Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
  • Nombre: Ing. Guzman Villalba.

    Cargo: Gerente de Operaciones.

    Dependencia: Gerencia de Operaciones.

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El cloro licuado es utilizado como agente desinfectante en el tratamiento del agua potable, producto mediante el cual se produce la destrucción y/o inactivación de microorganismos que pueden causar daños a la salud de la población.
  • Justificar la planificación: El llamado se realiza de forma periódica al ser un producto esencial en el tratamiento del agua potable.
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas se basan en las Normas AWWA B301-10 y las normas DOT 106-A-500X.

Especificaciones Técnicas "CPS"

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.

 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

ITEM

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

CANTIDAD

UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD MÍNIMA

CANTIDAD MÁXIMA

1

CLORO LICUADO PARA PLANTAS DE TRATAMIENTO DE VIÑAS CUE

1

KILOGRAMOS

845.000 KG

1.690.000KG

2

CLORO LICUADO PARA PLANTAS DE TRATAMIENTO DE CIUDADES DEL INTERIOR

1

KILOGRAMOS

252.850KG

505.700 KG

El cloro licuado debe ser provisto en cilindros de 900 a 1000 kg y 48 a 68 kg y deberá cumplir con las siguientes normas de calidad:

Estado físico: gas licuado

Pureza: mínimo 99.5 %

Densidad: 1.425 g/mL

Humedad: máximo 150 ppm (0.015 % por peso)

Residuo no volátil: máximo 50 ppm (0.005 %)

Ácido sulfúrico:  máximo 0.005%

Bromo: máximo 0.0008%

Sumatoria de metales pesados totales: máximo 30 ppm (0.003 % en peso), expresado en plomo

Plomo: máximo 0.001% expresado plomo

Arsénico: máximo 0.0003 % expresado en arsénico

Mercurio: máximo 1 ppm (0.0001 %) expresado en mercurio

Tetra cloruro de carbono: máximo 100 ppm (0.01 %)

Trihalometano: máximo 300 ppm (0.03 %)

El cloro líquido no debe contener minerales solubles o sustancias orgánicas en cantidades capaces de producir efectos perjudiciales o dañinos para la salud de los consumidores del agua potable que ha sido tratada adecuadamente con cloro líquido.

La ESSAP S.A. no dispone de medios para la realización de pruebas al cloro licuado suministrado, por lo que la verificación de las especificaciones técnicas de calidad del cloro licuado se realizará a través del Certificado de Calidad de Origen.

A cada partida proveída deberá acompañar este Certificado Original y Hojas de Seguridad, los cuales serán controlados por la Gerencia de Operaciones a través de la Unidad de Control de Calidad. Sin la presentación de este documento los bienes suministrados no serán aceptados por la ESSAP S.A.

ENVASES:

Los envases contenedores serán de las siguientes capacidades: 900 a 1000 kg denominados Ton-contenedores y 68 kg denominados Cilindros y serán suministrados por el proveedor.

El proveedor deberá presentar un listado completo de todos los Ton-contenedores suministrados y en caso que sea dado de baja o se agreguen nuevos contenedores el proveedor deberá informar al Departamento de Productos Químicos dependiente de la Gerencia Administrativa y a la Departamento de Seguridad Industrial dependiente de la Gerencia de Operaciones.

Ton-contenedores: son tanques de acero soldados, que tienen una capacidad de 900 a 1000 kg, serán construidos de acuerdo a la Norma DOT-106-A-500X.

Los cabezales de los mismos, son convexos hacia adentro y son forjados y soldados contra el cuerpo del barril. Los lados deben ser plegados en los extremos, hacia adentro, de forma a reforzar estos bordes, permitiendo que los Ton-contenedores puedan ser levantados por medio de una viga que levanta el envase enganchado por ambos extremos.

Las válvulas de los contenedores, se protegen con un capuchón de acero.

Los Ton-contenedores serán siempre propiedad del Proveedor.

Cilindros.

Los Cilindros son tanques de acero sin costuras, que tienen una capacidad de 68 Kg. serán construidos en concordancia con las normas DOT: 3 A 480 y 3 AA 480. La base de los mismos, son convexos hacia adentro permitiendo que los Cilindros se sostengan en posición vertical. Las válvulas de flujo son especiales y vienen equipadas con un dispositivo de alivio de presión que consiste en un tapón de mental fusible en el cuerpo de la válvula, ubicado debajo del asiento. La válvula del CILINDRO se protege con un capuchón de acero roscado.

Válvulas: Los cilindros y ton-contenedores tienen una sola válvula en la parte superior, la cual posee un fusible en la parte superior, conectado al asiento.  El cuerpo es de   Alloy B y el espigo en monel. No deberán presentar ningún tipo de oxidación o daño visible en su estructura.

Tapón fusible: La función del tapón fusible es evitar roturas explosivas debidas a la sobrepresión, ocasionada por altas temperaturas, que pueden producirse en casos de exposición al fuego. Poseen en su centro una aleación de plomo bismuto que funde entre 70 a 74 °C.   

     Las especificaciones DOT, requieren el grabado en los Ton-contenedores y en los Cilindros, los siguientes datos:

Número

Material

Símbolo del fabricante

Número de serie

Marca del inspector

Fecha de prueba

Capacidad de agua

Tara (peso con válvulas y fusibles, pero sin capuchón).

Los Ton-contenedores y los Cilindros, deben ser testeados y según necesidad, con control de:

Comprobación del mantenimiento de espesor de chapa (una vez al año).

Prueba hidráulica cada 5 (cinco) años.

En todos los casos se aplicarán los lineamientos del Chorine Institute y en particular el Pamphlet 17: Packaging Plant Safety and Operational Guidelenes Edition 3, Revision 1, August 2002, o similares, a cargo de un Certificador capacitado y reconocido a nivel Nacional o Regional, cuyos gastos correrán por cuenta del Proveedor.

En caso de realizarse, la Certificación del Testeo deberá acompañar a los Ton-contenedores y Cilindros que sean proveídos.

Transporte: Características que deben cumplir los camiones.

El piso podrá ser de madera o acero. El piso de madera deberá ser de madera dura con un espesor mínimo de 30 mm, colocados sobre largueros estructurales cruzados de acero.

El piso de acero deberá tener un espesor mínimo de 8 mm. En el caso que esté colocado sobre un piso de original de madera, 6 mm de espesor es considerado aceptable.

Sujeción:

Los Ton-contenedores se transportarán en posición horizontal, en una única fila sobre el piso del camión. El ancho de la caja debe ser tal que permita alinearlos en dirección perpendicular al eje longitudinal del transporte.

Deberán proveerse 2 (dos) cuñas para ser colocadas como elementos de sujeción debajo de cada Ton-contenedor, y deberá reforzarse la protección frontal contra la caja del camión, mediante una barra de acero o madera transversal a 40 cm del piso.

La parte trasera del camión deberá contar con una baranda removible de acero y deberá prevenirse el rodaje de los Ton-contenedores traseros mediante una abrazadera que mantenga unidas las cabezas de las dos ubicadas en el último lugar, hacia el fondo de la caja.

Los Cilindros se transportarán en posición vertical paletizados en el interior de jaulas de seguridad. Las citadas jaulas se colocarán y asegurarán al piso del camión. Estarán construidas con barras de acero y una base de chapa antideslizante de 8 mm de espesor. La base tendrá 1022 mm de ancho por 1150 mm de largo, siendo la capacidad máxima de carga de 16 cilindros por jaula. Los cilindros se asegurarán a la jaula mediante el empleo de cadenas o kit catraca, a una altura de 80 a 914 mm, medida desde la base de la jaula.

Señalización y Reglamentación:

Los vehículos deberán estar correctamente señalizados y adecuados para el traslado de sustancias peligrosas, teniendo en cuenta las Reglamentaciones de Tránsito Nacionales Vigentes, así como el Acuerdo para la Facilitación del Trasporte de Mercaderías Peligrosas en el MERCOSUR.

Deberán llevar conos y cintas de señalización para uso en la vía pública en los casos que ameriten ser instalados. Para esto se tendrá en cuenta las Reglamentaciones Vigentes.

Los camiones no podrán transportar pasajeros o cargas deferentes a las especificaciones de este contrato mientras realicen el servicio.

Los camiones estarán radiocontrolados o de lo contrario los choferes contarán con teléfonos celulares para las comunicaciones pertinentes.

El PROVEEDOR deberá poseer amplia experiencia en este tipo de transporte.

Los vehículos no podrán ser sustituidos por otros que no cumplan con las condiciones exigidas y que no sean previamente aceptados por una inspección técnica de la ESSAP S.A.

PERSONAL:

Se requerirán de 2 (dos) personas de parte del PROVEEDOR para el momento de la descarga de los cilindros a recibir. El personal del PROVEEDOR deberá estar capacitado y equipado para ejercer la mencionada labor, lo que deberá ser documentado. Sin perjuicio de ello, y de las evaluaciones de idoneidad que el Servicio Técnico de la ESSAP S.A. pueda realizar.  El PROVEEDOR mantendrá una política de capacitación permanente. El plan de capacitación y actualización anual referido a la manipulación y transporte de cloro, así como todas las medidas de seguridad relacionadas será presentado a la ESSAP S.A. al comienzo de cada año.

El conductor deberá acreditar una formación especial que le permita afrontar el transporte de cloro con seguridad. Deberá conocer los riesgos inherentes a dicho transporte, estar capacitado para adoptar las medidas necesarias como para preservar su seguridad, la de terceros y proteger el medio ambiente, en caso de accidentes.

Emergencias:

El proveedor dispondrá de los equipos, infraestructura y recursos humanos capacitados para intervención en emergencias con cloro. A tales efectos, en caso de cualquier emergencia con un contenedor de cloro, sea en ruta o en cualquiera de las plantas de la ESSPA S.A., el PROVEEDOR estará en condiciones para asistir con los recursos necesarios y así atender la emergencia y mitigar posibles daños.

Deberá suministrar la cantidad mínima necesaria a El oferente, de máscaras autónomas y kits de seguridad A Y B completo para el manejo seguro y responsable de los envases de Cloro licuado. Además, realizar capacitaciones periódicas sobre el manejo de los mismos.

Verificación de peso:

Para las recepciones realizadas en la Planta de Viñas Kue, la cantidad en kilos del producto recibido a tener en cuenta será la de menor valor, entre el peso obtenido en la báscula de la convocante y el peso declarado por el proveedor.

 En caso de que la báscula de la convocante se encuentre fuera de servicio se considerará válido el peso declarado por el proveedor.

Para las recepciones realizadas en las distintas Plantas del interior, la báscula a utilizarse debe estar Certificado por el INTN o una empresa que este acreditada para dicha Certificación, el ticket de la báscula deberá ir acompañado de la Nota de Remisión.

Obs. La báscula podrá ser propiedad del Contratista, de la convocante o tercerizado

Para el retiro de cilindros vacíos el proveedor deberá contar con una báscula de suspensión de por lo menos 2.5 toneladas de capacidad para el pesaje de cada cilindro vacío a ser retirado. 

De las MIPYMES

En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:

Item 1 - CLORO LICUADO PARA PLANTAS DE TRATAMIENTO DE VIÑAS CUE

CANTIDAD MÍNIMA

CANTIDAD MÁXIMA

845.000 kg

1.690.000 kg

 

ÍTEM

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

UNIDAD DE MEDIDA

CIUDAD

CANTIDAD MÍNIMA

CANTIDAD MÁXIMA

PARTIDA/ MES

LUGAR DE ENTREGA

FECHA FINAL DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS

1

Cloro Licuado para Plantas de Tratamiento de Viñas Cue

Kilogramos

Asunción - Viñas Cué

32.500

65.000

1 de 26

Unidad de Administración de Materiales-Depósito de Materiales-Viñas Kue

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

 

Item 2- CLORO LICUADO PARA PLANTAS DE TRATAMIENTO DE CIUDADES DEL INTERIOR

MONTO MÍNIMO

MONTO MÁXIMO

252.850 KG

505.700 KG

 

ÍTEM

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

UNIDAD DE MEDIDA

CIUDADES

CANTIDAD MÍNIMA

CANTIDAD MÁXIMA

PARTIDA/MES

LUGAR DE ENTREGA

 FECHA FINAL DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS

2

Cloro Licuado para Plantas de Tratamiento de Ciudades del Interior

kilogramos

Puerto Asunción

                       750

             1.500

1 DE 26

Puerto Asunción

 

30
(treinta)
días a partir de la
recepción de la Orden de Compra por parte del
proveedor.

Puerto Casado

                       900

             1.800

Puerto Casado

Encarnación

                   1.800

             2.700

Encarnación

Concepción

                       900

             1.800

Concepción

Pilar 

                       900

             1.800

Pilar 

Villarrica (Tebicuary-mi)

                   1.800

             3.600

Villarrica (Tebicuary-mi)

San Bernardino

                       500

             1.000

San Bernardino

 

Caaguazú

                         50

                 100

Caaguazú

Alberdi

                       150

                 300

Alberdi

Villa Hayes

                       350

                 700

Villa Hayes

 

Ciudad del Este

                       900

             1.800

Ciudad del Este

 

Coronel Bogado

                         50

                 150

Coronel Bogado

 

San Estanislao

                       150

                 300

San Estanislao

 

Caacupé

                       150

                 300

Caacupé

Pedro Juan Caballero

                       250

                 500

Pedro Juan Caballero

Nanawa

                       200

                 400

Nanawa

Villa Florida

                       100

                 200

Villa Florida

 

Villa Jardin - Limpio

                       250

                 500

Villa Jardín - Limpio

 

Una vez obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIONES, el administrador del contrato emitirá la Orden de Entrega, la cual deberá ser retirada en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles a partir de la notificación.

Todos los servicios a ser proveídos serán ingresados a la Institución, por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

No aplica

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica