantenimiento preventivo de equipos, conforme a lo establecido en el presupuesto institucional aprobado para el presente ejercicio fiscal. La planificación responde a criterios de conservación de activos, prevención de fallas y prolongación de la vida útil del generador.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas con base en los requisitos funcionales mínimos necesarios para el correcto mantenimiento de equipos generadores, teniendo en cuenta las condiciones de uso actuales, la capacidad instalada, y las buenas prácticas del sector. Estas condiciones garantizan la transparencia, la competencia y la adecuada ejecución del servicio a contratar.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
El servicio objeto de esta contratación será ejecutado sobre dos (2) generadores eléctricos a combustión interna (diésel), instalados en sedes operativas del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA), con las siguientes características:
Generador 1: Potencia nominal de 110 kVA, marca Hyundai, motor diésel.
Generador 2: Potencia nominal de 110 kVA, marca DELLENT, motor diésel.
Ambos equipos requieren tareas de mantenimiento preventivo programado y eventuales intervenciones correctivas en caso de fallas o desgaste de componentes. Las tareas a ser realizadas, los insumos necesarios y los servicios asociados se detallan en la planilla técnica adjunta, que forma parte integrante del presente Pliego de Bases y Condiciones.
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DESCRIPCION DEL SERVICIO
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Generalidades
El objetivo de las presentes especificaciones técnicas es establecer los requisitos mínimos obligatorios que regirán la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y reparación eventual de generadores eléctricos en el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA).
Durante la ejecución de los trabajos, el proveedor será responsable de garantizar la seguridad del personal técnico, funcionarios y terceros en las áreas de intervención. Para ello, deberá implementar las medidas de señalización, protección y prevención de riesgos necesarias, en cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de seguridad y salud ocupacional.
Alcance del Servicio
Los servicios objeto de esta contratación comprenden la provisión de mano de obra calificada, asistencia técnica especializada y ejecución de tareas de mantenimiento preventivo y reparación de generadores eléctricos, conforme a lo establecido en las presentes especificaciones técnicas.
Para efectos de cotización, los oferentes deberán considerar todos los ítems y cantidades detallados en la lista de servicios solicitados, los cuales forman parte integral del presente Pliego de Bases y Condiciones.
La Contratante se reserva el derecho de requerir la ejecución de intervenciones adicionales no previstas en el listado original, siempre que se encuentren dentro del objeto del contrato. En dichos casos:
Si el servicio adicional corresponde a un ítem ya cotizado, se aplicará el precio unitario ofertado;
En caso de no existir precio cotizado para el servicio requerido, el proveedor deberá presentar un presupuesto específico, el cual quedará sujeto a la aprobación previa de la Contratante.
Relación entre las Partes
Durante toda la ejecución del servicio contratado, el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA) estará representado por la(s) persona(s) designada(s) como fiscal(es) por la Dirección de Obras e Infraestructura, quienes tendrán la facultad de supervisar, verificar, requerir ajustes y autorizar actividades conforme al alcance establecido en el contrato.
Responsabilidad del Proveedor
El Proveedor será responsable de implementar todas las medidas de seguridad necesarias para proteger tanto a su personal como a terceros y a los bienes de la institución, conforme a la legislación vigente sobre seguridad y salud en el trabajo.
Deberá garantizar:
El uso obligatorio de equipos de protección individual (EPI) y, cuando corresponda, de protecciones colectivas.
Que el personal afectado a la prestación del servicio utilice uniformes identificados con el logo de la empresa.
Que todas las actividades se realicen en condiciones que minimicen riesgos laborales y operativos.
Cualquier accidente o daño ocurrido durante la ejecución de los trabajos, que afecte al personal del proveedor, a terceros o a bienes del IPTA, será de única y exclusiva responsabilidad del Proveedor.
Asimismo, el Proveedor será plenamente responsable de la correcta y oportuna ejecución de los trabajos contratados, no pudiendo eximirse de sus obligaciones alegando desconocimiento, ambigüedad o falta de solicitud de instrucciones durante el desarrollo del servicio.
Garantía de los Servicios Prestados
Los trabajos de mantenimiento y reparación realizados deberán contar con una garantía mínima de tres (3) meses corridos, a partir de la fecha de finalización del servicio, cubriendo cualquier falla atribuible a defectos en la ejecución o en los materiales utilizados. Esta garantía será exigible por cada intervención efectuada durante la vigencia del contrato.
En caso de que el generador deba ser trasladado a las instalaciones del proveedor para su reparación, la firma adjudicada será responsable de organizar y ejecutar el servicio de transporte mediante grúa y camión, desde el lugar que indique la Convocante. Dichas ubicaciones podrán corresponder a Cualquier Campo Experimental o Centro de Investigación del IPTA, dentro del territorio nacional.
El costo del servicio de grúa deberá estar incluido en la cotización hasta un radio de 50 km desde la Oficina de Gestión IPTA San Lorenzo, ubicada en el Km 10,5 de la Ruta 2 Mariscal José Félix Estigarribia.
Para distancias superiores a 50 km, el oferente deberá cotizar el servicio de traslado y retorno por kilómetro adicional, a partir de dicho punto de referencia.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
La prestación de los servicios se realizará conforme a órdenes de provisión emitidas por la Convocante, en función de las necesidades operativas de cada unidad del IPTA. El proveedor estará obligado a cumplir con cada requerimiento en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción formal de la orden correspondiente.
La ejecución de los servicios se realizará en los siguientes lugares, según lo indique cada pedido:
Oficina Central del IPTA: Ruta Mariscal Estigarribia Km 10,5 San Lorenzo.
Campos Experimentales o Centros de Investigación dependientes del IPTA, ubicados en distintos puntos del territorio nacional.
Las intervenciones deberán realizarse en días hábiles, entre las 07:00 y 15:00 horas, salvo acuerdo previo y por escrito entre las partes para modificar ese horario.
La Contratante no reconocerá ningún servicio prestado sin orden escrita previa. Al momento de ejecutar el servicio, el proveedor deberá presentar la nota de remisión correspondiente, la cual deberá ser firmada por el funcionario designado por la Dirección de Obras e Infraestructura como responsable de la recepción.
El proveedor será responsable de asegurar la correcta y oportuna prestación del servicio, tanto en cantidad como en calidad. Correrá por su cuenta cualquier reposición o ajuste que sea requerido en caso de deficiencias observadas y formalmente rechazadas por el IPTA.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Al momento de la recepción de los servicios realizados, la Contratante podrá efectuar las verificaciones técnicas necesarias para constatar el cumplimiento de los trabajos conforme a las especificaciones técnicas establecidas.
Las inspecciones podrán incluir, entre otros:
Pruebas de funcionamiento del generador intervenido, verificando el arranque, carga, respuesta y parámetros eléctricos básicos;
Revisión de los insumos utilizados y repuestos instalados, conforme a los ítems cotizados;
Evaluación visual y funcional del orden, limpieza y condiciones generales del equipo tras la intervención.
La recepción será efectuada por el funcionario designado por la Dirección de Obras e Infraestructura, quien dejará constancia mediante firma en la nota de remisión y/o acta de conformidad, cuando corresponda.
La falta de conformidad técnica detectada durante estas inspecciones será motivo suficiente para requerir al proveedor la corrección inmediata de las deficiencias, sin costo adicional para la institución.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.