Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
En la evaluación de ofertas con el criterio basado en precio y luego de haber ordenado las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
a. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:
lementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado. | Costo expresado en la moneda de la oferta. |
Elementos de Valor Fijo | |
Inmuebles | |
Maquinarias | |
Herramientas | |
Vehículos | |
Equipos informáticos | |
Muebles | |
Seguros | |
Servicios básicos | |
Elementos de Valor Variable | |
Costo del repuesto | |
Mantenimiento | |
Gastos administrativos | |
Gastos de venta | |
Total de costos | |
Utilidad esperada | |
Precio del bien/servicio antes de impuestos | |
Impuestos | |
Retención DNCP | |
Precio final del bien/servicio impuestos y retenciones | |
Otros | |
Precio Final Ofertado |
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
El formulario de oferta, deberá ser generado en el módulo de oferta electrónica y se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente. |
[La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP. |
|
|
|
|
|
|
8.1. Personas Físicas. |
|
|
|
8.2. Personas Jurídicas. |
|
|
|
|
8.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
|
En el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- Para contribuyentes de IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2022, 2023, 2024).-
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años (2022, 2023, 2024).-
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP, Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años (2022, 2023, 2024).-
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (36) treinta y seis meses.
Observación: Para los casos de Consorcios, se requerirá que un 60% (sesenta por ciento) correspondan al líder del consorcio y el 40%
(cuarenta por ciento) a los demás integrantes del mismo, para cumplir los índices financieros solicitados.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre
la cantidad de años
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Observación: En el caso de los OFERENTES EN CONSORCIO la empresa Líder deberá cumplir con el 70% de los requisitos de calificación en cuanto a la Experiencia Requerida solicitada por la convocante, mientras que los demás miembros del consorcio deberán cumplir con el 30% de lo solicitado
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
PARA CAMIONES , ÓMNIBUS, AUTOMÓVILES, CAMIONETAS, FURGONES:
1. Deberá contar con la Habilitación del MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) para operar como taller mecánico, no se admitirá constancia en trámite.
2. Superficie Requerida: El Oferente deberá contar con infraestructura propia y/o tercerizada de por lo menos 700 m² como mínimo de superficie total del Terreno, que deberá demostrar con la presentación del Certificado de Licencia Comercial expedida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres ubicados en Asunción actualizada. En caso de que el taller del oferente se encuentre en otro municipio deberá presentar Resolución Municipal equivalente. (no en trámite).
3. Presentar copia del plano de infraestructura del taller debidamente aprobado por el municipio que corresponda. No se admitirán superficies en regulación. (podrá ser propio y/o alquilado).
4. Poseer indefectiblemente un sistema de protección contra incendio, con alarma en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, sensor de humo con alarma (se probará el funcionamiento del mismo en la visita de la verificación técnica), poseer de carteles indicadores de salida de emergencia, boca hidrante, Sistema BIE, PCI (Plano de prevención contra incendio) aprobado por el municipio.
5. Contar con un taller móvil (vehículo) totalmente equipado para brindar servicio permanente de mantenimiento y reparación de vehículos, a pedido de la Contratante en el Interior del país, deberá presentar cedula verde y habilitación municipal vigente, a nombre del oferente. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar del contrato de prestación, suscrito con la empresa prestadora a favor del oferente.
6. Contar con un mínimo de 05 (cinco) profesionales en mecánica automotriz, los mismos deberán contar con Certificados emitidos por el Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional), además del personal administrativo necesario.
7. Deberá contar con Servicio de Traslado de Grúa en la modalidad (24x365) disponible en todo el territorio nacional: deberá demostrar si posee vehículo propio o mediante empresa tercerizada para efectuar los servicios de grúa y/o remolque. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar copia de suscripción con la empresa para la prestación del servicio, vigente al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE, en caso de contar con vehículos propios presentar cedula verde y habilitación vigente.
8. Poseer circuito cerrado de TV y servicio de monitoreo las 24 hs.
9. Será obligatorio que todo oferente, presente como parte de su oferta, una póliza de seguro contra todo riesgo de sus instalaciones, emitido por una aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros. La misma deberá estar vigente al momento de la Fecha de Presentación de Ofertas Electrónicas e Inicio de la Etapa Competitiva y deberá cubrir como mínimo lo siguiente: incendio o explosión de vehículos, robo o hurto de los vehículos en prueba o desarrollo. Dicha póliza igualmente deberá cubrir cualquier siniestro en las pruebas de los vehículos por parte del personal del taller e incluso en el desarrollo de los vehículos (reparación de motor). Esta póliza será requerida, para asegurar el cabal eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a vehículos mientras se hallen en talleres de la Empresa con vigencia hasta la culminación de la ejecución del Contrato, por un monto mínimo de G. 1.000.000.000. (Guaraníes mil millones)-
10. Debe contar con guardia de seguridad permanente 24 Hs. para garantizar la protección de los vehículos, presentar contrato con prestadora.
11. Herramientas mínimas requeridas: El Taller oferente deberá contar con herramientas propias o de terceros. Entre las cuales se citan:
12. Presentar croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados.
13. Declaración Jurada manifestando su Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios ofertados en caso de ser adjudicado.
14. Contar con Centro Autorizado de Servicios y repuestos, dentro del territorio nacional emitido por el fabricante para la Marca. (APLICA SOLAMENTE PARA EL LOTE Nº 24 - VEHICULOS DE LA MARCA MERCEDES BENZ DEL HOSPITAL DE POLICIA).
PARA MOTOCICLETAS:
Herramientas Requeridas: El Taller oferente deberá contar con herramientas propias o de terceros. Entre las cuales se citan:
12. Presentar croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados
13. Declaración Jurada manifestando su Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios ofertados en caso de ser adjudicado
Observación: En el caso de los OFERENTES EN CONSORCIO la empresa Líder deberá cumplir con el 70% de los requisitos de calificación en
cuanto a la Capacidad Técnica solicitado por la convocante, mientras que los demás miembros del consorcio deberán
cumplir con el 30% de lo solicitado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
PARA CAMIONES , ÓMNIBUS, AUTOMÓVILES, CAMIONETAS, FURGONES:
1. Copia de Licencia Ambiental emitida por el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) para operar como Taller Mecánico.
2. Declaración Jurada de contar como mínimo de 700m² de infraestructura propia y/o tercerizada acompañado del Certificado de Licencia Comercial expedida por la Municipalidad de Asunción y/o Resolución Municipal equivalente. (no en trámite)
3. Copia del plano de infraestructura del taller debidamente aprobado por el municipio que corresponda.
4. Copia de plano/s del sistema de prevención contra incendios, definitivos y no a regularizar, debidamente homologado y/o aprobado por el municipio que corresponda.
5. Declaración Jurada de Contar con un taller móvil (vehículo) totalmente equipado para brindar servicio permanente de mantenimiento y reparación de vehículos en el interior del País acompañado de Cedula verde y habilitación municipal vigente, a nombre del oferente en caso de ser propietario. Si el servicio fuese tercerizado, copia del contrato de prestación del servicio.
6. Lista del personal profesional en mecánica automotriz, acompañado de los certificados emitidos por el Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio del Trabajo y/o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional).
7. Para el Servicio de Grúa: para vehículos propios presentar cedula verde y habilitación vigente. Si el servicio fuese tercerizado deberá presentar copia del contrato de suscripción con la empresa para la prestación del servicio
8. Declaración Jurada de poseer el sistema de circuito cerrado de TV y servicio de monitoreo las 24 hs.
9. Póliza de Seguro de Cobertura contra robo, incendio y de responsabilidad civil, por importe de G. 1.000.000.000, como mínimo.
10. Copia de contrato con prestadora del servicio de guardia de seguridad permanente 24 Hs.
11. Declaración Jurada emitida por el oferente de contar con las herramientas mínimas requeridas (citar).
12. Copia de croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados.
13. Declaración Jurada manifestando su Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios ofertados en caso de ser adjudicado.
14. Certificado (CAS) emitido por la marca, que acredite que cuenta con autorización del fabricante de la marca Mercedes Benz en Paraguay para los servicios y repuestos, dentro del territorio nacional. (APLICA SOLAMENTE PARA EL LOTE Nº 24 - VEHICULOS DE LA MARCA MERCEDES BENZ DEL HOSPITAL DE POLICIA).
PARA MOTOCICLETAS:
12. Copia de croquis de ubicación y plano aprobado por el Municipio del Taller para propietarios y/o tercerizados.
13. Declaración Jurada que cuenta con la Capacidad de proveer en tiempo y forma los servicios adjudicados.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
El oferente deberá presentar Declaración Jurada que todos los trabajos y repuestos a cambiar para cada evento cuentan con garantía mínima de 6 (seis) meses.
REMITIR LA PLANILLA DE PRECIOS EN FORMATO DIGITAL AL CORREO DE LA UOC : uoc.policia@gmail.com.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Para los casos de ajustes de precios de las ofertas electrónicas, toda vez que se hayan realizado lances durante la etapa competitiva, el oferente deberá ajustar su listado de ítems al precio final de la competencia electrónica, a través del módulo de ofertas electrónicas.
Si como consecuencia del resultado de la división del precio total subastado respecto a la cantidad, se obtuviere una cifra con decimales, se deberá realizar el redondeo del mismo hacia abajo, de modo a que el precio total no supere al que figure en el Acta de Sesión Pública Virtual como precio final, conforme al sistema de adjudicación establecido (ítem, lote, total).
En la consignación de los precios unitarios finales, el oferente no podrá aumentar el precio unitario cargado inicialmente para la presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.
En caso de que el oferente no haya realizado lance durante la etapa competitiva, los precios permanecerán invariables.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el vencedor de cada grupo subastado será el que lo haya ingresado primero
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.