Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Otros Aspectos Relevantes – Seguros Requeridos. En la sección "H. Otros Aspectos Relevantes", en el punto de "Cobertura de Seguro de Responsabilidad ante daños o perjuicios a la contratante", se observan placeholders como "[Nombre de la Contratante]" y "[5 (cinco)] días". Solicitamos que estos campos sean completados con la información específica (nombre de la contratante y número exacto de días para la presentación de pólizas) para asegurar el cumplimiento exacto de este requisito. 08-07-2025 10-07-2025
12 Planilla de pagos al personal Estimados Señores, El PBC incluye un formulario de "Planilla de Pago al Personal" que los oferentes deben completar. Dado el reciente ajuste del salario mínimo legal, los valores de dicha planilla han quedado desactualizados. Para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo por parte de todos los oferentes, consultamos: ¿La Convocante emitirá una adenda con una versión actualizada y de uso obligatorio de la "Planilla de Pago al Personal", que refleje los nuevos montos mínimos de salario, IPS y aguinaldo, conforme a la normativa laboral vigente desde el 1 de julio de 2025? Una respuesta clara es esencial para asegurar que todas las ofertas se basen en una estructura de costos legal y homogénea. 08-07-2025 10-07-2025
13 Capacidad Técnica – Requisitos de Formación Académica del Personal. En la sección "D. Capacidad Técnica", se solicita "Copia autenticada por escribanía del certificado de culminación de estudios de la Educación Escolar Básica expedido por el Ministerio de Educación y Ciencias como mínimo" para el personal de vigilancia. Considerando que la Ley N° 5424/15 "QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA" y su normativa reglamentaria establecen requisitos específicos para la habilitación y capacitación de los guardias de seguridad, pero no necesariamente exigen un nivel educativo formal tan básico para el desempeño de sus funciones. Solicitamos a la Convocante que aclare la justificación técnica y la proporcionalidad de este requisito, en relación con las tareas a desempeñar. Proponemos que, en lugar de la Educación Escolar Básica, se considere suficiente la presentación de la habilitación y capacitación específica exigida por la Policía Nacional para el ejercicio de la función de guardia de seguridad, o cualquier otra certificación que acredite las competencias necesarias para el puesto, conforme al principio de razonabilidad y no discriminación en las contrataciones públicas. La exigencia actual podría limitar indebidamente la participación de personal calificado por experiencia y capacitación específica, pero sin el certificado de estudios básicos. 08-07-2025 10-07-2025
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