Exigencia de habilitación conforme a la Ley N.º 5424/2015 para la instalación de sistemas de seguridad electrónica
En relación con la Licitación Pública Nacional N.º 466053, convocada por la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), cuyo objeto es la “Ampliación de infraestructura de monitoreo en talleres de ITV”, se formula la siguiente consulta:
De acuerdo con el listado de suministros requeridos, se observa que el presente llamado incluye la provisión de:
NVR locales en talleres (Ítem 1)
Discos duros de almacenamiento (Ítem 2)
Memorias SD (Ítem 3)
Storage para CCTV (Ítem 4)
Mano por servicios (Ítem 5)
La inclusión del Ítem 5 “Mano por servicios”, en conjunto con los demás ítems, implica la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de un sistema de seguridad electrónica (CCTV), actividad regulada expresamente por la Ley N.º 5424/2015.
En particular, el Artículo 31 de dicha ley establece que las empresas de seguridad privada podrán desarrollar, entre otras, las actividades de instalación, programación y mantenimiento de equipos de seguridad electrónica, reservando dichas actividades exclusivamente a empresas debidamente habilitadas y autorizadas por el órgano competente.
Asimismo, el Artículo 33 dispone que:
“Los sistemas de seguridad serán provistos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
Y el Artículo 34 establece de manera categórica que:
“Los propietarios, administradores o responsables de lugares donde se implementen sistemas de seguridad están obligados a contratar los servicios de empresas de seguridad electrónica debidamente autorizadas para el efecto”.
En consecuencia, y dado que el objeto del llamado no se limita a la provisión de equipos, sino que incluye la prestación efectiva de servicios técnicos de instalación y puesta en servicio de sistemas de videovigilancia, corresponde que en los requisitos de participación se incorpore como condición habilitante la presentación de la habilitación vigente como empresa de seguridad electrónica emitida por la autoridad competente, conforme a la Ley N.º 5424/2015, bajo apercibimiento de inadmisibilidad de las ofertas que no acrediten dicho requisito.
Se solicita a la Entidad Convocante que, a fin de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente y evitar posibles impugnaciones o nulidades posteriores, confirme si dicha exigencia será incorporada mediante adenda y en qué sección del Pliego será establecida.
11-08-2025
18-08-2025
Exigencia de habilitación conforme a la Ley N.º 5424/2015 para la instalación de sistemas de seguridad electrónica
En relación con la Licitación Pública Nacional N.º 466053, convocada por la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), cuyo objeto es la “Ampliación de infraestructura de monitoreo en talleres de ITV”, se formula la siguiente consulta:
De acuerdo con el listado de suministros requeridos, se observa que el presente llamado incluye la provisión de:
NVR locales en talleres (Ítem 1)
Discos duros de almacenamiento (Ítem 2)
Memorias SD (Ítem 3)
Storage para CCTV (Ítem 4)
Mano por servicios (Ítem 5)
La inclusión del Ítem 5 “Mano por servicios”, en conjunto con los demás ítems, implica la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de un sistema de seguridad electrónica (CCTV), actividad regulada expresamente por la Ley N.º 5424/2015.
En particular, el Artículo 31 de dicha ley establece que las empresas de seguridad privada podrán desarrollar, entre otras, las actividades de instalación, programación y mantenimiento de equipos de seguridad electrónica, reservando dichas actividades exclusivamente a empresas debidamente habilitadas y autorizadas por el órgano competente.
Asimismo, el Artículo 33 dispone que:
“Los sistemas de seguridad serán provistos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
Y el Artículo 34 establece de manera categórica que:
“Los propietarios, administradores o responsables de lugares donde se implementen sistemas de seguridad están obligados a contratar los servicios de empresas de seguridad electrónica debidamente autorizadas para el efecto”.
En consecuencia, y dado que el objeto del llamado no se limita a la provisión de equipos, sino que incluye la prestación efectiva de servicios técnicos de instalación y puesta en servicio de sistemas de videovigilancia, corresponde que en los requisitos de participación se incorpore como condición habilitante la presentación de la habilitación vigente como empresa de seguridad electrónica emitida por la autoridad competente, conforme a la Ley N.º 5424/2015, bajo apercibimiento de inadmisibilidad de las ofertas que no acrediten dicho requisito.
Se solicita a la Entidad Convocante que, a fin de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente y evitar posibles impugnaciones o nulidades posteriores, confirme si dicha exigencia será incorporada mediante adenda y en qué sección del Pliego será establecida.
El objeto de llamado es la provisión de bienes específicos no siendo la contratación del servicio de videovigilancia, por lo tanto no aplica lo establecido en la ley indicada, favor adecuarse al PBC.
2
EETT - NVR
Según el PBC menciona que:
"Fuente de Alimentación: 12 VDC, 3.33 A
Dimensiones: 384 × 317 × 52 mm (15.1" × 12.5" × 2.0")
Peso: ≤ 3 kg (sin HDD)"
Se puede tomar en cuenta la posibilidad de ser aceptados equipos con características superiores a estas?
De manera a no limitar la cantidad de oferentes y permitir ofertas con mejores prestaciones.
Según el PBC menciona que:
"Fuente de Alimentación: 12 VDC, 3.33 A
Dimensiones: 384 × 317 × 52 mm (15.1" × 12.5" × 2.0")
Peso: ≤ 3 kg (sin HDD)"
Se puede tomar en cuenta la posibilidad de ser aceptados equipos con características superiores a estas?
De manera a no limitar la cantidad de oferentes y permitir ofertas con mejores prestaciones.
Estas condiciones son necesarias para asegurar compatibilidad con la infraestructura existente y uniformidad en la implementación. No se aceptarán equipos con dimensiones ni alimentación distintas a las especificadas, favor adecuarse al PBC.
3
EETT - NVR
Podrán ser aceptados equipos con diferentes dimensiones y distinto tipo de alimnetación?
Estas condiciones son necesarias para asegurar compatibilidad con la infraestructura existente y uniformidad en la implementación. No se aceptarán equipos con dimensiones ni alimentación distintas a las especificadas en el PBC. Favor adecuarse al mismo.
4
Storage
Respecto al Storage, no se detalla la cantidad de discos duros requeridos. Agradecería si se puede indicar para poder colocar la cantidad.
El oferente deberá dimensionar la solución de modo a alcanzar los 240 TB de almacenamiento, utilizando el total de ranuras disponibles o una menor cantidad de discos, de acuerdo con la configuración propuesta, siempre que se cumpla la capacidad total exigida en el PBC
5
Licenciamiento
Se podria aclarar por favor cuantas licencias se deben proveer, se entiene que ya cuentan con ciertas licencias.
No será necesaria la provisión de licencias adicionales, dado que la entidad convocante ya cuenta con las licencias requeridas. Favor adecuarse al PBC.
6
Storage
Consultamos respecto al Storage, no se detalla la cantidad de discos duros requeridos. Agradecería si se pudiera indicar esta cantidad.
El oferente deberá dimensionar la solución de modo a alcanzar los 240 TB de almacenamiento, utilizando el total de ranuras disponibles o una menor cantidad de discos, de acuerdo con la configuración propuesta, siempre que se cumpla la capacidad total exigida en el PBC
7
Visita tecnica
Se solicita respetuosamente a la convocante sea fijada una fecho y horario para la visita técnica, un proyecto tan complejo necesita que los detalles sean conocidos para una correcta cotización y elaboración de propuesta económica
Se solicita respetuosamente a la convocante sea fijada una fecho y horario para la visita técnica, un proyecto tan complejo necesita que los detalles sean conocidos para una correcta cotización y elaboración de propuesta económica